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SNR - Auto 11-20240710111019

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 11-20240710111019
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

- SN.SD EUE F

R EN… ERO GE INTT SAE T…RN RDIE OAN CDI OA AJO — 25 JUN-20%

Z7 ( Expediente 50C-AA-2024-40 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa” EL REGISTRADOR PRINCIPAL (E) DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ D. C. ZONA CENTRO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conteridas por las Leyes 1437 de 2011 y 1579 de 2012, y CONSIDERANDO QUE: El señor José Germaney Sánchez Nieto solicita cerrar el folio de matrícula inmobiliaria 50C-637728, por agotamiento de área. La petición fue recibida con radicación 50C2023ER17743, y le fue asignado el turno de radicación de corrección C2023-22683. . En el análisis del folio de matrícula inmobiliaria 50C-637728, con un área de 3.823,36 M2, frente a lo?. hechos" narrados y la solicitud efectuada en la corrección con rad¡cacwn C2023-22683, tenemos la siguiente situación jurídica: Por medio del turno de radicación de dotumentos 85115445, se dio publicidad a la Escritura 1457 de 26-071985, autorizada en la Notaría 3% de Bogotá, la cual contiene el acto de venta parcial, de Fabricaciones Electrodomésticas Ltda., en favor de Carrozar Ltda., en la anotación No. 5, del folio de matrícula inmobiliaria

en cita. Fue segregado el folio de matrícula inmobiliaria SOC-909897, con un área de 1.976,90 M2. Seguidamente, fue inscrita la Escritura 260 de 11-02-1986, autorizada en la Notaría 3 de Bogotá, con turno de radicación de documentos 1986-28825, el acto de venta parcial Lote La Calleja, área 1.846,26 M2, de Fabricaciones Electrodomésticas Ltda., en favor del señor José Germaney Sánchez Nieto. El folio-de matrícula inmobiliaria segregado es 50C-1262313, con el área señalada. En consecuencia, con la aplicación de la simple operación matemática de la suma, obtenemos el agotamiento de área del predio de mayor extensión con matrícula S0C-637728. No obstante las inscripciones anteriormente señaladas, el folio de matrícula inmobiliaria no fue objeto de cierre, por agotamiento de área. El impedimento para cerrar el folio de matrícula en cita, se extiende a las anotaciones Nos. 7 y 8, actos de embargo por jurisdicción coactiva, efectuados por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá — ESP. La anterior situación, no puede ser objeto de corrección, de acuerdo con el Artículo 59 de la Ley 1579 de 2012, toda vez que podría verse afectados derechos de terceros, haciérndose necesario adelantar el estudio dentro de la actuación administrativa contemplada en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, conel propósito que los terceros que puedan ser afectados con la decisión que se adopte, hagan

valer sus derechos. Por las anteriores consideraciones, este despacho, DISPONE PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble identificado registralmente con el Folio de Matrícula Inmobiliaria 50C-637728, en consecuencia, ordenase bloquear el folio, hasta la culminación de la presente actuación.

SEGUNDO: Comuníquese el presente auto de acuerdo con el Artículo 37 de la Ley 1437 e 2011, a: José

Germaney Sánchez Nieto, en la calle 17 No. 96 A — 28, In. 10, correo lunanuevachia(?yahoo.es; a Jurisdicción ' [ Página | | Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: NIP - CNEA - PO -02-FR.23 Bogotá, Zona Centro Versión: 04 Calle 26 No, 13 —49, Int. 202, Teléfono: 601 3282121 - 30—04 - 20 Ko firegisbogotacentroGsupemotariado.qov,co | Fecha: 30— 04 - 2024 J … r Cr CO AUTO Expediente S0C-AA-2024-40 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa"” Coactiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, en la Av. Calle 24 No. 37-15, al correo electrónico notificaciones.electronicas(Dacueducto.com.co, por los siguientes procesos:

1. Proceso Ejecutivo por Jurisdicción Coactiva No. 201676184, Oficio 2050 de 03-10-2019, de la Empresa de

Acueducto y Alcantarillado de Bogotá — ESP, en contra de José Germaney Sánchez Nieto.

2. Proceso Ejecutivo por Jurisdicción Coactiva No. 201743292, Oficio 849 de 08-07-2020, de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá — ESP, en contra de José Germaney Sánchez Nieto.

De no ser posible esta comunicación y para informar a terceros indeterminados, se divulgará en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co, advirtiéndoles que contra el presente acto administrativo, no procede ningún recurso en la vía de los mismos. (Artículo 75, Ley 1437 de 201 1) TERCERO: Comunicar el presente auto, a los abogados calificadores, doctores Julia Rosario Ramos Cuesta (ABOGA333) y Fedilce Junior Medina Acosta (ABOGA310) para su conocimiento, advirtiendo de manera atenta, que dentro del proceso de calificación, y como garantes de la fe pública, es deber velar por el cumplimiento del Principio de Legalidad, de acuerdo con la Ley 1579 de 2012 y demás normas concordantes, y para lo de su competencia a la Superintendencia Delegada para el Registro, Grupo de Inspección y Vigilancia y Control Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro.

CUARTO: Fórmese el expediente de acuerdo con el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011, al cual le fue asignado el consecutivo SOC-AA-2024-40, de esta Ofícina de Registro, QUINTO: El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a tos 25 JU0N% L a

JAVIER SALAZAR CARDENAS JOSE GREZORIZ SEPULVEDA YEPEZ

Registrador Printipal (E) Coordinador po/de Gestfón Jurídica Registral

Proyectó: Luz Mary Relna Ortiz, Profesional Especializada |Página l2

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cédigo: MP - CNEA -PO - 02 -FR.23 Bogotá, Zona Centro VYersión: 04 Calle 26 No. 13 —49, Int. 202, Teléfono: 601 3282121 . — - N ofregisbonotacentroOsupernotariado.gov.co | Fecha: 30 — 04 - 2024 _/ e———elo _——;] R—P P —€—< —CMmMí—] —;LLL—L;—Z————T; Ú—.;—LLI]

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