🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SNR - Auto 30-2024082382339

Superintendencia de Notariado y Registro

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SNR - Auto 30-2024082382339
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Superintendencia de Notariado y Registro E NOTIFICACION A TERCEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS; EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE MEDELLÍN NORTE, Notifica a todas aquellas personas que puedan tener un interés directo o indirecto, especialmente a representante legal COOPANTEX Cooperativa especializada de ahorro y crédito Nit.890.904.843-1 a JUZGADO 02 CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD, Envigado Radicado procesal 2019-00806-00, a representante legal CENTRO PSICOTENICO COLEGIO FONTAN S.A.S Nit.800.183.767-7, los señores: LUIS EDUARDO VAHOS con ciudadanía Nro. 71.795,158, Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para Notificarles el Auto No. 120 del 24-07-2024 Expediente Nro.70-2024, Actuación Administrativa Nro. 48 de 2024, por medio de la cual se dispone el inicio de una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria O1N-5238392. Se hace la presente citación por Aviso, el cual será publicado en la página web de la entidad y será fijado en un lugar visible de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín Norte, a los 31 días del mes de Julio de 2024. Cordialmente,

GEORGE ZABALETA TIQUE

Registrador

Proyecto: MARIZABEL CARTAGENA Página | 2

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22

Medellín Norte - Antioquía Versión: 05

Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 — 07 - 2024

E-mail: ofiregismedellinnorte(Wsupernotariado.gov.coy Superintendencia de

Notariado y Registro

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 120 24 de júliode 2024

POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-5239392, EXPEDIENTE Nro. 70 A.A 48 de 2024, C2024-1987

EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL CIRCULO

DE MEDELLIN ZONA NORTE.

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley'1579 de 2012; la Ley 1437 de 2011, el Decreto 2723 de 2014 del Ministerio de Justicia y del Derecho, Instrucción Administrativa Nro. 11 de 2015 procede a iniciar actuación administrativa tomando en cuenta los siguientes: CONSIDERANDOS ANTECEDENTES Con turno registral 2010-25275, se inscribió la escritura pública No. 1187 del 04 de junio de 2010, de la notaria 26 de Medellín, contentiva de los actos de transferencia a título de beneficio en fiducia mercantil, liberación parcial de hipoteca, hipoteca abierta sin límite de cuantía, afectación a vivienda familiar, asientos registrales

obrantes en el folio 01N-5275167 en las anotaciones 7,8,9 y 10 y el acto de compraventa obrante en la anotación 10 del folio de matrícula 01N-5238392 (anotación 10) Que la escritura pública No. 1187 del 04 de junio de 2010, de la notaria 26 de Medellín, contiene el acto de Hipoteca abierta sin límite en la cuantía, constituida por el señor Luis Eduardo Vahos Hemández, identificado con la cédula de ciudadanía 71.795.158 a favor de la Cooperativa Especializada de ahorro y Crédito COOPANTEX, Nit. 890.904,843-1 cuyos inmuebles objeto de esta hipotecason los identificados con los folios de matriculas inmobiliarias Nos. 01N-5275167 y 01N5238392. Por omisión del calificador se dejó de llevar el acto 4. Hipoteca abierta sin límite en la cuantía a favor Cooperativa Especializada de ahorro y Crédito COOPANTEX, Nit. 890,904,843-1, contenido en la escritura pública No. 1187 del 04 de junio de 2010, de la notaria 26 de Medellín, al folio de matrícula 01N-5238392 (Parqueadero No. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA -PO - 02 - FR - 23 Medellín Norte - Antioquía Versión: 05

Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 —07 - 2024

E-mail: ofiregismedellinnorte'Wsupernotariado.qov.co ha Superintendencia de

Notariado y Registro

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 120 24 de julio de 2024

POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-5238392, EXPEDIENTE Nro. 70 A.A 48 de 2024, C2024-1987 182, de la carrera 72B f 78B-85), como lo estipulaba el texto escriturarió en comento, quebrantando lo ordenado el artículo 4 de ley 1579 de 2012. Posterior al registro del acto de compraventa, en el folio de matrícula 01N-5238392, inscrito con eltumo 2010-25275, anotación 10, se inscribióla orden de EMBARGO EJECUTIVO CON ACCION PERSONAL, ordenada por oficio 2859 del 11/09/2019 del juzgado segundo civil municipal de oralidad, de Envigado, radicado del proceso 2019-00806-00, con el turno de 2019-47780 (anotación 11), infringiendo undea l as reglas fundamentales de base al sistema registral, consagrada el artículo 3. Literal c) como lo es el principio de principio de Prioridad o rango, de la ley 1579 de 2012. Esta oficina tuvo conocimiento del error, mediante la corrección C2024-1987, generando que la circunstancia prevista y expuesta, habilite a esta dependencia registral proceder conforme lo manda la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011

