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SNR - Auto 138-20240426143149

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 138-20240426143149
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

COLOMBIA

<. POTENCIA DE LA

;uusº¿a&warxs& (< VIDA 8: REGISTRO La guade rla dle paúbli ca

AUTO No.04

10/01/2024

EXPEDIENTE: 3702024AA-05

Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del predio inscrito en el folio de matrícula inmobiliaria 4. 370-201134. El Registrador de Instrumentos Públicos de Cali, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el Art. 49 de la Ley 1579 de 2012 y Titulo III Capítulo | de la Ley 1437 de 2011.

CONSIDERANDO QUE,

1. El derecho registral se encarga de regular la inscripción de los actos de constitución, declaración, aclaración, adjudicación, modificación, traslación, etc., del dominio u otro derecho real sobre bienes inmuebles (Artículo 2%, Ley 1579 de 2012). Según los principios que sirven de base al sistema de registro, la publicidad del título debe ser concordante con la realidad jurídica del predio, dando cumplimiento al principio de legalidad.

2. El artículo 59 del mismo estatuto, establece el procedimiento para corregir los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o inscripción del registro.

3. El Artículo 49 Ley 1579 de 2012 ordena: "El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ordenación, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien.

3. Mediante solicitud de corrección presentada por el señor el señor RENATO ARCINIEGAS - APODERADO DEL BANCO DE OCCIDENTE, a la cual le correspondió el radicado No.C2023-7746 del 29 de junio de 2023, con la cual con la que solicita: 1- “Realizar la corrección de la anotación No. 18 del folio de matrícula inmobiliaria No.370201134, ya que el acto realizado fue actualización de linderos y no de nomenclatura, para que se sirvan realizar la correspondiente actualización en la parte complementaria del folio 2En el folio de matrícula se observa que registraron actualización de nomenclatura, mas no quedo la actualización de linderos solicitada en la Escritura y soportes protocolizados”.

Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -04

Dirección: Carrera 56 4 11 a — 20, Barrio Santa Anita Versión:03

Cali — Valle del Cauca, Colombia Fecha: 20 — 06 - 2023 Powered by CamScanner n YI l Página No.2 del Auto de Inicio No.04 del 10/04/2023, Expediente 3702024AA-05 Con fecha 05 de septiembre de 2023, el Departamento de correcciones .envió al Departamento Jurídico la solicitud de corrección, argumentando: “Que teniendo en cuenta el Articulo 59 Parágrafo 4, por lo anterior enviamos para su estudio y actuación administrativa por cuanto estos folios no revelan la real situación jurídica. Con fecha 05 de septiembre de 2023, se repartió al abogado de tramites a quien por

reparto le correspondió el turno de corrección No.C2023-7746 del 29 de junio de 2023, y con fecha 14/09/2023, manifiesta, no estar de acuerdo con la apertura del trámite, toda vez que no se está alterando el área del predio, pero en comité jurídico de la Oficina, se llegó al acuerdo de la apertura del trámite, ya que no procede la actualización de linderos por Escritura Pública. Es por este motivo que solo hasta hoy 10 de enero de 2024 se da apertura al presente tramite administrativo. En razón a que la anotación No.18 fue registrada sin proceder su registro, es necesario iniciar la presente actuación administrativa.

4. Estudiadas las anotaciones que contiene el folio de matrícula inmobiliaria No. 370201134 y revisados los documentos que reposan en el archivo de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali, encontramos lo siguiente: Corresponde a un predio

ubicado en la Carrera 9No.6-27 Urbanización la Esmeralda de Jamundí Valle, con un total de dieciocho (18) anotaciones. En las anotaciones Nos.14 y 15 con fecha 05/02/2018 y turno de calificación No.201810773, se registró la Escritura Publica No.88 del 18/01/2018, por medio de la cual la señora INES ARANDA, vende a ADRIANA PAYAN ARANDA y a la vez la compradora señora ADRIANA PAYAN ARANDA, constituye Hipoteca abierta sin límite de cuantía a favor de BANCOLOMBIA. S.A., hipoteca que ya se encuentra debidamente cancelada en la anotación No.16 del folio de matrícula inmobiliaria No.370-201134.

En la anotación No.17 con fecha 14/03/2023 y turno de calificación No.2023-21696, se registró la Escritura Publica No.252 del 20/02/2023 de la Notaria trece de Cali, por medio de la cual ADRIANA PAYAN ARANDA, constituye Hipoteca abierta sin límite de cuantía a favor del BANCO DE OCCIDENTE S.A. En la anotación No.18 con fecha 14/03/2023 y turno de calificación No.2023-21696, se registró la Escritura Publica No.252 del 20/02/2023 de la Notaria trece de Cali, por medio de la cual ADRIANA PAYAN ARANDA, ACTUALIZA LOS LINDEROS del predio 2erintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 04 »CCión: Carrera 56 4 11 a — 20, Barrio Santa Anita Versión:03 — Valle del Cauca, Colombia Fecha: 20 — 06 - 2023 Powered by CamScanner “9vºs

COLOMBIA

POTENCIA DE LA ;"n surmm:ug|::€6 (< V' DA 8 REGISTRO La guarda de la le pública Página No.3 del Auto de Inicio No.04 del 10/04/2023, Expediente 3702024AA-05 Descrito con el folio de matrícula inmobiliaria No.370-201134. Y por error del calificador fue inscrita con el código de naturaleza jurídico errado, el cual manifiesta

ACTUALIZACION DE NOMENCLATURA.

