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SNR - Auto 138-20241002154755

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 138-20241002154755
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Superintendencia de Notariado y Registro PAL AVISO

NOTIFICACION TRÁMITE 3702024AA-38

LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL CIRCULO DE CALI, en cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 69 y 70 de la Ley 1437 de 2011, COMUNICA A: AL JUZGADO DECIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS, AL SEÑOR FRANCISCO JAVIER ALIZANDER PEÑA Y A TODO EL QUE SE CREA CON DERECHO, del contenido del Auto de Inicio No.27 del 13/02/2024, cuya parte Resolutiva establece: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble inscrito en el folio de matrícula inmobiliaria No. 370-282624, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente proveldo.ARTICULO SEGUNDO: Oficiar al Juzgado 29 Civil Municipal de Cali, con el fin de solicitar la cancelación de la medida cautelar inscrita por oficio No.538 del 12/05/2023, el cual ordena la inscripción de la medida de embargo en la sucesión de los señores López Cifuentes José Antonio y Elisa Osorio Cuervo, de Francisco Javier Alizander Peña, contra Diego Fernando López Bolaños, en razón que el demandado NO es titular de derechos de dominio. ARTÍCULO TERCERO: Notificar personalmente el inicio de esta actuación administrativa a los señores JOSE ANTONIO LOPEZ CIFUENTES, FRANCISCO JAVIER ALISANDER PEÑA, DIEGO FERNANDO LOPEZ BOLAÑOS y a todo el que se crea con derecho sobre el inmueble. Si

no fuere posible la citación personal de los interesados, ésta se surtirá mediante aviso que se publicará en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro. ARTICULO CUARTO; Citar a los terceros indeterminados que se consideren con derecho a intervenir en el presente asunto, para lo cual se ordena la publicación de este proveido en la página web de la SNR. (Articulo 37 Ley 1437 de 2011). ARTICULO QUINTO: Comunicar el contenido de este auto al Coordinador del Área Operativa, con el fin de que todo documento objeto de registro o cualquier petición sean enviados a la Coordinación Jurídica para evitar que en esta Oficina se tomen decisiones contradictorias y en el caso de solicitud de expedición de certificados, para que en ellos conste como nota complementaria, el inicio de la actuación administrativa. ARTICULO SEXTO: Formar el expediente correspondiente debidamente foliado (Artículo 36 Ley 1437 de 2011). ARTICULO SEPTIMO: Disponer del bloqueo del folio de matrícula inmobiliaria No.370-282624.ARTICULO OCTAVO: Contra este auto no procede recurso alguno de la vía gubernativa. (Artículo 75 Ley 1437 de 2011) ARTICULO NOVENO: Este auto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE, Y CUMPLASE.Dada en Santiago de Cali, a los trece (13) días del mes de febrero de dos mil veinticuatro 2024. Firmado por LUZ MARINA JIMENEZ CIFUENTES. Registrador Principal Oficina de Registro de instrumentos Públicos de Cali (E) y LUIS FERNANDO BEDOYA LIBREROSCoordinador Área Jurídica. Se

advierte que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso. Se fija el presente Aviso en lugar visible de esta Oficina y en la Página WEB de la Superintendencia de Notariado y Registro, a los dos (02) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2.024). Secretaria Ad Ho Se desfija a las 5 p.m., del día nueve (09) días del mes de octubre de dos mil veinticuatro (2024) (Artículo 69 de la ley W43A de 2011). Secretaria Ad Hoc Página | 1 Oficina de Instrumentos Públicos de Cali Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

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