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SNR - Auto 111-20240516100903

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 111-20240516100903
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

N

  • DEROTARASO T COLOMBIA SNB& REGISTRO > <. POTENCIA DE LA “ E U Loauaae aitepoíic a Página 1 de 5

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE CARTAGENA 17 ABR 2024

AUTO No.€? ---68 DEL .—;Í EXPEDIENTE: 060-AA-2024-5 5 “Por el cual se inicia actuación administrativa para establecer la real situación jurídica de los folio de matrícula inmobiliaria No. 060-215188 y 060-276236” La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Cartagena en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confiere la ley 1579 de 2012 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

CONSIDERANDO QUe: Mediante el turno de corrección 2019-060-3-1412, se solicita: se debe eliminar la apertura del folio de 060-276236, ya que este no se deriva de este folio, según resolución 237 del 24 de mayo de 2010 de la oficina jurídica de transcaribe, este predio pertenece al predio de mayor extesion 060-36634 y en el cual fue registrada la oferta contenida en la resolución 237 ya mecionada y no se registro la expropiación, cancelando la provicencia de oferta en la anotación 8, pero faltando REGISTARSE EN ESTE FOLIO 060-36634, la expropiación que se hizo al predio, la cual de acuerdo a la resolución que le viene mencionado corresponde a un área de 90.17 m2 y no a 58.90 m2, como le menciona en el folio 060276236, conforme a la anterior el folio 060-276236 se deriva del folio 060-3664 y no del

215188 Visto el folio de matrícula inmobiliaria 060-276236, se observa que este fue apertura el día 12/11/2013, teniendo como soporte la calificación realizada mediante turno 2013-060-622852, por medio de la cual se asentó la anotación 1 del folio donde se publicita el acto de EXPROPIACION POR VIA ADMNINISTRATIVA, según la resolución No. 236 de fecha 2605-2010 de Transcribe — Cartagena. Con esta matricula inmobiliaria se identifica al bien inmueble, CL 30 4 27 A -71 AV PEDRO DE HEREDIA BARR LA QUINTA PREDIO LT QUE SE SEGREGA DEL GLOBO CC PANAMA, y según lo que expresa en el acápite de la cabida y linderos que el predio que se segrega con área de 58.90 m2 cuyos linderos y demás especificaciones obran en la resolución No. 236 DE FECHA 26-05-2010 de Transcribe - Cartagena. El folio contiene una sola anotación, como se muestra a continuación Anotación: N9 1 del Folio 4060-276236 El E2 Radicación 013-060-6-22852 Del RESOLUCION 236 Del 224/5/2010 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de €Ógfígg: MP . CNEA - PO . 072 .FR. 23

Cartagena Bolivar Versión: 02

E-mail: ofiregiscartagena(Qsunernotariado.gov.co .

Fecha: 20 — 06 - 2023

Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Local 267, 268, 269,

270,271,272 Ce COLOMBIA SNB 2 REGISTRO <. POTENCIA DELA “=7 E 98 I EE Lo guorda de lafe pública VIDA Página 2 de 5 del Auo No. del 1 7 ABR 2024

De CARTAGENA DE

, |Estado — E EXPROPIACION POR VIA V a %Espec¡f¡cac¡on 5ADMNINISTRATIV A Naturaleza Jurídica !0140 EN Comentario [VENTA PARCIAL. | — Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que < figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incompleto) .1. MULTIMODA ANDINA S. A, - NIT 8110426871 Participació

DE FDUQUE LOPEZ ADRIANA MARIA - CC 21481429 Participació

DE iJIMENEZ ZULUAGA MARIA RESFA - CC 43564882 Participació

DE ARAMIREZ RAMIREZ JOSE GERARDO - CC 3528659 |EPart¡c¡pac¡o ESERNA CASTRO UBER ALBEIRO - CC 70905163 I[]Part1c¡pac¡o A EALCALDIA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS D.T Y C, - SE 121882153 IEPart¡cipación Así las cosas se puede evidenciar que el folio proviene de uno de mayor extensión que es el 060-215188, una vez revisado el folio de mayor extensión encontramos que en la - anotación 11, de donde proviene la apertura del folio 060-276236, publicita es una oferta de compra como se muestra a continuación "

