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SNR - Auto 11-20240723132757

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 11-20240723132757
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Y) Superintendencia de Notariado y Registro 18 JUL 2024 AUTO “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa, folios 50C-1614344, 50€- 2d 1614346+.2 % 50C-A.A.202408

LA REGISTRADORA PRINCIPAL DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS

PÚBLICOS DE BOGOTÁ D. C. - ZONA CENTRO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012 y, CONSIDERANDO QUE Las señoras Gladys Yolanda Roa Roa, Gabriel.Lara Escandón, el día 28 de mayo del año 2024, radicaron ante la Superintendencia de Notariado y Registro, solicitando dejar sin valor ni efecto jurídico la anotación número 12 del folio de matrícula inmobiliaria 50C-1614344 y anotación 13 del folio de matrícula inmobiliaria 50€- 1614346, en razón a que la medida no corresponde a embargo sino a renovación de embargo el cual había sido cancelado por caducidad del Artículo 64 de la Ley 1579 de 2012. Fundamento de lo anterior, se procedió a realizar estudio jurídico a los folios de matrículas inmobiliarias 50C-1614344, correspondiente al predio ubicado en la Carrera 3 N 62 - 37, de la Ciudad de Bogotá, el cual a la fecha consta de 12 anotaciones, y folio 50C-1614346, correspondiente al predio ubicado en la Carrera 3 N $2 — 33, de la ciudad de Bogotá, el cual a la fecha consta de 13 anotaciones.

'De lo cual se observa que al folios de matrículas inmobiliarias 50C-1614344 y 50C1514346, se registró a la anotación número 8, medida cautelar de embargo propuesto por "Inversiones JAPABOL S.A.S.,” contra Gladys Yolanda Roa Roa, medida decretada por el Juzgado 67 Civil Municipal de Bogotá, dentro del proceso ejecutivo con acción real, bajo radicado procesal 2007-00078, solicitada mediante oficio número 2845 de fecha 06 de septiembre del año 2007. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07 Bogotá D.C., Zona - Centro Versión: 04

Dirección: Calle 26 N 13 — 49 Interior 201 Fecha: 30 -— 04 - 2024

SM Bogotá D.C., Colombia Superintendencia de Notariado y Registro —— 18 JUL 202

AUTO : "Por medio del cual se inicia una actuación administrativa, folios 50C-1614344, 50C- : 1614346". 073

50C-AA:2024- . A las anotaciones números 11 y 12 respectivamente, se registró la Resolución número: 00487 de fecha 28 de diciembre del 2022, emitida por la esta Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, por medio de la cual se dio aplicación a la figura de “Caducidad de inscripciones de las medidas cautelares y contribuciones especiales", de que trata el artículo 64 de la Ley 1579 de 2012, cancelándose con ello la medida cautelar de embargo por ajustarse a los presupuestos del mentado Artículo y a la Instrucción Administrativa 08 de 2022 de la Superintendencia de

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Dirección: Calle 26 N 13 — 49 Interior 201 . Fecha: 30 — 04 - 2024

o Bogotá D.C., Colombia a€?e) yr Superintendencia de Notariado y Registro 18 AUTO “Por medio del cual se inicia vna actuación administrativa, folios 50C-1614344, 50CLie 1614346", 7 q 50C-A.A.2024qt A las anotaciones números 12 y 13 de los folios de matrículas inmobiliarias, 50€C1614344, 50C-161434, respectivamente, se registró medida cautelar de embargo,

fungiendo como demandante “Inversiones Japabol S.A.S.” contra Gladys Yolanda Roa Roa, decretada por el Juzgado Once Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá mediante oficio número 6504 de fecha 07 de marzo del año 2024, proceso bajo radicado procesal 2007-00788, sin embargo revisado dicho oficio el mismo indica que se trata de Renovación de la medida cautelar de embargo, medida que no procedía por no encontrarse dentro de la oportunidad para su decreto y procedencia del registro, ello de conformidad al Artículo 64 de la Ley 1579 de 2012 e Instrucción Administrativa 08 del 30 de septiembre de 2022, de la Superintendencia de Notariado y Registro. ón ; : i NN J UTGADO DE y SEC NIV TI EL N CM IU AN SI C pI eP sA BL O GCD OEo T r A E .J u E dC i clal.goY:E9 5 Radicasi2 onidele auE cen 10-41 al

OOECM-N324J5C-6504

QACIO No. 7 DEMARZO DE 2024

Bogolá. pc. AECISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚSucos ZONA RESPECTIVA . Ciudad roda ateos 11 cootanaición! de Ejecudce ihóognol á - CiRE n IF i F: c R l Ao SdP or Yo c p Ce os Oro N CI ENE PVj E Te Rc Ou S St I i Ov No $E . AS . Hi Np IJ To A .l Pe 9Ac 0a B 0r O .i Lo 1.

