SNR - Auto 12-20240920144520
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 12-20240920144520
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
Superintendencia de Notariado y Registro Bogotá, D.C., 20 de septiembre de 2024 Señor (a) (es)
JAIRO CASTRO GUAYACAN.
SANDRA PILAR CASTRO BORDA.
STELLA CASTRO GUAYACAN.
JAIRO AFREDO CASTRO.
ANDERSO MENDEZ SUABITA ASUNTO: NOTIFICACION POR AVISO EN PAG WEB (terceros sin dirección)
AA-161-2023 M.I. 50S636384
Respetada señores: Revisada la documentación que reposa en este despacho, se observa que al desconocer dirección de notificación, ustedes fueron citados por emplazamiento fijado el 09 de septiembre de 2024 y desfijado el 16 de septiembre del 2024, para comunicación del AUTO de fecha 30 de mayo de 2024, expedida por esta ORIP, sin que hasta la fecha haya comparecido.
En consecuencia se procede a surtir la notificación por AVISO, de conformidad con el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo aplicable para el caso, acompañando para el efecto, copia íntegra del acto administrativo mencionado, contra el cual NO proceden recursos en sede gubernativa, ante esta oficina o para ante la Subdirección de apoyo jurídico registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, Cordialmente;
JHON ALEJANDRO MARTINEZ E.
Coordinador Grupo Jurídico Registral Oficina de Registro Zona Sur — Bogotá D.C.
Anexos: 05 folios
Transcriptor: Marta Contreras Guevara
Copla: Área de Actuaciones Administrativas
Página | 3 Oficina de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22
Dirección: Calle 45 A Sur No. 52C-71 Versión: 05
Email: ofiregisbogotasur(Osupernotariado.gov.co " Fecha: 02 — 07 - 2024
Bogotá D.C., Colombia PÁGINA 1 DE 5 DEL AUTO POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AA-161-2023
SUPERINTENDENCIA o OC IEGATR e AUTO DEL 3 q MAY 2024
Por el cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a establecer la real y verdadera situación jurídica del folio de Matricula Inmobiliaria 505-636384
EXPEDIENTE AA-161-2023
LA REGISTRADORA PRINCIPAL (E) DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ ZONA SUR En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 2723 de 2014, la Ley 1579 de 2012, la Ley 1437 de 2011 del CPACA, y de la Instrucción Administrativa 11 de 30 de julio de 2015, CONSIDERANDO ANTECEDENTES El señor JUAN SEBASTIAN CASTRO MIRQUE radicó un: derecho de petición, solicitando que el folio de matrícula inmobiliaria 50S-636384 quede en custodia y que no se permita la inscripción de nuevos actos sobre el mismo, hasta tanto la - Fiscalía General de la Nación, con apoyo de los Juzgados 21 y 16 Civil del Circuito
de Bogotá, establezcan la real y verdadera situación jurídica de este folio, en lo pertinente a los siguientes actos jurídicos: a) Anotación 17, correspondiente a la cancelación de providencia judicial. b) Anotación 18, correspondiente a la cancelación de embargo por orden judicial. c) Anotación 19, correspondiente a adjudicación en remate. Igualmente manifiesta el ciudadano que “coadyuva” en la solicitud realizada por el Juzgado 21 Civil del Circuito de Bogotá, D.C., para que se haga entrega de la documentación que fuese entregada para las anotaciones 17 y 19 del ya citado folio de matrícula. Por último, solicita que se haga entrega de la documentación que fuese allegada para la inscripción de la anotación No. 18. De las pruebas aportadas se destaca el Auto del 22 de agosto de 2023, en el que el Juzgado 21 Civil del circuito de Bogotá, afirma no haber ordenado ni proferido decisión alguna respecto del folio de matrícula citado. Oficina de Registro e Instrumentos Públicos - Zona Sur Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
Dirección: Calle 45 A Sur No, 52C-71 Versión: 0 4
Email: ofiregisbogotasur)supemotariado.gov.co Fecha: 30 — 04 - 2024
Bagotá D,C., Colombia PÁGINA 2 DE 5 DEL AUTO POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AA-161-2023
SPEND NOGTISATRRIOA DC ¡gurrdade ho lo publica
CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE REGISTRO Verificado el historial traditicio del folio de matrícula inmobiliaria 505S-636384, encontramos que se trata de un predio ubicado en la Carrera 25 número 18 A cuarenta y uno Sur, se trata de un Lote de terreno marcado con el N. 22 de la Manzana 20S-25 ubicado en el barrio de Las Cruces, que hace parte de la Urbanización Carlos E. Restrepo. Lote o solar que tiene un área de 140.63 décimas de vara cuadrada alinderando particularmente asi: por el Norte: en extensión de 6 metros con el lote N. 23 de la Manzana 20S-25, por el Sur: extensión de 6 metros. con la carrera 25 del plano Y de la ciudad, por el Oriente: en extensión de 15 metros, con la Calle 19 Sur del plano Y de la ciudad, y por el Occidente: en extensión de 15 metros con el lote No.21 de la misma manzana 20S-25.- Tiene 19 anotaciones. Para el asunto que nos interesa, estudiaremos:el folio a partir de la número 15, que registra la adjudicación en sucesión de JAÍRO CASTRO RODRIGUEZ
