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SNR - Auto 11-20240722115252

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 11-20240722115252
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

AUTO 28 JUN 2094 ( ) POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

Aasocz024070

LA REGISTRADORA PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE

BOGOTÁ D. C. ZONA CENTRO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 1437 de 2011, 1.579 de 2012, y tomando en cuenta los siguientes CONSIDERANDO QUE Mediante escrito con radicación 50C2024ER03969 de 12-3-2,024 (fls. 1-3), la señora VELCY YEPES CARBALLO CC 41.476.685, obrando en nombre propio, como «propietaria inscrita» del inmueble con matrícula inmobiliaria 50C-261223, «ubicado en la calle 32 No. 6-03/07», requirió del despacho, «la CANCELACIÓN de las ANOTACIONES 014, 016 y 019; que se registraron con posterioridad a la venta FRAUDULENTA que se realizó mediante escritura pública 3801 del 19 de septiembre de 2012 en favor de SOLANGE GUATIBONZA SUÁREZ, identificada con CC 51.623.053; escritura Pública que el Juzgado 20 Penal de Conocimiento ORDENÓ CANCELAR mediante sentencia de fecha 16 de julio de 2016 dentro de proceso 110016000000201800919 NI 329113, por encontrar que existió Falsedad Material En Documento Público En Concurso Con Falsedad En documento Privado» (énfasis, en el original; fl. 1).

2. Revisado el folio de matrícula inmobiliaria 50C-261223, de interés de la

peticionaria, se encontró lo siguiente, en relación con la forma en que adquirió la peticionaria, la escritura cuyo registro se canceló por orden judicial, y asientos registrales posteriores: 2.1. La peticionaria VELCY YEPES CARBALLO, adquirió el inmueble por compra a JORGE CUELLAR SALAZAR, por escritura 347 de 2-3-1996, Notaría 47 de Bogotá, registrada como anotación cinco del folio, tuno 1996-23320 de 8-3-1.996; 2.2. En Inscripción 12, turno 2012-88788 de 21-9-2,012, la señora VELCY YEPES CARBALLO, vendió a SOLANGE GUATIBONZA SUÁREZ, por escritura 3,801 de 18-92.012, Notaría Séptima de Bogotá; 2.3, A su'turno, SOLANGE GUATIBONZA SUÁREZ, vendió a favor de CONSTRUCTORA VECA LTDA y ARBOS SAS, por escritura 1.173 de 8-4-2.013, Notaría Sexta de Bogotá, publicitada en asiento registral 14 del folio, turno 2013-32914 de 17-4-2.013; 2.4. CONSTRUCTORA VECA LTDA y ARBOS SAS, enajenaron a título de compraventa, en favor de FIDUCIARIA BOGOTÁ SA COMO VOCERA DEL FIDEICOMISO PATRIMONIO AUTÓNOMO SAN MARTÍN-FIDUBOGOTÁ SA NIT 830055897-7; por escritura 4.977 de 27-12-2.013, Notaría Sexta de Bogotá, registrada como anotación 16 del folio, turno

2014-7462 de 28-1-2.014; —este último instrumento público, fue corregido por la referida fiduciaria, «respecto de los linderos y área», por escritura 1.025 de 1-4-2.014, Notaría Sexta de Bogotá; inscripción 17, turno 2014-30685 de 7-4-2.014;' Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Calle 26 413-49, interior 101, Bogotá DC Versión: 04 Correo electrónica ofiregisbogotacentro(Asupernotariado.gov.co Fecha: 30 — 04 — 2024 EE BurtrrtiblnCIA q DENQTARIADO a , L REGISTRO Ane FOTa 1 ful 68 la le pa 98 JUN 2024 AUTO ( ) POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AAS0C2024070; 2.5. De acuerdo con asiento registral 18, turno 2014-62765 de 21-7-2.014, se le da publicidad a un turno 2016-31200 de 26-4-2.016, la fiduciaria actualizó los linderos del inmueble, por escritura 2.389 de 16-7-2.014, Notaría Sexta de Bogotá; 2.6. En anotación 19, turno 2016-31200 de 26-4-2.016, la fiduciaria aludida, por escritura 1.166 de 15-4-2.016, de la misma Notaría Sexta de Bogotá, englobó este lote

