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SNR - Auto 146-20240409101519

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 146-20240409101519
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

N

COLOMBIA DSEU PENROINTTAERNDIEANCDIOA

<. POTENCIA DE LA £ REGISTRO VIDA h

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL CIRCULO REGISTRAL DE

ARMERO/GUAYABAL — TOLIMA

AUTO DE APERTURA 05 ABR 2024

Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de la matrícula inmobiliaria N 352-6346 Expediente No 352 - A.A.2024-02. EL REGISTRADOR SECCIONAL DEL CÍRCULO REGISTRAL DE ARMERO/GUAYABAL - TOLIMA En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 1437 de 2011 y Ley 1579 de 2012, decide dar apertura al trámite de la Actuación Administrativa Expediente N 352 - A.A.202402.

CONSIDERANDO:

ANTECEDENTES.

Que, NICOLAS ESCOBAR HOYOS, identificado con la C.C. N. 80.075.501 (represéntate legal de la sociedad LIMON'AR S.A.S. Nit: 830.003.528.-1.), solicita con turno de corrección 2024-352-3-18, se corrija el Folio de matrícula inmobiliaria 352-6346, referente a la situación de la dualidad de la anotación N”. 11, así como de establecer el orden cronológico de estas; ya que ha generado que de forma incorrecta se registre medida cautelar de embargo De: ESCOBAR HOYOS SEBASTIAN - CC 80040477 _A: ESCOBAR ARISTIZABAL JOSE WILLIAM - CC 17139307, ordenado en providencia del

29/11/2023, cuota parte en proceso se sucesión intestada. EXP: 2023-00758-00, del JUZGADO 27 DE

FAMILIA DE BOGOTA D.C.

CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE REGISTRO Que se procedió a la revisión del FMI 352-6346 en el Sistema de Información Registral _SIR, encontrando la siguiente información: Revisado los antecedentes registrales y las anotaciones que contiene el folio de matrícula inmobiliaria citado corresponde a un predio ubicado en el municipio de Armero, descrito así: LOTE DE TERRENO QUE CONSTITUYE UNA UNIDAD AGRIOCLA FAMILIAR, DENOMINADA PARCEL AN. 3, DEL PLANO DE PARCELACION DE LA HACIENDA LA PALMERA, SITUADO EN JURISDICCION DEL MUNICIPIO DE ARMERO, DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, CON CABICA APROXIMADA DE 16 HECTAREAS 8.200 METROS CUADRADOS, Y COMPRENDIDO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS; NORTE, CON LA PARCELA N. 7, DEL SEÑOR EMILIO MORALES, EN LONGITUD APROXIMADA DE 425 METROS, DESDE EL PUNTO N 98 HASTA EL MOJON N 7, ESTE, CON LA PARCELA N. 2 DEL SEÑOR ROBERTO ROJAS ORIP - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armero

Dirección: Calle 6 N. 6-45 centro -parque principal E-mail: ofiregisarmeroO supernotariado.gov.co )

N

COLOMBIA SUPERINTENDENCIA

DE NOTAR

(€. POTENCIA DE LA SNR E REGISTRO VIDA la guade rla dle paúbli ca Y EN LONGITUD APROXIMADA DE 620 METROS, DESDE EL MOJON N 7 HASTA EL PUNTO N 58, SUR, CON LA HACIENDA CAJAMARCA, RIO SABANDIJA EN MEDIO, EN LONGITUD APROXIMADA DE 222 METROS, DESDEEL PUNTO N 58, OESTE, LAS PARCELAS N. 4 Y 6 DE LOS SEÑORES JESUS ANTONIO RUBIO Y MARTIN CADENA MACHADO RESPECTIVAMENTE, EN LONGITUD APROXIMADA DE 1.150 METROS, DESDE EL PUNTO N 55, HASTA EL PUNTO N 98 SITIO DE PARTIDA Y ENCIERRA.-

CON FUNDAMENTO EN: ESCRITURA 131 DE 20-03-70.

