SNR - Auto 113-20240814104911
Superintendencia de Notariado y Registro
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Disponible
Detalles
- Título
- SNR - Auto 113-20240814104911
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
E Superintendencia de Notariado y Registro
OFICINA PRINCIPAL DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL CÍRCULO DE BARRANQUILLA 1 7 JUL 2024
AUTO DE ADICION DE FECHA
EXPEDIENTE No. 040-AA-2009-113
Por el cual se ordena vincular a una persona natural a la actuación administrativa que busca establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No. 040-438061. El Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Barranquilla en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 5, 35 y 82 del decreto 1250 de 1970, el Decreto 01 de 1984, y el Decreto 2723 de 2014.
CONSIDERANDO QUE
1. ANTECEDENTES.
Con Auto de Apertura de! 13 de enero de 2009 se inició la Actuación Administrativa del Expediente No. 040-AA-2009-113, con el fin de establecer la verdadera situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No. 040-438061 de acuerdo con situaciones posiblemente irregulares advertidas por el señor HENRY ALFONSO
NIETO CISNEROS.
Que, como resultado de la revisión del expediente por parte del Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Barranquilla, se evidencia que en el Auto de Apertura no se ordenó notificar al señor JOSE VICTOR BERRIO MIRANDA quien, Página | 1 Oficina Principal de Registro de Instrumentos Código: MP - CNEA - PO - 02 - ER - 23 Públicos del Circulo de Barranquilla - Atlántico Versión: 05
Dir.: Cra. 42D1 H 804-136, Barrio Ciudad Jardín Fecha: 02 - 07 - 2024 ofiregisbarranquillafsupernotariado.gov.co Superintendencia de 17 JUL 094
Notariado y Registro es la persona que funge como actual propietario del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 040-438061, quien adquirió por COMPRAVENTA de RICARDO ANTONIO DE LEON LOPEZ, mediante la Escritura Pública No. 1284 del 23 de diciembre de 2009 de la Notaría Once de Barranquilla, registrada en la Anotación No. 3 del citado folio de matricula inmobiltaria. En razón a los argumentos arriba expuestos, este Despacho considera que es necesario adicionar el Auto del 13 de enero de 2010, y procederá a vincular a la actuación administrativa al señor JOSE VICTOR BERRIO MIRANDA con el fin de procurar la objetividad en el esclarecimiento de los hechos investigados en la actuación administrativa y salvaguardar el debido proceso, ya que en virtud del principio de eficacia del numeral 11 del artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho material objeto de la actuación administrativa. En mérito de lo antes expuesto, el Registrador Principal de Instrumentos Públicos
del Circulo de Barranquilla.
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ORDENESE ADICIONAR el Auto del 13 de junio de 2010 de apertura de la Actuación Administrativa del Expediente No. 040-AA-2009-113, en el sentido de vincular al señor JOSE VICTOR BERRIO MIRANDA, de conformidad con la parte considerativa de este acto administrativo, Página | 2
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Dir.: Cra. 4201 % 804-136, Barrio Ciudad Jardín Fecha: 02 - 07 - 2024 ofiregisbarranquillaGsupernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro 97 JUL 2024
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR personalmente el Auto del 13 de junio de 2010 de apertura de la presente actuación administrativa, y la presente decisión al señor JOSÉ VICTOR BERRIO MIRANDA. En su defecto de no surtirse la notificación personal se procederá a la notificación por Edicto, conforme a lo establecido en los artículos 44 y 45 del Decreto 01 de 1984, Código Contencioso Administrativo, ARTICULO TERCERO: COMUNICAR la presente decisión al señor HENRY
ALFONSO NIETO CISNEROS.
ARTICULO CUARTO: Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno, según lo establecido en el artículo 49 del Decreto 01 de 1984, Código
Contencioso Administrativo.
ARTICULO QUINTO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su
expedición. Dado en Barranquilla a los 4 7 JUL 2024 Del círculo de Barranquilla
PROYECTO: DRA. YESICA PAOLA NARANJO OTERO
PROFES!'ONAL ESPECIALIZADO
REVISÓ: DRA. PATRICIA MARIA ALVAREZ CORONADO
COORDINDAORA JURIDICA Página | 3
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Dir.: Cra. 42D1 + 804-136, Barrio Ciudad Jardín Fecha: 02 = 07 - 2024 ofiregisbarranquillasupernotariado.gov.co