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SNR - Auto 12-2024090981214

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 12-2024090981214
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

su PÁGINA 4: DE 11 DEL'AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 239 DE

2023. Notariado y Registro - ] - AUTO DEL 04 SEP 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No 508-1034984 y sus segregados 50S-40724398, 50S-40724399, 50S40724400, 50S-40724401, 505-40724402, 505-40724403, 505-40724404, 50540724405 y 508-40724406, Expediente No. A.A. 239 de 2023. - LA REGISTRADORA PRINCIPAL (E) DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE BOGOTA - ZONA SUR En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012 .

CONSIDERANDO: ANTECEDENTES Por intermedio del área de correcciones de esta oficina, fue remitida a la Coordinación del Grupo de Gestión Jurídica Registral, la solicitud de corrección C2023-12146 del 10/11/2023, presentada por el señor JOSE ARISTOBULO ROLDAN, solicitando la apertura de folio de acuerdo a la anotación 27 del folio de matrícula inmobiliaria

50S-1034984, donde se encuentra registrada la escritura 2280 del 18 de noviembre de 2021 de la notaria 76 de Bogotá, para el acto de compraventa, en consecuencia

se procedió a asignar el expediente A.A. 239 del 2023, a fin de verificar la situación - jurídica del folio de matrícula inmobiliaría 50S-1034984, teniendo en cuenta que se inscribió la venta parcial sin tener licencia para llevar a cabo la misma, así mismo, se encontrqóue la escritura 2054 del 15 de noviembre de 2016 de la Nofaria 66 de Bogotá, para el acto de desenglobe e inscrita en la anotación 26, tampoco cumpliría con el requisito de la licencia urbanística para tal acto, pero por el cual se segregaron los folios de matrícula 50S-40724398, 50S-40724399, 505-40724400, 50S40724401, 50S-40724402, 505-40724403, 50S-40724404, 50S-40724405 y 50840724406. CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE REGISTRO Verificado el registro de anotaciones existente en la matrícula inmobiliaria con relación a los hechos que se mencionan, contiene los siguientes registros: Matrícula Inmobiliaria No. 50S-1034984 Página | 1 Oficina de Registro e Instrumentos Públicos - Zona Sur :

Dirécción: Cáille 45 A Súr No. 52C-71

PÁGINA 2 DE 11 DEL AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 239 DE ? 2023. | y Superintendencia de 4 SEP 2074

Notariado y Registro Estado actual: Activo Fecha de apertura: 17/02/1987

Dirección: “KR 18F 91A 03 SUR (DIRECCION CATASTRAL)” Descripción del inmueble: “LOTE DE TERRENO DENOMINADO PATICOS J. EL CUAL FORMA PARTE DE UNO DE MAYOR EXTENSION. LOTE QUE TIENE DE AREA 2,922.00 M.2. ...

El presente folio contiene 27 anotaciones de las que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la presente actuación, corresponde verificar las siguientes: Anotación 26: Escritura 2054 del 15/11/2016. de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016. A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE 0) Propietario Anotación 27: Escritura 2280 del 18/11/2021 de la notaría 66 del círculode Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2021-76711 del 09/12/2021. DE: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE A: ROLDAN GUZMAN JOSE ARISTOBULO 09) Propietario Del folio de matrícula 50S8-1034984, en atención al acto de desenglobe inscrito en la anotación 26, se segregaron las siguientes matriculas: Matrícula Inmobiliaria No. 50S-40724398

Estado actual: Activo Fecha de apertura: 05/12/2016

Dirección: “CL 89 SUR 18N 16 (DIRECCION CA TASTRAL)” Descripción del inmueble: “LOTE 1 MZ 1 CON AREA DE 165.86 M2 ...”

El presente folio contiene 1 anotación de la que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la presente actuación, corresponde verificar el siguiente: Anotación 1: Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016.

A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE 09 Propietario

Matrícula Inmobiliaria No. 50S-40724399

Estado actual: Activo Fecha de apertura: 05/12/2016

Dirección: “CL 89 SUR 18N 10 (DIRECCION CATASTRAL)” Página | 2

Oficina de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur

Dirección: Calle 45 A Sur No. 52C-71

Email: ofiregisbogotasur(Wsupernotariado.gov.co

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23

Versión: 05

PÁGINA 3 DE 11 DEL AUTO POR LA CUAL-INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 239 DE 2023. 04 SEP 2024

Superintendencia de Notariado y Registro ES Descripción del inmueble: “LOTE 2 MZ 1 CON AREA DE 158.26 M2 ...” .. El presente folio contiene 2 anotaciones de las que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la' presente actuación, corresponde verificar las siguientes: : Anotación 1: Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 66 del círculo de Bogotá,

acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016. : A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE (9 Propietario Anotación 2: Escritura 905 del 19/04/2023 de la notaría 50 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2023-23445 del 03/09/2023.

