SNR - Auto 111-2024032092539
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 111-2024032092539
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
Edae DSEU PENROINTTAERNDIEANCDIOA , COLOMBIA 5N [£ REGISTRO . <. POTE¡CIA DELA m EE E U La quorio de oe píbico Página 1 de 6
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE CARTAGENA AUTO No. 022 del 13 de Febrero de 2024
EXPEDIENTE: 060AA-2024-- 1 6 “Por el cual se inicia actuación administrativa para establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No. 060-249517” La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Cartagena en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confiere la ley 1579 de 2012 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
CONSIDERANDO QUE: Mediante el correo electrónico recibido por parte de Diana Carolina Barbosa Blandon dbarbosabEbolivar.gov.co Profesional UniversitarioFiscalización de la Gobernación de Bolívar, radicado 0602024ER00301 del 25-01-2024, turnos 2024-060-3-204 y 2024-060-3205 se le allegó a esta oficina el Informe Definitivo Actuación Especial de Fiscalización — Atención de Denuncia — Radicado Interno No. 2023001304, el cual fue iniciada por parte de la Contraloría Departamental de Bolivar, en razón a la Actuación Especial de Fiscalización — Atención de Denuncia del Radicado Interno N2023 - 001304, referente a la evaluación de la Gestión del recaudo del Impuesto de Registro — ICLD, de la Gobernación
de Bolívar, vigencia 2022. Vistos el anexo. 1 “Verificación de actos jurídicos que cuentan con liquidación del inpuesto pero sin documento o soporte donde conste el pago del mismo”, se procedera analizar el recaudo de pago de impuesto de registro de la Escritura Pública No. 730 del 27 de Marzo de 2023 otorgada en la Notaria Séptima de Cartagena, radicada con el turno de calificación No. 2023-060-6-9516, correspondiente al acto de Venta. Según el informe de la contraloría, con el recibido No. 2023001116984 contribuyente MANUEL DIAZ ZABALETA 8 CIA expedido por la Secretaria de Hacienda de la Gobernación de Bolívar, no se recaudó dicho dinero; y vista la plataforma no refleja que se hayan realizado el pago correspondiente; sin embargo al momento de la calificación en el iris documental si existe el recibo de pago con los respectivos sellos bancario y la firma del funcionario de la gobernación que avalan el mencionado recaudo como procedimiento establecido por la Gobernación de Bolívar, pero que por lo informado por la Contraloría son posiblemente falsos y se hizo incurrir a la Oficina de Registro en un error al momento de la calificación del instrumento público porque procedió conforme al artículo 23 de la Constitución nacional. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de
Cartagena Bolivar E-mail: ofiregiscartagena (Qsupernotariado.dov.co
Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Local 267, 268, 269.
270,271,272 n SUPERINTENDENCIA
COLOMBIA s DE NOTARIADO EE REGISTRO < (<. POTENCIA DELA “2 La guarda de lae pública VIDA Pági2 dne a6 d el Auo No.____—— 22 de 13 EFR 20% , =e T
IMAGEN DEL ANEXO 3
IMAGEN CONTRALORIA a CONTRALORÍA , i' DEPARTAMENTAL 0E BOLÍVAR NIT. 890.480.3056
A - Por un Control Fiscal Efectiva y Tranaparente ANEXO N2 Verificación de actos jurídicos que cuentan con volantes de pago, que no se reflejan en la plataforma de impuestos de la Gobernación de Bolivar. ESCRTURA | MATRICULA: | VALOSDEL | notarIA: | FECREDE BANCO: VALOR recibo | RECIDO 0E Observación | 730 | 060-249517 | $150,000,000| — 7MA — | 5/10/2023 | CER VALIDACION| — 2,204.332] 202300116884 |
RECIBO CON LOS SELLOS DE LA ENTIDAD BANCARIA.
DEPARTAMENTO DE SOLÍVAR ?
