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SNR - Auto 127-20240902150137

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 127-20240902150137
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

COLOMBIA

POTENCIA DE LA

SUPERINTENDENCIA

VIDA DE NOTARIADO

& REGISTRO

Laguardadelafepública

AUTO 01

Del catorce (14) de mayo del año dos mil veinticuatro (2024)

POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA 440-AA-2024-02

La Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Mocoa Putumayo, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1437 de 2011, Ley 1579 de 2012, y DISPONE PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa tendiente a reflejar la real situación del bien inmueble identificados con el folio de matrícula inmobiliaria número 440-8174 conforme a lo expuesto en la parte motiva de este proveído téngase como pruebas las obrantes en los antecedentes regístrales de este folio de matrícula, los obrantes en el folio de matrícula segregados 440-48644 y 440-5316 anotación 3.

SEGUNDO: Notificar personalmente del contenido del presente auto al señor ENRIQUEZ VALLEJO FIDEL TOBIAS - CC 5301689, DIAZ CEBALLOS DIANA CATALINA, identificada con la C.C.No. 1127074631 y al señor MIGUELANTONIO AGREDA VALLEJO identificado con la C.C. No. 18.100.124, email mavalle49@.hotmail.com quien puede estar directamente interesado o resultar afectado con la decisión para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos.

TERCERO: Si no fuere posible la notificación personal de los terceros súrtase ella mediante publicación de esta providencia de conformidad con lo previsto en el art.37, 38 de la Ley 1437 de

2011; para lo que se publicara esta providencia en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro y en un medio masivo de comunicación en el territorio de conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011, con cargo a los peticionarios según información tomada del respectivo folio de matrícula.

CUARTO: Comunicar el contenido de este Auto al Cajero con el fin de que toda solicitud de expedición de certificados, inscripción de documentos o cualquier otra petición sean enviados a la Registradora para evitar que esta oficina tome decisiones contrarias.

QUINTO: Formar el respectivo expediente debidamente foliado de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del C RA y C.A. y allegar copia de los antecedentes regístrales que obran en la carpeta de este folio de matrícula.

SEXTO: Bloquear preventivamente la matrícula inmobiliaria No. 440-8174 con el fin de evitar que se expidan certificados de libertad y tradición, hasta tanto se decida sobre su situación jurídica.

(Circular 139 de 2010) SEPTIMO: Este auto rige a partir de la fecha de su expedición y contra él no procede recurso alguno. (Art 75 del C.P.A. y C. A) Dado en Mocoa, a los catorce (14) días del mes de mayo del dos mil veinticuatro (2024)

NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

MARIA ESTHER BERNAL ERAZO Registradora Principal Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07

Dirección: Cra 6N° 724 Barrio Centro Versión:03

Mocoa Putumayo Fech: . ' -06-2023

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