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SNR - Auto 158-20240912181028

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 158-20240912181028
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Sites SUPERINTENDENCIA Lo guade rlo tde paúbli ca EXPEDIENTE: 318-A-A-2024-03

Referencia: PUBLICACION O NOTIFICACION DE TERCEROS

INDETERMINADOS —»DE LA DECISION DE UNA ACTUACION

ADMINISTRATIVA.

En aplicación a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011 y al haberse adverado la posibilidad de afectar derechos de terceros indeterminados con la decisión proferida con la Resolución N 006 del fecha 02/09/2024, expedida dentro del trámite radicado N 318-A-A-2024-03, en la cual funge como parte MARIA DE JESUS MEJIA FLOREZ, CLEMENTE CASTELLANOS CABALLERO y a los TERCEROS INDETERMINADOS, el registrador de Instrumentos Públicos de San Andrés, informa que en el acto administrativo precitado se resolvió lo siguiente: ARTÍCULO PRIMERO: EXCLUIR como adquiriente del folio de Matricula inmobiliaria 318-471, en la anotación 01 a HOSPITAL DE CARIDAD, teniendo en cuenta lo previsto en la parte motiva de la presente Resolución.

ARTICULO SEGUNDO: INCLUIR en el folio de matrícula inmobiliaria 318-471, como anotación 02, el registro de la Escritura N” 161 del 31/07/1935. Notaria 2 de San Andrés, registrada el 17/10/1935. Cuya Naturaleza Jurídica corresponde a una Compraventa Proindiviso DE: MEJIA FLOREZ MARIA NAZARETH A: CHIPAGRA FLOREZ AGUSTIN (X), atendiendo lo preceptuado en la parte

motiva de la presente providencia.

ARTICULO TERCERO: INCLUIR en el folio de matrícula inmobiliaria 318-471, como anotación 03, el registro de la Escritura N 196 del 26/10/1944. Notaria 1? de San Andrés, registrada del 22/01/1944. Cuya Naturaleza Jurídica corresponde a una Compraventa Proindiviso DE: CHIPAGRA FLOREZ AGUSTIN A: MEJIA SIERRA FELICIANO (X), atendiendo lo preceptuado en la parte motiva de la presente providencia.

ARTICULO CUARTO: INCLUIR en el folio de matrícula inmobiliaria 318-471, como anotación 04, el registro de la Escritura N 140 del 03/05/1945. Notaria 2 de San Andrés, registro del 22/08/1945. Cuya Naturaleza Jurídica corresponde a una : Superintendencia de Notariado y Registro

CNEA-PO-02-FR-03 Calle 26 No. 13 - 49 Int. 201 03-12-2020 PBX 57 + (1) 3282121 Bogotá D.C., - Colombia http://www .supernotariado.gov.co correspondencia (Wsupernotariado.gov.co

SUPERINTENDENCIA

SNR DE NOTARIADO £. REGISTRO da guarded ala le pública Compraventa Parcial Cuota Proindiviso DE: MEJIA DE FLOREZ EMILIANA A: CABALLERO JOSE TRINIDAD (X), atendiendo lo preceptuado en la parte motiva de la presente providencia.

ARTICULO QUINTO: INCLUIR en el folio de matrícula inmobiliaria 318-471,

como anotación 05, el registro de la Escritura N” 294 del 25/08//1945. Notaria 2 de San Andrés, registro del 14/11/1945. Cuya Naturaleza Jurídica corresponde a una Compraventa Cuota Proindiviso DE: CABALLERO JOSE TRINIDAD A: CACERES JAIMES LUIS FRANCISCO (X), atendiendo lo preceptuado en la parte motiva de la presente providencia.

ARTICULO SEXTO: CORREGIR el número de orden de las anotaciones inscritas en el folio de matrícula inmobiliaria 318-471, en su orden respectivo, con ocasión de las correcciones ordenadas, atendiendo lo preceptuado en la presente resolución ARTICULO SEPTIMO: HAGANSE las salvedades respectivas en el folio de matrícula inmobiliaria 318471 y en el sistema misional SIR, atendiendo lo preceptuado en la parte motiva de la presente Providencia.

ARTÍCULO OCTAVO: NOTIFICAR la presente decisión a la señora BERNARDA CASTELLANOS DE BERMUDEZ, como heredera del señor CLEMENTE CASTELLANOS, A: MARIA DE JESUS MEJIA FLOREZ A: JOSE PATROCINIO MEJIA FLOREZ y a los TERCEROS INDETERMINADOS de conformidad con lo previsto en el artículo 69 inciso 2 de la Ley 1437 de 2011, advirtiéndoles que contra la presente decisión proceden los recursos previstos en el artículo 74 de la ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO NOVENO: ARCHIVESE copia de la presente providencia en la carpeta de antecedentes del folio de matrícula inmobiliaria 318-471.

ARTÍCULO SEPTIMO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su

EJECUTORIA.

La presente Actuación Administrativa, se adelanta con el objetivo de clarificar la situación jurídica del inmueble. Lo anterior con el objeto de que se constituyan en parte en la presente actuación y ejerzan los derechos que la ley les concede en defensa de sus intereses. Superintendencia de Notariado y Registro CNEA-PO-02-FR-03 Calle 26 No. 13 - 49 Int. 201 03-12-2020 PBX 57 + (1) 3282121 Bogotá D.C., - Colombia http://www.supernotariado.gov.co correspondencia (Osupernotariado.gov.co

SUPERINTENDENCIA

DE NOTARIADO 8 REGISTRO to guarda de la le pública San Andrés, Septiembre 11 de 2024. i Jl NELSON DE JESUS SARABIA PEDRAZA Registrador Seccional de |.P. E Superintendencia de Notariado y Registro CNEA-PO-02-FR-03 Calle 26 No. 13 - 49 Int. 201 03-12-2020 PBX 57 + (1) 3282121 Bogotá D.C., - Colombia http://www.supernotariado.gov.co correspondencia(Wsupernotariado.gov.co

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