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SNR - Auto 122-20240726111012

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 122-20240726111012
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

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AUTO DE APERTURA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA EXPEDIENTE N? 300-A.A.2024-73 2 5 JUN 2024

AUTO NÚ 90 ) 92 del Por el cual se inicia la actuación administrativa N 300-A.A.2024-73 EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 1437 de 2011 y E xpLe ey d ie1 n5 t7 e9 Nd e 3020 01 -2 A, . A.d 2e 0c 2i 4d -e 73.da r apertura al trámite de la Actuación Administrativa CONSIDERANDO Que, JUAN MANUEL ORTIZ GUTIERREZ, identificado con la C.C. N 91.266.318 solicita con Turno de Corrección 2024-300-3-1087 el 04-06-2024, se modifique el Folio de Matrícula Inmobiliaria N 300-25396, anotación N 15, contentiva de la Escritura Pública N” 5160 del 21-12-2001 de la Notaria Tercera del Círculo de Bucaramanga, inscrita con Turno de Radicación 2006-300-6-31133 del 25-07-2006, respecto de la Ajudicación en Sucesión De ORTIZ MENDEZ JULIO HENRIQUE, toda vez que se omitio como

adjudicatario a sobre el 10% del derecho real de dominio a ORTIZ GUTIERREZ JUAN MANUEL, con la C.C. N 91.266.318. La adjudicataria BERTHA SOFIA ORTIZ GUTIERREZ, se encuenra registrada dos veces con cedulas diferentes, (N” 63.305.436 y 91.266.318), siendo la correcta según el instrumento en comento, N 63.305.436. El artículo 49 de la ley 1579 de 2012 dispone, que la Matrícula Inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado jurídico del respectivo bien y de los hechos expuestos, esta Oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente actuación administrativa (art 34 CP.A.C.A.), para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, así como la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares. En virtud de lo expuesto este Despacho ARTÍCULO PRIMERO: iniciar actuación administrativa con el fin de determinar la real situación jurídica del inmueble con Matrícula Inmobiliaria N 300-25396. A Oficina de Registro de instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - LN 02 - FR - 03 de Bucaramanga - Santander Carrera 20 No. 34-01 Versión: 04

E-mail: ofiregisbucaramanga(O)supernotariado.gov.co Fecha: 30 — 04 - 2024

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AUTO APERTURA EXPEDIENTE N? 300-A.A.2024-73

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el contenido del presente auto a!

ORTIZ GUTIERREZ LUIS MIGUEL, identificado con la C.C. N? 91.212.045. ORTIZ GUTIERREZ MARÍA VICTORIA, identificada con la C.C. N 37.823.615. B ORTIZ GUTIERREZ BERTHA SOFIA, identificada con la C.C. N 63.305.436. S ORTIZ GUTIERREZ JULIO CESAR, identificado con la C.C. N 13.833.214. S ORTIZ GUTIERREZ JUAN MANUEL, identificado con la C.C. N? 91.266.318. QX VALDERRAMA DE ORTIZ BEATRIZ, identificado con la C.C. N? 28.128.808. Y a los TERCEROS INDETERMINADOS que puedan estar interesados O resultar afectados con la decisión de la actuación, de conformidad con los artículos 65 y s.s. de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase del el a Nom te ad ri ia an dt oe y pu Rb el gii sc ta rc oi ,ó n wwd we . sue ps eta r nop tr ao rv ii ad de on .ci qa o v.e cn o, la dep á cgi on na f orW me ib d add e cola n S lu o pe er sti an bt le en cd ie dn oc i ea n el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, siendo este el medio masivo de comunicación para

los Autos de Inicio de las Actuaciones Administrativas, de conformidad al oficio del Coordinador del Grupo de Comunicaciones de dicha entidad, de fecha 14-08-2019, con radicado N” SNR2019EE049812.

ARTÍCULO CUARTO: BLOQUEAR el Folio de Matricula Inmobiliaria N” 300-25396, con el fin de no expedir Certificados o dar trámite al proceso registral de documentos, mientras no quede en firme la decisión que dé término a la presente actuación ARTÍCULO QUINTO: FORMAR el expediente correspondiente debidamente foliado, según lo establece el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente Áuto no procede recurso.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Esta providencia rige a partir de su expedición.

Una vez cumplido lo ordenado, esta Oficina producirá la decisión correspondiente.

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLA SSE.

U N Oficina de Registro de instrumentos Públicos Código: MP - C VeN rE siA ó n:- P 0O 4 - O2 - FR - 03 de Bucaramanga - Santander Fecha: 30 — 04 - 2024 Carrera 20 No. 34-01

E-mail: ofiregisbucaramanga(Osupernotariado.gov.co Página 2 de 3

FUPERINTENDENCIA

DE NOTARIADO 4 REGISTRO Ea peer ele ha le púlblco AUTO APERTURA EXPEDIENTE Ne 300-A.A.2024-73 2 5 JUN 2024

Dado en Bucaramanga, el Zu...

( Prada) EDGAR GUILLERMO RODRIGUEZ BORRA

Registrador Principal EDGAR GUILLERMO RODRIGUEZ BORRAY Registrador Principal de |. P. de Bucaramanga

Aprobá: Dr. Edgar Guillermo Rodriguez B.

Proyectó y elaboró: Dra. Elsa Romero R.

Revisó: Dra Susana Awad.

Oficina d de e R Be ug ci ast rr ao m ad ne g aI ns - tr Su am ne tn at no ds e r Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03 Carrera 20 No. 34-01 Versión: 04

E-mail: ofiregisbucaramanga(Osupernotariado.gov.co Fecha: 30 — (4 - 2024

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