(Q.E.P.D.):
De: Jairo Castro Rodríguez. A: Stella Castro Guayacán, Adjudicación en proceso de Sucesión, | Jairo Castro Guayacán, Anotación 15 | sentencia proferida por el Juzgado 30 de | Jairo Alfredo Castro Junca, Familia del Circuito de Bogotá, D.C. Juan Sebastián Castro Mirque, Sandra Pilar Castro Borda. De: : Stella . Castro
Demanda en Proceso Divisorio Juzgado | Guayacán, Jairo Alfredo Anotación 16 21 Civil del Circuito de Bogotá, D.C., Castro Junca, Juan Radicado 2019-651 Sebastián Castro Mirque, Sandra Pilar Castro Borda. A: Jairo Castro Guayacán. Anotación 17 | Cancelación Providencia Judicial | De: Stella Guayacán Demanda Divisorio 2019-651. Juzgado 21 | Castro, Juan Sebastián Civil del Circuito de Bogotá, D.C. | Castro Mirque, Sandra Castro Borda. A: Jairo castro Guayacán. Anotación 18 Cancelación ' de embargo: por” Orden | De: BANCO POPULAR Judicial, (P.1990-09678-1) Juzgado 16| A: MATILDE CARDENAS > | Civil del Circuito de Bogotá, D.C. MORENO y otros. Anotación 19 | Adjudicación en Remate. Juzgado 21 | A: ANDERSSON MENDEZ Civil del Circuito de Bogotá, D.C. SUABITA "Oficlna de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur - Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
Dirección: Calle 45 A Sur No. 520-71 Versión: 04
Email: ofiregisbogotasurfsupernotariado.gov.co Fecha: 30 — 04 - 2024
Bogotá D.C., Colombia PÁGINA 3 DE 5 DEL AUTO POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AA-161-2023
EEN SDEU PENROINTTAERNDIEANDCICA ee 2 REGISTRO
E ta guardo dela la pública Ahora bien, como quiera que el señor JUAN SEBASTIAN CASTRO MIRQUE, hace manifestaciones sobre la legalidad de los documentos que fueron registrados en las anotaciones 17 turno 2023-29129, 18 turno 2023-31718 y 19 turno 202332614, esta Oficina de Registro solicitará la certificación correspondiente a obtener de los generadores de dichos documentos la certeza de su legalidad, y si se llegare a demostrar que alguno carece de ella, se deberá proceder a dejar sin validez dicha anotación. Téngase en cuenta, que el usuario adjunta un folio en el que la F. G.'N. informa al señor JUAN CASTRO el número de una solicitud, radicada quedo con el número 2023082300977, envido desde el correo bpm.desarrolloWfiscalia.gov.co., no obstante, el usuario deberá aportar al expediente nota actualizada de la denuncia. Con fundamento en el artículo 62 de la Ley 1579 de 2012, y luego de tener la convicción jurídica de la legalidad o la carencia de ella, de los documento denunciados por el usuario JUAN SEBASTIAN CASTRO MIRQUE, se procederá conforme a derecho corresponda. Por otro lado, el artículo 59 de la Ley 1579 de 20121, establece el procedimiento para corregir los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, los cuales sólo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en la primera parte
del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se acudirá a dicho trámite procesal a fin de dar claridad al“asunto que nos ocupa. Por las anteriores consideraciones, la suscrita Registradora Principal (E); RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Iniciar Actuación Administrativa AA-161 -2023, tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del folio de Matricula Inmobiliaria 508-636384, por las razones expuestas en la parte motiva del presente Auto. Ley 1579 de 2012 Artículo 59 ... Los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, sólo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo can -los procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo, o de la norma que lo adiciones o modifique y en esta ley... Toda corrección que se efectúe en el folio de matrícula inmobiliaria, se debe dejar la correspondiente salvedad haciendo referencia a la anotación corregida, el tipo de corrección que se efectuó, el acto administrativo por el cual se ordenó, en el caso en que ésta haya sido producto de actuación administrativa. Oficina de Registro e Instrumentos. Públicos - Zona Sur Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
Dirección: Calle 45 A Sur No. 520-71 Versión: 04
Email: ofiregisbogotasur(Wsupemotariado.gov.co :
Bogotá D.C., Colombia Fecha: 30 — 04 - 2024
PÁGINA 4 DE 5 DEL AUTO POR EL. CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AA-161-2023
ES TEN », DENOTARADO
AO A E REGISTRO...
