SNR - 90883 - Concepto 1919 de 2014
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - 90883 - Concepto 1919 de 2014
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2014
SUPERINTENDENCIA
DE NOTARIADO & REGISTRO PROSPERIDAD to guarda de lo fe pública e PARA TOMS Bogotá, D.C. 23 de mayo de 2014
SNR2014EE015320
OAJ — 1919 Doctor MIGUEL ÁNGEL DÍAZ TELLEZ Notario 48 del Círculo Av. Caracas No. 75 — 77
Ciudad Asunto: (cid:9) Acompañamiento por parte de la Superintendencia de Notariado y Registro para el otorgamiento de escritura pública, CN — 05, radicación ER 022399 de fecha 05 de mayo de 2014
Doctor Díaz Tellez: En el asunto descrito, solicita se designe a un funcionario de esta entidad para que realice un acompañamiento en el despacho de la notaría el día 23 de mayo del año en curso, en el otorgamiento de la escritura pública de compraventa entre la Sociedad Tecnourbana S.A. y los
señores Manuel Ricardo Rubio Sánchez y Suhail Rubio Lucero.
Al respecto le comunico: La actividad notarial tiene como función la de dar " Fe Pública ", siendo un servicio público que presta el notario como delegatario del Estado. El Notario tiene carácter de particular que cumple una función pública, posición que se reafirma si se tiene en cuenta que no están encasillados como servidores públicos en el articulo 123 de la Carta Politica.
De acuerdo a lo expuesto en el Estatuto del Notariado de Bulpher Asociados, página 40, Segunda Edición, señala: " La naturaleza jurídica del notario. A diferencia del legislador, la ha suplido especialmente la jurisprudencia de la Corte Constitucional, en sus consideraciones que lo perfila con el carácter
de "particular"; además como una autoridad " sui generis" en materia fedataria, según calidad que les asiste en su actividad y en conocida "descentralización por colaboración". Entre las sentencias que hacen referencia en ese sentido se tienen: C-166 del 20 de abril de 1995, C-492 del 26 de septiembre de 1996, C-181 del 10 de abril de 1997, SU250 del 26 de mayo de 1998, C741 del 2 de diciembre de 1998, C153 del 10 de marzo de 1999, C155 del 10 de marzo de 1999, C399 del 2 de junio de 1999 y C1508 del 8 de noviembre de 2000".
SUPERINTENDENCIA
DE NOTARIADO
& REGISTRO UPROSPERIDAD ta guarda de lo fe pública IPARA 'MOS Miniusticia Hoja No. 2 Dr. Miguel Ángel Diez Teliez El Notariado es un servicio público, que es prestado por un particular que ejerce funciones públicas, EL NOTARIO, por tal razón, esta Superintendencia no es el Superior Jerárquico de ellos. Relación de la Superintendencia de Notariado y Registro con las notarías De acuerdo al Estatuto Notarial (decreto 960 de 1970), los notarios son autónomos en el ejercicio de sus funciones y responden de la regularidad formal de los instrumentos, pero no de la veracidad de las declaraciones de los interesados (arts 8° y 90); además, son responsables civilmente de los perjuicios que causen a los usuarios del servicio por culpa o dolo en la prestación del mismo (arts. 195 y 196). El artículo 116 del D.R. 2148 de 1983, es enfático en señalar, que la autonomía del notario
significa, que éste interpreta la ley de acuerdo a las reglas del Código Civil, que por lo tanto, no depende de un superior jerárquico que le revise sus actuaciones para reformarlas, confirmarlas o revocarlas, sino que actúa bajo su personal responsabilidad. Lo anterior indica, que la Superintendencia no es el superior jerárquico del notario ni le revisa las actuaciones que aquél adelanta. La inspección y vigilancia que realiza la Superintendencia a las notarías, no es un control previo ni posterior a todos los actos que se lleven a cabo en las mismas, con el fin de reformarlos, modificarlos o revocarlos. Esa labor se refiere a aspectos administrativos de manejo de las mismas, de orientación en la función, de control al recaudo, etc., para lo cual imparte instrucciones administrativas relacionadas con la prestación del servicio público notarial. Por lo anterior, no es viable prestar la colaboración solicitada. Cordialmente, Cl Me er a a Ov Jefe dna ses► ra • urldi Proye adys E. Va Coord o G. Ges