Que el FMI 352-6346, presenta dualidad en anotaciones 11 como se observa: [ Anotación: N 11 del Follo 8352-6346 B O ratcacón bos __ 5 = — J V ae m ME joa/2/20-05 — RE 9 ESCRITURA 3913 De 16/12/2004 O gna de Origen NOTARIA 64 De PocoTa O var b0.000,000 Estado aDa O Espedificaión [COMPRAVENTA. Naturaleza Juridica p125 O Modalidad O omentano DE ADQUISICION 5) Persanas que Intervienen en el acto (La X Indica a la persona que figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incompleto)

DE [ESCORAR ARIZTIZASAL JOSE WILLIAN - SE 352-41739 j A SOc UMONAR SA - NIT 830003528 X _Partiopadión —| [ Anotación: Ne 11 del Follo 8352-6346 - B O raacam E el 17/1/2002 O ESCRITURA 2453 Del 25/10/1996 ) Oñiona de Origen TARIA 24 De OGOTA O v b2.000,000— ) yaua S Espedificadión [CONPRAVENTA 17 raleza Juridica E ) Modalidad Ó) comentano MODO DE ADQUISICION ©I… que Interen vel iacteo (nLa eX inndi ca a la personqaue figura como titular de derechroeasle s de dominio, 1-Titular de dominio Incompleto) DE [HOYOS SALAZAR ANGEL MARIA - SE 352-41737 __ |Pamopacón A _ [ESCOBAR ARISTIZASAL JOSE WILLIAM - SE 35241738 JLx _)Parmopacón Que las dos anotaciones registran actos registrales diferentes, con instrumentos públicos individuales y en fechas distintas y validas. Que en anotación 12, se registra de forma errada medida cautelar de embargo de: ESCOBAR HOYOS SEBASTIAN - CC 80040477 _A: ESCOBAR ARISTIZABAL JOSE WILLIAM - CC 17139307, ordenado en providencia del 29/11/2023, cuota parte en proceso se sucesión intestada. EXP: 2023-00758-00, del

JUZGADO 27 DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. como quiera que el SEÑOR ESCOBAR ARISTIZABAL JOSE

WILLIAM - CC 17139307 se desprendió de su derecho de dominio mediante escritura pública N. 3913 DEL 16/12/2024 DE LA NOTARIA 64 DEL CIRCULO DE BOGOTA. siendo propietario la sociedad LIMON'AR S.A.S. Nit: 830.003.528.-1. fp notNa 17 cdel iFolólo 8n352-:6346 -- — s - - ] || Qrascon p024-3526-71 Del 06/2/2024 'QDx ICO 1948 Del 19/12/2023

9 oficna de Origen PUzGADO 27 DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. De [BOGOTA, D.C.

O valor Estado ALIDA ¡ O Espedfiación DERECHO DE CUOTA INaturaleza Juridica a €) Modaldad ¡ e… ORDENADO EN PROVIDENCIA DEL 29/11/2023, CUOTA PARTE EN PROCESO SE SUCESION INTESTADA. EXP: 2023-00758-00) leuh…mdm(u X Indica a la persona que Nigura como Utular de derechos reales de dominlo, 1-Títular de dominio incompleto) DE PNATURAL - ESCOBAR HOYOS SEBASTIAN - CC 80040477 _ ramop

¡A ARISTIZABAL JOSE WILLIAM - CC 17139307 N Jramapación

ORIP - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armero

Dirección: Calle 6 N. 6-45 centro -parque principal E-mail: ofiregisarmeroOsupernotariado.gov.co ñ

COLOMBIA SH 1 SUPERINTENDENCIA K p<;i%¡ [ D2 E RNEGOITSATRRIOA DO El La quarda de la le públca

En ese orden, se percibe que el hecho objeto de análisis se produce bajo los parámetros del art, 61 de la 1579 de 2012, Artículo 61. Definición. La cancelación de un asiento registral es el acto por el cual se deja sin efecto un registro o una inscripción. Artículo 62. Procedencia de la cancelación. El Registrador procederá a cancelar un registro o inscripción cuando se le presente la prueba de la cancelación del respectivo título o acto, o la orden judicial o administrativa en tal sentido. La cancelación de una inscripción se hará en el folio de matrícula haciendo referencia al acto, contrato o providencia que la ordena o respalda, indicando la anotación objeto de cancelación. Igualmente se deberá dar cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en la primera parte del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículo 37, de la ley 1437 de 2011. Deber de comunicar las actuaciones administrativas a terceros. Cuando en una actuación administrativa de contenido particular y concreto la autoridad advierta que terceras personas puedan resultar directamente afectadas por la decisión, les comunicará la existencia de la actuación, el objeto de esta y el nombre del peticionario, si lo hubiere, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. La comunicación se remitirá a la dirección o correo electrónico que se conozca si no hay otro medio más eficaz. De no ser posible dicha comunicación, o tratándose de terceros indeterminados. la información se divulgará a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, según el

