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SNR - Auto 178-2024082790902

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 178-2024082790902
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

N Superintendencia de Notariado y Registro

ORIPCHO1542024EE348 21 DE AGOSTO DE 2024 ASUNTO: PUBLICACION 0

NOTIFICACION PARA TERCEROS INDETERMINADOS AUTO DE 14 AGOSTO 2024 POR

MEDIO DEL CUAL SE INICIA ACTUAaON ADMINISTRATIVA EXPEDIENTE 154-AA-2024 6

MATRICULA INMOBILIARIA 154-2.5759.

Conforme a lo dispuesto en el articulo 37 de la Ley 1437 de 2011 y al haberse advertido la posibilidad de afectar derechos de terceros indeterminados con EL TRAMITE Y DECISION de la presente actuacion administratlva, el Registrador de Instrumentos Publicos de Choconta mediante la presente comunicacion informa: Resuelve: ARTICULO PRIMERO: Iniciar actuacion administrative, tendiente a determiner la real situacion jundica de los inmuebles inscritos en las matncula inmobiliarta 154-25759, En concordancia los considerandos del presente auto. Articulos 2, 3, 8, 29, 48,49 ,59 y 67 Ley 1579 2012. Estatuto de Registro. ARTICULO SEGUNDO: Comunicar a GIRO QUINTERO RAMIREZ CC 223486 A MARIA ELSA ALONSO LEON CC 20362882 el inicio de la presente actuacion, contra el presente auto de tramite no precede recurso alguno en la via administrativa. Contra el presente Auto de tramite no precede recurso alguno en la via administrativa. Articulo 75 ley 1437 ARTICULO TERCERO: Comunicar a terceros indeterminados mediante publicacion pagina web de SNR Articulo 37 ley 1437 2011 circular SNR 1033 de 06 03 2018. ARTICULO

CUARTO: Bloquear la matncula inmobiliaria 154-25759 con el fin de no expedir certificado, o dar tramite a proceso registral de documentos, mientras no quede en firme la decision que de termino a la presente actuacion. Paragrafo articulo 67 Ley 1579 2012.

ARTICULO QUINTO: Formar el expediente correspondiente debidamente foliado ARTICULO SEXTO: Conforme articulo 40 ley 1437 de 2011, se ordena allegar como pruebas documentales, todos los antecedentes registrales que obren en los libros de antiguo sistema, carpeta de antecedentes y demas archives que reposen en esta oficina respecto del predio identificado mediante la matriculas inmobiliarias 154-28016 ARTICULO SEPTIMO: Esta providencia rige a partir de su fecha de expedicion. ARTICULO OCTAVO: Una vez cumplido lo ordenado, esta Oficina producira la decision correspondiente. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLACE. Dado en Choconta, Cundinamarca, 14 agosto de 2024

FIRMADORegistradorSeccional I.P. Choconta. Di ALFONSO GARCIA DAZA Registrador Seccional I.P. de Choconta Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Choconta • Cundinamarca Direccion. Calle6 No.5-26

Email: ofiregischoconta@supernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro AUTO 14 de agosto de 2024

For medio del cual se inicia actuacion administrative Expediente 154-AA-2024 6 Matricula Inmobiliaria 154-25759

EL REGISTRADOR SECCIONAL DE INSTRUM ENTOS PUBLICOS DE CHOCONTA CUNDINAMARCA.

En ejercicio de sus facultades legales y especial las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y Ley 1579 de 2012. CONSIDERANDO Mediante solicitud de correccion se realiza el cotejo de la inscripcion de la Escritura 639 de 04 de noviembre de 2015 notaria unica de Choconta en la matricula inmobiliaria 154-25759, se observa que la inscripcion de anotacion dos de acto de venta 0125 de GIRO QUINTERO RAMIREZ CC 223486 A MARIA ELSA ALONSO LEON CC 20362882 no corresponde a lo estipulado. Asi las cosas, es necesario realizar el ajuste mediante actuacion administrativa de la matricula inmobiliaria 154-25759 dos actos juridicos compraventa nuda propiedad y reserva de usufructo. Conforme los antecedentes registrales encontrados se definira la real situacion jun'dica conforme lo indica el Estatuto de Registro Ley 1579 2012. Artfculo 29. Tftulo antecedente. Para que pueda ser inscrito en registro cualquier tftulo, se debera indicar la procedencia inmediata del dominio o del derecho real respective, mediante la cita del tftulo antecedente, la matricula inmobiliaria o los dates de su registro, si al inmueble no se le ha asignado matricula por encontrarse inscrito en los libros del antiguo sistema. Sin este requisite no procedera la inscripcion, a menos que ante el Registrador se demuestre la procedencia con el respective tftulo inscrito. "Artfculo 49. Finalidad del folio de matricula. El modo de abrir y llevar la matricula se ajustara a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurfdico del respective bien....". En correspondencia a lo preceptuado en los artfculos 2, 3, 8,

29, 48,49 ,59 y 67 Ley 1579 2012. Estatuto de Registro. Resuelve; ARTICULO PRIMERO: Iniciar actuacion administrativa, tendiente a determiner la real situacion jurfdica de los inmuebles inscritos en las matrfcula inmobiliaria 154-25759, En concordancia los considerandos del presente auto. Artfculos 2, 3, 8, 29, 48,49 ,59 y 67 Ley 1579 2012. Estatuto de Registro. ARTICULO SEGUNDO: Comunicar a GIRO QUINTERO RAMIREZ CC 223486 A MARIA ELSA ALONSO LEON CC 20362882 el inicio de la presente actuacion, contra el presente auto de tramite no precede /recurso alguno en la via administrativa. Contra el presente Auto de tramite no (Ty procede recurso alguno en la via administrativa. Articulo 75 ley 1437 2011 Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Choconta • Cundinamarca Direccion. Calle6 No.5-26

Email: ofiregischoconta@supernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro mmm mm Hoja dos AUTO 14 de agosto de 2024 Por medio del cual se inicia actuacion administrativa Expediente 154-AA-2024 6 Matricula Inmobiliaria 154-25759

ARTICULO TERCERO: Comunicar a terceros indeterminados mediante publicacion pagina web de SNR Articulo 37 ley 1437 2011 circular SNR 1033 de 06 03 2018.

ARTICULO CUARTO: Bloquear la matrfcula inmobiliaria 154-25759 con el fin de no expedir certificado, o dar tramite a proceso registral de documentos, mientras no

quede en firme la decision que de termino a la presente actuacion. Paragrafo articulo 67 Ley 1579 2012. ARTICULO QUINTO: Formar el expediente correspondiente debidamente foliado ARTICULO SEXTO: Conforme articulo 40 ley 1437 de 2011, se ordena allegar como pruebas documentales, todos los antecedentes registrars que obren en los libros de antiguo sistema, carpeta de antecedentes y demas archives que reposen en esta oficina respecto del predio identificado mediante la matriculas inmobiliarias 154-28016 ARTICULO SEPTIMO: Esta providencia rige a partir de su fecha de expedicion. ARTICULO OCTAVO: Una vez cumplido lo ordenado, esta Oficina producira la decision correspondiente. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y

UMPLACE.

OdDado en Choconta, Cundinamarca, 14 agosto de 2024 /

DANIEI ISO GARCIA DAZA

Registrador Seccional I.P. Choconta. Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Chocontd - Cundinamarca Direccion. Calle6 No.5-26

Email: ofiregischoconta@supernotariado.gov.co

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