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SNR - Auto 122-20240614105620

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 122-20240614105620
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

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AUTO DE APERTURA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

EXPEDIENTE N 300-A.A.2024-60

AUTO NO 00 1 35 del — 3 0MAY 2024

Por el cual se inicia la actuación administrativa N 300-A.A.2024-60 EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 1437 de 2011 y Ley 1579 de 2012, decide dar apertura al trámite de la Actuación Administrativa Expediente N” 300-A.A.2024-60. CONSIDERANDO Que, JOSÉ OLIVARDO LAGOS TRIANA, identificado con la C.C. N 93.235.226, solicita con Turno de Corrección 2024-300-3-931 del 09-05-2024, se modifique el Folio de Matrícula Inmobiliaria N 300-432331 anotación N 11, toda vez que al inscribir la Escritura Pública N 7217 del 14-10-2023 de la Notaria Sesenta y Ocho (68) del Círculo de Bogotá D.C., Contentiva de Disolución y Liquidación de Sociedad Conyugal, sobre el 100% del Derecho Real de Dominio del inmueble en referencia, De YARLY SARAYEN GUARIN BAUTISTA y JOSÉ OLIVARDO LAGOS TRIANA a favor de este ultimo, en virtud de la renuncia de los gananciales de YARLY SARAYEN GUARIN BAUTISTA, respecto del 100% del derecho de dominio, en

razón a que aparece inscrito el 100% a favor de YARLY SARAYEN GUARIN BAUTISTA. lo cual no corresponde con lo indicado en el instrumento en comento, ya que dicho inmueble se le debe adjudicar es a JOSE OLIVARDO LAGOS TRIANA. El artículo 49 de la ley 1579 de 2012 dispone, que la Matrícula Inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado jurídico del respectivo bien y de los hechos expuestos, esta Oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente actuación administrativa (art. 34 C.P.A.C.A.), para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, así como la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -03 de Bucaramanga - Santander Versión: 04 Carrera 20 No. 34-01 Fecha: 30 — 04 - 2024

E-mail: ofiregisbucaramanga Esupernotariado.gov.co Página 1 de 3

S. SDUEP ENROINTTAERNDIEANCDIOA E 4 REGISTRO 10 gwade lra Fe dpúbalica AUTO APERTURA EXPEDIENTE N 300-A.A.2024-60 que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares.

En virtud de lo expuesto este Despacho, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa con el fin de determinar la real situación jurídica del inmueble con Matrícula Inmobiliaria N 300-432331.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el contenido del presente auto a: Y JOSÉ OLIVARDO LAGOS TRIANA, identificado con la C.C. N 93.235.226.

Y YARLY SARAYEN GUARIN BAUTISTA identificada con la C.C. N 1.005.324.367 Y a los TERCEROS INDETERMINADOS que puedan estar interesados o resultar afectados con la decisión de la actuación, de conformidad con los artículos 65 y s.s. de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, siendo este el medio masivo de comunicación para los Autos de Inicio de las Actuaciones Administrativas, de conformidad al oficio del Coordinador del Grupo de Comunicaciones de dicha entidad, de fecha 14-08-2019, con radicado N SNR2019EE049812. .ARTÍCULO CUARTO: BLOQUEAR el Folio de Matricula Inmobiliaria N 300432331, con el fin de no expedir Certificados o dar trámite al proceso registral de documentos, mientras no quede en firme la decisión que dé término a la presente actuación ARTÍCULO QUINTO: FORMAR el expediente correspondiente debidamente foliado, según lo establece el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente Auto no procede recurso.

Oficina de Registro de instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO -02 - FR -03 de Bucaramanga - Santander Versión: 04 Carrera 20 No. 34-01 Fecha: 30 -- 04 - 2024

E-mail: ofiregisbucaramangaGsupernotariado.gov.co Página 2 de 3

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AUTO APERTURA EXPEDIENTE N 300-A.A.2024-60

ARTÍCULO SÉPTIMO: Esta providencia rige a partir de su expedición.

Una vez cumplido lo ordenado, esta Oficina producirá la decisión correspondiente.

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE. 3 O MAY 2024

Dado en Bucaramanga, el ( Criinal) EDCAR GURLERNO RODRIGUEZ BORRAY” Firmado / Regis trador PriO nc_ i pal EDGAR GUILLERMO RODRIGUEZ BORRAY Registrador Principal de |. P. de Bucaramanga

Aprobó: Dr. Edgar Guillermo Rodríguez B.

Proyectó y elaboró: Dra. Elsa Romero R.

Revisó: Dra Susana Awad.

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEAPO - 02 - FR -03 de Bucaramanga - Santander Versión: 04 Carrera 20 No. 34-01 recha: 30 — 04 - 20246

E-mail: ofiregisbucaramanga(Q supernotariado.gov.co Página 3 de 3

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