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Ny I c1 T o.0 n 0 tr1 8 a304 .0 G5L00 6 A3 . D3Y50 S26 -7 1Y2 O0 s L0 u A7 bNr0 Do0 g A7 a 8 % Ra4 o2 "ROAC.C. 41.712.256 (Juzgodo de Origen 67 Civl Municipal) Comunica a usted que mediante outo de fecha 20 de febrero de 2024, proferido dentro del proceso de la referencia, se decretó la renovación de la Inscripción del EMBARGO de le$ inmuebles ideptificados con Maticula Inmobilora No. 50C-T614344 50C-1414346,/denunciodo como de .brofiedad de la parte demandado GLADYS YOLANDA ROA €.C. 41.712.256. "Realice la inscripción de la medida y a costa del interesado, remita copia del certificado respectivo en el que conste dicha anotación según lo Sispuesto en el al. 593 núm, 1 de la Ley 1564 del 2012. Las anteriores inconsistencias no pueden ser objeto de corrección de acuerdo al artículo 59 de la Ley 1579 de 2012, toda vez que podría verse afectados derechos Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07 Bogotá D.C., Zona - Centro Versión: 04 y

Dirección: Calle 26 N 13 — 49 Interior 201 Fecha: 30 — 04 - 2024

Bogotá D.C., Colombia Superintendencia de 0 Notariado y Registro 18 JUL 2

AUTO “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa, folios 50C-1614344, 50C1614346", 7 9 50C-A.A.2024de terceros, haciendo necesario adelantar el estudio dentro de la Actuación Administrativa preceptuado en el C.P.A.C.A. con el propósito que los terceros que puedan verse afectados con la decisión que se adopte hagan valer sus derechos. Por las anteriores consideraciones, este despacho DISPONE Primero: Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los inmuebles identificados con los folios de matrículas inmobiliarias 50€- 1614344, 50C-1614346, ordénese bloquear los folios de matriculas inmobiliarias hasta la culminación de la presente actuación administrativa.

Segundo: Comunicar el presente auto a los señores Gladys Yolanda Roa Roa, Gabriel Lara Escandon, al coreo electrónico gabrieloraesGoutlook.com, Inversiones Japabol S.A.S, Juzgado 11 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá, al correo electrónico

radicacionjllejecmbtafBcendojramajudicial.gov.co, o a la dirección Calle 11 N 10 — 61 de Bogotá, (Oficio OOECM-0324J5C-6504 de fecha 07 de marzo de 2024, radicado procesal 2007 00788 00] de no ser posible esta comunicación y para comunicar a terceros indeterminados, divúlguese en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro www.supernotariado.dov.co,

advirtiéndoles que contra el presente acto no procede ningún recurso en la vía administrativa conforme a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

Tercero: Comuníquese la presente Resolución, al abogado calificador [JULIA ROSARIO RAMOS] (ABOGA 333), para su conocimiento, advirtiendo que dentro del proceso de calificación, y como garantes de la fe pública, es deber velar por el cumplimiento del PRINCIPIO DE LEGALIDAD, de conformidad con lo estipulado en la Ley 1579 de 2012 y demás normas concordantes y para lo de su competencia a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07

Bogotá D.C., Zona - Centro Versión: 04

Dirección: Calle 26 N 13 — 49 Interior 201 Fecha: 30 — 04 - 2024

o Bogotá D.C., Colombia Superintendencia de Notariado y Registro TN A AUTO “en “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa, folios 50C-1614344, 50C161434é" soc-A.A.20240/ 38 JUL 20%, Superintendencia Delegada para el Grupo de Inspección, Vigilancia y Control Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro.

Cuarto: Téngase como pruebas las siguientes:

l. Oficio número 2845 de fecha 06 de septiembre de 2007, Juzgado 67 Civil Municipal de Bogotá, junto con su registro, turno 2007-97356.

2. Resolución número 0487 de fecha 28 de diciembre de 2022, de la Oficina de

Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá — Zona Centro, junto con su registro, turno 2022-119497.

3. Oficio número 6504 de 07 de marzo de 2024, Juzgado 11 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá, junto con su registro, turno 2024-18874.

4. Copia simple de los certificados de libertad y tradición de los folios de matrículas inmobiliarias 50C-1614344 y 50C-1614346, Quinto: Fórmese el expediente al tenor de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011, debidamente foliado y bloquéese los folios de matrículas inmobiliarias

50C-1614344, 50C-1614346 objeto 09 3 presente actuación administrativa la cual se denominará 50C-A.A.20240 ll Sexto: El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los Í 8 JUL 2Uza

JANETH/QECILIA Ou TES JOSÉ GRE SEPÚMWEDA YÉPEZ

Registradora Principal Coordii de Gestión urídica Registral

Proyeció: Jorge iván Aparicio Mongui Profesional Universitorio Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07

Bogotá D.C., Zona - Centro Versión: 04

Dirección: Calle 26 N 13 — 49 Interior 201 Fecha: 30 — 04 - 2024

o Bogotá D.C., Colombia

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