SNR - Auto 138-2024081292918
Superintendencia de Notariado y Registro
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SNR - Auto 138-2024081292918
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
Superintendencia de Notariado y Registro
AUTO No. 131
JULIO 31 DE 2024
EXPEDIENTE: 3702024AA-187 «Par medio del cual se inicia una actuacion administrative! tendiente a establecer la real situacion juridica delpredio inscritos en el Folio de Matn'cula Inmobiliaria No. 370-515120» El Registrador de Instrumentos Publicos de Cali, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el Art. 49 de la Ley 1579 de 2012 y Titulo III Capitulo I de la Ley 1437 de 2011.
CONSIDERANDO QUE:
1. El derecho registral se encarga de regular la inscripcion de los actos de constitucion, declaracion, aclaracion, adjudicacion, modificacion, traslacion, etc., del dominio u otro derecho real sobre bienes inmuebles (Articulo 2°, Ley 1579 de 2012). Segun los principios que sirven de base al sistema de registro, la publicidad del titulo debe ser concordante con la realidad juridica del predio, dando cumplimiento al principio de legalidad.
2. El articulo 59 del mismo estatuto, establece el procedimiento para corregir los errores en que se haya incurrido en la calificacion y/o inscripcion del registro.
3. El Articulo 49 Ley 1579 de 2012 ordena: «El modo de abriry llevar la matricula se ajustard a lo dispuesto en esta Ley, de manera que aquella exhiba en todo momenta el estado juridica del respective bien.» ANTECEDENTES: Por radicado No. C2024-6031 del 16/07/2024, el senor JOSE JULIAN LOPEZ MORALES,
propietario del predio identificado con el Folio de Matricula Inmobiliaria No. 370-515120, solicita que se corrija la anotacion No. 24 del citado folio, toda que vez solo se inscribio el acto de compraventa, omitiendo el acto de afectacion a vivienda familiar, contenida en la misma escritura publica3123 del 27/08/2016 de la Notaria Novena deCali. El 24/07/2024, el area de correcciones de esta Oficina de Registro remite el radicado No. C20246031 del 16/07/2024, al area juridica con el fin de realizar una actuacion administrativa tendiente a establecer la real situacion juridica del predio inscrito en el Folio de Matricula Inmobiliaria No. 370515120, toda vez que verificaron que en la anotacion No. 25 del citado folio, ya se encuentra inscrito un embargo ejecutivo derechos de cuota del BANCO ITAU contra JOSE JULIAN LOPEZ
MORALES.
El Folio Matricula Inmobiliaria No. 370-515120, pertenece a un inmueble ubicado en la carrera 26Q No. 123-29 en Cali, y cuenta con 25 anotaciones. En el Folio Matricula Inmobiliaria No. 370-515120, se inscribio en la anotacion No. 24, el turno No. 2016-133263 del 19/12/2016, escritura publica 3123 del 27/08/2016 de la Notaria ia de Cali, compraventa de YENNIFER ANDRADE GIRALDO y ANDERSON ORTIZ GIRALDO zkGENTIL JOSE JULIAN LOPEZ MORALES y YULY VANESSA CALERO RINCON./ A J
/ ( Pagina | 1 Oficina de Registro de instrumentos Publicos de Cali Codigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
Direccibn: Entre las Calles 11Ay 12A, Guadalupe. 1 de Mayo Versi6n: 05
Superintendencia de Notariado y Registro Es pertinente indicar que los actos juridicos contenidos en la escritura publica 3123 del 27/08/2016 de la Notaria Novena de Cali, son: la compraventa de YENNIFER ANDRADE GIRALDO y ANDERSON ORTIZ GIRALDO a JOSE JULIAN LOPEZ MORALES y YULY VANESSA CALERO RINCON y, a su vez, la AFECTACION A VIVIENDA FAMILIAR a favor de los coinpradores. Sin embargo, solo se inscribio la compraventa antes citada. Luego, se inscribio en la anotacion No. 25 del Folio Matricula Inmobiliaria No. 370-515120, el turno No. 2023-81166 del 19/10/2023, el Oficio No. 777 del 23/05/2022, del Juzgado Quinto de Pequenas Causas de Cali, embargo ejecutivo derechos de cuota del BANCO ITAU contra JOSE JULIAN
LOPEZ MORALES.
