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SNR - Auto 15-20240829101823

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 15-20240829101823
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Superintendencia de Notariado y Registro MS

AUTO JUNIO 11 DE 2024

EXP-156-AA-2024-042

POR MEDIO DEL CUAL SÉ INICIA UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE LA SECCIONAL DE FACATATIVA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR EL DECRETO 2723 DE 2014, LEY 1437 DE 2011, ARTÍCULOS 54 Y 59 DE LA LEY 1579 DE 2012, Y CONSIDERANDO QUE: Con fecha 22 de marzo de 2018, bajo turno de radicación No. 2018-2836, se presentó para registro el oficio No.0285 de fecha 02 de febrero de 2018, proferido por el Juzgado Civil Municipal de Facatativá, por medio del cual se dispuso el embargo ejecutivo con Garantía Real en el folio de matrícula inmobiliaria No. 156-115352, que corresponde al predio denominado Lote 1, ubicado en el Municipio de Facatativá, en el proceso No.6662017 contra JORGE GONZALO BERNAL PARRA., quien figura como propietario inscrito en el folio de matrícula antes citado. Con fecha 17 de abril de 2018, la Registradora encargada, solicita bajo turno de corrección con radicación No. C2018-395, se revise el registro del embargo contenido en la anotación No. 6 del folio de matrícula inmobiliaria No. 156-115352, ya que observa que en la anotación No. 5 se registró una Constitución de Reglamento de Propiedad

Horizontal. Atendiendo la solicitud de la Registradora, en ese momento, se revisaron los títulos que conforman la tradición del folio de matrícula inmobiliaria No. 156115352, encontrando que este se encuentra agotado registralmente con fundamento en la inscripción de la Constitución de Propiedad Horizontal, contenida en la escritura pública No.255 de fecha 13 de Febrero de 2013 otorgada en la Notaría Primera de Facatativá, generándose los folios de matrículas inmobiliarias Nos. 156-12/081 a la 156-1270877, registrada con fecha 18 de febrero de 2013. Revisado el folio de matrícula inmobiliaria No. 156-115352, se encontró que, estando agotado registralmente, se inscribió el oficio No.372 de fecha 21 de julio de 2014, proferido por el Juzgado Civil Municipal de Descongestión de Facatativá, a través del cual se decretó el embargo del bien inmueble denunciado como propiedad del demandado JORGE GONZALO BERNAL PARRA, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 156-115352, en el proceso ejecutivo singular No, 2014-266 de Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23

Versión: 05

Dirección: Calle 4 No.4-72/80 Barrio Chapinero Fecha: 02 — 07 - 2024

E-mail: ofiregisfacatativaG2supernotariado.gov.co

Facatativá - Cundinamarca Superintendencia de Notariado y Registro Hoja No. 2. Auto del 11 de Junio de 2024. EXP-156-AA-2024-042

BANCOLOMBIA S.A. contra JORGE GONZALO BERNAL PARRA, registro que no era procedente inscribirlo en este folio de matrícula por encontrarse agotado como se advirtiera anteriormente, aunque no se encuentre cerrado definitivamente de conformidad con el artículo 52 de la ley 1579 de 2012. El Registrador de Instrumentos Públicos de Facatativá, considera que se hace necesario iniciar actuación administrativa con el objeto de reflejar correctamente el real estado jurídico del.bien inmueble denominado Lote 1, ubicado en el sector urbano, jurisdicción del Municipio de Facatativá, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 156115352. Por lo anterior, este Despacho, DECIDE: ARTICULO PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del predio denominado Lote 1, ubicado en el sector urbano, jurisdicción del Municipio de Facatativá, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 156115352.

ARTICULO SEGUNDO: En virtud de lo decidido en el artículo anterior, se ordena bloquear el folio de matrícula inmobiliaria No. 156-115352, con el fin de no emitir certificados de libertad, si se expiden se hará con la correspondiente nota de esta situación (Parágrafo del Artículo 67 de la ley 1579 de 2012), no dar trámite a proceso registral de documentos, mientras no quede en firme la decisión que dé término a la presente actuación (Circular 139 del 9 de julio de 2010, de la Superintendencia de

Notariado y Registro).

ARTICULO TERCERO: Téngase como pruebas, todos los documentos que hacen parte de la historia traditicia del folio de matrícula inmobiliaria No. 156-115352.

ARTÍCULO CUARTO: Durante el trámite de la actuación administrativa, y como medios de prueba, acéptese todos los suministrados por las partes que resulten pertinentes, conducentes y legalmente admisibles, para solucionar los presuntos errores registrales.

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR.- 23

Versión: 05

Dirección: Calle 4 No.4-72/80 Barrio Chapinero Fecha: 02-07 - 2024

E-mail: ofiregisfacatativaO)supernotariado.gov.co

Facatativá - Cundinamarca Superintendencia de Notariado y Registro E Hoja No. 3. Auto del 11 de Junio de 2024. EXP-156-AA-2024-042

ARTICULO QUINTO: Comunicar al juzgado Civil Municipal de Descongestión de Facatativá, el contenido de la presente decisión y a su vez solicitarle se ordene la cancelación del embargo decretado mediante el oficio No. 372 de fecha 21 de julio de 2014, en el proceso EJECUTIVO SINGULAR No.2014-266 de BANCOLOMBIA S.A. contra JORGE GONZALO BERNAL PARRA, registrado en el folio de matrícula inmobiliaria No. 156-115352.

ARTICULO SEXTO: Comunicar el contenido de la presente decisión a BANCOLOMBIA

S.A. y al señor JORGE GONZALO BERNAL PARRA.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Publíquese la presente decisión en la página electrónica de la Superintendencia de Notariado y Registro (Art.37 Ley 1437 de 2011) ARTICULO OCTAVO: Formar el expediente correspondiente (Artículo 36 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

ARTICULO NOVENO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Facatativá a los once (11) días del mes de junio de dos mil veinticuatro (2024). 25 Registrador Seccional Oficina de Registro strumentos Públicos de Facatativá

Proyectó: Esmeralda Meneses nz E.

Área Jurídica Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23

Dirección: io Chapi Versión: 05

irección: Calle 4 No.4-72/80 Barrio Chapinero Fecha: 02 — 07 - 2024

E-mail: ofiregistacatativa(HWsupernotariado.gov.co

Facatativá - Cundinamarca

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