SNR - Auto 12-2024061493144
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 12-2024061493144
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
)dL PÁGINA 1 DE 9 DEL AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 238 DE
2023.
B S EU EP RESR NI ON TTRE AN RDOIE ANC DI OA SNA AUTODEL 7 7 MAY 2024
Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de las matrículas inmobiliarias Nos, 50S40166335 y 50S-40318549 Expediente A.A. 238 de 2023. LA REGISTRADORA PRINCIPAL (E) DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ- ZONA SUR En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012
. CONSIDERANDO QUE:
¡L¡
ANTECEDENTES .
Mediante solicitud de corrección No. 11697 del 26 de octubre de 2023, la señora DIANA PATRICIA GONZALEZ ALARCON, indica que el predio identificado con la dirección Carrera 19 No. 9 B -12 Sur de Bogotá aparece con dos matriculas inmobiliarias las Nos. 50S-40166335 y 50S-40318549, sin que se haya realizado ningún desenglobe, por tal motivo el área de correcciones remite la solicitud al área de actuaciones administrativas. CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE REGISTRO En atención al documento indicado anteriormente, al proceder a verificar las matrículas inmobiliarias números 50S-40166335 y 50S-40318549, contiene los siguientes registros:
Folio mayor extensión 505-40166335 No. Matrícula Inmobiliaria No. Matrícula Inmobiliaria 505-40166335 508-40318549 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur— Bogotá D.C.
Dirección: Calle 4A5 Sur No. 52 C—71. Teléfono: 3282121
E-mail: ofiregistogotasur)supernotariado.gov.co Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -23
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2023.
SUPERINTENDENCIA
=] EDEA NCOTAATROIA.D O Ea Fecha apertura: 21-12-1993 Fecha apertura: 18-02-1999
Estado actual: Activo Estado actual: Activo Dirección: K_R 19 19B 12 SUR
(DIRECCIÓN CATASTRAL) Descripción: "LOTES Y SOLARES QUE Descripción: “Contenidos en TIENEN UNA EXTENSION ESCRITURA Nro. 2165 de fecha 29-12-79
SUPERFICIARIA DE =534.38 V2. en NOTARIA 11 de SANTAFE DE FORMADO POR LOS LOTES 15 Y 16 DE BOGOTÁ LOTE 15 con área de 237.50
LA MANZANA 20 5S-18. LINDEROS: MTRS2 (SEGUN DECRETO 1711DE NORTE: EN 19.00 METROS CON LA JULIO 6/84). —— SEGUN E.P. 2451 DEL
CALLE 19A SUR SUR: EN 19.00 10-10-1998 DE LA NOTARIA 39 DE
METROS CON EL LOTE % 14 DE LA BOGOTÁ, ACLARACIÓN EN CUANTO MANZANA 205-18; ORIENTE: EN 18 AREA Y LINDEROS; AREA 190 MTRS2.” METROS, CON EL LOTE % 17 DE LA MANZANA 20-S 18; OCCIDENTE: EN 18
METROS, CON LA CRA 19 AL LOTE 15
LE CORRESPONDE EL 18-61 DE LA
CALLE 19A S. POR ESCRITURA % 133
DEL 17-01-53 NOTARIA 8. BOGOTÁ.”
Complementación: Complementación: “ALARCON
RODRIGUEZ LUIS MIGUEL ADQUIRIO
POR COMPRA A LA URBANA BARRIO
RESTREPO S.A. SEGUN ESCRITURA 133 DEL 17-01-1953 NOTARIA 8A. DE
BOGOTA CON REGISTRO AL FOLIO
050-40166335.- Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur— Bogotá D.C.
Dirección: Calle 45 A Sur No, 52 C71, Teléfono: 3282121
E-mail: ofiregisbogotasur(Osupemnotariado.gov.co Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
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2023. -
E NOTARADO RO Anotación 1: Escritura No. 133 del | Anotación 1: Escritura No. 2165 del 17/01/1953 de la Notaria 8 del Círculo de 29/12/1979 de la Notaria 11 del Círculo de
Bogotá, venta, inscrita el 14/02/1953. Bogotá, compraventa parte restante, DE: LA URBANA (BARRIO RESTREPO) inscrita con turno 1999-2189 el SA 15/01/1999.
A: ALARCON RODRIGUEZ LUIS DE: ALARCON RODRIGUEZ LUIS
MIGUEL (X) MIGUEL
A: LUIS MIGUEL ALARCON R. E HIJOS S.C.S. X) Anotación _2: Escritura No. 1008 del Anotación 2: Escritura No. 2451 del 14/03/1956 de la Notaria 7 del Círculo de 10/10/1996 de la Notaria 39 del Circulo de Bogotá, venta de 237.50 V?, inscrita el Bogotá, aclaración, inscrita con turno 05/04/1956. 1996-2190 el 15/01/1999.