identificado registralmente con la matrícula inmobiliaria 50C-261223, 126,00 n”, con otros cuatro, matrículas inmobiliarias 30C-102977, 145,40 m?, 50C-264007, 99,50 m?, 50C-736845, 177,30 1?, y 50C-739784, 4.234,60 m?; dando lugar a una nueva unidad inmobiliaria con área de 4.784,20 nY, y matrícula inmobiliaria 50C-1969400. 2.6.1. Pese a haber sido englobados, esos cinco lotes, los folio de matrícula inmobiliaria 50C-102977, 50C-261223 .50C-264007, 50C-736845, y 50C-739784, no han sido cerrados, y continúan activos. 2.7. En inscripción 20 y última del folio, turno 2019-79349 de 26-9-2.019, se registró: «cancelación providencia judicial», comentario: «se cancela compraventa mediante ep [escritura pública] 3801 del 19 de septiembre de 2012 No. 7 Btá por sentencia proferida por el Juzgado 20 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Btá. Dentro de proceso N. 110016000000201800919N1 329113»; de: Juzgado 20 Penal del Circuito con función de Conocimiento; por oficio 62497 de 27-8-2.019, del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá. Con este asiento registral se canceló, es decir, se dejó sin valor ni efecto jurídico, la anotación

12 del folio. 2.7.1. Con el referido memorial 62947 de 22-8-2.019, del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá, se le comunicó a esta Oficina de Registro, que, el Juez 20 Penal del Circuito con Función de Conocimi3nto de Bogotá, mediante sentencia proferida el 16-7-2.019, dentro del proceso CUI 110016000000201800919 NIP 329.113, ordenó lo siguiente a esta Oficina de

Registro: OTRAS CONSIDERACIONES: RESUELVE: CUARTO: 2. ORDENAR' la cancelación de: a) Como también la cancelación del registro respectivo realizado en la anotación N. 12 del folio de matrícula

inmobiliariaN . 50C-261223, del inmueble ubicado en la calle 32 N. 603/07 de Bogotá. — A 2.7.2, El señor juez, no ordenó nada respecto de anotaciones posteriores.

3. De otra parte, en el folio de matrícula inmobiliaria resultante del englobe mencionado, 50C-1969400, se publicitan, además del referido englobe (asiento Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA -PO - 02 - FR - 22

Calle 26 13.49, interior 101, Bogotá DC Versión: 04 Correo electrónico ofiregisbogotacentrofsupernotariado.gov.co Fecha: 30 — 04 — 2024 28 JUN 204

A Sc AR E

ANS PEUL AUTC O ( ) POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

AAS50C202406, registral uno), dos cesiones de posición contractual del fiduciario (anotaciones dos:

de FIDUCIARIA BOGOTÁ SA VOCERA DEL FIDEICOMISO PATRIMONIO AUTÓNOMO SAN

MARTÍN FIDUBOGOTÁ SA NIT 830.055.897-7; a ALIANZA FIDUCIARIA SA COMO

VOCERA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO DENOMINADO FIDEICOMISO DE

ADMINISTRACIÓN SAN MARTÍN NIT 830053812-2 y seis: de ALIANZA FIDUCIARIA

SA COMO VOCERA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO DENOMINADO FIDEICOMISO DE

ADMINISTRACIÓN SAN MARTÍN NIT 830053812-2, a FIDUCIARIA BANCOLOMBIA SA SOCIEDAD FIDUCIARIA NIT 8001502800 VOCERA DEL FIDEICOMISO NOMAD CENTRAL 2 NIT 8300545390), una liquidación del efecto plusvalía (inscripción dos); y dos cancelaciones del mismo (asientos registrales cuatro y cinco).

