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SNR - Auto 11-2024070873338

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 11-2024070873338
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

PERINTENDENCIA

DE NOTARIADO REGISTRO Ta gudeelo hda púbalica 2 | JUN 200 AUTO “Por medio del cual se inigic_upo-ocfuoc'óg <admínis'rrof¡vo, folios 5S0C-466064".

50c-A.Á.2'0_24EL REGISTRADOR PRINCIPAL ENCARGADO DE LA OFICINA DE REGISTRO DE

INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ D. C. - ZONA CENTRO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012 y, CONSIDERANDO QUE Que el señor Jorge Mario Gómez Aránzazu, radicó ante esta Oficina escrito, asignándosele el número de corrección 2024-11144 del 30 de mayo de 2024, en el cual pone de manifiesto que:

E A?O CUAAIDO COPLYIMOS ESCÉEJTNMEAS AZ HoHE7 DE.

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Fundamento de lo anterior se procedió a realizar estudio jurídico al folio con matricula inmobiliaria 50C-466064, de lo cual se observa que mediante turno de registro 2016-64379, se radicó Escritura 2574 del 2016-07-26 de la Notaria Treinta y

Siete del circulo de Bogotá D. C., por medio de la cual se solemniza los actos de compraventa, hipoteca abierta e inscripción de Afectación a Vivienda Familiar. Posteriormente con turno de radicación 2023-55493, Juzgado Cuarenta y Nueve Civil del Circuito de Bogotá D. C., ordena por medio de Oficio 2023-001 68, fechado del 27 de marzo del 2023, Embargo Ejecutivo Con Acción Personal, de ITAU CORPBANCA COLOMBIA S.A., contra JORGE MARIO GOMEZ ARANZAZU, acto que se registró en anotación 19, observándose que la Afectación A Vivienda Familiar es una figura donde solo serán embargables por los acreedores hipotecarios inscritos con anterioridad a la constitución de la misma. (Ley 258 de 1796). I0f¡cina de Regisiro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07 Bogotá, D.C, - Zona Centro Versión: 04 Calle 26 No. 13-49 Int. 201 Fecha: 30 — 04 - 2024 PBX (1)2860169 Koñreg¡sbogoiocenIro©suºernotaríodo.gov.co|

SUPERINTENDENCIA

DBEN CNOOTNATROI.A,D O

(A a 2 Y JUN 904

AUTO "Por medio del cual se inicia una actuación c¡da1inístratívo, folios 50C-466064”. 5OC-A.A.2024__ 05i T Las anteriores inconsistencias no pueden ser objeto de corrección de acuerdo al

artículo 59 de la Ley 1579 de 2012, toda vez que podría verse afectados derechos de terceros, haciendo necesario adelantar el estudio dentro de la Actuación Administrativa preceptuado en el C.P.A.C.A., con el propósito que los terceros que puedan verse afectados con la decisión que se adopte hagan valer sus derechos. Por las anteriores consideraciones, este despacho DISPONE Primero: Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 50C-466064 ordénese bloquear el folio de matrícula inmobiliaria hasta la culminación de la presente actuación administrativa.

Segundo: Comunicar el presente auto alos señores Juzgado Cuarenta y Nueve Civil

.. del Circuito de Bogotá D. C., a CARRERA 10 N 14 -33 PISO 4 Ed Hernando Morales !x—/í'olíng,y/o al correo electrónico desajbtanotifecendo|.ramajudicial.gov.co, al señor Jorge Mario Gómez Aránzazu a la carrera 2ENo. 89-85, de no ser posible esta comunicación y para comunicar a terceros indeterminados, divúlguese en la página web de la sSuperiniendencia de Notarnado y — Registro www.supernotariado.gov.co, advirtiéndoles que contra el presente acto no procede ningún recurso en la vía administrativa conforme a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

Tercero: Comuníquese la presente Resolución, a la abogada calificadora (Paula Fernández) (ABOGA376), para su conocimiento, advirtiendo que dentro del proceso

de calificación, y como garantes de la fe pública, es deber velar por el cumplimiento del PRINCIPIO DE LEGALIDAD, de conformidad con lo estipulado en la Ley 1579 de 2012 y demás normas concordantes y para lo de su competencia ala Superintendencia Delegada para el Grupo de Inspección, Vigilancia y Control Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, ]OIicinu de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEAÁ - PO - 02FR -07 Bogotá, D.C. - Zona Centro Versión: 04 Calle 26 No. 13-49 Int. 201 Fecha: 30 — 04 - 2074 PEX (1)2860169 Kofireqisboqofoceníro©sUoemolariodo.aov.co

SUPERINIENDENCIA NOTARIADO 2 1 JUN 2024

AUTO "Por medio del cual se inicia una 0ctuociár5q$_ministra1ivo, folios 50C-466064". SOC-A.A.2024Cuarto: Téngase como pruebas las siguientes: l. Escritura pública número Escritura 2574 del 2016-07-26 de la Notaria treinta y siete (37) del circulo de Bogotá D.C., Radicado 2016-643779.

2. El Oficio número Oficio 2023-00168 del 2023-03-27 Juzgado 49 Civil Circuito de

Bogotá D. C. Radicado 2023-55493.

3. Folio de matrícula 50C-466064 , anotaciones 18 y 19

Quinto: Fórmese el expediente al tenor de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley

1437 de 201 1, debidamente foliado y bloquéese el folidoe matrícula inmobiliaria 50C-466064, objeto de la presente actuación administrativa la cual se denominará SOC-A.A.20240 5 d Sexto: El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., alos 2 1 JUN 2074 V »e

JAVIER SALAZAR DENAS JOSÉ GREGORIONEPÚYEDA YÉPEZ

Registradora PÁncipal (E) Coordi de Gestión rídica Registral

Proyectó: Soraya Alvarez Muñoz

Profesional Especializado [Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de . Cédigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 097 Bogotá, D.C. - Zona Centro VYersión: 04 Calle 26 No, 13-49 Int. 201 Fecha: 30 — D4 - 2024 PBX (1)2860169 Koñre isbogotacentroEsupemotariado.gav.co|

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