SNR - Auto 122-2024080281838
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 122-2024080281838
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
ENSY de Superintendencia de Notariado y Registro
AUTO DE APERTURA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA EXPEDIENTE N 300-A.A.2024-77 08 JuL 2024
AUTON 00 165 del + E Por el cual se inicia la actuación administrativa N? 300-A.A.2024-77 EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 1437 de 2011 y Ley 1579 de 2012, decide dar apertura al trámite de la Actuación Administrativa Expediente N 300-A.A.2024-77. CONSIDERANDO Que, SANDRA LUCIA SALEH LOPEZ, identificada con la C.C. N 52.118.970, solicita con Turno de Corrección 2024-300-3-1113 del 06-06-2024, modificar la anotación 24 del Folio de Matrícula Inmobiliaria N 300-39558, incluyendo en su comentario que operó el Artículo 1875 del Código Civil, respecto a la anotación 7. Lo anterior, por cuanto de acuerdo con lo establecido en la norma citada, se debe tener como titular del dominio del 100% del predio en mención, desde el 12 de abril 2010 fecha en que se realizó la anotación número 2, registrada con la Escritura Pública N 716 del 0704-2010 de la notaria Novena del Círculo de Bucaramanga, mediante la cual OLGA ROBLES DE CARREÑO mae transfirió el 100% del derecho real de dominio de dicho predio,
quien a su vez adquirió la titularidad del 100% conforme a la anotación N 7 del 28-06-1983, (al 50% en falsa tradición). Que al inscribirse la adjudicación de la sucesión de Elie Maseri M. por el 50% del inmueble en favor de María Claudina Maseri de Gómez, (citada como título antecedente de la venta de la anotación N 7), entendiéndose que opera el Artículo 1875 del C.C.C. para esa trasferencia de María Claudina Maseri de Gómez a Olga Robles de Carreño. Lo anterior y con la norma legal invocada al realizar la anotación N” 24, sobre la venta y transferencia del dominio del 100% a favor de Olga Robles de Carreño, se surta efectos en todas las tradiciones posteriores a la anotación N 7, incluida la N 21, en la que adquirí el 100% del derecho real de dominio, El artículo 49 de la ley 1579 de 2012 dispone, que la Matrícula Inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado jurídico del respectivo bien y de los hechos expuestos, esta Oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente actuación administrativa (art. 34 C.P.A.C.A.), para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, asf como la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente Página | 1 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08 de BucaramangaDepartamento Santander Versión: 05
Dirección: Carrera 20 N 34-01 ofiregisbucaramanga(Osupernotariado.gov.co
Fecha: 02 07 - 2024
Superintendencia de Notariado y Registro AUTO APERTURA EXPEDIENTE N 300-A.A.2024-77 identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares. En virtud de lo expuesto este Despacho, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa con el fin de determinar la real situación jurídica del inmueble con Matrícula Inmobiliaria N? 300-39558.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el contenido del presente auto a: - SANDRA LUCIA SALEH LOPEZ, identificada con la C.C. N 52.118.970, S OLGA ROBLES DE CARREÑO, identificada con la C.C. N 37.827.597.
O ELIECER CARREÑO, identificado con la C.C. N” 13-815.710. S MASERI M. ELIE O ELIE JACQUES MASERI, identificada con la C.C. N 2.927.118. Y MARLON ELIECER CARREÑO ROBLES, identificado con la C.C. N 13.511.151.
Y MASSIERE DE GOMEZ MARIA CLAUDINA O MASSERI D'ANDREIS MARIA CLUDIA O MASERI DE GOMEZ MARIA CLAUDINA, identificada con la C.C. N
22.385.159.
Y AL REPRESENTANTE LEGAL DE FENALCO LIMITADA SIGLA: VIFENALCO LTDA identificada con el NIT. N 890206243-8.
Y alos TERCEROS INDETERMINADOS que puedan estar interesados o resultar afectados
con la decisión de la actuación, de conformidad con los artículos 65 y s.s. de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, siendo este el medio masivo de comunicación para los Autos de Inicio de las Actuaciones Administrativas, de conformidad al oficio del Coordinador del Grupo de Comunicaciones de dicha entidad, de fecha 14-08-2019, con
radicado N” SNR2019EE049812.
ARTÍCULO CUARTO: BLOQUEAR el Folio de Matricula Inmobiliaria N? 300-39558, con el fin de no expedir Certificados o dar trámite al proceso registral de documentos, mientras no quede en firme la decisión que dé término a la presente actuación.
ARTÍCULO QUINTO: FORMAR el expediente correspondiente debidamente foliado, según lo establece el artículo 386 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente Auto no procede recurso.
Página | 2 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - ER - 08 de BucaramangaDepartamento Santander Versión: 08 ofiregisbDi ur ce ac rc aió mn a: n gC aa dr sr ue pr ea rn2 o0 t aN r” ia3 d4 o-0 .1 g ov.co Fecha: 02 - 07 - 2024 Superintendencia de
Notariado y Registro
AUTO APERTURA EXPEDIENTE N 300-A.A.2024-77
ARTÍCULO SÉPTIMO: Esta providencia rige a partir de su expedición.
Una vez cumplido lo ordenado, esta Oficina producirá la decisión correspondiente.
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE. 08 juL 2024
Dado en Bucaramanga, el
(Orina) EDGAR GUILERNO RODRIGUEZ BORRAY
Firmasio Registrador Principal
EDGAR GUILLERMO RODRIGUEZ BORRAY
Registrador Principal de J. P. de Bucaramanga
Aprobó: Dr. Edgar Guillermo Rodríguez B.
Proyectó y elaboró: Dra, Elsa Romero R.
Revisó: Dra. Susana A.
Página | 3 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08 de BucaramangaDepartamento Santander Versión: 05
Dirección: Carrera 20 N 34-01 ofiregisbucaramanga(Osupernotariado.gov.co Fecha: 02 —07 - 2024