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SNR - Auto 166-20240830110607

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 166-20240830110607
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Él Superintendencia de Notariado y Registro ocios A.

AUTO 04

(AGOSTO 12 DE 2024) “Por medio del cual se inicia una actuación Administrativa” El registrador seccional de instrumentos públicos de Santa Rosa de Viterbo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 1437 de 2011 y la ley 1579 de 2012 y, CONSIDERANDO: Que el día 02/08/2024, ingreso con turno de registro 2024-092-3-71 solicitud de corrección donde el señor JOSE SALOMON DIAZ PEÑA, con, C.C N 79.988685, radica una petición donde solicita: “Que se incluya en los folios de matrícula Nos. 0923068 y 0923069 la inscripción de la escritura pública No.622 del 19 de diciembre de 1975 de la Notaría Segunda del Círculo de Duitama, título que fue registrado en los libros del sistema antiguo el día 20 de febrero de 1976, en el libro 10, folio No. 270, tomo 1o, bajo el No. 246 y el día 2 de marzo de 1976, matricula libro de Santa Rosa de Viterbo, folio 9, partida 9”. Esta petición la sustenta en los siguientes hechos: “: Lo anterior obedece a que realizadas las averiguaciones pertinentes en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa Rosa de Viterbo, la escritura mencionada corresponde a un predio que está identificado con el folio de matrícula inmobiliaria en el folio No. 0923068, pero en este certificado de libertad no aparece inscrita la escritura que nos ocupa, a pesar de que conforme a la tradición señalada

corresponde a este registro. Revisado el libro correspondiente a los sellos de registro de la escritura pública No. 622 del 19 de diciembre de 1975 de la Notaría Segunda del Círculo de Duitama, esta se encuentra inscrita en el folio de matrícula inmobiliaria No. 0923069”. En atención a la solicitud de inclusión de la escritura citada en los folios de matrícula 092-3068 y 092-3069, este despacho observa la necesidad de iniciar actuación administrativa, para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, así como determinar la verdadera y real situación jurídica de los inmuebles identificados con anterioridad y sus respectivas anotaciones, toda vez que la peticionaria indica que falta anotar una escritura en estos folios de matrícula, esto siguiendo el procedimiento indicado en el art. 59 de la ley 1579 y en los artículos 34 al 45 del CPA. Y C.A. En el artículo 49 de la ley 1579 de 2012 dispone: “Finalidad del folio de matrícula. El modo de abrir y llevar la matricula se ajustara a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien. También el artículo 59 de la ley en cita. Los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o inscripción, se corregirán de la siguiente manera: Los errores aritméticos, ortográficos, de digitación o mecanográficos que se deduzcan de los antecedentes y que no afecten la naturaleza jurídica del acto, o el contenido esencial del mismo, podrán corregirse en cualquier tiempo sustituyendo la información errada por la correcta, o enmendando o borrando lo escrito

y anotando lo correcto. Los errores en que se haya incurrido al momento de la calificación y que se detecten antes de ser notificado el acto registral correspondiente, se corregirán en la forma indicada en el inciso anterior. Los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, solo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o de la norma que lo adicione o modifique y en esta ley. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos De Santa Rosa de Viterbo - Boyaca

Dirección: carrera 3 N 7-25

Teléfono: 7860060

E-mail: ofiregissantarosadeviterbo(YWsupernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro A o] En el entendido que haciendo un estudio de la petición puede presentarse que se omitió la inscripción de algún acto, o parte del en los folios de matrícula inmobiliaria 092-3068 y 0923069, y que puede presentarse un error en la calificación del documento y que puede modificar la situación jurídica del inmueble, este despacho atendiendo las normas citadas RESUELVE PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica de los Folio de matrícula 092-3068 y 092-3069, y establecer la procedencia o no de la petición.

SEGUNDO: Notificar personalmente del inicio de esta actuación administrativa a las siguientes Personas: JOSE SALOMON DIAZ PEÑA y demás personas que se crean con

derecho.

TERCERO: comunicar del inicio de esta actuación a. JOAQUIN LOPEZ y demás personas que se crean con derecho. (ART.37 C.P.A y de lo C.A.).

