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SNR - Auto 3-2024091380517

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 3-2024091380517
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN C

Consejero Ponente: NICOLÁS YEPES CORRALES

Bogotá D.C., cinco (05) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Radicación: 11001-03-15-000-2024-04703-00

Accionante: William Augusto Torres Calderón Accionado: Presidencia de la República y otros Asunto: Acción de tutela – Auto admisorio

I. ANTECEDENTES 1.1.- El suscrito Consejero Ponente decide sobre la admisión de la acción de tutela1 presentada por William Augusto Torres Calderón en contra de la Presidencia de la República, el Ministerio de Justicia y del Derecho y la Superintendencia de Notariado y Registro en procura de alcanzar la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso, a la vida digna y al derecho a escoger profesión u oficio, debido a que no se ha nombrado un reemplazo en el cargo de Notario Único del Círculo de Aipe, Huila, situación que le impide posesionarse como Notario Segundo del Círculo de Garzón, Huila, para el que fue designado desde julio de 2023.

II. CONSIDERACIONES 2.1.- Esta Subsección es competente para conocer y fallar la presente solicitud de amparo de conformidad con lo establecido en los artículos 86 de la Constitución Política, 37 del Decreto Ley 2591 de 1991 y 13 del Acuerdo No. 080 del 12 de marzo de 2019 de la Sala Plena del Consejo de Estado, por el cual se expide el “Reglamento Interno del Consejo

de Estado”. 2.2.- Así mismo, el Despacho encuentra que se reúnen los requisitos de forma exigidos en el artículo 14 del Decreto Ley 2591 de 1991 y procede a admitir la acción de tutela interpuesta por William Augusto Torres Calderón en contra de la Presidencia de la República, el Ministerio de Justicia y del Derecho y la Superintendencia de Notariado y Registro. En consecuencia, se, 1 Obra escrito de tutela en el certificado 4FD38C6139564BF5 380A979543455482 99B5EBC0AA9B9459 A7B7C32F0A6F2CF7, índice 2, expediente de tutela digital. 80006052050000307404202000513010011 :otnemucoD dI 2 Admisión de la acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2024-04703-00

Accionante: William Augusto Torres Calderón Accionado: Presidencia de la República y otros

III. RESUELVE PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por William Augusto Torres Calderón en contra de la Presidencia de la República, el Ministerio de Justicia y del Derecho y la

Superintendencia de Notariado y Registro.

SEGUNDO: NOTIFICAR, mediante oficio, a la Presidencia de la República, al Ministerio de Justicia y del Derecho y a la Superintendencia de Notariado y Registro, para que, dentro del término de dos (2) días contados a partir de su recibo, ejerzan su derecho de defensa.

TERCERO: TENER como pruebas los documentos arrimados con la solicitud de amparo.

CUARTO: PUBLICAR la presente providencia en las páginas web de esta Corporación,

de la Rama Judicial, de la accionada y de los vinculados.

QUINTO: SUSPENDER los términos del presente asunto desde el 5 de septiembre de 2024, inclusive, hasta que reingrese el expediente al Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

NICOLÁS YEPES CORRALES

Consejero Ponente 80006052050000307404202000513010011 :otnemucoD dI

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