DE: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE

A: GUTIERREZ AYALA MARTHA ROSIO po) Propietaria. Matrícula Inmobiliaria No. 508-40724400

Estado actual: Activo - Fecha de apertura: 05/12/2016

Dirección: “CL 89 SUR 18M 28 (DIRECCION CATASTRAL)” Descripción del inmueble: “LOTE 4 MZ 1 CON AREA DE 166.17 M2 ...” El presente folio contiene 2 anotaciones de las que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la presente actuación, corresponde verificar las Siguientes: - Anotación 1: Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016.

A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE "009 Propietario ' Anotación 2: Escritura 1222 del 06/07/2023 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 202339776 del 28/07/2023.

DE: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE'

A: GUTIERREZ AYALA SANDRA MILENA 09) Propietaria

Matrícula Inmobiliaria No. 50S-40724401

Estado actual: Activo Fecha de apertura: 05/12/2016

Dirección: “CL 89 SUR 18M 22 (DIRECCION CATASTRAL)” Página | 3

Oficina de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur

Dirección: Calle 45 A Sur No. 52C-71

PÁGINA 4 DE 11 DEL AUTO POR LA CUAL. INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 239 DE 2023. 04 SEP 20% Superintendencia de

Notariado y Registro — Descripción del inmueble: “LOTE 5 MZ 1 CON AREA DE 153.45 M2 ...” El presente folio contiene 4 anotaciones de las que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la presente actuación, corresponde verificar las siguientes: : Anotación 1: Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016. ' A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE 0) Propietario Anotación 2: Escritura 1018 del 24/08/2020 de la notaría :76 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2020-34525 del 17/09/2020.

DE: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE

A: ZEMANATE CHILITO DIEGO FERNANDO (O) Propietario

Anotación 3: Escritura 1 429 del 19/1 0/2020 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2020-46126 del 17/11/2020. DE: ZEMANATE CHILITO DIEGO FERNANDO , A: VEGA ALVAREZ FLOR DALY po Propietaria Anotación 4: Escritura 1955 del 04/10/2023 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2023-62341 del 17/11/2023.

DE: VEGA ALVAREZ FLOR DALY

A: GUTIERREZ AYALA SANDRA MILENA (9) Propietaria

Matrícula Inmobiliaria No. 50S-40724402

Estado actual: Activo Fecha de apertura: 05/12/2016

Dirección: “CL 89 SUR 18M 16 (DIRECCION CATASTRAL)” Descripción del inmueble: “LOTE 6 MZ 1 CON AREA DE 138.22 M2 ...” El presente folio contiene 3 anotaciones de las que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la presente actuación, corresponde verificar las siguientes: : Anotación 1: Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016.

A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE (O Propietario

Página 14 Oficina de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur

Dirección: Calle 45 A Sur No. 52C-71

Email: ofiregisbogotasur(MWsupernotariado.qov.co

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23

Versión: 05

PÁGINA 5 DE.11 DEL AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 239 DE 2023. 0.4 SEP 2024

Superintendencia de Notariado y Registro Anotación 2: Escritura 781 del 02/05/2023 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2023-26459 del 16/05/2023.

DE: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE

A: PEREZ RENDON YADIRA (O Propiefaria A: RUBIO RODRIGUEZ LUIS EDUARDO (9) Propietario Anotación 3: Oficio 408 del 03/05/2024 del Juzgado 2 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Soacha, acto de embargo ejecutivo con acción personal inscrito con turno 2024-26398 del 28/05/2024.

DE: GRANADOS CAÑON TILCIA MARIELA

A: LUIS EDUARDO RUBIO (O) Propietario Matrícula Inmobiliaria No. 505S-40724403

Estado actual: Activo Fecha de apertura: 05/12/2016

Dirección: “CL 89 SUR 18M 10 (DIRECCION CA ASTRAL)" » Descripción del inmueble: “LOTE 7 MZ 1 CON AREA DE 1 06. 41 M2 ..

