SIC - Sentencia 8531 de 2025
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Sentencia 8531 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2025
AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES
ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.
Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al Consumidor Radicación: 23 – 428635.
Demandante: JOHANA ZAMORA REYES
Demandado: ALMACENES EXITO S.A. / SAMSUNG ELECTRONICS
COLOMBIA S A
Ciudad: Bogotá D.C., 28 de agosto de 2025.
Hora de inicio: 11:05 Am Hora de finalización: 11:52 Am INTERVINIENTES Por la parte demandante : Se deja constancia de la inasistencia de la parte demandante a la audiencia pese a que la mism a se programó mediante auto No. 91509 del 20 de agosto de 2025, el cual se notificó por estado No. 149 del 21 de agosto de 2025.
Por la parte demandada : Se deja constancia de la inasistencia del representante legal o apoderado general de la sociedad ALMACENES EXITO S.A. a la audiencia pese a que la misma se programó mediante auto No. 91509 del 20 de agosto de 2025, el cual se notificó por estado No. 149 del 21 de agosto de 2025.
Asiste ap oderado especial d e la sociedad ALMACENES EXITO S.A ., CHRISTIAN ANDRES RUIZ GARCIA , identificado con cédula de ciudadanía 1.022.357.608 y Tarjeta profesional No. 240.447 del C.S. de la J. ANDRES RUIZ GARCIA , identificado con cédula de ciudadanía 1.022.357.608 y Tarjeta profesional No. 240.447 del C.S. de la J. Asiste apoderada general de la sociedad SAMSUNG ELECTRONICS COLOMBIA S A, DANIEL OBED CUELLAR MORALES , identificado con cédula de ciudadanía 79.763.810 y Tarjeta profesional No. 185.805 del C.S. de la J. Por la Superintendencia de Industria y Comercio : HAROLDS EDUARDO FINO GONZALEZ, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor. Se concede personería para actuar a los abogados de los demandados. ETAPAS ADELANTADAS En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:
1. CONCILIACIÓN Se declaró fracasada la etapa de conciliación.
2. CONTROL DE LEGALIDAD
SENTENCIA 8531 2025-08-28AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03) Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.
3. INTERROGATORIO DE PARTE. Se practicó el interrogatorio a las partes, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 372 del C.G.P.
4. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.
5. SENTENCIA ANTICIPADA
4. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.
5. SENTENCIA ANTICIPADA Reunidos los requisitos del numeral 2° del artículo 278 del Código General del Proceso, se emitió la correspondiente sentencia anticipada.
6. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN Se escucharon los alegatos de conclusión propuestos por las partes.
7. DECISIÓN: En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de
Colombia, RESUELVE PRIMERO: Declarar probada la s excepciones propuestas por la s demandadas en contra de las pretensiones de la demanda.
SEGUNDO: Negar las pretensiones incoadas en la demanda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
TERCERO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.
CUARTO: Archivar las presentes diligencias.
QUINTO: sentencia que se notifica en estrados.
FRM_SUPER
HAROLDS EDUARDO FINO GONZALEZ
Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio
SENTENCIA
8531 2025-08-28