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SNR - Auto 10-2024071680721

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 10-2024071680721
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Superintendencia de

Notariado y Registro Eco “AUTO No._ DE 2024 1 0 JUL 92024 000051 “POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA” EXP. AA 288 DE 2024”.

LA REGISTRADORA PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTA, ZONA NORTE En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los l¡ Artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 34 a 40 de la Ley 1437 de 2011, 22 del Decreto 2723 de 2014 y '

CONSIDERANDO !

Por oficio de petición radicado en esta oficina con el número 50N2024ER02450 del 12/04I2024 suscrito por la señora Gladys Consuelo Barrera Parado, solicita: 1 3Que, consultado el Cerftificado de Libertad, se encrentra la anotación: . Cancelación Providencia Judicial: 0841 Cancelación Providencia Judicial Embargo ¡ Hipotecarío N.1985-01032 DE: LENIS GONZALEZ HELADIO CC 2877422 A: RUIZ RAMIREZ ALICIA: Con fecha 26 de diciembre de 2023, d.. Que, con el radicado 2023833280 del 15 de enero, se canceló el embargo Kipotecario sobre:esta inmueble, En ese documento, se iInformó a la Oficina de ! Insirumentos Públicos sabre el remate del apartamento y se inscribió un embargo a : rnombre de la propietaria anterior, Ta señora Álicia Ruiz Ramirez. 5.- Que, una vez consultado en el Juzgado Cuarto Civil del Cireuito de Ejecución de l

Sentencias de Bogntá, el proceso que se surte con la Señora Alicia Ruiz Ramírez se encontró que la Doctora Martha Cecilia Abogada que representa a la Agrupación Mazuren y quien al parecer fue la persona que solicito el levantamiento de la Cancelación Providencia Judicial: 0841 Cancelación Providencia Judicial Embargo Hipotecario N.1996-01032 DE: LENIS GONZALEZ HELADIO CC% 2877422 A: RUIZ RAMIREZ ALICIA. Y a quien el Juzgado Cuarto Civil Municipal entrego los oficios ' que relaciono y que hacen parte de las pruebas: Úficio No, OCCES21 -AM04676 | del 18 de noviembre de 2021 dirigido a ta Oficina de Instrumentos Públicos, el ' Juzgado Cuarto Civil del Gircuito de Ejecución de Sentencias Bogotá D.C., ordenó el levantamiento de la medida de embargo del bien inmueble adjudicado y proceder de conformidad haciendo las anotaciones del caso. Así como el oficio No. ' OCCES21-AMO4677 del 18 de noviembre de 2021 Dirigido también a la Oficina de : Instrumentos Públicos mediante el cual el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de : Ejecución de Sentencias Bogoté D.C., ordenó Registrar la Adjudicación y proceder de conformidad haciendo las anotaciones del caso, al parecer intencionalmente omitió radicar la orden judicial de Adjudicación, con el fin poder radicar el embargo decretado contra la señora Alicia Ruz Ramirez quien ya no figuraría como propietaría del inmueble. ?Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de DirecB cio óg no :t á Ca Z llo en a 74 N o Nr ot .e 1 3-40 Gól dt ia gn o. : MP . - CNEA -_ P O -_ 02. - FR-. 08

E-mail: Versión: 05

E-mail: Versión: 05 ofiregisbogotanorteGsupernotariado.gov.co | Fecha: 82 — 07 - 2024

Superintendencia de Notariado y Registro

E NC AUTO No. DE 2024 190 JUL 2024

D 0 00051

Pág-2 “POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA” EXP. AA 288 DE 2024”.

PETICIONES En virtud de lo expuesto, solícito a la Oficina de Instrumentos Públicos de forma urgente se proceda: - 1.- Der cumplimiento a to ordenado por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Fjecución de Sentencias Bogotá D.C, en el sentido de registrar la Adfudicación a favor de los señores Gladys Consuelo Barrera Parrado Cedula de ciudadanía No. 51.590.606 y Luis Alberto Villa Arismendy Cedula de Ciudadanía No. 70,133.907 y proceder de conformidad haciende las anotaciones del caso. 2.- Anular la Anotación Embargo Ejecutivo Con Acción Personal: 0427 Embargo Ejeciutivo Con Acción Personal Ref.2009-02060-00 a nombre de la señora Alicia Ruiz Ramírez No Cedula de Ciudadanía. 41.799.192. Dado a que no es fa propietaria del inmueble de asunto. De conformidad con la tradición que refleja el folio de matrícula inmobiliaria 50N-779802, se encuentra que con turno de documento 2023-83280 del 26-12-2023, ingresó para registro el oficio OCCES21-AM04676 de fecha 18-11-2023, del Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Ejecución de

