SNR - Auto 30-2024031884017
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 30-2024031884017
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
COLOMBIA
POTENCIA DELA 2J 15 SDEU PENROINTTAERNDIEANDCIOA C VID g 2 REGISTRO ia guarda de la le pública
NOTIFICACION A TERCEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS; EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE MEDELLÍN NORTE, Notifica a todas aquellas personas que puedan tener un interés directo o indirecto, especialmente a las señores: a los Herederos determinados e indeterminados del señor REINALDO SEPULVEDA NOHAVA identificado con cedula de ciudadanía Nro. 3.564.192, a LUZ DE FATIMA RODRIGUEZ BERRIO identificada con cedula de ciudadanía Nro. 21.968.566, SANDRA LISSETH SEPULVEDA RODRIGUEZ identificada con cedula de ciudadanía Nro. 21,969.967, MARIA DEL CRAMEN SEPULVEDA RODRIGUEZ i¡dentificada con cedula de ciudadanía Nro. 43.264.408, ANABEL SEPULVEDA RODRIGUEZ identificada con cedula de ciudadanía Nro. 1.036.609.465, OMAIRA LOPEZ LOPEZ identificada con cedula de ciudadanía Nro. 43,094.164, ROCIO LOPEZ LOPEZ identificada con cedula de ciudadanía Nro. 43.031.057 y al Representa legal del EDIFICIO GALLEGO LOPEZ P.H, LOPEZ .Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para Notificarles el Auto No. 34 del 07-03-2024 Expediente Nro. 21-2024, Actuación Administrativa Nro. 13 de
2024, por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria O£N131741,01N-334322,01N-334323,01N-5375671. Se hace la presente citación por Aviso, el cual será publicado en la página web de la entidad y será fijado en un lugar visible de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín Norte, a los Doce días del mes de Marzo de 207 Se anexa copia del presente auto.
Registrador d Proyecto: YULIANA ORREGO — Página | 1
Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -07
Medellín Norte. Versión: 03
Dirección: Carrera 47 Nro. 52-122 Interior 201 Fecha: 20 — 06 - 2023
Medellin-Antioquia COLOMBIA (AUIEENa) SDEU PENROINTTAERNDIEANDCIOA o POTEN nC IA DE LA n2e 3 18 2 REGISTRO N La guarda de la fe pública
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLJO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671.
EXPEDIENTE Nro. 21. A.A 13 de 2024.
C2024-749 EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL CIRCULO DE MEDELLIN ZONA NORTE En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1579 de 2012, la Ley 1437 de 2011, el Decreto 2723 de 2014 del Ministerio de Justicia y del Derecho, Instrucción Administrativa Nro. 11 de 2015 procede a iniciar aciuación administrativa tomando en cuenta los siguientes: CONSIDERANDOS ANTECEDENTES Mediante turno registral 1984-262 del 26-01-1984 se registró la escritura pública Nro. 1607 del 10-11-1983 de la rmotaria 09 de Medellín, contentiva del acto jurídico de CONSTITUCIÓN DE PROPIEDAD HORIZONTAL, en el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-131741, surgiendo los folio de matrícula inmobiliaria 01N-334322 y O1N334323. Mediante turno registral 1992-6665 del 26-02-1992 se registró la sentencia Nro. SN del 13-12-1991 del juzgado 06 de familia de Medellín, contentiva del acto jurídico de ADJUDICACIÓN EN SUCESION, en el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-334323, mediante el cual adquieran el dominio los señores RCCIO LOPEZ DE GALLEGO, ALEXANDER GALLEGO LOPEZ, ERICA ANDREA GALLEGO LOPEZ, DIANA CRISTINA GALLEGO LOPEZ, sin identificación ningún adjudicatario. Mediante turno registral 2004-6333 del 18-02-2004 se registró la escritura pública Nro.