Anotación: N9 11 del Folio 4+060-215188 E 013-060-6-22852 |Del 1102013 —| EM Radicación RESOLUCION 236 | Del 4/5/2010 |

RANSCARIBE |De ARTAGENA DE INDIAS |

ALIDA |

E IEs—tado Espeg¡f¡cación O BIF EE NR TA U RBD AE NC OO MPRA N att uúr r al¡ e za Ju Jr uí rd íi d ica | = Modalidad - | , Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que figura como titular de derechos reales de d©m¡mm I-Titular de dominio incompleto) DE¡ T—NSCARIBE S.A. - SE 139458833 E Participació

A BC.I. MULTIMODA ANDINA S.A. - NIT 8110426871 — IMParticipació

A IDUQUE LOPEZ ADRIANA MARIA - CC 21481429 EParticipació A JDIMENEZ ZULUAGA MARIA RESFA - CC 43564882 E|Participació Oficina de Registro de instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -23 Cartagena Bolívar ; ; ; Versión:03

E-mail: ofiregiscartagena Qsupernotariado.gov.co Fecha: 20 — 08 - 2

Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Local 267, 268, 269, Fecha: 20 — 06 - 2023 270,271,272 '| ae a COLOMBIA SNB 2 REGISTRO = <. POTENC DELA — ELa guarda de la te pública

VIDA 147 ABR 2024

Página 3 de 5 del Auo No. del A [RAMIREZ RAMIREZ JOSE GERARDO - CC 3528659 ]E |Participación A [SERNA CASTRO UBER ALBEIRO - CC 70905163 E Participación Por lo anterior, llama la atención que con el registro del acto de OFERTA DE COMPRA BIEN URBANO, se haya aperturado el folio de matrícula inmobiliaria 060-276236. Ademas, continuado con el análisis del folio matriz, en la anotación 10 se observa el registro del acto CANCELACION PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA, soportado con el mismo turno 2013060-6-22852. Una vez revisado los documento escaneados el turno de calificación 2013-060-6-22852, SE PUDO VERIFICAR QUE contiene el oficio TC-DJ-07.01-0316-2013 del 21 de mayo del 2013, por medio de la cual se solicitaba la cancelación de la oferta de compra registrada en el folio de matrícula 060-215188 su vez la Resolución No. 236 del 24 de mayo del 2010 de Transcaribe Cartagena, la cual contiene la oferta de compra, tal como se expresa el artículo segundo de la resolución: ARTÍCULO SEGUNDO.- Téngase el presente Acto Administrativo como oferta de cempra¡ tendien;& a obtener un acuerdo de enajenación voluntaria sobre los inmuebles descritos e identíficados n el articulo primero de la presente Resolución y en los cuales se detalla el velor de la oferta que se hace ajsus propietarios y/o titulares de derecho real. 1

En ese orden ideas, esta Oficina de Registro de Instrumentos Públicos iniciara actuación administrativa, para establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No. 060-215188 y 060-276236, con el fin de determinar si era procedente la apertura del folio de matrícula inmobiliaria 060-276236, asimismo la procedencia de la inscripción de la anotacion11 por no corresponder con el documento allegado con el turno de calificación de acuerdo a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012 o Estatuto de Registro que establece el procedimiento para corregir los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o del registro señalando lo siguiente: “los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, solo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o de la norma que lo adicione o modifique y en esta ley.”(Cursiva nuestra). Lo anterior en concordancia con el artículo 49 de la ley 1579 de 2012 dispone, que la matrícula inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado jurídico del respectivo bien y de los hechos expuestos. Como quiera que terceras personas puedan resultar directamente afectadas por la decisión de la presente actuación administrativa, se les comunicará a las mismas la existencia de dicha actuación, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos.

