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SNR - Auto 102-20240507174818

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 102-20240507174818
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

COLOMBIA G VPOTIENCDIAADEL A SNsRu¡ºsmme uoencm La guerda de la de pública AUTO 13 DE 2024 (07-05-2024) Por medio del cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No. 095-125487 en relación con la inclusión de la escritura 405/1960.

Expediente: No. 095-AA-2024-08

EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE SOGAMOSO En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el Decreto 2163 del 17 1 de junio de 2011 y el Decreto Ley 1579 de 2012, y CONSIDERANDO QUE: Mediante oficio SNR2022EE123005 el señor Superintendente Delegado para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras de la SNR solicita la verificación de la cadena de tradición del predio identificado con la escritura pública N. 405 de 23 de marzo de 1960 de la Notaría Segunda de Sogamoso, Boyacá, registrada en el Libro 1B, tomo 2, pagina 338, partida 896, del 3 de mayo de 1960, denominado El Plano, ubicado en la vereda Ombachita del municipio de Sogamoso, por cuanto verificado su historial registral arroja que se trata del predio identificado con el folio de matricula inmobiliaria 095-125487 el cual no publicita la escritura referida. Realizada una revisión preliminar por parte de la contratista Profesional Especializado

Tipo C y del funcionario encargado del Área de Antiguo Sistema, al folio de matrícula citado y en relación con la solicitud, se detectó que en efecto puede existir error en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sogamoso Cale 10 No. 11 - 39 piso 2 Teléfono: 6087751894

Email: ofiregis€ ssupoergnotaarmiadoo.sgovo.c o

COLOMBIA

. POTENCIA DELA SUPERINTENDENCIA Vl D A D% E RNEGOITSATRRIOA DO La guarda de la fe pública publicidad de los instrumentos públicos que trasladen derechos, teniendo en cuenta sus títulos anteriores, por lo cual se debe realizar la respectiva actuación administrativa. El artículo 49 del Decreto 1579 del 2012 establece el modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ordenación, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien, y de los hechos expuestos anteriormente . esta Oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente Actuación Administrativa (art. 49 del C. C. A.) tendiente a demostrar la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente relacionado, siguiendo el procedimiento que señala el Código Contencioso Administrativo, en concordancia con el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos (Ley 1579 de 2012). En virtud de lo anterior este Despacho, DISPONE: ARTICULO PRIMERO: Iniciar la Actuación Administrativa tendiente a establecer la verdadera situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No. 095-125487 en relación con la inclusión de la escritura 405/1960 que hace partede la cadena traditicia del

inmueble.

ARTICULO SEGUNDO: Efectúese el estudio a los documentos soporte de apertura a los folios, al igual que la práctica de las demás pruebas requeridas y alléguese las informaciones necesarias para el perfeccionamiento de la presenta Actuación

Administrativa.

ARTÍCULO TERCERO: Notificar el contenido de este Auto a los señores DANIEL GÓMEZ, MARÍA NARANJO, MARÍA ELENA FLOREZ GOMEZ CC. 46370570, GERMAN MONTAÑEZ PÉREZ CC. 9399798, y al delegado peticionario. En caso de no ser posible Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sogamoso Cale 10 No. 11 - 39 piso 2 Teléfono: 6087751894

Emait: ofiregis€ ssupoergnotaarmiadoo.sgovo.c o

COLOMBIA

POTENCIADELA . SUPERINTENDENCIA

.- DE NOTARIADO V' D A £ REGISTRO - hac la guerda de la fe pública su notificación personal esta se realice conforme a lo establecido en los artículos 68 y 69 del Decreto 1437 del 2011.

ARTICULO CUARTO: Comunicar el contenido de este Auto a la División Operativa de esta Oficina, con el fin de que toda solicitud de expedición de certificados, inscripción de documentos o cualquier otra petición relacionada con el folio de matrícula inmobiliaria No. 095-125487 sea enviada al señor Registrador para su control y así evitar decisiones que afecten el objeto de la presente Actuación Administrativa.

ARTICULO QUINTO: Asignar turno de corrección a la presente actuación administrativa para que dentro de la misma se efectúen las modificaciones a que hubiere lugar.

ARTICULO SEXTO: Formar el expediente correspondiente debidamente foliado (Articulo

29 Código Contencioso Administrativo).

NOTIFÍQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Sogamoso, a los siete (07) días del mes de mayo de dos mil veinticuatro (2024).

EL REGISTRADOR

ANA JUDITH BARRERA - CONTRATISTA SDPRET

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sogamoso Calle 10 No 11 - 39 piso 2 Teléfono: 6087751894

Emait: ofiregis€ ssuopergnoatarmiaodo.sgoov.c o

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