DE: ALARCON RODRIGUEZ LUIS A: LUIS MIGUEL ALARCON R. E HIJOS
MIGUEL S.C.s.00
A: CASTILLO ARDILA LUIS AGUSTIN (X) Anotación 3: Deciaración del 11/04/1957 Anotación 3: Escritura No. 2451 del del Juzgado 4 Civil del Circuito de Bogotá, 10/10/1996 de la Notaria 39 del Circulo de declaración de construcción, inscrita el Bogotá, usufructo, inscrita con turno 199602/05/1957. 2190 el 15/01/1999.
A: . ALARCON RODRIGUEZ LUIS DE: ALARCON RODRIGUEZ LUIS
MIGUEL MIGUEL Anotación 4: Escritura No. 1995 del Anotación d4: Escritura No. 1711 del 26/04/1957 de la Notaria 5 del Círculo de 14/06/2019 de la Notaria 50 del Circulo de Bogotá, aclaración, inscrita el 26/06/1957. Bogotá, cancelación de usufructo, inscrita DE: ALARCON RODRIGUEZ LUIS con turno 2019-36006 el 26/06/2019.
MIGUEL DE: LUIS MIGUEL ALARCON R. E HIJOS A: CASTILLO ARDILA LUIS AGUSTIN S. C. S. - EN LIQUIDACIÓN Cancela anotación 3.
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur — Bogotá D.C.
Dirección: Calle 45 A Sur No. 52 C —71. Teléfono: 3282121
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2023,
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[ [ ETATLIE Anotación 5: Escritura No, 32 del | Anotación 5: Escritura No. 1711 del 13/01/1959 de la Notaria 8 del Círculo de 14/08/2019 de la Notaria 50 del Círculo de Bogotá, hipoteca, inscrita el 22/01/1959. Bogotá, consolidación de dominio pleno,
DE: ALARCON RODRIGUEZ LUIS inscrita con turno 2019-36006 el
MIGUEL 26/06/2019.
A: BANCO CENTRAL HIPOTECARIO A: LUIS MIGUEL ALARCON R. E HIJOS
S. C. S. - EN LIQUIDACIÓN (X) Anotación 6: Escritura No. 1376 del Anotación 6: Escritura No. 2680 del 29/03/1994 de la Notaria 8 del Círculo de 05/09/2019 de la Notaria 50 del Círculo de Bogotá, cancelación de hipoteca, inscrita Bogotá, adjudicación en liquidación de con turno 24340 el 1/04/1994. sociedad comercial, inscrita con turno DE: BANCO CENTRAL HIPOTECARIO 2019-75205 el 19/12/2019.
A: ALARCON RODRIGUEZ LUIS A: ALARCON CELY LUIS MIGUEL (X)
MIGUEL A: ALARCON DE LORA ROMELIA (X)
Cancela anotación 5. A: ALARCON CELY MERCEDES (X)
A: ALARCON RINCON MAURICIO
ARTURO (X)
A: ALARCON RINCON LUIS ORLANDO
(X)
A: ALARCON DE GONZALEZ LUZ
MARINA (X)
A: ALARCON DE SUAREZ MARIA OLGA
) A: ALARCON CELY OSCAR EDGAR (X) Anotación 7: OCficio No. 1769 del Anotación 7: Escritura No. 2443 del 21/07/1995 del Juzgado 11 Civil del 29/12/2021 de la Notaria 69 del Círculo de
Circuito de Bogotá, demanda sobre Bogotá, adjudicación en sucesión, inscrita cuerpo cierto, inscrita con turno 1995con turno 2022-20198 el 24/03/2027.
52359 el 27/07/1995. DE: ALARCÓN DE SUAREZ MARIA
DE: LUIS MIGUEL ALARCON R. E HIJOS OLGA
A: SUAREZ ALARCON OLGA
S. ENC.
ALEXANDRA (X)
A: ALARCON RODRIGUEZ LUIS
A: SUAREZ ALARCON CARLOS
MIGUEL (X)
ALFONSO (X)
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur — Bogotá D.C.
Dirección: Calle 45 A Sur No, 52 C -- 71, Teléfono: 3282121
E-mai!; ofiregisbogotasur(Qsupernotariado.gov.co Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -23
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EAa SDUEP ENROINTTAERNDIEANCDIOA
Ne 4 E W MA J—ñL Anotación 8: Oficio No. 3127 del 20/09/1996 del Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogotá, cancelación de demanda sobre cuerpo cierto, inscrito con turno 1997-55022 el 27/06/1997.
