SNR - Auto 190-20240404110956
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 190-20240404110956
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
COLOMBIA SUPERINTENDENCIA
o POTENCIA DE LA DE NOTARIADO V' D a 8 REGISTRO La guardade la le pública 4 Y f “_ Auto No. 17-2024 (Marzo 21 del 2024) “por medio del cual se corrige un yerro en el auto No. 017-2023 de Mayo 15 de 2023" Expediente 180-AA-2024-011 EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE QUIBDO, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012 y 34 al 40 de la ley 1437 de 2011, y CONSIDERANDO: Que, mediante turno de radicación número 2023-180-6-515, de fecha de 30 de Marzo de 2023, fue presentado para inscripción en el registro, el oficio 160 del 31 de enero de 2023, proferido por el juzgado segundo Municipal de Quibdó, en el cual se ordena la inscripción de una medida cautelar de demanda, en el folio de matrícula inmobiliaria número 18021119, dentro de proceso de Nulidad de escritura pública, que adelanta el señor ELADIO
A. HINESTROZA identificado con la cedula de ciudadanía número 11.790.466 en contra de BERNARDA GUTIERREZ MARTINEZ, identificada con la cedula de ciudadanía número 54.252.261, bajo el radicado 2022-00723.
Que, mediante auto No. 017-2023 de mayo 15 de 2022, por el cual se da inicio a actuación administrativa tendiente a verificar la verdadera situación jurídica del folio de matrícula
inmobiliaria número 180-3336, 180-9954, 180-18703, 180-18821, 180-19137, 180-20226, 180-20465, 180-2119, 180-22605, 180-2220, 180-29658, 180-36832, 180-36831, 18038506, 180-38507, 180-29062, 180-39849 180-39850, 180-39851, 180-39852, 180-39853, 180-39854, 180-39855, 180-36996, 180-39958, dentro del expediente 180-AA-2022-011. Que, por error involuntario, en el auto No. 017-2023 de mayo 15 de 2022, se incurrió en error en el encabezado, al indicar que la fecha de expedición fue el 15 de mayo de 2022, siendo lo correcto el 15 de mayo de 2023, de igual manera que por error involuntario se citó el número del expediente 180-AA-2022-011, siendo lo correcto el número de expediente 180-AA-2023-11. Que la Ley 1437 de 2011, determina en el artículo 45 denominado Corrección por errores formales que... en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.
Que, en merito a lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: CORREGIR el auto No. 017-2023 de mayo 15 de 2022, en el sentido de reemplazar en su encabezado la fecha expedición la cual es errónea, por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22
Dirección: Cra 3" con Calle 24 Esquina Versión:03
Quibdó — Chocó Fecha: 20 — 06 - 2023 c E-mail: ofiregQ isuspeqmnoutariiabdo.dgoov.c o 9/ www.supernotariado.gov.co Powered by CamScanner
COTENCIA DELA DENSIARASO
€ VIDA NEEN
Auto No. 17-2024 (Marzo 21 del 2024) “por medio del cual se corrige un yerro en el auto No. 017-2023 de Mayo 15 de 2023" Expediente 180-AA-2024-011 fecha 15 de Mayo de 2023 que viene siendo la correcta, al igual que el expediente 180-AA2022-011 por no ser el que corresponde, siendo correcto el 180-AA-2023-11.
ARTICULO SEGUNDO: Los demás aspectos del auto No. 017-2023 de mayo 15 de 2022, que no fueron objeto de corrección, quedan como se indicó inicialmente en dicho acto administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente auto no procede recurso alguno de acuerdo con el artículo 40 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
ARTICULO CUARTO: el presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Quibdó, a los 21 días de Marzo de 2024. u—
YO OSQUERA M
Registrador Principal de Instrurréntos Públicos de Quibdó
Proyectó: Marcio Agualimpia-Contratista
Revisó: Leslie Rivas- Área jurídica Aprobó: Yony Mosquera-Registrador Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 -FR-22
Dirección: Cra 3 con Calle 24 Esquina Versión:03
Quibdó — Chocó Fecha: 20 — 06 - 2023 7
E-mail: ofiregisquibdo Qsupemnotariado.gov.co 9¿
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