564 del 16-02-2004 de la notaria 02 de Medellín, contentiva del acto jurídico de COMPRAVENTA Y AFECTACION A VIVIENDA FAMILIAR, en el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-334322, adquirió el dominio el señor REINALDO SEPULVEDA NOHAVA identificado con C.C 3.564,192. Mediante turno registral 2011-51167 del 24-11-2011 se registró la escritura pública Nro. 3285 del 21-06-2011 de la notaria 18 de Medellín, contentiva del acto jurídico de COMPRAVENTA DERECHOS Y ACCIONES del causante REINALDO SEPULVEDA NOHAVA identificado con C.C 3.564.192, en el inmueble con matricula inmobiliaria 01NPágina | 1 Oficina De Registro De instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -08
Medellín Norte. Versión: 03
Dirección: Carrera 47 Nro, 52-122 Interior 201 Fecra: ?0 — 06 - 7074 d a EalE E dJ SDEU PENROINTTAERNDIEANDCIOA EE £ REGISTRO La guerdo de la fe pública
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE a AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671.
EXPEDIENTE Nro. 21. A.A 13 de 2024.
C2024-749 334322, adquiriendo dichos derechos los señores LUZ DE FATIMA RODRIGUEZ BERRIO con _ identificación C.C 21,968.566, SANDRA LISSETH SEPULVEDA RODRIGUEZ con identificación C.C 21.969.967, MARA DEL CARMEN SEPULVEDA RODRIGUEZ con identificación C.C 43.264.408 y ANABEL SEPULVEDA RODRIGUEZ con identificación C.C 1.036.609.465. Mediante turno registral 2014-8319 del 21-02-2014 se registró la escritura pública Nro. 1533 del 05-11-2013 de la notaria 10 de Medellín, contentiva de los actos jurídicos de REFORMA A LA PROPIEDAD HORIZONTAL, en los inmuebles con matricula inmobiliaria 01N-131741, mayor extensión, y desprendimientos 01N-334322, 01N-334323, surgiendo con el acto de reforma el folio 01N-5375671. Mediante la misma escritura Nro. 1533, con título traslaticio de COMPRAVENTA, en el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-334323, los vendedores ALEXANDER GALLEGO LOPEZ con identificación C.C 71.3368.142, ERICA ANDREA GALLEGO LOPEZ con identificación C.C 43.911.336, DIANA CRISTINA GALLEGO LOPEZ con identificación C.C 1.020.398.046 transfieren el derecho de cuota de dominio, a la señora ROCIO LOPEZ DE
GALLEGO con identificación C.C 43.031.057. Mediante el mismo turno registral 2014-57597 del 23-12-2014 se registró la escritura pública Nro. 3879 del 10-12-2014 de la notaria 21 de Medellín, contentiva del acto jurídicos de COMPRAVENTA, en el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-334323, de la señora ROCIO LOPEZ LOPEZ con identificación C.C 43.031.057 a favor de OMAIRA LOPEZ LOPEZ identificada con C.C 43.094,164. Mediante el mismo turno registral 2014-8319 del 21-02-2014 se registró la escritura pública Nro. 1533 del 05-11-2013 de la notaria 10 de Medellín, contentiva de los actos jurídicos de REFORMA ADICION A LA PROPIEDAD HORIZONTAL, en el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-5375671, y de Y COMPRAVENTA, sobre el mismo a favor ROCIO LOPEZ LOPEZ con identificación C.C 43.031.057. Mediante radicado con Nro. 01N2024ER000253 del 12-02 corriente, se recibió el informe de la NOTARIA 10 DE MEDELLIN, la cual manifiesta que la escritura pública Nro, 1533 del 05-11-2013 de la notaria 10 de Medellín registrada con el turno 2014-8319 en la ORIP MEDELLIN ZONA NORTE, no cerresponde a la escritura del protocolo del despacho Página | 2 Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Cádigo: MP - CNEA - PO - 07 - FR -08
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Dirección: Carrera 47 Nro, 52-122 Interior 201 Seeña: 20 — 06 - 2023
KTD SUPERINTENDENCIA T COLOMBIA E09 DE NOTARIADO 1y €© PVOITEDNCAIDE A L A Tint. a,E Dy ar NA € REGISTRO 5 kel la guarda de la de pública
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671.