El presente folio contiene 4 anotaciones de las que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la presente actuación, corresponde verificar las siguientes: Anotación 1: Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016. A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE (O) Propietario Anotación 2: Escritura 396 del 05/03/2020 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2020-18901 del 12/05/2020. DE: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE A: MIRANDA LAMPREA JAIRO ALONSO (9 Propietario Anotación 3: Escritura 396 del 05/03/2020 de la notaría 76 del círculo de Bogota, acto de constitución patrimonio de familia inscrito con turno 2020-1 8901 del 12/05/2020. DE: MIRANDA LAMPREA-JAIRO ALONSO - (9 Propietario - A: FAVOR SUYO, DE SU CONYUGE, COMPAÑERO PERMANENTE Y DE SUS HIJOS MENORES ACTUALES Y DE LOS QUE LLEGARE A TENER Anotación 4: Escritura 396 del 05/03/2020 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, acto de prohibición de transferencia inscrito con turno 2020-18901 del 12/05/2020.

DE: CAJA DE VIVIENDA MILITAR Y DE POLICIA

Página | 5 Oficina de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur :

Dirección: Cálle 45 A Súr No. 520-71

PÁGINA 6 DE 11 DEL AUTO POR LA CUAL, INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 239 DE

2023. Superintendencia de (4 SEP 2024 Notariado y Registro

A: MIRANDA LAMPREA JAIRO ALONSO (X) Propietario

Matrícula Inmobiliaria No.: 50S-40724404 .

Estado actual: Activo Fecha de apertura: 05/12/2016

Dirección: “CL 89 SUR 18L 36 (DIRECCION CA TASTRAL) ?

Descripción del inmueble: “LOTE 9 MZ 1 CON AREA DE 89.10 M2 ...” El presente folio contiene 4 anotaciones de las que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la presente actuación, corresponde verificar las siguientes: Anotación 1: Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016.

A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE 0) Propietario Anotación 2: Escritura 998 del 20/08/2020 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2020-45374 del 12/11/2020.

DE: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE

A: RIASCOS ALOMIA JORGE YEIMER 09 Propietario

Anotación 3: Escritura 1984 del 29/12/2020 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2021-7181 del 12/02/2021. DE: RIASCOS ALOMIA JORGE YEIMER A: NER ESTRELLA S.A.S. (O Propietario Anotación 4: Escritura 2613 del 29/12/2021 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2022-7166 del 03/02/2022.

DE: NER ESTRELLA S.A.S.

A: VARGAS SIERRA JOSE EDGAR 009 Propietario Matrícula Inmobiliaria No. 50S-40724405

Estado actual: Activo Fecha de apertura: 05/12/2016

Dirección: “CL 89 SUR 18L 30 (DIRECCION CATASTRAL)” Descripción del inmueble: “LOTE 10 MZ 1 CON AREA DE 163.82 M2 ...” El presente folio contiene 6 anotaciones de las que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la presente actuación, corresponde verificar las siguientes: : Página | 6

Oficina de Registro e Instrumentos Públicos - Zona Sur

Dirección: Calle 45 A Sur No. 52C-71

Email: ofiregisbogotasurWsupernotariado.gov.co

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23

Versión: 05

PÁGINA 7 DE 11 DEL AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 239 DE

2023. | Superintendencia de A Notariado y Registro 04 SEP 2024

A Anotación 1: Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016. A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE + (9 Propietario Anotación 4: Escritura 1460 del 23/10/2020 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2020-54358 del 23/12/2020. DE: TRANSHUMANA S.A.S. - A: SUAREZ JAIRO ANDRES DN (9 - Propietario . Anotación 5: Escritura 1460 del 23/10/2020 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, acto de constitución patrimonio de familia inscrito con turno 2020-54358 del : 23/12/2020. DE: SUAREZ JAIRO ANDRES () Propietario A: FAVOR SUYO, DE SU CONYUGE O COMPAÑERO (A) PERMANENTE Y DE SUS HIJOS MENORES ACTUALES Y DE LOS QUE LLEGARE (N) A TENER Anotación 6: Escritura 1460 del 23/10/2020 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, acto de prohibición de transferencia inscrito con turno 2020-54358 del 23/1 2/2020.

