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SNR - Auto 158-2024100382230

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 158-2024100382230
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

w Superintendencia de Notariado y Registro

NOTIFICACION POR AVISO

Señores:

TEODORO ANGEL MENDOZA BELTRAN

NICANOR BAUTISTA HERRERA

REF: AUTO DE FECHA 16/09/2024, AUTO DE INICIO

- ACTUACION ADMINISTRATIVA No. 318-A-A-2024-04

FOLIOS DE MATRICULA INMOBILIARIA 318-2287 Y 318-8786

Por intermedio de éste AVISO se les notifica el Autod e inicio de fecha dieciséis (16) de Septiembre de dos mil veinticuatro (2024) proferidop or la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San Andrés, dentrod e la ACTUACION ADMINISTRATIVA 318-A-A-2024-04 La presente notificación tiene un término de fijacióny publicación de cinco (5) días, se entiende surtida al finalizar el día siguiente de la fecha de desfijación de este aviso. Lo anterior en cumplimiento de lo establecido por eCl ódigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (art6. 9 Ley 1437 de 2011). Se fija este aviso hoy. Veintisiete (27) de Septiembred e dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho (8:00 A.M) de la mañana. El Registrador

NELSON DE JÉSUS SARABIA PEDRAZA.

Código: Superintendencia de Notariado y Registro

CNEA-PO-02-FR-03 Calle 26 No. 13-49 Int. 201 03-12-2020 PBX 57 + (1) 3282121 Bogotá D.C., - Colombia http://www.supernotariado.gov.co

correspondencia@supernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro

EXPEDIENTE N“ 318-A-A-2024-04

EL REGISTRADOR SECCIONAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DES AN

ANDRES-SANTANDER.

En ejercicio de sus facultades legales y en especiald e las conferidas por la ley 1437 de 2011 y ley 1579 de 2012 y, CONSIDERANDO: Que mediante solicitud de un certificado de libertady tradición especial radicado con el turno N° 2024-318-1-2112 de fecha 04/06/2024, se efectuó análisis a la tradición del predio rural denominado “LA VEGA” identificadoc on la matrícula inmobiliaria 318-8786, ubicado en la vereda Centrod el Municipio dé San Andrés, se hace necesario clarificar la situación jurídicad el inmueble, toda vez que se han encontrado algunas inconsistencias en la tradiciónd el inmueble. Al igual, se hace necesario clarificar la situación jurídica del predio denominado “LA VEGA” identificado con la matrícula inmobiliaria3 18-2287, ubicado en la vereda Centro del Municipio de San Andrés, una veza nalizadas las dos tradiciones, se presume que se trata de un mismo inmueble. El artículo 49 de ley 1579 de 2012 dispone que, que la matricula inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado jurídico deí respectivob ien y de los hechos expuestos, esta oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente actuación administrativa (Articulo 4 C.P.A. y C.A),p ara efectos de determinar la verdadera y real situación jurídica de los prediosa ntes mencionados, siguiendo el

procedimiento que señala el Código de ProcedimientoA dministrativo y dé lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares. En virtud de lo expuesto este despacho.

Código: Superintendencia de Notariado y Registro

CNEA-PO-02-FR-03 Calle 26 No. 13-49 Int. 201 03-12-2020 PBX 57 + (1) 3282121 Bogotá D.C., - Colombia httD://www.suDernotariado.QOv.co Superintendencia de Notáriadó y Registro Continuación del auto por medio del cual se iniciau na actuación ad m i n istrativa 318-A-A-2024-04

DISPONE: ARTICULO PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa,t endiente a clarificar la situación jurídica de los inmuebles denominados “LAV EGA” ubicados én la vereda Centro del Municipio de San. Andrés, Identificadosc on los folios de matrícula inmobiliaria 318-2287 y 318-8786.

ARTICULO SEGUNDO: Notificar el contenido del Auto a los señores DIONISIO JEREZ NIÑO, TEODORO ANGEL MENDOZA BELTRAN Y NICANOR BAUTISTA HERRERA y a los terceros indeterminados quep uedan resultar afectados con la decisión de la actuación.

ARTICULO TERCERO: Si no fuere posible la notificaciónp ersonal a los terceros, súrtase ella rnediante publicación de esta providenciae n un diario de amplia circulación nacional o en el Diario Oficial, a cargod e la parte solicitante, o en la página WEB de la Superintendencia de Notariado y Registrod e conformidad con

lo establecido en el artículo 37 del C. de P: A y de lo C. A.

ARTICULO CUARTO: Formar el expediente correspondiented ebidamente foliado. (Artículo 36 del C de P. A y de lo C.A) ARTICULO QUINTO: Contra este auto no procede recursoa lguno.

ARTICULO SEXTO: Esta Providencia rige a partir de laf echa de su expedición.

Una vez cumplido lo ordenado, esta Oficina producirá la decisión correspondiente.

COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en San Andrés (Santander), a los Dieciséis (16) días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).

NELSON DE JESUS SARABIA PEDRAZA

Registrador de I.P.

Código: Superintendencia de Notariado y Registro

. CNEA-PO-02-FR-03 Calle 26 No. 13-49 Int. 201 03-12-2020 PBX 57 + (1) 3282121 Bogotá D.C., - Colombia http://www.suDernotariado.aov.co

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