EXPEDIENTE Nro. 21, A.A 13 de 2024.
C2024-749 notarial, por lo cual anexa la respectiva denuncia penal, instaurada en la FISCALIA GENERAL DE LA NACION, NC-20240370021912. (Se anexa constancía de la misma). Conforme lo anterior, la presente ORIP, procedió a radicar mediante turno de corrección C2024-749, el error manifiesto. No siendo expedida por la autoridad notarial la escritura pública Nro. 1533 del 05-112013 de la notaria 10 de Medellín, la misma contiene un carácter ESPURIO, al no haber sido expedido y suscrito por la autoridad que se enuncia en el citado instrumento público, por lo que con la denuncia penal que se instauro ante la jurisdicción penal, será dicho órgano judicial quien investigue en el marco de sus competencias la presunta comisión de
ilícitos que puedan derivarse con la inscripción de la escritura Nro. 1533 del 05-11-2013 de la notaria 10 de Medellín. Así las cosas como quiera que la petición reúne los requisitos para dar aplicación a la instrucción 11 de 2015 expedida por la Superintendencia de Notariado y Registro, bajo el escenario de que la escritura inscrita tiene condiciones de inexistencia y espurias. Esta oficina tuvo conocimiento del error, mediante la corrección C2024-749, razón por la cual se hace necesario la aplicación del procedimiento administrativo, conforme lo manda la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011. CONSIDERANDOS DE LA OFICINA Revisado los folios de matrícula en mención, según nuestros archivos:
MATRICUL | NOMENCLATU DESCRICPION NRO ANOTACIO | TITULAR DE
A RA ANOTA N DOMINIO
CIONE | CUESTION — ADA O1NCALLE 80-A 7 7 FOLIO
131741 UN LOTE DE TERRENO CERRADO
SITUADO EN EL
CORREGIMIENTO DE
ROBLEDO
DE ESTE MUNICIPIO EN
EL BARRIO EL
DIAMANTE FARTE DE LA Página | 3
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COLOMBIA
POTENCIA DE LA
- VIDA
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE ,
AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024 POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671.
EXPEDIENTE Nro. 21. A.A 13 de 2024.
C2024-749
FINCA DENOMINADA
ANTES EL PICACHO O
CIENAGA SECA
DISTINGUIDO CON EL
421-A DE LA MANZANA 480-86 QUE MIDE 6.40
MTS DE FRENTE POR
20.00 MTS DE CENTRO
O SEA UNA CABIDA O
AREA TOTAL DE 128
MTS 2 ALINDADO E
IDENTIFICADO ASI: CON
FRENTE A LA CALLE 80A CON CENTRO HACIA
EL SUR DISTANTE
CERO "O" MTS HACIA EL
ORIENTE DE LA
CARRERA 87.
01NCALLE 80A % 13 13 REINALDO 334322 885 - 131 PRIMER PISO SEPUELVDA
(DIRECCION APARTAMENTO HACE NOHAVA .