(87 > Confórmese el expediente respectivo, conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011..
ARTÍCULO SEGUNDO: Durante la Actuación Administrativa y hasta antes de que se profiera decisión de fondo, se podrán aportar, pedir, practicar, de oficio o a petición del interesado, las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos, sin requisitos especiales.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar y enviar copia del presente Auto a los señores: - JUAN SEBASTIAN CASTRO MIRQUE solicitándole que aporte una. copia actualizada de la denuricia, y de ser posible, una constancia del estado de la misma, al correo sebastian _1946(Mhotmail.com,
% A ANDERSSON MENDEZ SUABITA, en la CARRERA 25 No. 18 A 41 SUR de esta ciudad.
- A JAIRO CASTRO GUAYACAN, SANDRA PILAR CASTRO BORDA,
STELLA CASTRO GUAYACAN y JAIRO ALFREDO CASTRO JUNCA en
- la CARRERA 25 No. 18 A 41 SUR de esta ciudad.
ARTÍCULO CUARTO: Bloquear el folio de Matricula Inmobiliaria 505-636384, hasta tanto se decida de fondo el asunto.
ARTÍCULO QUINTO: Solicitar por Secretaría la certificación de los documentos
denunciados como falaces:
- JUZGADO 21 CIVIL del CIRCUITO de BOGOTÁ, D.C., al correo ccto2 1btfA2cendoj.ramajudicial.gov.co. Oficio No. 1842 del 25 de mayo de
2023, radicado 2019-651, en el que ordena una venta; y sentencia del 10 de mayo de 2023, dentro del radicado 2019-651. Ns - JUZGADO 16 CIVIL DEL CIRCUTO de BOGOTÁ, D.C., al correo ccto16btfcendoj.ramajudicial.gov.co. Oficio No. 2836 del 30 de noviembre de 1.999, radicado 1990-9678, donde se ordena un levantamiento de medida cautelar. OficIna de Registro e Instrumentos Públicos -- Zona Sur , Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23 rr
- Dirección: Calle 45 A Sur No..52C-71
Email: ofiregisbogotasursupernotarlagodvo.c.o FechaV :e r 3s 0i ó —n : 0 40 -4 2024
Bogotá D.C., Colomba PÁGINA 5 DE 5 DEL AUTO POR EL CUAL SE INICIA UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AA-161-2023
ARTÍCULO SEXTO: Publicar el presente Auto de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011 en la página web de la Superintendencia de Notariado y
Registro.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Contra el presente Auto no proceden los recursos en sede gubernativa.
ARTÍCULO OCTAVO: El presente Auto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los 30 MAY 2024 Oficina de Reg Ístro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur
Revisó; Jhon Alejandro Martinez Espinosa — Coordinador Grupo Gestión jurídica Registral Proyectó: William Silva Ortiz-Profesional Universitario Oficina de Registro e Instrumentos Públicos — Zona Sur . Código: WiP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
Dirección: Calle 45 A Sur No, 52C-71 Versión: 04
Email: ofiregisbogotasurisupemotaniado.gov.co "
Bogotá D.C., Cofombia Fecha: 30 — 04 - 2024