Sentencias de Bogotá, cuyo contenido es el siguiente: Me permito comunicarie que mediante autos de fecha 10 de junio de ?004, 73 de agosto de 2004, proferidos por el Juzgado 1 Civil del Circuilo de esta ciudad y 10 de noviembre de 2021 proferida por esta despacho, dictados dentro del proceso de la referencia, se aprobó la difigencia de REMATE del ben inmueble identificado con follo de matricula inmobiiada Mo, SON-779802, ubicado en la DIAGONAL 152 No. 42-04 APARTAMENTO 526 INTERIOR 7 AGRUPACIÓN 03 . URBANIZACIÓN MAZUREN DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, realizada el 18 de noviembre de . 2002, en donde se ADJUDICÓ en favor de los señares GLADYS CONSUELO BARRERA identificada con C.C. 51.590.606 y LUIS.ALBERTO VILLA ARISMENDY identifí cado con C.C Ti) 133.207, por la suma de $39. 50í)0 (]0 90 micte, En virtud de lo anterior, se ordená el LEVANTAMIENTO de la medida dee mhargo del blen inmueble adjudicado, la cual le fue comunicada mediante oficio No. 2417 del 21 de julio de 1997 prolesido por el Juzgado Primero (1) Civil del Circulto de esta ciudad, Sirvase proceder de conformidad haciendo las anctaciones del caso. No obstante, el abogado calificador inscribió en la anotación 18, el levantamiento del embargo hipotecario dejando desprotegido el inmueble sin percatarse que no se radicó el auto aprobatorio

del remate, lo que dio lugar a que se registrara con el turno 2023-83282 del 26-12-2023, en la anotación No. 20, el oficio No. 32720 de fecha 27-11-2020, expedido por el Juzgado 012 Civil Municipal de Ejecución De Sentencias de Bogotá, quien dispuso el embargo del bien inmueble dentro del proceso ejecutivo singuiar REF.2009-02060-00, de: Urbanización MAZUREN unidad 03 ¡Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de .. Bogetá Zona Norte Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Dirección: Calle 74 No, 13-40 Versión: 05

E-mail: ersión: ofiregisbogotanorteOsupernotariado.gov.co | Fecha: 02 — 07 - 2024

Superíntenden_cia de Notariado y Registro AUTO No. pE2024 10 JUL 2024 000051 Pág. 3 “POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA” EXP, AA 288 DE 2024”. contra: Alicia Ruiz Ramírez, en detrimento de los derechos adquiridos mediante la adjudicación del remate de los señores Gladys Consuelo Barrera y Luis Alberto Villa Arismendy. Las circunstancias anteriores ameritan iniciar actuación administrativa contemplada en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo con el objeto de establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-779802. Si de esta actuación administrativa se desprende que terceras personas puedan resultar directamente afectadas por la decisión, se les comunicará la existencia de esta actuación, el objeto

de la misma y el nombre del peticionario para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. La comunicación se remitirá a la dirección o correo electrónico que se conozca si no hay otro medio más eficaz. De no ser posible dicha comunicación, o tratándose de terceros indeterminados, la información se divulgará a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, según el caso, De tales actuaciones se dejará constancia escrita en el expediente. En mérito de lo expuesto, este Despacho DISPONE ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-779802, de conformidad con la parte considerativa de esta providencia. AE .

ARTÍCULO SEGUNDO: CONFORMAR el expediente AA 288 de 2024 como lo dispone el artículo 36 de la ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la práctica de pruebas y allegar la información que sea necesaría para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 ibídem.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el contenido de este acto administrativo a:

1. A la señora Gladys Consuelo Barrera Parado, a su dirección de correo cbarreraparrado(QCgmail.com

2. Al Juzgado 012 Civil Municipal De Ejecución De Sentencias de Bogotá, dentro del proceso ejecutivo singular REF.2009-02060-00, de: Urbanización MAZUREN unidad 03 contra: Alicia

Ruiz Ramírez, a la dirección carrera 10 No. 14-33 piso 1. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de

— Bogotá Zona Norte Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -08

Dirección: Calle 74 No, 13-40 Versión: 05

E-mail: ersión: ofiregisbogotanorteGsupernotariado.gov.co | Fecha: 02 — 07 - 2024

Superintendencia de Notariado y Registro

o AUTO No0 05 1052024 10 JUL 2024

Pág. 4 “POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA” EXP. AA 288 DE 2024”.

3. Al Juzgado Cuarto Civil Del Circuito De Ejecución De Sentencias de Bogotá dentro del proceso ejecutivo hipotecario No. 1996-01032 ( juzgado de origen 01 civil del Circuito) de Heladio Lenis González contra Alicia Ruíz Ramírez. A la dirección de correo electrónico adofejeccbtaOcendo|.ramajudicial.gov.co Para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos; de no ser posible dicha comunicación, o tratándose de terceros indeterminados la información se divulgará a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, según el caso, o a través de cualquier otro mecanismo eficaz (artículo 37 ibídem, Circular No.1038 del 6-03-2018 de la SNR y comunicado del 27-06-2019 de la SNR). Oficiar.

ARTÍCULO QUINTO: Ordenar el bloqueo del folio de matrícula inmobiliaria objeto de la presente actuación (Circular 139 del 9 de julio de 2010 de la Superintendencia de Notariado y Registro).

ARTÍCULO SEXTO: Remitir el presente auto al Grupo de Gestión Disciplinaria Registral de la

Superintendencia de Notariado y Registro, a fin que se inície la investigación que corresponda por las posibles fallas presentadas en el servicio público registral en la calificación del turno 2023-83280.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Contra la presente providencia no procede recurso alguno (artículo 75 ibidem), rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, a 1 0 JUL 2024

“ AURA R O ESPINOSA SANABRIA ; — Registradora Principal

LOREN D&'FI&NERQAC-ABRERA

Coordinadota Grupo Gestión Jurídica Registral Proyectó: ATV Profesional Especializado 'Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de . BogotáZona Norte Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Dirección: Calle 74 No. 13-40 Varsión: 05

E-mail: ersion: ofiregisbogotanorte(QGsupernotariado.gov.co | Fecha: 02 — 07 - 2024

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