DE: CAJA DE VIVIENDA MILITAR Y DE POLICIA

A: SUAREZ JAIRO ANDRES . l (9) Propietario

  • Matrícula Inmobiliaria No. 505-40724406

Estado actual: Activo Fecha de apertura: 05/12/2016 - Dirección: “CL 89 SUR 18L 18 (DIRECCION CATASTRAL)” Destripción del inmueble: “LOTE11 MZ 1 CON AREA DE 150.61 M2 ...” El presente folio contiene 2 anotaciones de las que, respecto de los hechos relatados en la situación fáctica de la presente actuación, corresponde verificar las siguientes: Anotación 1: Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 66 del círculo de Bogotá, acto de desenglobe, inscrito con turno 2016-83383 del 30/11/2016.

A: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE UN (9) Propietario Anotación 2: Escritura 3594 del 06/09/2021 de la notaría 21 del círculo de Bogotá, acto de compraventa inscrito con turno 2021-55479 del 14/09/2021.

DE: ARIAS HERRERA LUIS FELIPE

A: GUARIN BAUTISTA MICHAEL STIVE PO) Propietario Página | 7 Oficina de Registro e Instrumentos Públicos - Zona Sur

Dirección: Calle 45 A Sur No. 526-741

PÁGINA 8 DE 11 DEL AUTO POR LA CUAL INICIA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA 239 DE

2023.

Y 4 SFP 2024

Superintendencia de Notariado y Registro De los hechos aquí conocidos se advierten inconsistencias que deben ser verificadas a efectos. de establecer la realidad jurídica del inmueble con folio de matrícula

505-1034984, pues en la anotación 27 se encuentra inscrita la Escritura 2280 del 18/11/2021 de la notaría 76 del círculo de Bogofá, para el acto de compraventa, pero que después de realizar el análisis jurídico preliminar del caso de estudio, la consulta de los soportes documentales y la información que se encuentra en los sistemas misionales de registro de esta Oficina, corresponde a una venta parcial que no contiene en su protocolización la licencia urbanística, situación que advierte irregularidad a la luz del ordenamiento legal vigente, en especial lo consagrado en el artículo 7 de la Ley 810 de 2003, que establece: “Artículo 7”. Obligación de notarios y registradores. Los notarios y registradores de instrumentos públicos no procederán a autorizar ni a inscribir respectivamente, ninguna escritura de división de terrenos o parcelación de lotes, sin que se acredite previamente el otorgamiento de la respectiva licencia urbanística, que deberá protocolizarse con la escritura pública correspondiente, salvo los casos de cumplimiento de una sentencia judicial. También se abstendrán de autorizar o inscribir, respectivamente cualquier escritura de aclaración de linderos sobre cualquier inmueble que linde con zonas de bajamar, parques naturales o cualquier bien de uso público sin contar con la autorización expresa de la autoridad competente.” Igualmente, en la anotación 26 del folio de matrícula inmobiliaria 50S-1034984, se encuentra inscrita la Escritura 2054 del 15/11/2016 de la notaría 76 del círculo de Bogotá, con turno de calificación de documento 2016-83383 del 30/11/2016, para el

acto de desenglobe, que tampoco contiene licencia urbanística teniendo en cuenta gue en el texto de la escritura se dijo lo siguiente: “ .SEGUNDA: Que con fundamento en el Decreto 1063 de 1.998 art. 1 numeral 55, Decreto 1600 de 2005, que ordeno la legalización de asentamientos humanos, art. 66 y decreto 367 de 2005, art. 122 y 112A del Decreto 564 de 2006 y el Articulo 2.2.6.5.1 Legalización Urbanística de Asentamientos Humanos Decreto Nacional 1077 de 2015, se procede con el desenglobe, contenido en los planos de loteo Nos. CB 65/4-16 y CB 65/4-17, aprobados mediante acto administrativo Resolución 0017 de fecha 22 de Enero de Mil novecientos noventa y nueve (1999) que hará las veces de Licencia de Urbanización por el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DISTRITAL, que se reconoce y se reglamenta por la comisión de Mejoramiento Urbano en la sección 3, del 3 de Diciembre de 1.998 que emitió el concepto favorable para la legalización del Desarrollo incompleto denominado PATICOS. Acto administrativo mediante el cual se aprueba la legalización hará las veces de licencia Urbanización...” Al revisar el contenido de la Resolución 0017 de fecha 22 de Enero de 1 999, se observa que en su artículo 9 con relación a las licencias de urbanización se estipulo:

