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SNR - Auto 138-20240529143058

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 138-20240529143058
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

SUFPERINTENDENCIA OTARIADO La guerda de la fe pública A — u Comunicación N 372024EE07899 del 24/05/2024

Expediente: 3702024AA-113

REF: Comunicación a terceros indeterminados del inicio de una actuación administrativa.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011 y al haberse advertido la posibilidad de afectar derechos de terceros indeterminados con el trámite y decisión de la presente actuación administrativa, el Registrador de Instrumentos Públicos de Cali, mediante la presente comunicación, informa: Por medio del presente oficio me permito comunicarle que esta oficina ha iniciado la actuación administrativa No.3702024AA-113, en la cual se profirió Auto de Inicio No.79 del 24 de mayo de 2024, originada con base en la solicitud No. C2024-3901 del 14/05/2024, con el que la Doctora LILIANA TOBON, Abogada de la División Jurídica de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali, , solicita: “Verificar y corregir la real situación Jurídica de los inmuebles con matricula inmobiliaria No.370-170818 y 370-170819.Toda vez que identífica a un folio de mejoras y el anotación No.5 realiza una venta parcial de mejoras sobre un lote de terreno ajeno, la cual fue inscrita erradamente y se abrió la matricula inmobiliaria No.370-170819. El turno que tengo en calificación es el 2024-27718” En la anotación No. 5 con fecha07/12/1970, se registró la Escritura Publica No.3140 del

30/11/1970 de la Notaria 4 de Cali, por medio de la cual se inscribe la Venta Parcial de Mejoras sobre terreno ajeno, de Carmen Santacruz de Rodríguez, a favor del Municipio de Cali (Valorización), aperturandose por técnica registral la matricula inmobiliaría No.370170819. El Registro de esta Escritura no debió dar apertura a nuevo folio de matrícula, en razón a que se trata de un predio de mejoras, el cual no es susceptible de apertura de matrícula. La actuación administrativa sé adelanta con la finalidad de establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobilaria No: 370-170818 y 370-170819, realizar las correcciones a que haya lugar. Lo anterior, con el/objeto de que se constituyan en parte en la presente actuación y ejerzan los derechos que la Igy les concede en defensa de sus intereses.

Atentame X Próyecto: María Becerra Supermtendencia de Notariado y Registro Cóádigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 04.

Dirección: Carrera 56 4 11 a — 20, Barrio Santa Anita Versión:03

Cali — Valle del Cauca, Colombia Fecha: 20 — 06 - 2023

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