CUARTO: Si no fuere posible la notificación personal de los interesados, y la comunicación esta se surtirá mediante aviso y publicación en la página web de la superintendencia de Notariado y registro.

QUINTO: Confórmese el respectivo expediente No 092-AA-2024-3 de acuerdo con las previsiones del Artículo 36 de la ley 1137 de 2011, debidamente foliado.

SEXTO: Notificar el presente auto al peticionario, haciéndole saber que contra él mismo NO procede ningún recurso por vía gubernativa (art 75 de la ley 1137 de 2011) SEPTIMO: enviar el turno de corrección 2024-092-3-71 al rol de actuaciones administrativas.

OCTAVO: BLOQUEAR los folios de matrícula No: 092-3068 y 092-3069, hasta cuando se encuentre en firme el acto administrativo que resuelva esta actuación administrativa.

NOVENO: Este auto rige a partir de la fecha de su expedición y no procede recurso.

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Santa Rosa de Viterbo a los doce (12) día del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024). NS YO

LUIS FRANCISCO SILVA CASTRO

Registrador Seccional de Instrumentos Públicos Santa Rosa de Viterbo Oficina de Registro de Instrumentos Públicos De Santa Rosa de Viterbo - Boyaca

Dirección: carrera 3 N 7-25

Teléfono: 7860060

E-mail: ofiregissantarosadeviterboOsupernotariado.gov.co

El Superintendencia de Notariado y Registro A AVISO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 y 70 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y en vista de no haber sido posible comunicar personalmente los señores: JOAQUIN LOPEZ (ART.37 C.P.A y de lo C.A.) la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos seccional de Santa Rosa de Viterbo, procede a surtir el trámite de notificación mediante AVISO para dar a conocer el contenido del auto 04 de fecha agosto 12 de 2024, cuya parte resolutiva establece: PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica de los Folio de matrícula 092-3068 y 092-3069, y establecer la procedencia o no de la petición. SEGUNDO: Notificar personalmente del inicio de esta actuación administrativa a las siguientes Personas: JOSE SALOMON DIAZ PEÑA y demás personas que se crean con derecho. TERCERO: comunicar del inicio de esta actuación a. JOAQUIN LOPEZ y demás personas que se crean con derecho. (ART.37 C.P.A y de lo C.A.).

CUARTO: Si no fuere posible la notificación personal de los interesados, y la comunicación esta se surtirá mediante aviso y publicación en la página web de la superintendencia de Notariado y registro. QUINTO: Confórmese el respectivo expediente No 092-AA-2024-3 de acuerdo con las previsiones del Artículo 36 de la ley 1137 de 2011, debidamente foliado.

SEXTO: Notificar el presente auto al peticionario, haciéndole saber que contra él mismo NO procede ningún recurso por vía gubernativa (art 75 de la ley 1137 de 2011) SEPTIMO: enviar el turno de corrección 2024-092-3-71 al rol de actuaciones administrativas. OCTAVO: - BLOQUEAR los folios de matrícula No: 092-3068 y 092-3069, hasta cuando se encuentre en firme el acto administrativo que resuelva esta actuación administrativa. NOVENO: Este auto rige a partir de la fecha de su expedición y no procede recurso.

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Santa Rosa de Viterbo a los doce (12) día del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024). LUIS FRANCISCO SILVA CASTRO Registrador Seccional de Instrumentos Públicos Santa Rosa de Viterbo Se fija el presente AVISO hoy 16 de AGOSTO de 2024 en las instalaciones de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa Rosa de Viterbo por un término de cinco (5) días hábiles desde el momento que se publique. Se desfija el presente aviso, alos Z£ _ días del mes de AGOSTO de 2022.

ERAALÓ

LUIS FRANCISCO SILVA CASTRO Registrador seccional Santa Rosa de Viterbo Oficina de Registro de Instrumentos Públicos De Santa Rosa de Viterbo - Boyaca

Dirección: carrera 3 N” 7-25

Teléfono: 7860060

E-mail: ofiregissantarosadeviterbo(Wsupernotariado.gov.co

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