“ ARTÍCULO 9o. DE LAS LICENCIAS DE URBANIZACION Y/O CONSTRUCCION

De conformidad con lo previsto en el inciso No. 2 del artículo 66 del Decreto Nacional 1052 del 16

de junio de 1998, la presente Resolución para las veces de licencia de construcción para todas y cada una de las construcciones existentes en los lotes de las urbanizaciones objeto de legalización, Página | 8 Oficina de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur

Dirección: Calle 45 A Sur No. 52C-71

Email: ofiregisbogotasurMsupernotariado.gov.co

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23

Versión: 05 2023. 04 SEP 2024

Superintendencia de Notariado y Registro siempre y cuando dichos inmuebles no excedan el rango de los 90 (noventa) salarios mínimos legales mensuales. Igualmente se entienden legalizadas las construcciones existentes que se ajusten a las normas de.construcción establecidas en esta Resolución. Lo aquí previsto solo procede cuando el barrio, desarrollo o asentimiento y las respectivas construcciones se hayan terminado antes del 9 de agosto de 1996, de conformidad con el artículo 82 del Decreto Nacional 1052 de junio 10 de 1998. A partir de la vigencia de la presente Resolución toda obra de construcción, ampliación, modificación y demolición de edificaciones, así como de urbanización, parcelación, loteo o subdivisión, deberá estar amparada por la respectiva licencia y tendrá que sujetarse a todas las normas urbanísticas previstas en esta resolución y demás normas vigentes en la materia, y a los requisitos sobre las redes de servicios señalados por las empresas de servicios públicos.” (Subrayado fuera del texto) En consecuencia se estudiará el contenido de la escrituras que sirvieron de soporte

del desenglobe y la venta parcial, que permita establecer si los documentos aportados eran suficientes para haber llevado a cabo dichos actos registrales, de la misma manera, se solicitará ante la Dirección de Recursos Físicos y Gestión Documental Secretaria de Planeación Distrital de Bogotá, para que se aporte fotocopia íntegra de la Resolución 0017 de fecha 22 de Enero de 1999, mediante la cual se legalizan unos desarrollos, asentamientos o barrios localizados en el Distrito Capital, en la Localidad No. 19 de Ciudad Bolívar; además los planos reconocidos y aprobados en dicha resolución concretamente el loteo Nos. CB 65/4-16 y CB 65/4-17, para la legalización del desarrollo incompleto denominado PATICOS, localidad de Ciudad Bolívar, ubicado en la carrera 18F No. 91A - 03 Sur. De esta manera, se percibe que el hecho objeto de estudio, aparentan inconsistencias que incumplirían el ordenamiento legal, por lo que las decisiones que se adopten podrían resultar terceros interesados”, siendo procedente aplicar lo previsto en el inciso cuarto y sexto del artículo 59 de la Ley 1579 de 2012%, que establece el procedimiento para corregir los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes Tartículo 37, de la ley 1437 de 2011. Deber de comunicar las actuaciones administrativas a terceros. Cuando en una actuación administrativa de contenido particular y concreto la autoridad advierta que terceras personas puedan resultar directamente afectadas por la decisión, les

comunicará la existencia de la actuación, el objeto de la misma y el nombre del peticionario, si lo hubiere, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. La comunicación se remitirá a la dirección o correo electrónico que se conozca si no hay otro medio más eficaz. De no ser posible dicha comunicación, o tratándose de terceros indeterminados, la información se divulgará a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, según el caso, o a través de cualquier otro mecanismo eficaz, habida cuenta de las condiciones de los posibles interesados. De tales actuaciones se dejará constancia escrita en el expediente.

NOTA: El texto subrayado fue declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-341 de 2014. 2 Ley 1579 de 2012. Artículo 49, Finalidad del folio de matrícuta. El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien...

Ley 1579 de 2012 Artículo 59 “... Los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, sólo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo, o de la norma que lo adiciones a modifique y en esta ley... Toda corrección que se efectúe en el folio de matricula inmobiliaria, se debe dejar la correspondiente salvedad haciendo referencia a la anotación corregida, el tipo de corrección que se efectuó, el acto administrativo por el cual se ordenó, en el caso en que ésta haya sido producto de

actuación administrativa. Página | 9 Oficina de Registro e Instrumentos Públicos =- Zona Sur

Dirección: Calle 45 A Sur No. 520-71

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Superintendencia de Notariado y Registro TI o ante terceros, los cuales sólo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en la primera parte del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, para lo cual entonces es necesario comunicar la presente decisión a quienes puedan resultar afectados con el fin que se les pueda garantizar los derechos de representación, defensa y contradicción En mérito de lo expuesto este Despacho.

