SNR - Auto 152-20240812114226
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 152-20240812114226
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
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OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE SINCELEJO
AUTO No. 22
Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y o Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 El Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, Sucre, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1579 de 2012, la Ley 1437 de 2011 y demás disposiciones concordantes, y CONSIDERANDO Il, ANTECEDENTES Mediante FORMATO DE SOLICITUD DE CORRECCION radicado en esta Oficina con el Turno de Corrección No. 2023-340-3-1183, el señor LUIS SAEZ ARRIETA, solicitó corregir el Folio de Matrícula Inmobiliaria 340-69979, por cuanto, la CANCELACION DEL PATRIMONIO DE FAMILIA, realizada por Escritura Pública No. 1289 del 3 de octubre de 2023, de la Notaria Primera de Sincelejo, se inscribió en el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 340-69976, cuando el Folio de Matrícula Inmobiliaria correcto es el No. 340-69979. Il. CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS De la potestad de corrección otorgada por ley a los Registradores de Instrumentos Públicos La actividad registral, como sucede con la mayoría de los servicios en cabeza de la
Administración Pública, al ser realizada por personas, no está exenta, como toda labor humana, de que se incurra en errores o inconsistencias que amenazan o vulneran los principios de veracidad y fidelidad de la información registral, como por ejemplo cuando se inscribe en un folio de matrícula algún negocio jurídico, acto o providencia que no cumplió con el riguroso examen de legalidad a cargo del Registrador de Instrumentos Públicos o del funcionario calificador; o por incurrir en un yerro mecanográfico al momento de transcribir la información pertinente en el acto de Oficina de Registro de Instrumentos Públicos : Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR08 de Sincelejo - Sucre : as
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Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y o Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 inscripción o anotación; o bien sea porque la. inscripción se realizó por una errónea interpretación jurídica del acto, negocio o providencia al momento de su calificación; o cuando el interesado a través del instrumento, acto o providencia radicado en la
Oficina de Registro induce en error al funcionario calificador, como en el caso de un documento inexistente; o se omite la calificación o estudio de algún acto en aquellos documentos que contienen una pluralidad de negocios u órdenes, etc. Por estas y demás situaciones, en algunas ocasiones los folios de matrícula inmobiliaria, no publicitan la real y exacta situación jurídica de un predio. Como consecuencia de lo anterior y para salvaguardar la seguridad jurídica del tráfico inmobiliario, surge el deber constitucional y legal para el Registrador de Instrumentos Públicos, de corregir o ajustar de oficio o a petición de parte, los actos de inscripción publicitados en las matrículas inmobiliarias, cuando los mismos adolezcan de inconsistencias que no permitan reflejar la real y exacta situación jurídica de un predio. Nuestro legislador estableció un procedimiento para que las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos procedan a la corrección de errores o inconsistencias, ya sean de carácter formal o aquellos que modifican la situación jurídica de los inmuebles y que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, Por ello, el actual Estatuto o Ley 1579 de 2012, reguló el procedimiento para corregir errores en la calificación y/o inscripción de un documento. Esta normatividad prevé que los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, sólo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR 8 de Sincelejo - Sucre Versión: 05
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Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y soe Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en el Estatuto de Registro. MARCO LEGAL La Ley 1579 de 2012, en sus artículos 8, 49, 59 y 60, consagra: Artículo 8”. Matrícula inmobiliaria. Es un folio destinado a la inscripción de los actos, contratos y providencias relacionados en el artículo 4, referente a un bien raíz, el cual se distinguirá con un código alfanumérico o complejo numeral indicativo del orden interno de cada oficina y de la sucesión en que se vaya sentando. Además, señalará, con cifras distintivas, la oficina de registro, el departamento y el municipio, corregimiento o vereda de la ubicación del bien inmueble y el número único de identificación predial en los municipios que lo tengan o la cédula catastral en aquellos municipios donde no se haya implementado ese
identificador. Indicará también, si el inmueble es urbano o rural, designándolo por su número, nombre o dirección, respectivamente y describiéndolo por sus linderos, perímetro, cabida, datos del acto administrativo y plano donde estén contenidos los linderos, su actualización o modificación y demás elementos de identificación que puedan obtenerse. En la matrícula inmobiliaria constará la naturaleza jurídica de cada uno de los Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR 4 08 de Sincelejo - Sucre Versión: 05
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Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y A Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 actos sometidos a registro, así: tradición, gravámenes, limitaciones y afectaciones, medidas cautelares, tenencia, falsa tradición, cancelaciones y otros. : (-..) Artículo 49. Finalidad del folio de matrícula. El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien.
