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SNR - Auto 11-20240729152649

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 11-20240729152649
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

NS Superintendencia de Notariado y Registro ma 2 6 JUL 2024 AUTO “Por medio del cual se inicia una actuación adi iva, folio 50C-1368645”

50C-A. A2024- Ú LA REGISTRADORA PRINCIPAL DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE

BOGOTÁ D. C. - ZONA CENTRO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012 y, : CONSIDERANDO QUE Mediante requerimiento judicial con número de fadicado 50C2024ER11436 del 17 de julio de 2024, el Juzgado 01 Civil Municipal de Pamplona, solicitó se iniciara actuación administrativa a fin de determinar la titularidad del derecho de dominio del inmueble identificado con folio de matrícula 50C-1368645, debido a que se registró embargo ejecutivo con radicado 54518400300120140046100, conforme lo ordenado en Oficio Nro. 1902 del 5 de agosto de 2020 proferido por el mismo Juzgado, del señor Henry Aceros Ojeda, conta la señora Rosalba Acosta Muñoz identificada con cedula de ciudadanía Nro.23,147.522, acto que se registró en la anotación Nro. 6 del folio de matrícula. Revisado el folio de matrícula se observa que mediante turno de documento 1995-29297 del 11 de abril de 1995, se radicó Escritura Pública Nro. 7049 del 29 de diciembre de 1994 otorgada en la Notaria 23 de Bogotá, donde

la señora Rosalba Inés Acosta Muñoz, identificada con cedula de ciudadanía Nro. 41.400.719 adquirió el inmueble identificado con folio de matrícula 50C-1368645, por acto de compraventa realizada a INVERSIONES HEKACE LIMITADA, acto contenido en la anotación Nro. 3. Por lo que es necesario determinar la titularidad del inmueble, debido a que el último acto de transferencia versa sobre el contenido en la anotación Nro. 3 y aunque existe coincidencia en los nombres de la compradora y sobre quien recae el embargo, el número de identificación varia. Así las cosas, es posible señalar que esta inconsistencia no puede ser objeto de corrección de acuerdo al Artículo 59 de la Ley 1579 de 2012, toda vez que podrían verse afectados derechos de terceros, haciendo necesario adelantar el estudio dentro de la Actuación Administrativa preceptuada en el Código Contencioso Administrativo, con el propósito que los terceros que puedan verse afectados con la decisión que se adopte hagan valer sus derechos. Por las anteriores consideraciones, este despacho.

DISPONE PRIMERO: Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 50C-1368645, ordénese bloquear el folio hasta la culminación de la presente actuación.

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 09 Bogotá D. C. Zona Centro Versión: 05

Dirección: Calle 26 N” 13 — 49 Interior 201 Fecha: 02-07 - 2024

Bogotá D.C., Colombia

Superintendencia de Notariado Mi Registro - 25 JUL 2004 AUTO “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa., folio 50C-1368645”

SOC=A. A202408 f,

SEGUNDO: Comuníquese el presente auto a la señora ROSALBA INES ACOSTA MUÑOZ, en la Carrera 75

Nro. 54-55 Apartamento 404, Bogotá D.C y al JUZGADO 01 CIVIL MUNICIPAL DE PAMPLONA al correo electrónico ¡Olcmpalpam(Ocendoj.ramajudicial.gov.co, de no ser posible esta comunicación y para comunicar a terceros indeterminados, divúlguese en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro www.supernotariado.gov.co, advirtiendoles que contra el presente acto no procede ningún recurso de la vía gubernativa conforme lo dispuesto en el articulo 75 de la Ley 1437 de 2011. TERCERO. Fórmense el expediente al tenor de lo dispuesto en el articulo 36 de la Ley 1437 de 2011, debidamente foliado y bloquéese el folio de matrícula ESA 50C-1368645, objeto de la presente actuación administrativa la cual se denominará 50C-A.A.2024 CUARTO. El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

JANE As A CER ts

Registradora Principal

Proyectó: Valentina Covieles Seenz

Profesional Univer: Grupode Gestión Li egistral

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 09 Bogotá D. C. Zona Centro Versión: 05

Dirección: Calle 26 N 13 — 49 Interior 201 Fecha: 02-07 - 2024

Bogotá D.C., Colombia

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