SNR - Auto 111-20240318162703
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 111-20240318162703
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
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OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE CARTAGENA
AUTO No. =---40
EXPEDIENTE: 060-AA-2024: 3 ? “Por el cual se inicia actuación administrativa para establecer la real situación jurídica de los folio de matrícula inmobiliaria No. 060-236291” La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Cartagena en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confiere la ley 1579 de 2012 y el Cádigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
CONSIDERANDO QUE: - Mediante el correo electrónico recibido por parte de Diana Carolina Barbosa Blandon dbarbosab(Obolivar.gov.co Profesional UniversitarioFiscalización de la Gobernación de Bolívar, radicado 0602024ER00301 del 25-01-2024, turnos 2024-060-3-204 y 2024-060-3205 se le allegó a esta oficina el Informe Detinitivo Actuación Especial de Fiscalización — Atención de Denuncia — Radicado Interno No. 2023001304, el cual fue iniciada por parte de la Contraloría Departamental de Bolívar, en razón a la Actuación Especial de Fiscalización — Atención de Denuncia del Radicado Interno N2023 - 001304, referente a la evaluación de la Gestión del recaudo del Impuesto de Registro — ICLD, de la Gobernación de Bolivar, vigencia 2022.
Vistos el anexo. 1 “Verificación de actos jurídicos que cuentan con liquidación del impuesto
pero sin documento o soporte donde conste el pago del mismo”, se procederá analizar el recaudo de pago de impuesto de registro del siguiente folio: Folio de matrícula 060-236291 Escritura Pública No. 2340 DEL 04-09-2021 de la Notaria Séptima de Cartagena Turno de calificación No. 2021-060-6-26742 Actos Inscritos cancelación de afectación a vivienda familiar y compraventa Contribuyente: ESNACAS SAS identificado con el Nit, 901516591 Recibo No. 202100067011 expedido por la Secretaria de Hacienda de la Gobernación de Bolívar - » toda vez que según el informe de la contraloría, no se recaudó dicho dineros; y vista la > plataforma no refleja que se hayan realizado el pago correspondiente, sin embargo al momento de la calificación en el iris documental si existe el recibo de pago con los respectivos sellos bancario y la firma del funcionario de la gobernación que avalan el -mencionado recaudo como procedimiento establecido por la Gobernación de Bolívar, pero que por lo informado por la contraria son posiblemente falsos y se hizo incurrir a la oficina Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cédigo: MP - CNEA - PO - 07 - FR » 28
Cartagena Bolivar Yersión: 035
E-mail: ofiregiscartagena(Qsupernotariado.gov.co . Parha: 20 - £ . 209
Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mali Plaza — Local 267, 268, 269, Fecha: 20 - 06 - 2073 270, 271, 272
» DE NOTARIADO
COLOMBIA SNB 8 REGISTRO
POTENCIA DELA M La guordo de lae pública VIDA ---—-40,, 28768204 Página 2 de 6 del Auo No. de registro en un error al momento de la calificación del instrumento público porque procedió conforme al artículo 23 de la Constitución nacional!: Ver imagen: Anexo N'. Verificación de actos Jurídicos que cuentan cor liquidación del impuesto pero sin documento ; E O NOTARPA " asermanz FLA FACTURANO TIENE PAGOS 230 | 060230291 | — 200.000.000 “SEPTIMA 37678.007 | 202100067011 | PÁGO NO RECISTRADO RECISTRADOS
RECIBO CON SELLOS DE LA ENTIDAD BANCARIA
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T RECIBO OFICIAL DE PAGO PW'WY O Centieupanto ; ENE — Waiticación EA E Malrícuia: º_º__º_=_m29¡ eo Atio ESCRITERA PUELCA Erq=.:-c:anmweme AO PRIVADA MHoMacto Payo % Aumara 2340 Holaa 7 Pechedo Excróza — (0496roplemdéy t2e02 4 20710480704 — 1 lEí%%%dbggi — - Fg Vesdmieno EWdnmwmnm“ - 7 %) "lp_';g_r_g¡¡, aaLg-muan W=mmmna 7 1! . a“ _ EE sezmDO %' ) ENTIECAOO AgRADS ENFS p SUDRMERIS, TNCOdE d PAO| P puneO reaiEaO Re!mncaa¡ t — mg%enua 1 - _ , %1 i
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Cartagena Bolivar Versión: 05
E-mait: ofi reglscartagena©suºernotanado dov.co Fecna: 20 - 06 - 2023
Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Locai 267, 268, 269, 270, 271, 272 p Ne COLOMBIA 8"B | (€_ COLOMBIA rDIUAR: rCNEO VIDA Pági3 dne a6 d el Auo No. =_ = — 4 () de 2 8 FER 2024
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ESCRITURA — MATRÍCULA ESCITURA — re hay solicitudes de registre A pesar que en el iris documental se evidencia los sellos de la entidad bancaria por medio de los cual se realizaron lo pagos y tenían la firma del funcionario de la gobernación, quien P constataba que el recibo cumplía con el requisito del pago, la oficina al tener conocimiento de dicha inconsistencia, según el informe de la contraloría y que en la plataforma no se evidencia el pago de los impuesto de registro, la oficina procedera a iniciar actuación , administrativa en relación a: Folio de matrícula 060-236291 e Escritura Pública No. 2340 DEL 04-09-2021 de la Notaria Séptima de Cartagena e Turno de calificación No. 2021-060-6-26742 e Actos Inscritos cancelación de afectación a vivienda familiar y compraventa e Contribuyente: ESNACAS SAS identificado con el Nit, 901516591 e Recibo No. 202100067011 expedido por la Secretaria de Hacienda de la Gobernación de Bolivar Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sédigo: MP -C M - 62 - FA - 273
Cartagena Bolívar Yersión: 03
E-mail: efiregiscartagenaQsupernotariado.gov.co Fecha: 20 = 06 - 2073
- Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Local 267, 268, 269, 270, 271, 272 — q P _ COLOMBIA . sun % REGISTRO (. POTE;%EM . = E lreal p so Pág4i dne a6 d el Auo No.___ 4 0 de 2 8 FER 2024
Conforme al acuerdo a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012 o Estatuto de Registro que establece el procedimiento para corregir los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o del registro señalando lo siguiente: Artículo 59. Procedimiento para corregir errores. Los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o inscripción, se corregirán de la siguiente manera: (...) “los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtído efectos entre las partes o ante terceros, solo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o de la norma que lo adicione o modifique y en esta ley.”(Cursiva nuestra). (.) Cabe precisar que la presente actuación se inicia si perjuicio del cobro coactivo que es de la competencia institucional que tiene a gobernación de departamento Bolívar, respeto a su funcionada como ente recaudador de los impuesto de registro, por lo cual se le comunicara el presente auto. Como quiera que terceras personas puedan resuitar directamente afectadas por la decisión de la presente actuación administrativa, se les comunicará a las mismas la existencia de dicha actuación, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Así las cosas, este despacho en merito a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones legales, PRUEBAS e _ Informe Definitivo Actuación Especial de Fiscalización — Atención de Denuncia — Radicado Interno No. 2023001304. e Copia de los documento escaneado en el iris documental turno de radicación
2021-060-6-26747, escritura pública No. 2340 DEL 04-09-2021 de la Notaria Séptima de Cartagena e Copia del recibo No. 202100067011 expedido por la Secretaria de Hacienda de la Gobernación de Bolivar Pantallazo de la plataforma, búsqueda realizada con el número de la de la escritura y la identificación del contribuyente: Solicitar a la Gobernación de Bolívar que certifique el estado del recaudo del impuesto de registro de la de la escritura pública No. 2340 DEL 04-09-2021 de la Notaria Séptima de Cartagena, radicada con el turno de calificación No. 2021-0606-26742, asentados en los folios de matrículas inmobiliarias No. 060-236291 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 82 - FR - 23
Cartagena Bolívar Yersión: 03
E-mail: ofiregiscartagenaQsupernotariado.gov.co Cacha: 38 — 08 . 209
Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Local 267, 268, 269, Fecha: 20 — 06 - 2073 270,271, 272 - (. POTE¡ICEDE LA “EN e quio e oerírca =e Á de 28 FEB 2024
Página 5 de 6 del Auo No.