PARTE DE UN EDIFICIO
CATASTRAL)
DE PROPIEDAD
C.C
HORIZONTAL, SITUADO
3.564.192
EN LA CALLE 80-A 4 86131
BARRIO EL DIAMANTE,
SECTOR ROBLEDO,
CIUDAD DE MEDELLIN,
CON
UN ALTURA DE 2.50
METROS UN AREA LIBRE
DE 16.77 METROS
CUADRADOS, UN AREA
CONSTRUIDA DE 40.27
METROS CUADRADOS,
LINDA: POR EL FRENTEO
NORTE, CON LA CALLE 80-AEN 6.20 METROS,
POR ElL SUR CON
PROPIEDAD DEL SE/OR
POMPILIO DE Página | 4 Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Código: HP - SIEZA - PO - 07 - PR 0B
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Dirección: Carrera 47 Nro. 52-122 Interior 201 Festu: 20 -- 06 - 7073
COLOMBIA PERINTENDENCIA
PVOTIENCDIA ADE LA NOTARIADO REGISTRO u erda de la fe pública
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVATENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671, EXPEDIENTE Nro, 21. A.A 13 de 2024. C2024-749
JESUS ALZATE PALACIO,
EN 6.20 METROS, POR EL
OCCIDENTE CON
LA CARRERA 87, EN 9.20
METROS , Y POR EL
ORIENTE, CÓN
EL EDIFICIO, Y POR
ENCIMA CON EL
APARTAMENTO DEL SEGUNDO PIS 8O0-2 4
POR REFORMA AL
REGLAMENTO ESCRITURA 1533 DEL 5
DE NOVIEBRE
DE 2013 NOTARIA 10 DE
MEDELLON VARIO SU
AREA CONSTRUIDA Y
QUEDO: AC:51,71 M2,
AREA L 3,88 M2 AREA
TOTAL 55,59 M2 Y SU
COEFICIENTE DE
COPROPIEDAD 28.32%
PROPIEDAD QUE ES O
FUE DEL SE/OR
ROBERTO CARDONA
ISAZA , EN
9.20 METROS POR
DEBAJO, CON EL
TERRENO DONDE ESTA
PLANTADA
EL EDIFICIO, Y POR
ENCIMA CON EL
APARTAMENTO DEL
SEGUNDO
01N-33423 | CARRERA 87 % 7 5/6/ 7 OMAIRA 80 - 32 INT 0201 | SEGUNDO PISO LOPEZ
(DIRECCION APARTAMENTO €£HACE LOPEZ.
PARTE DE UN EDIFICIO
CATASTRAL) DE PROPIEDAD C.C HORIZONTAL, SITUADO 4é 094164
EN LACARRERA 87% 80- " " Página | 5
Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -08
Medellín Norte. Versión: 03
Dirección: Carrera 47 Nro. 52-122 Interior 201 Frecha: 21 — 06 - 2023
COLOMBIA
VIDA
% POTENCIA DE LA
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024
POR EL CUAL SE PISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671.
EXPEDIENTE Nro. 21. A.A 13 de 2024.
C2024-749
24 BARRIO EL
DIAMANTE, SECTOR
ROBLEDO CIUDAD DE
MEDELLIN, CON
UN ALTURA DE 2.50
METROS, UN AREA
CONSTRUIDA DE 50.85
METROS CUADRADOS,
LINDA: POR EL FRENTE
U OCCIDENTE, CONLA
CARRERA 87, EN 9.20
METROS POR EL
ORIENTE, CON
PROPIEDAD QUE ES
O FUE DEL SErYrOR
ROBERTO CARDONA
ISAZA, POR EL NORTE,
CON LA CALLE 80A, EN
6.20 METROS, Y POR EL
SUR, CON
PROPIEDAD QUE ES
DEL SE/OR POMPILIO
DE JESUS ALZATE
PALACIO, EN 6.20
METROS, POR DEBAJO
CON EL APARTAMENTO
DEL PRIMER PISO 86-131,
Y POR ENCIMA CON LA TERRAZA o
CUBIERTA EXTERIOR
DEL EDIFICIO, POR
REFORMA AL
REGLAMENTO ESCRITURA 1533 DEL 5
DE NOVIEMBRE DE 2013
NOTARIA 10 DE
MEDELLIN, VARIO SU
AREA Y QUEDA: 64,28
M2, LINDERO POR EL CENIT Y su Página | 6
Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Código: - TRA9O - 02 - FR - Cs
Medellín Norte. Yersiún: 03
Dirección: Carrera 47 Nro, 52-122 Interior 201 Sugix 70 D6 - 700
A
COLOMBIA
VPOTIENCDIA ADE LA dA
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE
AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024 POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671.
EXPEDIENTE Nro. 21. A.A 13 de 2024.
C2024-749
COEFICIENTE DE
COPROPIEDAD 35,20%.