SECRETARÍA DE HACIENDA Bolivar
RECIBO OFICIAL DE PAGO Pl" iNevo - T MENUS DIAZZABMETA S A Ianificación : BOTESISSN-S DEO-240517 — [ripoaes PESCRIFURA PLBLICA ÍTpo Contizuyosta | ENTICADIPRIVADA No.Recito Pago Kaa INotria jor Factra de Escriluna — [27 a marzo de 2023 201300116984 a ]Eeche Yencimlento Z6 de mavoda _ y T
Enverioción del Azia Malnr Baszen
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ENTIDADES RECAUDADORAS : BANCO BVA, BANCO DAVIVIENDA, BANCO GNS SUDAMERIS, BANCO DE écmom1'%;yaqumg EFECTYA NIVEL NACIONAL, PAGO POR PSE EN EL SITO WEB HTTPS:HMPUESTOS, SOLIVAR. G0Y.CO "COPTA” E£ DPTO O BOL-DER D SISTEMATIC ID PORU Su Es ad daaina aers ye ¿eo mMUINEIEN E EE Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de
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SUPERINTENDENCIA
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REPÚSLICA DE COLONBIA
SOBERNACIÓN DE BOLÍVAR
DIRECCIÓN FINANCIERA DE INORESOS - CERTIFICADO VALIDACIONDE PAGO MPUEETO DE REGISTRO RECISO DE PAGO 202300115984 ' ,
CONTRIBUYENTE 901538856-5 , MANUELCIAZZABALETA 4 CA FECHA £€ PAGO mémcolez, 16 de mayo de 2023
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IMPUESTO y ] SABE GRAVÁBLE VALOR COMPRAVENTA 150.000.0007 : 2.284.337
TOTAL DOCUMENTO 2284392 _ E FECHA DE VALIDACION 10 de mayo de 2023 ; / ,
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DIRECTOR FINANCIERO DE INGRESOS TÓLIGO d4S GRANO 02
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Facha: Dl
DE NOTARIADO COLOMBIA SNB 82 REGISTRO N <. POTENCIA DE LA “- " La guarda de la le pública Pági4 dne a6 del Auo No._ _ 22 del — 13 FER 2024 Á pesar que en el iris documental se evidencia los sellos de la entidad bancaria por medio de los cual se realizaron los pagos y tenían la firma del funcionario de la gobernación, quien constataba que el recibo cumplía con el requisito del pago, la oficina al tener conocimiento de dicha inconsistencia, según el informe de la Contraloría y dado que en la plataforma no se evidencia el pago de los impuesto de registro, procederá a iniciar actuación administrativa en relación a la calificación del turno No. 2023-060-6-9516, para recaudar los impuesto de registro en relación a los actos de VENTA, de acuerdo a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012 o Estatuto de Registro que establece el procedimiento para corregir los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o del registro señalando lo siguiente: Artículo 59. Procedimiento para corregir errores. Los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o inscripción, se corregirán de la siguiente manera: (...) “los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, solo
podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o de la norma que lo adicione o modifique y en esta ley.”(Cursiva nuestra). (.) Cabe precisar que la presente actuación se inicia si perjuicio del cobro coactivo que es de la competencia institucional que tiene a gobernación de departamento Bolívar, respeto a su funcionada como ente recaudador de los impuesto de registro, por lo cual se le comunicara el presente auto. Como quiera que terceras personas puedan resultar directamente afectadas por la decisión de la presente actuación administrativa, se les comunicará a las mismas la existencia de dicha actuación, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Así las cosas, este despacho en merito a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones legales, PRUEBAS e Informe Definitivo Actuación Especial de Fiscalización - Atención de Denuncia — Radicado Interno No. 2023001304. Copia de la Escritura Pública No. 730 del 27/03/2023 de la Notaria Séptima de Cartagena y constancia de inscripción. e Copiía del recibo No. 202300116984 de la secretaria de Hacienda. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cóciga: 9 . CNEA - PO Cartagena Bolivar
Yersión: 3
E-mail: pfiregiscartagena(Osupernotariado.gov.co RAl 20 — 0E - 2073
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SUPERINTENDENCIA
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DE NOTARIADO 2 REGISTRO . v (. POTENCIA DELA “ E EN EE 1E la guorda de lae pública VIDA Pag5i dne a6 d el Auo No_7 7 = — 2 2 del + 3 FER 9024 e Pantallazo de la plataforma, búsqueda realizada con el número de la Escritura y la identificación del contribuyente. — Solicitar a la Gobernación de Bolívar que certifique el estado del recaudo del impuesto de registro de Escritura Pública No. 730 del 27/03/2023 de la Notaria Septima de Cartagena, radicada con el turno de calificación No. 2023-060-6-9516 asentados en el folio de matrícula inmobiliaria asentado en el folio 060-249517.
