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SIC - Sentencia 808 de 2025

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Sentencia 808 de 2025
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2025

AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES

ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.

Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al

Consumidor

Radicación: 23-76804

Demandante: ANA ISABEL GOMEZ CASTRO

Demandado: CONSTRUCTORA COSENZA SAS

Ciudad: Bogotá D.C., 23 de enero de 2025

Hora de inicio: 10:01 am Hora de finalización: 11:12 am INTERVINIENTES Por la parte demandante : Compareció (eron) el (la, los) señor (a) (es) ANA

ISABEL GOMEZ CASTRO, identificado (a) con C.C. No. 1.116.436.407.

Por la sociedad demandada: Compareció (eron) el (la, los) señor (a) (es) DIANA

MARGARITA HURTADO, identificado (a) con C.C. No. 1.144.061.199 y T.P. No 295.785, en calidad de Apoderada Especial de la sociedad demandada, a quien se le reconoció personería jurídica para actuar en la presente diligencia. Por la Superintendencia de Industria y Comercio: WILSON ANDRÉS ARÉVALO ZÁRATE, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor. ETAPAS ADELANTADAS En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:

ZÁRATE, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor. ETAPAS ADELANTADAS En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:

1. CONCILIACIÓN Se declaró fracasada la etapa de conciliación.

2. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ninguna causal de nulidad o irregularidad que impida continuar con las actividades de la audiencia.

3. INTERROGATORIO DE PARTE Se practicó el interrogatorio de parte de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2º del artículo 372 del C.G.P.

4. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ninguna causal de nulidad o irregularidad que impida continuar con las actividades de la audiencia.

5. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN

SENTENCIA 808 2025-01-23AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03) Se escucharon los alegatos de conclusión propuestos por las partes.

6. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ninguna causal de nulidad o irregularidad que impida continuar con las actividades de la audiencia.

7. DECISIÓN:

Se profirió la respectiva sentencia anticipada de conformidad con el artículo 278 del C.G. P. En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia, RESUELVE PRIMERO: Negar las pretensiones incoadas en el escrito de la dem anda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: Archivar las presentes diligencias.

TERCERO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.

CUARTO: Esta sentencia queda notificada en estrados a las partes.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.

FRM_SUPER

WILSON ANDRÉS ARÉVALO ZÁRATE

Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio

SENTENCIA

808 2025-01-23

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