caso, o a través de cualquier otro mecanismo eficaz, habida cuenta de las condiciones de los posibles interesados, De tales actuaciones se dejará constancia escrita en el expediente. Ley 1579 de 2012. Artículo 49. Finalidad del folio de matrícula. El modo de abrir y llevar la matricula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien ... Ley 1579 de 2012 Articulo 59 ... Los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, sólo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo, o de la norma que lo adiciones o modifique y en esta ley .... Toda corrección que se efectúe en el follo de matrícula inmobiliaria, se debe dejar la correspondiente salvedad haciendo referencia a la anotación corregida, el tipo de corrección que se efectuó, el acto administrativo por el cual se ordenó, en el caso en que ésta haya sido producto de actuación administrativa, ORIP - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armero

Dirección: Calle 6 N, 6-45 centro -parque principal

E-mail; ofiregisarmero Osupernotariado.gov.co /

SUPERINTENDENCIA

COLOMBIA DE NOTARIADOPOTENCI VA ID DE ALA .8. REGIS TRO PRUEBAS: Para tal efecto ha de tenerse como pruebas de esta actuación las siguientes:

1. Petición radicada el 01 de abril de 2024, de NICOLAS ESCOBAR HOYOS, identificado con la C.C. N. 80.075.501 (represéntate legal de la sociedad LIMON'AR S.A.S. Nit: 830.003.528.

2. Certificado de tradición y libertad del FMI 352-6346

3. Escritura Publica N. 3913 Del 16/12/2004 Otorgada En La Notaria 64 De Bogotá y Escritura Publica N. 2453 DEL 25/10/1996 Otorgada En La Notaria 24 Del Círculo De Bogotá.

4. Respuesta Soporte Sir. a la consulta de la dualidad de las anotaciones 11 en el fmi 352-6346

Esta Oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente actuación administrativa (art. 34 C.P.A.C.A.), para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, así como la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares. En virtud de lo expuesto este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa con el fin de determinar la real situación jurídica del inmueble identificado como FMI 352-6346.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el contenido del presente auto a: NICOLAS ESCOBAR HOYOS, identificado con la C.C. N”. 80.075.501 (represéntate legal de la sociedad LIMON'AR S.A.S. Nit:

830.003.528.-1.); al JUZGADO 27 DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. y a los TERCEROS

INDETERMINADOS que puedan estar interesados o resultar afectados con la decisión de la actuación, de conformidad con los artículos 65 y s.s. de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, siendo este el medio masivo de comunicación para publicitar los Autos de Inicio de las Actuaciones Administrativas.

ARTÍCULO CUARTO: PRUEBAS. Téngase como pruebas las relacionadas en el acápite reseñado en el presente auto, de acuerdo con el art. 40 del C.P.A.C.A.

ORIP - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armero

Dirección: Calle 6 N. 6-45 centro -parque principal E-mail: ofiregOi susperanortarmiaedo,rgoov.c o

COLOMBIA DSEU PENROINTTAERNDIEANDCIOA

<. PVOTEINCDIA ADEL A S8 REGTISTR O

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar al JUZGADO 27 DE FAMILIA DE BOGOTA D.C., DE LA SITUACION

PRESENTADA SOBRE EL FMI 352-6346.

ARTÍCULO SEXTO: Bloquear el folio de matrícula N. 352-25500, a fin de evitar nuevas inscripciones sobre este folio.

ARTÍCULO SÉPTIMO: FORMAR el expediente correspondiente debidamente foliado, según lo

establece el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

ARTICULO SPTIMO: Contra el presente Auto no procede recurso y queda en firme a partir de su expedición.

ARTÍCULO OCTAVO: Esta providencia rige a partir de su expedición. Una vez cumplido lo ordenado, esta Oficina producirá la decisión correspondiente.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, CÚMPLAS -Dado en Armero/Guayabal, ( 0 5 ABR4 024

ALBERT FERNANDO SANCHEZÁ ONROY

Registrador Seccional De La ORIP Del Círculo Registral De Armero/Guayabal. (Tol) Armero/Guayabal ORIPARMERO-352 - A.A.2024-02. ORIP - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armero

Dirección: Calle 6 N. 6-45 centro -parque principal E-mail: ofiregisarmeroOsupernotariado.gov.co

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