Artículo 59. Procedimiento para corregir errores. Los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o inscripción, se corregirán de la siguiente manera: Los errores aritméticos, ortográficos, de digitación o mecanográficos que se deduzcan de los antecedentes y que no afecten la naturaleza jurídica del acto, o el contenido esencial del mismo, podrán corregirse en cualquier tiempo sustituyendo la información errada por la correcta, o enmendando o borrando lo escrito y anotando lo correcto. Los errores en que se haya incurrido al momento de la calificación y que se detecten antes de ser notificado el acto registral correspondiente, se corregirán en la forma indicada en el inciso anterior. Los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, solo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FY08 de Sincelejo - Sucre Versión: 05
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Inmobiliaria Nos. 340-69976 y A Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o de la norma que lo adicione o modifique y en esta ley. (...). Artículo 60. Recursos. (...) Cuando una inscripción se efectúe con violación de una norma que la prohíbe o es manifiestamente ilegal, en virtud que el error cometido en el registro no crea derecho, para proceder a su corrección previa actuación administrativa, no es necesario solicitar la autorización expresa y escrita de quien bajo esta circunstancia accedió al registro. Conforme a lo expuesto, es claro que este Despacho se encuentra legalmente habilitado para realizar correcciones en materia registral. Caso concreto Analizada la Escritura Pública No. 2501 del 30 de diciembre de 1998, de la Notaría Tercera de Sincelejo, se observa que a través de dicha Escritura el MUNICIPIO DE SINCELEJO, transfirió a la señora ANA ISABEL MARTINEZ PADILLA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 23.172.193, el derecho de dominio sobre un lote de terreno ubicado en la Calle 45 No. 20 — 86, Barrio CUESTA AZUL de Sincelejo, y la compradora a su vez, declaró construcción y constituyó PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE, sobre dicho lote, a favor suyo y de los hijos menores que tenía, así como de los que llegare a tener, documento que se registró en las anotaciones Nos.
01, 2 y 3 del Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 340-69976, con el Turno o No. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 0 de Sincelejo - Sucre Versión: 05
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Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y sor, Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 Radicación 1999-758 del 27 de enero de 1999, de la siguiente manera: Anotación: N 01 del Folio £340-69976 BHadicación 990-758 |Del 711/1990 ] 8BY)noc Íescrrrura 2501 be! | o/12/1998 |] EJ oficina de Origen PnoTARra 3. [De IEnceueso j BHvalor 5.000 JEstado Ivanioa |] O) Especificación [comPRAveNTA [Naturaleza Jurídica — Pio: | E)nodalidad | | (E) Comentario | ] Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que figura
(E) como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incompleto) DE [municiPIO DE SINCELEJO - SE 340-39576 | ParticipaciónP ]
A MARTINEZ PADILLA ANA ISABEL - CC 23172193 ]IX Participación
Anotación: NO 2 del Folio 1£340-69976
E)hadicación 009-758 Del 27/1/1909 |] 8)Doc [escritura 2501 [bel lBo/12/1908 E) oficina de Origen Inoraria 3 - |De Ísinceneso S)valor | lEstado Ivanioa | oa DECLARACION DE mm (S) Especificación [pecianacion Naturaleza Jurídica loo Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR08 de Sincelejo - Sucre : Versión: 05
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A [MARTINEZ PADILLA ANA ISABEL - CC 23172193 JR Participación Anotación: N% 3 del Folio ++340-69976 BHradicación 999-758 Del 7/1/1909 EJYDoc escritura 2501 Del [Bo/12/1998 E) oficina de Origen Inorarza 3 De [sinceneso ES) valor | Estado Ivaioa Especiricación [ON eamrtza — [Naturaleza uríico [ao E) Modalidad (E E) Comentario | como que intervienen en el acto (La X indica a la persona que figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incompleto) DE JIMARTINEZ PADILLA ANA ISABEL - CC 23172193 JE Participación] A [Eno netos HIJOS MENORES QUE TENGA Y DE LOS QUE LLEGARE A TENER. - [| [rerticioación Por otra parte, analizada la Escritura Pública No. 1575 del 18 de diciembre de 2002, de la Notaría Primera de Sincelejo, se evidencia que por medio de dicho documento la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR-0. de Sincelejo - Sucre Versión: 05