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa relación a la calificación del turno No. 2023-060-6-9516, para recaudar los impuestos de registro correspondiente al acto de venta, asentado en el folio 060-249517 por las razones expuestas en la parte motiva.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar personalmente a el señor MANUEL DIAZ ZABALETA
8CIA S EN C NIT 901.538.856-6 al Email_distriarjona106hotmail.com De no ser posibie la notificación personal, esta se surtirá por aviso, en la forma prevista en los artículos 67 y 69 de la ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo de Contencioso Administrativo,).
ARTÍCULO TERCERO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov,co, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, siendo este el medio masivo de comunicación para los Autos de Inicio de las Actuaciones Administrativas, de conformidad al oficio del Coordinador del Grupo de Comunicaciones de dicha entidad, de fecha 14-08-2019, con radicado N
SNR2019EE049812.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente auto: e Contraloría departamental de Bolivar, en razón al informe Definitivo
Actuación Especial de Fiscalización — Atención de Denuncia — Radicado Interno No. 2023001304. Secretaria de Hacienda de la Gobernación del Departamento de Bolivar.
ARTICULO QUINTO: De conformidad con el artículo 40 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo TENGASE COMO PRUEBAS las relacionadas en el acápite de pruebas y las que se recauden en el trascurso de la actuación administrativa, hasta antes de proferir decisión de fondo, teniendo en cuenta que se podrán allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición de parte, sin requisitos especiales, - teniendo en cuenta si son pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos.
ARTICULO SEXTO: Bloquear los folios de matrículas inmobiliarias No.060-249517 hasta la culminación de la presente actuación administrativa, conforme a lo dispuesto en circular
119 del 2005 de la Superintendencia de Notariado y Registro. 1PO -UZ - FR-23 — Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cédigo: MP - CN
Cartagena Bolivar E-mail: ofiregiscartagena(Osupernotariado.gov.co
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270,271,272 BENSTANASO COLOMBIA - sun 2 REGISTRO n (. POTE¡(6)E LA 22 E 9 I Lo overda de la fe públlca 13 FEB 2024 D . 2 2 Página 6 de 6 del Auo No. = € del ARTÍCULO SEPTIMO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición, Informándoles que contra el presente auto de tramite no proceden recursos en la vía gubernativa (art. 75 de la ley 1437 de 2011).
ARTÍCULO OCTAVO: Publiíquese el presente auto en la página WEB:
www.supernotariado.gov.co. NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Cartagena.a los 13 días del mes de Febrero 2024
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Registrador Principa "'Coordinadora Grupo Jurídico Proyectó: EilynValcarcel Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 . FA . 73 Cartagena Bolivar - Yerzión E Dim ra ei cl c: i óno :f ir Cae rg ri es rc aa rt 1a 3 ge Nn oa .( B 3s 1u 4p 5e rn Mo at la l ri Pa ld ao z. ag o —v .c Loo c al 267, 268, 269, F Feo cn hb aa :: 40 —65Sa - 4S 9A 4R 5A
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