DE: LUIS MIGUEL ALARCON R. E HIJOS
S. ENC.
A: ALARCON RODRIGUEZ LUIS
MIGUEL Cancela anotación 7. Anotación 9: Escritura No. 2165 del 29/12/1979 de la Notaria 11 del Círculo de Bogotá, compraventa parte restante de 190.00 mtrs?, inscrita con turno 19992189 el 15/01/1999.
DE: ALARCON RODRIGUEZ LUIS
MIGUEL
A: LUIS MIGUEL ALARCON R. E HIJOS
S. C.S. (X) Anotación 10: Oficio No. 14-EE39743 del 04/09/2014 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de Bogotá, liquidación del efecto plusvalía, inscrito con turno 2014-79684 el 05/09/2014.
A: UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL Anotación 11; Oficio No. EES4095 del 12/12/2016 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de Bogotá, cancelación liquidación del efecto plusvalía, inscrito con turno 2017-7165 el 09/02/2017.
- DE: UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL Cancela anotación 10.
CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE REGISTRO
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur — Bogotá D.C.
Dirección: Calle 45 A Sur No, 52 C —71. Teléfono: 3282121
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SUPERINTENDENCIA
DE NOTARIADO L REGISTRO ode a e púéico TO De la transcripción que se ha hecho de la tradición de los predios con matrícula inmobiliaria No. 50S-40166335 y 50S-40318549, se evidencia que no existen elementos comunes entre los citados folios que permitan pensar que estamos ante un mismo inmueble con dos matrículas inmobiliarias, lo que por esta razón no conlieva a la necesidad de establecer la realidad jurídica de los citados inmuebles con el fin de determinar sí es procedente o no la clausura de una de las matriculas inmobiliarias y demás aspectos que surjan a raíz de dicha circunstancia. Sin embargo, al verificar el historial traditicio del folio de matrícula inmobiliaria No. 50S-40166335, se constata que en su anotación 9 se encuentra inscrita la Escritura Pública No. 2165 del 29/12/1979 de la Notaria 11 del Circulo de Bogotá, para el acto de compraventa de la parte restante con un área de 190.00 M?, de LUIS MIGUEL ALARCON RODRIGUEZ a favor de LUIS MIGUEL ALARCON R. E HIJOS S.C.S., por lo cual se segregó el folio de matrícula 50S-40318549, así mismo, en la anotación 2 del folio de matrícula inmobiliaria No. 50S-40166335, se encuentra inscrita la Escrítura Pública No. 1008 del 14/03/1956 de la Notaria 7 del Circulo de
Bogotá, para el acto de venta de un área de 237.50 V2, de LUIS MIGUEL ALARCON RODRIGUEZ a favor de LUIS AGUSTIN CASTILLO ARDILA, pero en esta oportunidad se omitió segregar el correspondiente folio de matrícula inmobiliaria, por tal motivo se hace necesario establecer la realidad jurídica de los citados folios, para establecer si existe posible agotamiento de área, por lo que para ello, se tendrá como elemento de juicio para analizar en el momento procesal que permita resolver la actuación, los documentos que reposan en el archivo de la ORIP Bogotá sur con relación a las mencionadas matriculas. En tal sentido, por secretaría de actuaciones administrativa de esta oficina se oficiará ante el área de microficha y el área de antiguo sistema, para requerir se aporte fotocopia de los documentos que se encuentra digitalizados o archivados en ese lugar, con relación a la matrícula inmobiliaria No. 50S-40166335, anotación 2, correspondiente a la Escritura Pública No. 1008 del 14/03/1956 de la Notaria 7 del Circulo de Bogotá, anotación 4, correspondiente a la Escritura Pública No. 1995 del 26/04/1957 de la Notaria 5 del Circulo de Bogotá y anotación 9, correspondiente a la Escritura Pública No. 2165 del 29/12/1979 de la Notaria 11 del Circulo de Bogotá, igualmente, con relación a la matrícula inmobiliaria No. 50S-40318549, anotación 2, correspondiente a la Escritura Pública No. 2451 del 10/10/1996 de la Notaria 39 del
Circulo de Bogotá. Así las cosas, la situación es contraría a lo preceptuado en el artículo 49 de la Ley 1579 de 20121 y demás normas concordantes, por lo que es procedente aplicar lo previsto en el inciso cuarto y sexto del artículo 59 de la Ley 1579 de 2012%, que Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur — Bogotá D.C.