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Inmobiliaria Nos. 340-69976 y so. Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 Sociedad HORACIO MENDOZA MARTINEZ Y CIA LTDA, transfirió al señor LUIS ENRIQUE SAENZ (Sic) ARRIETA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 15.668.568, el derecho pleno de dominio y la posesión material que tenía y ejercía sobre una casa de habitación de una sola planta, junto con el lote donde se encuentra construida, con nomenclatura urbana del municipio de Sincelejo, número Calle 5 F No. 6 A Bis - 77, identificada con la Matrícula Inmobiliaria No. 340-69979; y el comprador en el mismo instrumento constituyó PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE sobre el inmueble, a favor de sus hijos menores y de los que llegare a tener. La referida Escritura se inscribió en las anotaciones Nos. 3 y 4 del Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 340-69979, con el Turno o No. Radicación 2002-9503 del 20 de diciembre de 2002, así: Anotación: NY 3 del Folio 4340-69979 BHradicación [2002-9503 [Del [Bo/12/2002 | EYooc Íescrrrura 1575 |Del ls/22/2002 |] (E) oficina de Orígen NOTARIA PRIMERA |De Encenao . ] 8) valor ..270,000 Estado Ivaioa ] (S) Especificación [eomeravenra Nro ea [>>
(S) Modalidad | | O DE INTERES SOCIAL CON E) Comentario SUBSIDIO DEL INURBEB.F. 234099 DEL 20-12-02 $864.900.- | a Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio . Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO -02FR-—0 de Sincelejo - Sucre Versión: 05
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Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y o Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 (incompleto) | DE HORACIO MENDOZA MARTINEZ 8: CIA. LTDA. - NIT 12 ]lDarticipación]] A IEAENZ ARRIETA LUIS ENRIQUE - CC 15668568 JE Participación Anotación: NY 4 del Folio $+340-69979
BHadicación [2002-0503 |be: lro/12/2002 ] 8) Doc [escritura 1575 |Del ls/12/2002 | BBHoficina de Orígen — NOTARIA PRIMERA [De Eenceneo . | E)valor | JEstado Ivanioa |] . - [constitucion mm Sa Especificación es DE FAMILIA Naturaleza Jurídica ha | ES)nmodalidad E) Comentario | Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incompleto) : DE ISAENZ ARRIETA LUIS ENRIQUE - CC 15668568 JIBx ParticipaciónP ] A NA SU FAVOR Y DE LOS HIJOS MENORES QUE TENG - CC 2 JD Participación Lo anterior, demuestra que en la anotación No. 3 del Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 340-69976, con el Turno o No. Radicación 1999-758 del 27 de enero de 1999, se encuentra registrado el acto CONSTITUCION PATRIMONIO DE FAMILIA, constituido por la señora ANA ISABEL MARTINEZ PADILLA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 23.172.193, a favor suyo y de los hijos que tenía, así como de los que Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR — d e S i n c e l e j oS u c r e V e r s i ó n : 0 5 D i r e c c i ó n
: C a l l e 2 4 N o . 1 63 4 F e c h a : 0 20 72 0 2 4
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de Sincelejo. Sin embargo, con el Recibo de Caja No. 4002935, con No. Radicación 2023-340-610347 del 5 de octubre de 2023, el señor LUIS SAEZ (Sic) ARRIETA, solicitó el registro de la Escritura Pública No. 1289 del 3 de octubre de 2023, de la Notaría Primera de Sincelejo, por medio de la cual el señor LUIS ENRIQUE SAEZ (Sic) ARRIETA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 15.668.568, canceló el patrimonio de familia constituido por Escritura Pública No. 1575 del 18 de diciembre de 2002, de la Notaría Primera de Sincelejo, registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 340-69979, por cuanto, sus hijos LEIDYS SAEZ CARRILLO, ERIKA SAEZ CARRILLO y PAOLA SAEZ CARRILLO, identificadas con las cédulas de ciudadanía Nos. 1.102.879.886, 1.102.881.074 y 1.102.873.350, respectivamente, son mayores de edad y en la actualidad no tiene hijos menores. No obstante, la funcionaria MARTHA PATRICIA BUSTAMANTE BENITEZ, Profesional Universitario, identificada con el USUARIO No. 99646, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo, mediante FORMULARIO DE CALIFICACION CONSTANCIA DE INSCRIPCION del 10 de octubre de 2023, con el Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR,408 de Sincelejo - Sucre Versión: 05