O1NCARRERA 87 % 3 2-3 ROCIO 5375671 80 - 32 INT. 0301 | TERCER PISO LOPEZ
(DIRECCION —| APARTAMENTO — 301 LOPEZ
CATASTRAL) CON AREA DE 66,59 M2 C.C
ON 43.031.057
COEFICIENTE DE - "
36,48% CUYOS
LINDEROS Y DEMAS
ESPECIFICACIONES
OBRAN EN ESCRITURA
NRO,1533 DE FECHA 05112013 EN NOTARIA
DECIMA DE MEDELLIN
(ARTICULO 8
PARAGRAFO 1
DE LALEY 1579 DE 2012) Se hace necesario verificar la anotación, de la inscripción la escritura pública Nro. 1533 del 05-11-2013 de la notaria 10 de Medellín, contentiva de los actos jurídicos de REFORMA A LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y COMPRAVENTA, registrada indebidamente con el turno registral 2014-8319 , el cual en un inicio se inscribió presumiéndose su autenticidad,
misma que será desvirtuada ante la justicia penal competente, por ser posiblemente un acto espurio, por lo que es procedente impartir la aplicación de la Instrucción administrativa 11 de 2015, articulada con la Ley 906 de 2004 y Ley 599 de 2000. Ley 1579 de 2012. Artículo 45, Adulteración de información o realización de actos fraudulentos. La adulteración de cualquier información referente al título de dominio presentado por parte del interesado, o la realización de actos fraudulentos orientados a la obtención de registros sobre propiedad, estarán sujetos a las previsiones contempladas en el parágrafo del artículo 32 de la Ley 387 de 1997 y del Código Penal o a las leyes que las modifiquen, adiícionen o reformen, trámite que se llevará a cabo ante (a jurisdicción ordinaria. Página | 7 Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Cédigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR -08
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COLOMBIA 3 SDEU PENROINTTAERNDIEANDCIOA €© POTENCIA DELA 32 REGISTRO g 4 5 E La guarda de lo fe pública
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671.
EXPEDIENTE Nro. 21. A.A 13 de 2024.
C2024-749 Ley 1579 de 2012. El Artículo 49 establece. Finalidad del folio de matrícula. El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien. Parágrafo. En aquellos casos en que el predio de que se trate se encuentre I ubicado en dos o más círculos registrales, será competente para abrir y mantener el folio de matrícula que lo identifique, la oficina de registro donde se encuentre localizada la mayor parte del terreno y cuando el área del inmueble se encuentre en proporciones iguales, será el titular del derecho de dominio quien decida la Oficina de Registro, que mantendrá la matrícula inmobiliaria. Esta autoridad registral conocedora de la facultad del juez para el pronunciamiento de la falsedad del documento, enmarcara la presente actuación administrativa conforme la normativa de la INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA NRO. 11 DE 2015, la cual contiene las directrices para aplicar en el caso de documentos espurios, y se le asigna al registrador de instrumentos públicos unas facultades a título de corrección de errores por ser el documento inscrito FALSO, error que no se pregona de la autoridad registral por no ser competente en la condición de autenticidad de los documentos radicados. Así las cosas es viable proceder a subsanar la anomalía registral en cuestión, pero para hacer esta corrección, se requiere agotar el procedimiento de una actuación administrativa, en razón de que se deben anular las anotaciones generadas con la inscripción del
documento presuntamente espurio, ESCRITURA PÚBLICA NRO-. 1533 DEL 05-112013 DE LA NOTARIA 10 DE MEDELLÍN, respetando la legalidad del registro, dado que se inscribió un documento presuntamente falso. El registrador de instrumentos públicos, está facultado para hacer correcciones a las anotaciones (artículo 59 y 60 ley 1579/12), aun si estas enmiendas cambian la situación jurídica del inmueble, o afectan inscripciones en firme, o que ya surtieron efectos entre las partes, a ante terceros; para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, así como la verdadera y real sifuación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares. Que la finalidad del folio de matrícula es que "exhiba en fodo momento el estado jurídico del respectivo bien al cual identifica", principio registral que aparentemente se está Página | 8 Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Codico: IY - CNCA - PO - 07 - ER6
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Dirección: Carrera 47 Nro, 52-122 Interior 201 fecna: 2006 - 2075
p COLOMBIFAA Fa AB N SDEU PENROINTTAERNDIEANDCIOA ẠPOTENCIA DE LA ME % REGISTRO VI“ DA S Ea V Lo guarda de la de públlca
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OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671.