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación. jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No. 50S1034984 y sus folios de matrícula segregados 50S-40724398, 50S-40724399, 50S40724400, 508-40724401, 50S-40724402, 505-40724403, 505S-40724404, 50S40724405 y 505S-40724406, por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto. Conformar el expediente respectivo según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011 y efectuar el bloqueo preventivo de la matrícula aquí citada.

ARTÍCULO SEGUNDO: Durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo, allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición del interesado, sin requisitos especiales, las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

ARTÍCULO TERCERO: Comunicar y enviar copia del presente auto a JOSE ARISTOBULO ROLDAN GUZMAN, en la carrera 18F No. 91A - 03 Sur de Bogotá y al correo electrónico joseroldang1964(MHgmail.com, a LUIS FELIPE ARIAS HERRERA,

en la carrera 112 No. 70 C - 23 de Bogotá, así mismo en la carrera 18F No. 91403 Sur de Bogotá y al correo electrónico ariadfelip3GWyahoo.com, a MARTHA ROSIO GUTIERREZ AYALA, en la calle 89 Sur No. 18N - 10 de Bogotá y al correo electrónico marthagutierrez(WDgmail.com, a SANDRA MILENA GUTIERREZ AYALA, en la calle 89 sur No. 18M - 28 de Bogotá y al correo electrónico sandragutierrez88(0Dhotmail.com, a LIS EDUARDO RUBIO RODRIGUEZ y YADIRA PEREZ RENDON, en la calle 89 Sur No. 18M - 16 y al correo electrónico yadiraperezrendon6Ogmail.com, al JUZGADO 2 DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SOACHA, para que obre dentro del proceso ejecutivo No. 202300353, en la Transversal 12 No, 34A - 18 de Soacha y al correo electrónico

jO2pceomsoachaQOcendoj. ramajudicial. gov.co, a JAIRO ALONSO MIRANDA LAMPREA, en la calle 89 sur No. 18M - 10 de Bogotá, a JOSE EDGAR VARGAS SIERRA, en la calle 89 sur No. 18L - 38 de Bogotá, a JAIRO ANDRES SUAREZ, en la calle 89 sur No. 18L - 30 de Bogotá, y a MICHAEL STEVE GUARIN BAUTISTA en Página | 10 Oficina de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur

Dirección: Calle 45 A Sur No. 52C-71

Email: ofiregisbogotasur(Msupernotariado.gov.co

Bogotá D.C.; Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23

Versión: 05

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Superintendencia -de Notariado y Registro la calle 89 sur No. 18L - 18 de Bogotá y al correo electrónico michaelguarinhoftmail.com, de no ser posible procédase de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2014.

ARTÍCULO CUARTO: Por secretaria, oficiar a Dirección de Recursos Físicos y Gestión Documental Secretaria de Planeación Distrital de Bogotá, para que se aporte fotocopia íntegra de la Resolución 0017 de fecha 22 de Enero de 1999, mediante la cual se legalizan unos desarrollos, asentamientos o barrios localizados en el Distrito Capital, en la Localidad No. 19 de Ciudad Bolívar; además los planos

reconocidos y aprobados en dicha resolución concretamente el loteo Nos. CB 65/416 y CB 65/4-17, para la legalización del desarrollo incompleto denominado PATICOS, localidad de Ciudad Bolívar, ubicado en la carrera 18F No. 91A - 03 Sur.

ARTÍCULO QUINTO: Por intermedio de la secretaria. de actuaciones administrativas apórtese del área de microfilmación y/o antiguo sistema, fotocopia de los documentos que se encuentran digitalizados en la matrícula inmobiliaria No.50S1034984, anotación 26 turno 2016-83383 y anotación 27 turno 2021-76711.

ARTÍCULO SEXTO: Publicar el presente Auto de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Contra elp resente Auto, no procede recurso alguno en sede gubernativa.

ARTÍCULO OCTAVO: El presente Auto rige a partirde la fecha de su expedición.

Registradora Principe S/ Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur

Proyectó: Femando Alfonso Rliz Barrera (29-08-2024)

Profesional Universitario

Revisó: Jhon Alejandro Martínez

Coordinador Grupo Gestión Jurídico Registral Página | 11 Oficina de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur

Dirección: Calle 45 Á Sur No. 52C-71

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