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa relación a la calificación del turno No. 2021-060-6-26742, para recaudar los impuesto de registro en relación a los actos de cancelación de afectación a vivienda familiar y compraventa, escritura pública No. 2340
DEL 04-09-2021 de la Notaria Séptima de Cartagena, asentado en los folios de matrícula inmobiliaria No. 060-236291, por las razones expuestas en la parte motiva.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar personalmente a las siguientes personas: e GOMEZ DE LA ESPRIELLA LINA MARGARITA DE JESUS - CC 52265168
DE VALBUENA ANAYA JUAN PABLO - CC 73130737
GOMEZ DE LA ESPRIELLA LINA MARGARITA DE JESUS - CC 52265168
DE VALBUENA ANAYA JUAN PABLO -CC 73130757
ESNACAR S.A.S - NIT 901516591-5 ld De no ser posible la notificación personal, esta se surtirá por aviso, en la forma prevista en los artículos 67 y 69 de la ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo de Contencioso Administrativo,).
ARTÍCULO TERCERO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providenciaen la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov,co, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, siendo este el medio masivod e comunicación para los Autos de Inicio de las Actuaciones Administrativas, de conformidad al oficio del Coordinador del Grupo de Comunicaciones de dicha entidad, de fecha 14-08-2019, con radicado N
SNR2019EE049812.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente auto: A e Contraloría departamental de Bolívar, en razón al informe Definitivo
Actuación Especial de Fiscalización — Atención de Denuncia — Radicado Interno No. 2023001304. e Secretaria de hacienda de la Gobernación del departamento de bolivar.
ARTICULO QUINTO: De conformidad con el artículo 40 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo TENGASE COMO PRUEBAS las relacionadas en el acápite de pruebas y las que se recauden en el trascurso de la actuación administrativa, hasta antes de proferir decisión de fondo, teniendo en cuenta que se podrán allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición de parte, sin requisitos especiales, teniendo en cuenta si son pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos.
ARTICULO SEXTO: Bloquear los folios de matrículas inmobiliarias No. 060-236291, hasta la culminación de la presente actuación administrativa, conforme a lo dispuesto en circular 119 del 2005 de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 025A - 73
Cartagena Bolivar Yersión: 03
E-mail: ofiregiscartagenaQsupemotariado.gov.co Fecha: 2 Ae
Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Local 267, 268, 269, eacehhaa:; 20 20 -- 06 .- 2Z07A5 270,271, 272Se NOTARESS COLOMBIA SNB 2 REGISTRO <. POTE¡¡3)E LA e 68 EE Lauorio lf pstco 2 6 FEB 2024
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ARTÍCULO SEPTIMO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición, Informándoles que contra el presente auto de tramite no proceden recursos en la vía gubernativa (art. 75 de la ley 1437 de 2011).
ARTÍCULO OCTAVO: Publíquese el presente auto en la página WEB:
www.supernotariado.gov.co.
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE DFC.e — 28 FEB 2044
Dada en Cartagena de Indiag Lo
MAYDINAY€E Ja¡ÓE NA ANTURI..
T m2Á_%) ELEN DEZ
Registradora Principal oordinador Grupo Gestión Jurídica Registral
Proyecto: Angie k Barrios Profesiona! Espacializado Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cóxiga: KP - CNEA - PO - 62 - ER - 33
Cartagena Bolivar Yersión: 053
E--mmaaiill: : ofiregig iscartaggeennaa((OQsOuspup ernotariiaaddoo,,ggoovv.. co Fecha: 20 — 06 - 202m3
Dirección: Carrera 13 No, 3145 Maill Plaza — Locai 267, 268, 269,
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