🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SNR - Auto 138-20240906104756

Superintendencia de Notariado y Registro

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SNR - Auto 138-20240906104756
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Superintendencia de Notariado y Registro

AUTO No. 142

AGOSTO 30 DE 2024

EXPEDIENTE: 3702024AA-208 «Por medio del cual se inicia unci actuacion administrative! tendiente a establecer la real situacion

jurldica del predio inscrito en el Folio de Matrlcula Inmobiliaria No. 3 70-88648» El Registrador de Instrumentos Publicos de Cali, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el Art. 49 de la Ley 1579 de 2012 y Titulo 111 Capitulo I de la Ley 1437 de 2011.

CONSIDERANDO QUE:

1. El derecho registral se encarga de regular la inscripcion de los actos de constitucion, declaracion, aclaracion, adjudicacion, modificacion, traslacion, etc., del dominio u otro derecho real sobre bienes inmuebles (Articulo 2°, Ley 1579 de 2012). Segun los principios que sirven de base al sistema de registro, la publicidad del titulo debe ser concordante con la realidad juridica del predio, dando cumplimiento al principio de legalidad.

2. El articulo 59 del mismo estatuto, establece el procedimiento para corregir los errores en que se haya incurrido en la calificacion y/o inscripcion del registro.

3. El Articulo 49 Ley 1579 de 2012 ordena: «El modo de abriry llevar la matricula se ajustard a lo dispuesto en esta Ley, de manera que aquella exhiba en todo momenta el estado jundico del respectivo bien.» ANTECEDENTES: Mediante radicado No. C2024-7055 del 21/08/2024, se requirio cerrar el folio de matricula

inmobiliaria No. 370-88648, por agotamiento de area y, a su vez, dejar sin efecto juridico las anotaciones 4 y 5, toda vez que no procedian. Dicha peticion fue radicada por PEDRO JOSE MEJIA MURGUEITIO. apoderado de Bancolombia S.A. El 23/08/2024, el area de correcciones de esta Oficina de Registro, remitio la solicitud al area juridica, con el fin de que se iniciara una actuacion administrativa tendiente a establecer la real situacion juridica del predio inscrito en el Folio de Matricula Inmobiliaria No. 370-88648. Ahora bien, el Folio Matricula Inmobiliaria No. 370-88648, pertenece a un lote ubicado en la carrera 93 calle 2C, con un area de 210 m2 en Cali, y cuenta con 5 anotaciones y 2 segregaciones. En la anotacion No. 2, se realize una compraventa parcial de 105 m2, mediante escritura publica 2676 del 19/04/1990. de la Notaria Segunda de Cali, de RAMIRO ECHEVERRI ESCOBAR y MAI A

NURY HERNANDEZ DE ECHEVERRI a OMAR GALINDEZ LEGUIZAMO.

A partirde la anotacion No. 2, nace el folio de matricula inmobiliaria No. 370-335010. Pagina | 1 Oficina de Registro de instrumentos Publicos de Cali Codigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Direccion: Entre las Calles 11Ay 12A, Guadalupe, 1 de Mayo Version: 05

Calf Vnlle r .

Superintendencia de Notariado y Registro En la anotacion No. 3, se realize una compraventa parcial de los 105 m2 restantes, mediante escritura publica 804 del 27/02/1997, de la Notaria Septiina de Cali, de RAMIRO ECHEVERRI ESCOBAR y MAIA NURY HERNANDEZ DE ECHEVERRI a ARIEL ARLEYO ORTEGA MUNOZ. A partir de la anotacion No. 3, nace el folio de matricula inmobiliaria No. 370-570530. Es decir, que el folio de matricula de mayor extension No. 370-88648, se debia cerrar, toda vez que ya se habia agotado el area. No obstante, se registran las siguientes anotaciones: La anotacion No. 4, se registra una valorizacion por concepto de megaobras. La anotacion No. 5, se registra un embargo con accion personal, mediante Oficio 44 del 15/01/2021 del Juzgado 11 de pequenas Causas de Cali, radicado 76001418901120200056200, turno No. 202168599 del 31/08/2021, de Bancolombia S.A. a ARIEL ARLEYO ORTEGA MUNOZ. Conforme a lo anterior, el Oficio 44 del 15/01/2021 del Juzgado 11 de pequenas Causas de Cali, radicado 76001418901120200056200, turno No. 2021 -68599 del 31 /08/2021, de Bancolombia S.A. a ARIEL ARLEYO ORTEGA MUNOZ, debio registrarse en el folio de matricula inmobiliaria No. 370-570530, sin embargo, se inscribio en el folio de mayor extension.