EXPEDIENTE Nro. 21. A.A 13 de 2024.
C2024-749 vulnerando. Como quiera que terceras personas puedan resultar directamente afectadas por la decisión de la presente actuación administrativa, se les comunicará a las mismas la existencia de dicha actuación, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Así las cosas, este despacho en merito a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones legales.
DECIDE PRIMERO: INICIAR, actuación administrativa tendiente a establecer la situación jurídica de los inmuebles identificados registralmente con la matrícula inmobiliaria 01N-131741, 01N334322, 01N-334323, 01N-5375671. En los que tiene que ver con la inscripción de la escritura pública Nro. 1533 del 05-11-2013 de la notaria 10 de Medellín, impulsada mediante solicitud de corrección C2024-749.
SEGUNDO: BLOQUEAR por seguridad registral las matrículas inmobiliarias 01N-131741,
01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671, hasta la conclusión del presente procedimiento administrativo, conforme a lo dispuesto en la circular Nro. 139 del 9 de julio 2010 de la Superintendencia de Notariado y Registro. Por tal motivo todo turno registral radicado o que
ingrese para calificación debe suspenderse su estudio.
TERCERO: DECRETAR la práctica de las siguientes pruebas. Documentos inscritos en las anotaciones, de los inmuebles con matrícula 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323,
01N-5375671, teniendo en cuenta que durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo se podrán allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición de parte, sin requisitos especiales, las pruebas que sean pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos.
CUARTO: NOTIFÍQUESE como personas determinadas personalmente esta decisión: El señor REINALDO SEPULVEDA NOHAVA identificado con C.C 3.564.192.
Página | 9 Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Código: NP - CNEA - PO - 02 - FR-08
Medellin Norte. Versión: 03
Dirección: Carrera 47 Nro. 52-122 Interior 201 Feah:: 20 -- D6 - 2073
SUPERINTENDENCIA
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OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE ” AUTO NUMERO 34 07 de marzo de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACIÓON ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-131741, 01N-334322, 01N-334323, 01N-5375671,
EXPEDIENTE Nro. 21. A.A 13 de 2024.
C2024-749 e Losseñores LUZ DE FATIMA RODRIGUEZ BERRIO con identificación C.C 21.963.566, SANDRA LISSETH SEPULVEDA 1ñxODRIGUEZ con identificación C.C 21.969.967, MARA DEL CARLEN SEPULVEVA RODRIGUEZ con identificación C.C 43.264.408 y ANABEL SEPULVEDA RODRIGUEZ con identificación C.C 1.036.609.465. s Laseñora OMAIRA LOPEZ LOPEZ identificada con C.C 43.094.164. s Laseñora ROCIO LOPEZ LOPEZ con identificación C.C 43.031.057, lLarepresentante legal del edificio GALLEGO LOPEZ P.H Parágrafo: De no ser posible su notificación procédase de conformidad con lo establecido en el artículo 37 y 69 del C.CRA.C.A QUINTO: Publicar este acto administrativo en el sitio de internet de la superintendencia de notariado y registro, a fin de vincular a terceros indeterminados a esta actuación administrativa.
SEXTO: Este acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición, informándoles que contra el presente auto de tramite no proceden recursos en la vía gubernativa (art. 75 de la ley 1437 de 2011).
SEPTIMO: Fórmese el expediente según | establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, CÚMPLASE
GEORGE ZABALETA TIQUE
Registrádor Principal Medellín - Zona Norte
Froyectó y Elabiró: Pilar A.E
Reviso, Juan Z. Página | 10 Oficina De Registro De Instrumentos Públicos TCódigo: Ya - CNTA - PO - 67 - ER - 08
Medellín Norte. Versión: 03
Dirección: Carrera 47 Nro, 52-122 Interior 201 Fec 20 — 06 - 30%5