La afectacion a vivienda familiar es una figura jundica creada para proteger la vivienda familiar, que se constituye en favor del conyuge o companero permanente regulada por la ley 258 de 1996. Adicionalmente, los bienes con afectacion a vivienda familiar son inembargables, por lo que es una figura que se erige como protectora del patrimonio de ambos conyuges. Para que la afectacion a vivienda familiar surta efectos legales es requisite inscribir la escritura en
que se constituye en la oficina de registros publicos segun lo senala el articulo 12 de la ley 258 de 1996: «La afectacion a vivienda familiar a que se refiere la presente ley solo sera oponible a terceros a partir de anotacion ante la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos y en el correspondiente Folio de Matricula Inmobiliaria.» Esa inscripcion hara que la afectacion a vivienda familiar sea publica en la medida en que aparecera en el certificado de libertad y tradicion del inmueble. De conformidad con lo anterior, se hace necesario iniciar actuacion administrativa tendiente a establecer la real situacion jundica del folio de matricula inmobiliaria No. 370-515120. En virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Iniciar Actuacion Administrativa, tendiente a establecer la real situacion juridica del folio de matricula inmobiliaria No. 370-515120, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente proveido.
ARTICULO SEGUNDO: Comunicar personalmente el inicio de esta Actuacion Administrativa a los interesados, y a todo el que se crea con derecho sobre el inmueble. Si no fuere posible la citacion personal de los interesados, esta se surtira mediante aviso que se publicara en un sitio dispuesto en la oficina de instrumentos publicos y en la pagina web de la Superintendencia de Notariado y Registro.
ARTICULO TERCERO: Comunicar el contenido de este auto al Coordinador del Area Operativa, con el fin de que todo documento objeto de registro o cualquier peticion scan enviados a la Coordinacion Juridica para evitar que en esta Oficina se tomen decisiones contradictorias y en el caso de solicitud de expedicion de certificados, para que en ellos conste como nota complementaria, el
Pagina | 2 Oficina de Registro de instrumentos Publicos de Cali C6digo: MR - CNEA - PO - 02 - FR - 08
Direccion: Entre las Calles 11Ay 12A, Guadalupe, 1 de Mayo Versibn: 05
Cali - Valle Fecha: 02 - 07 - 2024
Superintendencia de Notariado y Registro inicio de la actuacion administrativa.
ARTICULO CUARTO: Formar el expediente correspondiente debidamente foliado (Articulo 36
Ley 1437 de 2011).
ARTICULO QUINTO: Disponer del bloqueo del folio de matn'cula inmobiliaria No. 370-515120.
ARTICULO SEXTO: Contra este auto no precede re^urso alguno de la via gubemativa. (Articulo 75 Ley 1437 de 2011) ARTICULO SEPTIMO: Este auto rige^Lpartir de la fecha de su expedicion.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dado en Santiago d&Calilya losjrgi dias del mes de jul o de dos'mil veinticuatro (2024). Atentamente, /
FRANCISCO JAP EfcEZ PENA LUIS EDUARDmBET(OYA LIBREROS
Registradpp^Ffficipal Coordinador Area Jundic'l OficLnCd^Registro de Instrumentos Publicos de Cali Prayecto:DanielaArango Pagina | 3 Oficina de Registro de instrumentos Publicos de Cali Codigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
Direccion: Entre las Calles 11Ay 12A, Guadalupe, 1 de Mayo Version: 05 rnIK Vnllo ; : '