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Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y so... Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 Turno o No. Radicación 2023-340-6-10347 del 5 de octubre de 2023, registró en la anotación No. 4 del Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 340-69976, la Escritura Pública No. 1289 del 3 de octubre de 2023, de la Notaría Primera de Sincelejo, por medio de la cual el señor LUIS ENRIQUE SAEZ (Sic) ARRIETA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 15.668.568, canceló el patrimonio de familia constituido por Escritura Pública No. 1575 del 18 de diciembre de 2002, de la Notaría Primera de Sincelejo, de la siguiente manera: Anotación: NY 4 del Folio 1£340-69976 BHradicación [.o23-340-6-10347 [Del los/10/2023 B)ooc Tescrrrura 1289 el lo3/10/2023 |] (8) oficina de Orígen NOTARIA PRIMERA [De [sincenezo |
ES) valor | [Estado Ivaioa | O Especificación [enncrzacion POR VOLUNTAD DE LAS [Naturaleza lo 43 E)modalidad | PATRIMONIO DE FAMILIA, CON B.F NO E) Comentario 701923001610 DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2023, POR VALOR DE $ 157.200 amo p Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que figura | (S) como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incompleto) DE NATURAL - SAEZ CARILLO PAOLA ANDREA - CC 1102873350 JD articipación DE JINATURAL - SAEZ CARILLO LEIDYS - CC 1102879886 JD Participación] Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR — 08 de Sincelejo - Sucre Versión: 05
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DE ÍNATURAL - SAEZ CARILLO ERIKA - CC 1102881074 | Participación
A PSAENZ ARRIETA LUIS ENRIQUE - CC 15668568 II Participación Lo expuesto, conlleva a considerar que la funcionaria MARTHA PATRICIA BUSTAMANTE BENITEZ, Profesional Universitario, identificada con el USUARIO No. 99646, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo, presuntamente incurrió en error por anotación indebida, toda vez que, mediante FORMULARIO DE CALIFICACION CONSTANCIA DE INSCRIPCION del 10 de octubre de 2023, con el Turno o No. Radicación 2023-340-6-10347 del 5 de octubre de 2023, registró en la anotación No. 4 del Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 340-69976, la Escritura Pública No. 1289 del 3 de octubre de 2023, de la Notaría Primera de Sincelejo, por medio de la cual el señor LUIS ENRIQUE SAEZ (Sic) ARRIETA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 15.668.568, canceló el patrimonio de familia constituido por Escritura Pública No. 1575 del 18 de diciembre de 2002, de la Notaría Primera de Sincelejo, cuando debió inscribir dicho documento en el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 340-69979, señalado claramente en la Escritura Pública de cancelación de patrimonio de familia No. 1289 de 2023, donde se registró la Escritura Pública de constitución de patrimonio de familia No. 1575 de 2002, y donde aparece inscrito como titular de derecho real de dominio el señor LUIS ENRIQUE SAENZ (Sic) ARRIETA, identificado con la cédula de ciudadanía No.
15.668.568. Así mismo, dicha funcionaria presuntamente incurrió en error en “Personas que intervienen en el acto” de la anotación No. 4 del Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 340-69976, por cuanto, quien canceló el patrimonio de familia a través de la Escritura Pública No. 1289 del 3 de octubre de 2023, de la Notaría Primera de Sincelejo, fue el señor LUIS ENRIQUE SAEZ (Sic) ARRIETA, no las señoras ERIKA SAEZ Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR-— de Sincelejo - Sucre Versión: 05
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Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y o Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 CARRILLO, LEIDYS SAEZ CARRILLO y PAOLA SAEZ CARRILLO, como equivocadamente las anotó.