12. Dicho lo anterior, parece haber elementos de juicio suficientes para disponer el inicio a una actuación administrativa en sede de corrección, inciso 4%, artículo 59, y artículo 60, ERTP, a fin de determinar la procedencia, de las correcciones solicitadas por la señora VELCY YEPES CARBALLO, en derecho de petición con radicación

50C2024ER03969; actuación a la cual deben ser vinculadas todas las personas con interés en las resultas de esta, de acuerdo con las diversas inscripciones en los folios de matrícula inmobiliaria 50C-102977, 50C-261223 50C-264007, 50C-736845,

50C-739784, y 50C-1969400. DISPONE PRIMERO. INICIAR, actuación administrativa en sede de corrección (artículos 59 y 60, ERIP, 34 y ss, CPACA), tendiente a establecer la situación jurídica de los inmuebles con matrícula inmobiliaria 50C-102977, 50C-261223, 50C-264007, 50C736845, 50C-739784, y 50C-1969400. Bloquéense, en consecuencia, estas matrículas inmobiliarias, hasta la conclusión de este procedimiento administrativo general. SEGUNDO. PRUEBAS. DECRETAR la práctica de las siguientes pruebas: 1) SOLICITAR al Grupo de Gestión Tecnológica y Administrativa, de esta Oficina de Registro, copia de los documentos con turno 1996-23320, 2012-88788, 2013-32914, 2014-7462, 2014-30685, 2014-627653, 216-31200, 2019-79349, 2020-13322, y 2023-9309; 2) En caso de que no se encontrare la copia de registro de estos, oficiese las diferentes entidades emisoras/notarías, requiriendo se aporte una copia con destino a este procedimiento administrativo. TERCERO. COMUNICAR este auto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 del CPACA, a la peticionaria VELCY YEPES CARBALLO, en la calle 147 94-10, de Bogotá, o, en el buzón de correo electrónico velcy50(M hotmail.com, así como a los

señores: SOLANGE GUATIBONZA SUÁREZ, CONSTRUCTORA VECA LTDA NIT

8001768859, ARBOS SAS NIT 9004215801, FIDUCIARIA BOGOTÁ SÁ COMO VOCERA Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Calle 26 H13-49, interior 101, Bogotá DC Versión: 04 Correo electrónico ofiregisbogotacentrodsupernotariado.gov.co Fecha: 30 —04 —-2024 ro 28 JUN 2004 ' POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

AAS0C2024070,

DEL FIDEICOMISO PATRIMONIO AUTÓNOMO SAN MARTÍN-FIDUBOGOTÁ SA NIT

830055897-7, y ALIANZA FIDUCIARIA SA COMO VOCERA DEL PATRIMONIO

AUTÓNOMO DENOMINADO FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN SAN MARTÍN NIT

830053812-2, y FIDUCIARIA BANCOLOMBIA SÁ SOCIEDAD FIDUCIARIA NIT 8001502800 VOCERA DEL FIDEICOMISO NOMAD CENTRAL 2 NIT 8300545390; informándoles que, contra este acto administrativo no proceden recursos en la vía administrativa. CUARTO. VINCULAR A LOS TERCEROS INDETERMINADOS, que se crean con igual o mejor derecho que las personas enunciadas, publicando este acto administrativo en el portal de internet de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co. QUINTO. Este acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. SEXTO. Fórmese el expediente correspondiente, debidamente foliado (Art. 36 Ley

1.437 de 2.011.)

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los puse | AN y 2 8. JUN 9504 . í, , JANETH CECILIA DÍAZ CERVANTES —JosÉ G ORIO SE y) LVEDA YÉPEZ

Registradora Principal 0) HO de Gestión Jurídica Registral

Proyectó: Ribot Núñez N.

Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -22 Calle 26 413.49, interior 101, Bogotá DC Versión: 04 Correo electrónico ofiregisbogotacentrofMsupemnotariado.gov.co Fecha: 30 — 04 — 2024

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