SNR - Auto 135-20240717140957
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 135-20240717140957
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
Superintendencia de Notariado y Registro E— . Oficio N”. ORIPCAR-541 Cartago Valle del Cauca, 16 de julio de 2024
Expediente: AAC2024-173
Ref.: Publicación y/o notificación de terceros determinados e indeterminados de Resolución que resuelve
una Actuación Administrativa. En aplicación del artículo 73 y de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, se considerará surtida la notificación al finalizar el día siguiente al retiro del aviso y de la presente publicación, de una decisión que resuelve una actuación acdministrativa mediante Resolución N. 010 del 16 de julio de 2024, expedida por el Registrador (e) Seccional de Instrumentos Públicos de Cartago Valle del Cauca. Se dispuso lo siguiente: DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Corregir las anotaciones 22, 10, 11, 6, 7 y 5 respectivamente de los Folios de Matrícula Inmobiliaria 375-11394, 375-33311, 375-16740, 375-54291, 375-64292 y 375-64293, contentivo del oficio 018 del 25-01-2023 del juzgado 1 civil del circuito de Cartago, bajo el turno de calificación 20231157, con el código de calificación 0856 Cancelación por Orden Judicial para registrar la cancelación de la compraventa realizada mediante escritura 150 del 28-04-2001 otorgada en la notaria de Obando por haberse probado la simulación, como fue ordenado inicialmente por el juzgado 1 civil del circuito de Cartago mediante el citado Oficio. Hacer las correspondientes salvedades con base en el artículo 59 de la
Ley 1579 de 2012, ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar personalmente la presente resolución a los interesados: - dJuzgado Primero GCivil del Circuito Cartago. Correomailto:albeiromaigarat?gmail.com j01eccartago(Ecendo).ramajudicial.gov.co
- Luz Noren Velez Cadena. Celular
- Luz Stella Velez Cardona. Celular 3146450122
ARTÍCULO TERCERO, Para notificar a terceros indeterminados, se divulgará la presente resolución en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro www.supernotariado.gov.co y por medio de aviso, de acuerdo al artículo 69 de la Ley 1437 de 2011. Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Registrador Seccional de Instrumentos Públicos de Cartago y/o el de Apelación ante la Dirección de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro, que deberán interronerse por escrito en la diligencia de notificación personal o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso o al vencimiento del término de publicación, según el caso, (Artículo 76 Ibidem). ARTÍCULO CUARTO.Enviese copia de esta resolucion a la carpeta de los iunmuebles indicados con las Matrículas Inmobiliarias 375-11394, 375-33311, 375-16740, 375-64291, 375-64292 y 375-64293, ARTÍCULO QUINTO. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Notifíquese, publiese y cúmplase. Dada en Cartago al día dieciseis (16Yd -¡Á es de julio de Dos Mil Veinticuatro (2024).
Respetuosamente, ' ÁA Registradora (e) Seccional de Instrumentos Públicos de Cartago Superintendencia de Notariado y Regístro Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Email: ofiregiscartago(Osupernotariado.gov.co Calle 9 No. 6-50 Cartago (Valle) - Colombia http:/Awww.supemotariado.gov.co