II. PRUEBAS Para que obren como pruebas es procedente decretar las siguientes: 1.- Incorporar al Expediente de la actuación administrativa, los siguientes
documentos: 1.1.- Impresiones simples de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y 340-69979. 1.2.- Escritura Pública No. 2501 del 30 de diciembre de 1998, de la Notaría Tercera de Sincelejo. 1.3.- Escritura Pública No. 1575 del 18 de diciembre de 2002, de la Notaría Primera de Sincelejo. 1.4.- Escritura Pública No. 1289 del 3 de octubre de 2023, de la Notaría Primera de Sincelejo. 1.5.- FORMULARIO DE CALIFICACION CONSTANCIA DE INSCRIPCION del 10 de octubre de 2023, con el Turno o No. Radicación 2023-340-6-10347 del 5 de octubre de 2023, de la Escritura Pública No. 1289 del 3 de octubre de 2023, de la Notaría Primera de Sincelejo. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos " Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -08 de Sincelejo - Sucre Versión: 05
Dirección: Calle 24 No. 16-34
Teléfono: 2750359 - 2750354 Fecha: 02 — 07 - 2024
E-mail: ofiregisO) ssuipenrncotaeriladeo.jgoov. co
14 Superintendencia de Notariado y Registro TA
OFICINAD E REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL
CÍRCULO DE SINCELEJO
AUTO No. 22
Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula
Inmobiliaria Nos. 340-69976 y a Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 2.- Oficiar a las Notaría Primera y Tercera de Sincelejo, a través de la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Jurídica Registral de esta Oficina, para que remitan con destino al expediente de la presente actuación administrativa, copias de los siguientes documentos: 2.1.- Escritura Pública No. 1575 del 18 de diciembre de 2002, de la Notaría Primera de Sincelejo. 2.2.- Escritura Pública No. 2501 del 30 de diciembre de 1998, de la Notaría Tercera de Sincelejo.
IV. DECISIÓN Corregir los presuntos errores previamente mencionados, modificaría, sin duda, la actual situación jurídica de los inmuebles. Por ello, esta Oficina mediante el presente auto, inicia la correspondiente actuación administrativa identificada con el Expediente No. 19 — 2024, con el objeto que los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y 340-69979, exhiban en todo momento el estado jurídico de los respectivos bienes.
En mérito de lo expuesto, este despacho, RESUELVE ARTÍCULO 1: Iniciar actuación administrativa con el objeto de corregir los presuntos errores que se hayan podido cometer en los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 34069976 y 340-69979, con el objeto que exhiban en todo momento el estado jurídico de los respectivos bienes, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR-—
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Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y AA Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 esta providencia. ARTÍCULO 2: PRUEBAS: Decrétense las siguientes: 1.- Incorpórense al Expediente de la actuación administrativa los siguientes documentos: 1.1.- Impresiones simples de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y 340-69979. 1.2.- Escritura Pública No. 2501 del 30 de diciembre de 1998, de la Notaría Tercera de Sincelejo. 1.3.- Escritura Pública No. 1575 del 18 de diciembre de 2002, de la Notaría Primera de Sincelejo. 1.4.- Escritura Pública No. 1289 del 3 de octubre de 2023, de la Notaría Primera de Sincelejo. 1.5.- FORMULARIO DE CALIFICACION CONSTANCIA DE INSCRIPCION del 10 de octubre de 2023, con el Turno o No. Radicación 2023-340-6-10347 del 5 de octubre
de 2023, de la Escritura Pública No. 1289 del 3 de octubre de 2023, de la Notaría Primera de Sincelejo. 2.- Oficiar a las Notaría Primera y Tercera de Sincelejo, a través del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Jurídica Registral de esta Oficina, para que remitan con destino al expediente de la presente actuación administrativa, copias de los siguientes Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR-0 de Sincelejo - Sucre Versión: 05
Dirección: Calle 24 No. 16-34
Teléfono: 2750359 - 2750354 Fecha: 02 — 07 - 2024
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Julio 30 de 2024 Por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y o Turno de Corrección No. 2023-340-3Expediente No. 19 - 2024 documentos: 2.1.- Escritura Pública No. 1575 del 18 de diciembre de 2002, de la Notaría Primera de Sincelejo. 2.2.- Escritura Pública No. 2501 del 30 de diciembre de 1998, de la Notaría Tercera de Sincelejo. ARTÍCULO 3: Conformar el expediente, como lo dispone el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 4: Comunicar el contenido de esta acto administrativo, a través de la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Jurídica Registral de esta Oficina, a los señores ANA ISABEL MARTINEZ PADILLA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 23.172.193, y LUIS ENRIQUE SAENZ ARRIETA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 15.668.568, terceros determinados, con el fin de que puedan constituirse en parte y hacer valer sus derechos en la actuación. De no ser posible dicha comunicación o tratándose de terceros indeterminados este auto se publicará en cartelera ubicada en lugar visible de acceso a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo, por el término de cinco días hábiles. De igual manera, se divulgará en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co. ARTÍCULO 5: Bloquear los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 340-69976 y 34069979, objeto de la presente actuación, a través de la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Gestión
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