Al realizar el estudio Jurídico del folio de matrícula inmobiliaria No.370-201134, se pudo

establecer que los linderos con los cuales se describe el predio en el inicio de su tradición se describen así: Lote de terreno y casa de habitación, lote con área de 90 metros2 aproximadamente y cuyos linderos son: NORTE: Con lote del local comercial 6-32 de la carrera 10; SUR con la Carrera 9 de Jamundi, ORIENTE: Con el lote No.6-33 de la Carrera 9 A de Jamundí, OCCIDENTE: Con el lote No.6-21 de la Carrera 9 A de Jamundi. A través de la Escritura Publica No.252 del 20 de febrero de 2023 de la Notaria 13 de Cali, se actualizaron los linderos del predio con matricula inmobiliaria No.370-201134 así: Lote de terreno junto con la casa de habitación, con un área aproximada de 90 metros2, y cuyos linderos especiales son los siguientes: NORTE: En 5.9 metros con predio 763640100000002180012000000000, SUR: En 5.89 metros con Carrera 9 A, ORIENTE: En 15.19 metros con predio 763640100000002180002000000000 y OCCIDENTE: En 15.24 metros con predio 76364010000000218004000000000. El abogado calificador a quien por reparto le correspondió el estudio jurídico del turno de calificación No.2023-21696, al momento de inscribir la actualización de linderos, la inscribió como actualización de nomenclatura, corresponidienendo en realidad a una actualización de linderos, la cual no es objeto de registro, incurriendo así en un error de carácter registral, el cual debe ser subsanado. La Resolución No.1101 del IGAC, 11344 de la Superintendencia de Notariado y

Registro de 2020, con fundamento en la Ley 1955 de 2019, establece los lineamientos para actualización, aclaración y rectificación de área y linderos.

6. Por lo anteriormente expuesto, después de realizar el análisis jurídico correspondiente y con el fin de atender a la solicitud realizada, se hace necesario iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria No.370-201134 w perintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - PP - ER - 04

-e>cCción: Carrera 56 11 a — 20, Barrio Santa Anita Versión: rí — Valle del Cauca, Colombia Fecha: 20 — 06Powered by CamScanner

COLOMBIA

<. POTENCIA DE LA

SUPERINTENDENCIA

VI D A

DE NOTARIADO 8: REGISTRO E E La guarda de la le pública Página No.4 del Auto de Inicio No.04 del 10/04/2023, Expediente 3702024AA-05 En virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble inscrito en el folio de matrícula inmobiliaria No.370201134.

ARTICULO SEGUNDO: Comunicar personalmente de esta Actuación administrativa a los señores: RENATO ARCINIEGAS — APODERADO DEL BANCO DE OCCIDENTE, a MARIO ENRRIQUE GARCIA ARANDA, quien actuó como apoderado de la señora ADRIANA PAYAN ARANDA, en la Escritura Publica No.252 de 20 de febrero de 2023

de la Notaria trece de Cali, a la Docora LUCIA BELLINI AYALA, Notaria 13 del Circulo de Cali y a todo el que se crea con derecho sobre el inmueble. Si no fuere posible la actuación personal de los interesados, esta se surtirá mediante Aviso que se publicará en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro.

ARTICULO TERECERO: Comunicar a los terceros indeterminados que se consideren con derecho a intervenir en el presente asunto, para lo cual se ordena la publicación de este proveído en el Diario Oficial a costa de esta Oficina, o en un diario de amplia circulación a nivel nacional a cargo de los interesados. (Artículo 37 Ley 1437 de 2011).

ARTICULO CUARTO: Comunicar el contenido de este auto al Coordinador del Área Operativa, con el fin de que todo documento objeto de registro o cualquier petición sean enviados a la Coordinación Jurídica para evitar que en esta Oficina se tomen decisiones contradictorias y en el caso de solicitud de expedición de certificados, para que en ellos conste como nota complementaria, el inicio de la actuación administrativa.

ARTICULO QUINTO: Formar el expediente correspondiente debidamente foliado

(Artículo 36 Ley 1437 de 2011).

ARTICULO SEXTO: Disponer del bloqueo del folio de matrícula inmobiliaria No. 370201134.

ARTICULO SEPTIMO: Contra este auto no procede recurso alguno de la vía gubernativa. (Artículo 75 Ley 437 de 2011) Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNE(X - PO - 02 - FR -04

Dirección: Carrera 56 4 11 a — 20, Barrio Santa Anita Versión:03

Cali — Valle del Cauca, Colombia Fecha: 20 — 06 - 2023 Powered by CamScanner e / 0010 I

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, Página No.5 del Auto de Inicio No.05 del 10/04/2023, Expediente 3702024AA-05

ARTICULO OCTAVO: Es e auto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE, Y CUMPLASE Dada en Santiago de Cali, a los diez (10) días del mes de enero de 2024. LIANI RENGIFO ORTIZ Coordinador Área Jurídica (e) Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEñ - PO - 02 - FR -04

Dirección: Carrera 56 4 11 a — 20, Barrio Santa Anita Versión:03

Cali — Valle del Cauca, Colombia Fecha: 20 — 06 - 2023 Powered by CamsScanner

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