SNR - Auto 122-2024061390102
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 122-2024061390102
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
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AUTO DE APERTURA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA EXPEDIENTE N 300-A.A.2024-55 2 7 MAY 2074
AUTO NO 00 1 25 del — Por el cual se inicia la actuación administrativa N 300-A.A.2024-55 EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 1437 de 2011 y Ley 1579 de 2012, decide dar apertura al trámite de la Actuación Administrativa Expediente N 300-A.A.2024-55. CONSIDERANDO Que, JORGE TARAZONA CAMACHO, identificado con la C.C. N 91.266.517, solicita con Turno de Corrección 2024-300-3-902 del 06-05-2024, se modifique el Folio de Matrícula Inmobiliaria N” 300-36834 anotación N 14, toda vez que al inscribir la Escritura Pública N 3170 del 01-12-2015 de la Notaria Primera del Circulo de Bucaramanga, con el turno de radicación 2015-300-6-45828 del 03-122015, Contentiva de Compraventa Derechos de Cuota, sobre el 50% del Derecho Real de Dominio, De JUAN GERARDO TARAZONA CAMACHO, identificado con la C.C. N 91.286.691, a favor de JORGE TARAZONA CAMACHO, identificado con la
C.C. N 91.266.517, se indico como comprador a JORGE TARAZONA BARAJAS, identificado con la C.C. N 2.027.675. El artículo 49 de la ley 1579 de 2012 dispone, que la Matrícula Inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado jurídico del respectivo bien y de los hechos expuestos, esta Oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente actuación administrativa (art. 34 C.P.A.C.A), para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, así como la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares. En virtud de lo expuesto este Despacho, Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO -02-FR-03 de Bucaramanga - Santander Versión: 04 Carrera 20 No. 34-01 ! Fecha: 30 — 04 - 2024
EF-mail: ofirregisbucaramangaQsupernotariado.gov.co Página 1 de 3 r SUPERINTENDENCIA
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AUTO APERTURA EXPEDIENTE N 300-A.A.2024-55
DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa con el fin de determinar la real situación jurídica del inmueble con Matrícula Inmobiliaria N 300-36834.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el contenido del presente auto a:
Y JUAN GERARDO TARAZONA CAMACHO identificado con la C.C. N
91.286.691. Y JORGE TARAZONA CAMACHO identificado con la C.C. N 91.266.517. Y JORGE TARAZONA BARAJAS, identificado con la C.C. N 2.027.675. Y a los TERCEROS INDETERMINADOS que puedan estar interesados o resultar afectados con la decisión de la actuación, de conformidad con los artículos 65 y s.s. de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, siendo este el medio masivo de comunicación para los Autos de Inicio de las Actuaciones Administrativas, de conformidad al oficio del Coordinador del Grupo de Comunicaciones de dicha entidad, de fecha 14-08-2019, con radicado N
SNR2019EE049812.
ARTÍCULO CUARTO: BLOQUEAR el Folio de Matrícula Inmobiliaria N 30036834, con el fin de no expedir Certificados o dar trámite al proceso registral de documentos, mientras no quede en ftrme la decisión que dé término a la presente actuación ARTÍCULO QUINTO: FORMAR el expediente correspondiente debidamente foliado, según lo establece el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente Auto no procede recurso.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Esta providencia rige a partir de su expedición.
Cficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO -02-FR-03 de Bucaramanga - Santander Versión: 04 Carrera 20 No. 34-01 Fecha: 30 — 04 - 2024
E-mail: ofiregisbucaramangaGsupernotariado.gov.co Página 2 de 3
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AUTO APERTURA EXPEDIENTE N 300-A.A.2024-55
Una vez cumplido lo ordenado, esta Oficina producirá la decisión correspondiente.
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE. 2 2 MAY 2094
Dado en Bucaramanga, el
Crl EDCAR CULLERMO RODRIGUEZ BORRAY
Firmado Registrador Frincipal
EDGAR GUILLERMO RODRIGUEZ BORRAY
Registrador Principal de I. P. de Bucaramanga
Aprobó: Dr. Edgar Guillermo Rodriguez B.
Provectó y elaboró: Dra. Elsa Romero R.
Reviso: Dra Susana Awad.
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -03 de Bucaramanga - Santander Versión: 04 Carrera 20 No. 34-01 Fecha: 30 — D4 - 2024
E-mail: ofiregisbucaramanga(Esupernotariado.gov.co Página 3 de 3