SNR - Auto 12-20240422144035
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 12-20240422144035
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
PÁGINA 1 DE 3 DEL AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 022 DE 2024. d SENOTARIADO <. POTENCIA DE LA SNB 2 RECISTRO V' DA La guarda de la fe pública AUTODEL ( ABR 2074 Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No. 50S-40802187. Expediente A.A. 022 de 2024. LA REGISTRADORA PRINCIPAL DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE BOGOTAZONA SUR En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012
CONSIDERANDO QUE: ANTECEDENTES Mediante radicado de referencia 50S2024EE00771, se informa que se inició una auditoria interna por parte de la Coordinación Jurídica de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, por las inconsistencias en apertura de folios, en la cual se determinó que el folio de matrícula inmobiliaria 50S-40802187 no coincide con el tumo de radicación 2023-17734, asignado al Abogado: Gustavo
Adolfo Ibagos Trujillo (ABOGA 221). Por lo anterior, se remite el asunto al área de actuaciones administrativas para que se establezca la real situación jurídica respecto del tumo de radicación 2023-17734 y del folio de matrícula inmobiliaria 50S-40802187.
CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE REGISTRO Con el turno de radicación 2023-17734, ingreso para registro la Escritura Pública No. 2830 de fecha 23 de noviembre de 2022, otorgada en la Notaria Sesenta y Cinco (65) de Bogotá., correspondiente al acto de COMPRAVENTA, respecto del folio de matrícula inmobiliaria 50S-462391, en el que la se veriífica la siguiente trazabilidad: El día 20 de abril de 2023, ingreso el turno de radicación 2023-20907, el cual fue asignado para su calificación el día 11 de abril de 2023, al abogado: GUSTAVO ALFONSO IBAGOS TRUJILLO (ABOGA221), el cual según formulario de calificación de fecha 13 de abril de 2023, registra el acto DE COMPRAVENTA en Página | 1 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur — Bogotá D.C.
Dirección: Calle 45 A Sur No. 52 C — 71. Teléfono: 3282121
E-mail: ofiregisbogotasurOsupernotariado.gov.co PÁGINA 2 DE 3 DEL AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 022 DE
2024. CE ra <Q OTENCIA DE LA SNB 2 REGISTRO Ph ve DA La guarda de la fe pública anotación No. 14 del folio de matrícula inmobiliaria 50S-462391, pero presuntamente con dicho turno, también apertura el folio de matrícula inmobiliaria 50S-40802187, en el cual registra la Escritura Pública No. 2488 de
fecha 14 de diciembre de 2022, otorgada en la Notaria 57 de Bogotá D.C., en anotaciones No. 1 y 2, en donde se evidencia que es segregado del folio de mayor de extensión 50S-1132108. Se observa en el turno de radicación 2023-17734, que el documento objeto de registro NO es la Escritura Pública No. 2488 de fecha 14 de diciembre de 2022, otorgada en la Notaria 57 de Bogotá D.C., y la misma no se encuentra adjunta en dicho turno. Revisado el folio de matrícula inmobiliaria 50S-1132108, que fue asignado como mayor extensión del folio de aperturado: 50S-40802187, no existe en base de datos de esta Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur. Así las cosas, la situación es además contraria a lo preceptuado en el artículo 49 de la Ley 1579 de 20121 y demás normas concordantes, por lo que es procedente aplicarl o previsto en el inciso cuarto y sexto del artículo 59 de la Ley 1579 de 20122, que establece el procedimiento para corregir los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, los cuales sólo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en la primera parte del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ; En mérito de lo expuesto este Despacho.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No 50S40802187, por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto. Fórmese el expediente respectivo según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011 y efectuar el bloqueo preventivo de la matricula aquí citada.
ARTÍCULO SEGUNDO: Durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo, allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición del interesado, sin requisitos especiales, las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos. - - Página | 2
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COLCIMENA SUPERINTENDENCIA
<. POTENCIA DE LA DE NOTARIADO V' DA 8: REGISTRO ¡ —« A La guarda de la fe pública Bogotá, D.C., 10 de Abril de 2024 Doctor
ROGELIO ALBARRACIN DUARTE
Grupo de Divulgación y Publicaciones Superintendencia de Notario y Registro Cuidad Ref.: Publicación en página web Respetado Dr. Con el fin de que se realice la publicación correspondiente. Remito Auto de fecha 08 de Abril 2024, en 03 folios útiles, corresponden al Expediente AA-022-2024 Agradezco su colaboración y pronta respuesta, En caso de no haber presupuesto
favor contestar por escrito. Cordialmente; 7 ( 7ñ'a&w ,ó a-a VN
GLADYS URIBE ALDANA
Registradora Principal (E) Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur — Bogotá D.C.
Dirección: Calle 45 A Sur No. 52 C71
E-mail: ofiregisEb soupegrnoottariaadso.ugovr.c o