Ahora bien, en el folio de matricula inmobiliaria No. 370-570530, el senor ARIEL ARLEYO ORTEGA MUNOZ, ya no ostenta el derecho de dominio complete sobre el predio mencionado. El articulo 593 del Codigo General del Prceso, preve: «Para efectuar embargos se procederd asi: /. El de bienes snjetos a registro se comunicard a la autoridad competente de llevar el registro con los datos necesarios para la inscripcion: si aquellos pertenecieren al afectado con la medida, lo inscribird y expedird a costa del solicitante un certificado sobre su situacidn juridica en un perlodo equivalente a diez (10) anos, sifuere posible. Una vez inscrito el embargo, el certificado sobre la situacidn juridica del bien se remitird por el registrador directamente aljuez. Si a I gun bien no pertenece al afectado, el registrador se abstendrd de inscribir el embargo y lo comunicard al juez; si lo registra, este de oficio o a peticidn de parte ordenard la cancelacidn del embargo. Cuando el bien este siendo perseguido para hacer efectiva la gar anti a real, deberd aplicarse lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 468. (...)» Es pertinente indicar que el embargo con accion personal, es la medida cautelar por medio del cual se saca del comercio un inmueble para garantizar el pago de una obligacion a favor del embargante, cuando por la obligacion contraida solo respondia la persona embargada. Por otra parte, los articulos 48, 49, y 55 de la Ley 1579 de 2012, establecen: «Artlculo 48. Apertura de folio de matricula.

a. El folio de matricula se abrird a solicitud de parte o de oficio por el Registrador, asl: Pagina | 2 Oficina de Registro de instrumentos Publicos de Cali Codigo: MR - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Direccion: Entre las Calles 11Ay 12A, Guadalupe, 1 de Mayo Versi6n: 05

Cali - Valle Fecha: 02-07-2024

Superintendencia de Notariado y Registro b. A solicitud de parte cuando los interesados, presenter! ante la correspondiente Oficina de Registro los tltulos que amparan sus derechos sobre bienes ralces con las debidas notas del registro, y con base en ell os se expiden las certificaciones a que hay a lugar, las cuales servirdn de antecedente o medio probatorio para la iniciacion de procesos ordinaries para clarificar la propiedad o saneamiento de la misma. Se abrird el folio de matricula respective si es procedente de conformidad con esta ley. c. De oficio, cuando se traslada la tradicidn del Antiguo Sistema de Registro a! Sistema Vigente de Registro. Articulo 49. Finalidad del folio de matricula. El mode de abrir y llevar la matricula se ajustard a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momenta el estado jurldico del respectivo bien. Pardgrafo. En aquellos cases en que el predio de que se Irate se encuentre II ubicado en dos o mas drculos registrales, sera competente para abrir y mantener el folio de matricula que lo identifique, la oficina de registro donde se encuentre localizada la mayor parte del terrene y cuando el area del inmueble se encuentre en proporciones iguales, sera el titular del derecho

de dominie quien decida la Oficina de Registro, que mantendrd la matricula inmobiliaria. Articulo 55. Cierre de folios de matricula. Siempre que se engloben varios predios o la venta de la parte restante de ell os o se cancelen por orden judicial o administrative los titulos o document os que la sustentan juridicamente y no existan anotaciones vigentes, las matricides inmobiliarias se cerrardn para el efecto o se hard una anotacidn que diga "Folio Cerrado".» De conformidad con lo anterior, se hace necesario iniciar actuacion administrativa tendiente a establecer la real situacion jundica del folio de matricula inmobiliaria No. 370-88648. En virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Iniciar Actuacion Administrativa, tendiente a establecer la real situacion juridica del folio de matricula inmobiliaria No. 370-88648, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente proveido.

ARTICULO SEGUNDO: Comunicar personalmente el inicio de esta Actuacion Administrativa a los interesados, y a todo el que se crea con derecho sobre el inmueble. Si no fuere posible la citacion personal de los interesados, esta se surtira mediante aviso que se publicara en un sitio dispuesto en la oficina de instrumentos piiblicos y en la pagina web de la Superintendencia de Notariado y Registro.

ARTICULO TERCERO: Comunicar el contenido de este auto al Coordinador del Area Operativa, con el fin de que todo documento objeto de registro o cualquier peticion scan enviado^ a via Coordinacion Juridica para evitar que en esta Oficina se tomen decisiones contradictorias y ,en el caso

de solicitud de expedicion de certificados, para que en ellos conste como nota complemerkaria/el inicio de la actuacion administrativa. Pagina | 3 Oficina de Registro de instrumentos Piiblicos de Cali C6digo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08 Direcci6n: Entre las Calles 11 Ay 12A, Guadalupe, 1 de Mayo Version: 05 Ci!i Vnl'e n~r Superintendencia de Notariado y Registro ARTICULO CUARTO: Formar el expediente correspondiente debidamente foliado (Articulo 36 Ley 1437 de 2011).

ARTICULO QUINTO: Disponer del bloqueo del folio de matricula inmobiliaria No. 370-88648.

ARTICULO SEXTO: Contra este auto no pri qe recurso alguno de la via gubemativa. (Articulo 75 Ley 1437 de 2011) ARTICULO SEPTIMO: Este o rige a partir de la fecha de su expedicion.

! COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dado en Santia: cMrCaii, a los treint^/(30) dlas del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024). Atentaj ite,

FRA O JAVIER VELEZ PENA LUIS EDUARDO BEDOYA LIBREROS

Registrador Principal Coordinadir Area Jukdica / \ Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Cali

Proyecto: Daniela Arango Pagina | 4

Oficina de Registro de instrumentos Publicos de Cali Codigo: MP - CNEA - PO - 02 ■ FR - 08

Direccion: Entre las Calles 11 Ay 12A, Guadalupe, 1 de Mayo Version: 05

Cali - Valle Fecha: 02 - 07 - 2024

Consultar sobre este documento ...