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SNR - Auto 11-20240705103318

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 11-20240705103318
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

COLOMBIA

(º POTENCIA DE LA RFeD O DSUEP ENROINTTAERNDIEANCDIOA VE D A M 3 REGISTRO “ , la guarda és lo le publica 0 4 JUN 2024

AUTO “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa, folio 50C-1574405" SOC-A.A.2024U 32, LA REGISTRADORA PRINCIPAL DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ D. C. - ZONA CENTRO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012 y, CONSIDERANDO QUE Que en el proceso de calificación de regisiro del tumo 2024-3?65 el abogado calificacor advierte y solicita se establezca la real situación jurídica del inmueble con maltrícula inmobiliaria 50C-1574405, toda vez que a la anotación 4 se registró medida cautelar de embargo en acción personal existiendo afectación a vivienda famitiar vigente, además se debe corregir el número de oficio con el cual se solicitó el registro de la medida cautelar. Fundamento de lo anterior, se procedió a realizar estudio jurídico al folio de matricula inmobiliaria 50C-1574405, correspondiente al predio ubicado en la Diagonal 83 N" 24-33, Apio 501, Edificio Polo 2. el cual a la fecha consta de 4 anotaciones. De lo cual se observa que a la anotación número 3 se registró la escritura pública número 2933 de fecha 07 de julio de 2003, otorgada en la Notaria 2 de Bogotá, turno de registro

2003-65577, contentiva de compraventa [anolación 2) y Afectación a Vivienda Familiar, acto otorgado por el señor Alberto Garzón Navarrete, siendo desde ese momento aplicable las consecuencias jurídicas de esta figura. A la anotación número 4 del folio de matrículo inmobiliaria bajo estudio, a saber, 50C1574405, se registró medida cautelar de "embargo proceso declarativo", oficio número 71316 de fecha 07 de noviembre de 2023, decretado por el Juzgado 16 Civil del Circuito de Bogotá, bajo radicado procesal 2010-00326 y turno de registro 2023-75366, fungiendo como demandante Álvaro Pardo Corredor y como demandado Alberto Garzón Navarrele. Revís¿do en el sistema "IRIS” el turno de registro, se evidencia que el oficio que ordena el embargo corresponde al número ?70 de fecha 07 de noviembre de 2023, proferido por el Juzgado 16 Civil del Circuito de Bogotá, dentro del proceso Ejecutivo, y a la anotación ¡Oficina de Reglstro de Instrumentos Públicos de Cédiyo: IT - CNEA - PO » 02 - FR - 23 Bogolá, D.C. - Zona Centro Yemidn.03 Calle 26 No, 13-49 Int. 201 Fc..hs: 20 — 64 - 0as PBX (1)2860169 Kºñrggísgºgglogeg1rº©;ugemgloríggo.gov,gg| p

COL0MB|A SUPERINTENDENCIA POTENCIA DE LA D DE NOTARIADO o i - MNO £ REGISTRO 04 JUN 2024

AUTO "Por medio del cual se inicia una cciuocbór3 <ídminís1rot¡vo, folio 50C-1574405" 50C-A.A.2024número tres se encuentra registrado "Afectación a Vivienda Familiar", del tal suerte que preduce los efectos del artículo 7 de la Ley 258 de 1976. Las anteriores inconsistencias no pueden ser objeto de corrección de acuerdo al Artículo 59 de la Ley 1579 de 2012, toda vez que podría verse afectados derechoas det erceros, haciendo necesario adelantar el estudio dentro de la Actuación Administrativa preceptuada en el C.P.A.C.A, con el propósito que los terceros que puedan verse afectados con la decisión quz se adopte hagan valer sus derechos. Polas anteriores consideraciones, este despacho DISPONE Primero: Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del inmveble identificado con folio de matrícula inmobiliaria 50C-1574405, ordénese bloquear el folio de matrícula inmobiliaria hasta la culminación de la presente actuación administra+iva, Segundo; Comunicar el presente auto alos señores Alberto Garzón Navarrete, Álvaro Pardo Corredor, Juzgado 16 Civil del Circuito de Bogotá, coreo electrónico cctolébtecendaj.ramajudicial.govi.co, o dirección Carrera ? N 11-45, Piso 2, Tore Central Ecificio El Virey de Bogotá, de no ser posible esta comunicación y para comunicar a terceros indeterminados, divúlguese en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro www.supernotariado.gov.co, advirtiéndoles que contra el presente actc no

procede ningún recurso en la vía administrativa conforme a lo dispuesto en-el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

Tercero: Téngase como pruebas las siguientes: ]. Escritura pública número 2933 de fecha 07 de julio de 2023, otorgada poar la Notaia 02 de Bogotá, junto con su registro, turno 2003-65577.

2. Oficio número ?70 de fecha 07 de noviembre del año 2023, Juzgado 1é Civil del Circuita de Bogotá, junto con su registro, turmno 2023-95366.

3. Copia simple del certificado de libertad y tradición del folio de matrícula inmobliaria

50C-1574405, :0I|clna de Registro de Instrumentos Públicos de Codigo: MP - CNEA - PO - 02 -FR-73 Bogolá, D.C: - Zona Centro Vorsión:03 Calle 26 No. 13-49 Int. 201 Fecha: 20 - 06 -2023 — PBX [1)2860169 xofirec:ísb otacentr motariado.gov.co|

COLOMBIA

(º POTENCIA DELA $&5l SUPERINTENDENCIA

NE REGISTRO, VIDA 9 4 JUN 28

AUTO "Por medio del cudl se inicia una actuación administrativa, folio 50C-1574405" SOC-A.A.2024032, Cuarto: Comuníquese el presente auto, a la abogada calificadora Paula Andrea Fernández, (ABOGA376), para su conocimiento, advirtiendo que dentro del proceso de calificación, y como garantes de la fe pública, es deber velar por el cumpiimiento del PRINCIPIO DE

LEGALIDAD, de conformidad con lo estipulado en la Ley 1579 de 2012 y demás normas concordantes y para lo de su competencia a la Superintendencia Delegada para el Grupo de Inspección, Vigilancia y Control Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro.

Quinto: Fórmese el expediente al tenor de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 437 de 2011, debidamente foliado y bloquéese el folio de matrícula inmobiliaria 50C-1574405 éo etdoe la presente actuación administrativa la cual se denominará SOC-A.A.2024Q Sexto: El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., alos

JANETH CECILIA DÍAZ ÍZWANT¡55J9

Registradora Principall urídica Registral

Proyectó: Iván Aparicio Mongui Prolesional Universitario loficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cómyo: MA - CNEA - PO 07 -FR-23

Bogotá, D.C. - Zona Centro ! Vemia.U3 N Calle 26 No. 13-47 Int. 201 Focha: 20 — 96 - 207 PBX (1)286016? y ofiregisbogolacent motariado,gov.co| yb A

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