PRUEBAS APORTADAS: Copia del turno de corrección 2019-060-3-1412.

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cédigo: MP - CNEA - PO - 02 . ER . 23

Cartagena BolivarYersión: 03

E-mail: ofiregiscartagenaCQsupernotariado.gov.co EA ha 250 .. N£ . 209

Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Local 267, 268, 269, Fecha: 20 — 06 - 2023

270, 271,272 | aremenss — COLOMBIA SNB 2 REGISTRO (. POTENCIA DELA “- e La guarda de la fe pública Página 4 de 5 del Auo No. del | 1 7 ABR 2024 Copia del turno de calificación 2013-060-6-22852, contentivo de los documentos: o — oficio TC-DJ-07.01-0316-2013 del 21 de mayo del 2013. o Resolución No. 236 del 24 de mayo del 2010 de Transcaribe Cartagena. Impresión simple del folio de matrícula inmobiliaria del 060-215188 y 060-276236el objeto que haga parte de la Actuación Administrativa. Así las cosas, este despacho en merito a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones legales, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa para establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No. 060-215188 y 060-276236, por las razones expuestas en la parte motiva.

ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con el artículo 40 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, ordénese la práctica de las siguientes

pruebas: - Téngase como pruebas las relacionadas en el título denominado “pruebas aportadas” del presente acto administrativo. - Ordénese dentro del término de ley la práctica de las demás pruebas que surjan del estudio del expediente que sean pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos y alléguense las informaciones necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa.

ARTÍCULO TERCERO: Notificar personalmente a las siguientes personas: TRANSCARIBE S.A. - SE 139458833,

C.[. MULTIMODA ANDINA S.A. - NIT 8110426871

e DUQUE LOPEZ ADRIANA MARIA - CC 21481429

e JIMENEZ ZULUAGA MARIA RESFA - CC 43564882

RAMIREZ RAMIREZ JOSE GERARDO - CC 3528659

SERNA CASTRO UBER ALBEIRO - CC 70905163

ALCALDIA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS D.T Y C.

De no ser posible la notificación personal, esta se surtirá por aviso, en la forma prevista en los artículos 67 y 69 de la ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo de Contencioso Administrativo,).

ARTÍCULO CUARTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov,co, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, siendo este el medio masivo de comunicación para los Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -223

Carta ,g ena Bo , livar - Versión:03

E-mail: ofiregiscartagenaQsupernotariado.gov.co . recha: 20 — 06 - 2023

Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Local 267, 268, 269,

270,271,272

SUPERINTENDENCIA

_ COLOMBIA B DE NOTARIADO 2 REGISTRO (<. PVOTIENCDIA ADE LA La guarda de late pública ==---68 47 ABR 2024

Página 5 de 5 del Auo No. del Autos de Inicio de las Actuaciones Administrativas, de conformidad al oficio del Coordinador del Grupo de Comunicaciones de dicha entidad, de fecha 14-08-2019, con radicado N

SNR2019EE049812.

ARTÍCULO QUINTO: Bioquear el folio de matrícula inmobiliaria No. 060-215188 y 060276236, hasta la culminación de la presente actuación administrativa, conforme a lo dispuesto en circular 119 del 2005 de la Superintendencia de Notariado y Registro.

ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición, Informándoles que contra el presente auto de tramite no proceden recursos en la vía gubernativa (art. 75 de la ley 1437 de 2011).

ARTÍCULO SEPTIMO: Publíquese el presente auto en la página Web: ww.supernotariado.gov.co.

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Cartagena de Indjasy D. 17 …: ABR 2024 ) RTHA LU IO MELENDEZ Regt fradora P rincipa Coordinador Grupo Gestión

Jurídica Registral

Elaboró: Cesar Tafur Peña.

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 -FR-23 Cartagena Bolívar - , . Yersión:03

E-mail: ofiregiscartagdena Osupernotariado.gov.co Fecha: 20 — 06 - 2023

Dirección: Carrera 13 No. 3145 Mall Plaza — Local 267, 268, 269,

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