Dirección: Calle 45 A Sur No. 52 C—71. Teléfono: 3282121
E-mail: ofiregisbogotasur(Osupernctariado.gov.co Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
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Fecha: 30 — 04 - 2024
PÁGINA 7 DE 9 DEL AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 238 DE 2023. establece el procedimiento para corregir los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, los cuales sólo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en la primera parte del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Por consiguiente, con el fin que los interesados en la presente actuación puedan ejercer los derechos de representación, defensa y contradicción, se les comunicará este proveído a quienes en la actualidad tienen la calidad de propietarios del derecho de dominio en las matrículas inmobiliarias aquí involucradas. En mérito de lo expuesto este Despacho.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de los folios de matrículas inmobiliarias No. 50S40318549 y 50S-40166335, por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto. Fórmese el expediente respectivo según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO SEGUNDO: Durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo, allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición del interesado, sin requisitos especiales, las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar y enviar copia del presente auto a LUIS
AGUSTIN CASTILLO ARDILA, LUIS MIGUEL ALARCON RODRIGUEZ, LUIS
MIGUEL ALARCON CELY, ROMELIA ALARCON DE LORA, MERCEDES
ALARCON CELY, MAURICIO ARTURO ALARCON RINCON, LUIS ORLANDO
ALARCON RINCON, LUZ MARINA ALARCON DE GONZALEZ, MARIA OLGA
ALARCON DE SUAREZ, OSCAR EDGAR ALARCON CELY, OLGA ALEXANDRA
SUAREZ ALARCON y CARLOS ALFONSO SUAREZ ALARCON, en la Carrera 19
No. 19 B - 12 Sur de Bogotá, y a DIANA PATRICA GONZALEZ ALARCON en la Calle 25 No. 68 A - 49 de Bogotá y al coreo electrónico dianapatgonalaQhotmail.com; y de no ser posible procédase de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2014. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur — Bogotá D.C.
Dirección: Calte 45 A Sur No, 52 C—71. Teléfono: 3282121
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2023.
SUPERINTENCENCIA
DE NOTARIADO 8 REGISTRO La poder Es lda púaica ARTÍCULO CUARTO: Por intermedio de la secretaría de actuaciones administrativas de esta oficina, se solicitará ante el área de microficha y al área de antiguo sistema se aporte a la presente actuación, fotocopia de los documentos inscritos en la matrícula inmobiliaria No. 50S-40166335, anotación 2, correspondiente a la Escritura Pública No. 1008 del 14/03/1956 de la Notaria 7 del Circulo de Bogotá, anotación 4, correspondiente a la Escritura Pública No. 1995 del 26/04/1957 de la Notaria 5 del Circulo de Bogotá y anotación 9, correspondiente a la Escritura Pública No. 2165 del 29/12/1979 de la Notaria 11 del Circulo de Bogotá, igualmente, con relación a la matrícula inmobiliaria No. 50S-40318549, anotación 2, correspondiente a la Escrítura Pública No. 2451 del 10/10/1996 de la Notaria 39 del
Circulo de Bogotá.
ARTÍCULO QUINTO: Publicar el presente Auto de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente Auto, no procede recurso alguno en sede gubernativa.
ARTÍCULO SÉPTIMO: El presente Auto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los . 22 MAY 7024 ” EA = - Registradora Principal (é) Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur
Proyectó: Femando Alfonsq Ruiz Barrera (21-05-2024)
Frofesional Universitario
Revisó: Jhon Alejandro Martínez Coordinador Grupo Gestión Jurídico Registral ! Artículo 8". Matrícula inmobiliaria. Es un folio destinado a la inscripción de los actos, contratos y providencias relacionados en el artículo 4”, referente a un bien raíz, el cual se distiínguirá con un código alfanumérico o complejo numeral indicativo del orden interno de cada oficina y de la sucesión en que se vaya sentando (...)
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos . Bogotá Zona Sur - Bogotá D.C.
Dirección: Calle 45 A Sur No. 52 C —71. Teléfono: 3282121
E-mail: ofiregisbogotasurOsupernotariado.gov.co Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
Versión: 04
Fecha: 30 — 04 - 2024
PÁGINA 9 DE 9 DEL AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 238 DE
2023. NDENCIA A%IADO Artículo 49. Finalidad del folio de matrícula, El modo de abriry llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo blen. ZArtículo 59. Procedimiento para corregir errores. Los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o inscripción, se corregirán de la siguiente manera: (-..) Los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, solo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o de la norma que lo adicione o modifique y en esta ley. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur— Bogotá D.C.
Dirección: Calle 45 A Sur No. 52C-—71. Teléfono: 3282121
E-mail: ofiregisbogotasurOsupernotariado.gov.co Código: NP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
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Fecha: 30 — 04 - 2024