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SNR - Auto 10-20240812130756

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 10-20240812130756
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

INSEÍ Superintendencia de Notariado y Registro PA O

AUTO No. DE2024 3 JUL 2024 000 “POR EL CUAL SE INICIA UNA RrUACIÓN ADMINISTRATIVA” EXP. AA 262 DE 2024

LA REGISTRADORA PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTA, ZONA NORTE En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los Artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 34 a 40 de la Ley 1437 de 2011, 22 del Decreto 2723 de 2014 y CONSIDERANDO Que mediante oficio GGJR-C-1128 con radicación interna 50N2024EE05310 del 10 de abril de 2024, se remite al Área de Abogados especializados el turno de corrección C2024-4680 del 09/04/2024, advirtiendo que: De la manera más atenta remitimos a Especializados, el presente turno de corrección por cuanto revisado el folio de matrícula: 50N-20584738, se pudo evidenciar que en la anotación (12 y 13) se inscribió erróneamente embargos según oficios: 570 del 23/05/2018, emanado del Juzgado 15 Civil Municipal de Descongestión de Bogotá y en la Anotación 14, se volvió a registrar embargo Juzgado 058 Civil Municipal de Oralidad de Bogotá D.C. contra: TANIA LORENA ORTUA ARIAS, cuando realmente era la apoderada, según consta en la Escritura 509 del 20/05/2015, de la Notaría Cuarenta y Uno de Bogotá D.C. quien en su

momento se registró erróneamente coma una de las titulares en su momento, posteriormente se solicitó corrección: 2024-3232, solicitándose excluirla por ser representante legal y la cual no debió realizarse por cuanto se había registrado embargo a nombre de la misma señora: TANIA LORENA ORTUA ARIAS, como se evidencia en la Anotación (13); razón por la cual se remite el presente turno a la Oficina de Especializados para el respectivo estudio y consideración. Al estudiar el folio de matrícula inmobiliaria 50N-20584738, se encuentra que: En la anotación 10 y 11 con turno de documento 2015-21147 del 28-03-2015 aparece publicitada la Escritura pública No. 509 otorgada el 20-03-2015 en la Notaria Cuarenta y uno de Bogotá D.C., por la cual se efectúan los actos de compraventa e hipoteca. La anotación 10 de la compraventa quedo así: Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte a - - Ñ . -

Dirección: Calle 74 No. 13-40 Código: MP CNEA PO 92 - FR - 08

E-mail: Versión: 05 ofiregisbogotanortefWsupernotariado.gov.co | Fecha: 02 — 07 - 2024

Superintendencia de Notariado y Registro ER IC AUTO No: 58 pez024 30 JUL 2024

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Anot. D/A YT Cadula chso1r96xza cal

Chonoos69s2pisaza HARTO En MAURICIO ÁLEXAND No obstante, al verificar el contenido del instrumento público ingresado a registro se encuentra que Tatiana Lorena Hortua Arias, actúa como apoderada de Jorge Mario Calvero y Mauricio Isaza Tabares. El error que publicita el folio de matrícula hizo posible que ingresara el oficio 0058 del 1601-2019 proveniente del Juzgado 056 Civil Municipal De Oralidad del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Colombia S.A. "BBVA COLOMBIA” contra Tania Lorena Hortua Arias, radicado 20196222, anotación No.13 De otra parte, se observa que en la anotación 12 aparece publicitado embargo ejecutivo con acción real, de referencia 2018-00061 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Colombia S.A. "BBVA COLOMBIA" contra Jorge Mario Calvero y Mauricio Isaza Tabares, ingresado con oficio 00570 del 23-05-2018, Juzgado 15 Civil Municipal De Descongestión de Bogotá. Dadas las anteriores circunstancias, amerita iniciar actuación administrativa contemplada en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), de conformidad con lo establecido en el Art. 59 de la Ley 1579 de 2012 (Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos) y el Código General del Proceso, con el objeto de establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-20584738, actuación que le fue asignado el Expediente No. AA 262-2024.

Si de la presente actuación administrativa se desprende que terceras personas puedan resultar directamente afectadas por la decisión, se les comunicará la existencia de esta actuación, el objeto de la misma y el nombre del peticionario, si lo hubiere, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de ._ Bogotá Zona Norte Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Dirección: Calle 74 No. 13-40 Versión: 05

ersión: E-mail: ofiregisbogotanortefsupernotariado.gov.co | Fecha: 02 — 07 - 2024 Superintendencia de

Notariado y Registro Pie : AA C | ASTe eo 5 g PE2024 3 0 JUL 2024

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La comunicación se remitirá a la dirección o correo electrónico que se conozca si no hay otro medio más eficaz. De no ser posible dicha comunicación, o tratándose de terceros indeterminados, la información se divulgará a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, según el caso. De tales actuaciones se dejará constancia escrita en el expediente. En mérito de lo expuesto, este Despacho, DISPONE ARTICULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-20584/38 de conformidad con la parte considerativa de esta providencia. CS ARTICULO SEGUNDO: Conformar el expediente AA 262 de 2024, como lo dispone el artículo 36

de la Ley 1437 de 2011.

ARTICULO TERCERO: ORDENAR la práctica de pruebas y allegar la información que sea necesaria para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 ibidem.

ARTICULO CUARTO. Comunicar el contenido de este acto administrativo a las siguientes personas jurídicas o naturales: -Al Juzgado 15 Civil Municipal De Descongestión de Bogotá, dentro del proceso con número de referencia 2018-00061, a la dirección electrónica cmpl52btfWcendoj.ramajudicial.gov.co -Al Juzgado 056 Civil Municipal De Oralidad de Bogotá dentro del proceso Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Colombia S.A. "BBVA COLOMBIA” contra Tania Lorena Hortua Arias, a la dirección calle 14 No. 7-36 Piso 12. -A la señora Tania Lorena Hortua Arias, a la dirección de correo electrónico taloariasG2hotmail.com -A los señores Jorge Mario Calvero y Mauricio lsaza Tabares a la dirección calle 196 No. 19-64 y/o a la KR 11A 190 12 1N 23 T1 AP 102, AGRUPACION RESIDENCIAL PRADERA DE SAN CARLOS P.H. Para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos; de no ser posible dicha comunicación, o tratándose de terceros indeterminados la información se divulgará con la publicación en Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co (Artículo 37 ibídem). Oficiar. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte digo: - EA - -02- -

Dirección: Calle 74 No. 13-40 Código: MP o A PO 02 - FR - 08

E-mail: ersión: 05 ofiregisbogotanortefsupernotariado.gov.co | Fecha: 02 —- 07 - 2024

Superintendencia de Notariado y Registro ESA E 3 0 JUL 2024

AUTO No. DE 2024

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ARTICULO QUINTO. ORDENAR el bloqueo del folio de matrícula inmobiliaria 50N-20584738, objeto de la presente actuación. (Circular 139 del 9 de julio de 2010, de la Superintendencia de Notariado y Registro) ARTICULO SEXTO. Contra la presente providencia no procede recurso alguno. (Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.). j ARTICULO SEPTIMO, Este acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá alos 3 O JUL 2024

LORENA DEL PILAR E EneRERA

Coordinadofa Grupo de Gestión Jurídica Registral Proyectó: ATV - Profesional Especializado Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de . Bogotá Zona Norte Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Dirección: Calle 74 No. 13-40 Versión: 05

E-mail: ersión: ofiregisbogotanorteSsupernotariado.gov.co | Fecha: 02 — 07 - 2024

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