CONSIDERANDOS DE LA OFICINA Revisado el folio 01N-5238392, según nuestros archivos. se encuentra ubicado CARRERA 72B ++78B - 85 INT 1182 (DIRECCION CATASTRAL), y se describe por su cabida y linderos, de la siguiente manera: Contenidos en ESCRITURA Nro 729 de fecha 31-01-2005 en NOTARIA 15 de MEDELLIN PRIMER PISO - BLOQUE 2 ETAPA 2, PARO. + 182 con área de 12.27 M2 con coeficiente de 0.0276% (ART.11 DEL DECRETO 1711 DE JULIO 6/1984). Posee 11 anotaciones, de la cual es necesario verificar las anotación 10 Y 11 así: Anotación 10, consta la inscripción el acto de. compraventa, contenido en la escritura pública No. 1187 del 04 de junio de 2010, de la notaria.26 de Medellín, Parqueadero No. 182, de la carrera 72B + 78B-85, asiento registral realizado con el turno 201025275, sin embargo, una vez revisado el antecedente registral que reposa en nuestro archivos, se constató que en la escritura en comento, contenía en el acto Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA -PO - 02 - FR - 23 Medellín Norte - Antlogula Verslón: 05

Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 . Fecha: 02-07-2024

E-mail: ofiregismedellinnorte'Ssup ernotariado.gov.co “Superintendencia de

Notariado y Registro OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 120 24 de julio de 2024 POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-5238392, EXPEDIENTE Nro. 70 A.A 48 de 2024, C2024-1987 Ñ

4. Hipoteca abierta sin limite en la cuantía, constituido por el señor Luis Eduardo Vahos Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía 71.795.158 a favor Cooperativa Especializada de ahorro y Crédito COOPANTEX, Nit. 890.904.843-1, el cual no fue publicitado, conforme lo ordena el artículo 4 de ley 1579 de 2012.

Anotación 11, obrante de la inscripción del EMBARGO EJECUTIVO CON ACCION PERSONAL, ordenado mediante oficio 2859 del 11/09/2019 deljuzgado segundo civil municipal de oralidad, de Envigado, radicado del proceso 2019-00806-00, con el tuno de 2019-47780, en infracción de una de las reglas fundamentales de base al sistema registral, la consagrada el artículo 3. Literal e) como lo es el principio de principio de Prioridad o rango, de la ley 1579 de 2012, La situación controvertida surge porque, conforme a la ruta de turnos radicados e inscritos, en el folio de matrícula inmobiliaria 01N-5238392 (Parqueadero No. 182, de la carrera 72B + 78B-85) y los documentos que componen la tradición jurídica

del mismo, indican que nose registró. con el turno 2010-25275, el acto 4, contenido en la escritura pública No. 1187 del 04 de juniode 2010, de la notaria 26 de Medellín. Correspondiente a la constitución de Hipoteca abierta sin límite en la cuantía, constituida por el señor Luis Eduardo Vahos Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía 71.795.158 a favor Cooperativa Especializada de ahorro y Crédito COOPANTEX, Nit. 890.904.843-1, noobstante, se sentó el registro del EMBARGO EJECUTIVO CON ACCION PERSONAL, ordenado mediante oficio 2859 del - 11/09/2019 del juzgado segundo civil municipal de oralidad, de Envigado, radicado del proceso : 2019-00806-00, con. el tumo de 2019-47780 (anotación 11), en infracción de una de fas reglas fundamentales de base al sistema registral, la consagrada el artículo 3. Literal c) como lo es el principio de principio de Prioridad o rango, de la ley 1579 de 2012. ' LEY 1579.DE 2012, dispone: Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA -PO -02 - FR - 23 Medellín Norte - Antloquia Versión: 05

Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 — 07 — 2024

E-mail: ofiregismedellinnortesup ernotariado.gov.co y Superintendencia de

Notariado y Registro

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE

AUTO NUMERO 120 24 de julio de 2024 POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-5238392, EXPEDIENTE Nro, 70 A.A 48 de 2024, C2024-1987 El Artículo 49 establece. Finalidad del folio de matricula. El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhíba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien. Parágrafo. En aquellos casos en que el predio de que se trate se encuentre |! ubicado en dos o más círculos registrales, será competente para abrir y mantener el folio de matricula que lo identifique, la oficina de registro donde se encuentre localizada la mayor parte del terreno y cuando el área del inmueble se encuentre en proporciones iguales, será el titular del derecho de dominio quien decida la Oficina de Registro, que mantendrá la matrícula inmobiliaria. Artículo 59. Procedimiento para corregir errores. Los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o inscripción, se corregirán de la siguiente manera: Los errores aritméticos, ortográficos, de digitación o mecanográficos que se deduzcan de los antecedentes y que no afecten la naturaleza jurídica del acto, o el contenido esencial del mismo, podrán corregirse en cualquier tiempo sustituyendo la información errada por la correcta, o enmendando o borrando lo escrito y anotando lo correcto. Los errores en que se haya incurrido al momento de la calificación y que se detecten

antes de ser notificado el acto registral correspondiente, se corregirán en la forma indicada en el inciso anterior. Los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, solo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o de la norma que lo adicione o modifique y en esta ley. Las constancias de inscripción que no hubieren sido suscritas, serán firmadas por quien desempeñe en la actualidad el cargo de Registrador, previa atestación de que Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA -PO -02 - FR - 23 Medellín Norte - Antloquia Versión: 05

Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 — 07 - 2024

E-mail: ofiregismedellinnorteOsup ernotariado.qov.co ie 17fi ] Superintendencia de

Notariado y Registro

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 120 24 de julio de 2024

POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-5238392, EXPEDIENTE Nro. 70 A.A 48 de 2024, C2024-1987 se surtió correcta y completamente el proceso de trámite del documento 0 título que dio origen a aquella inscripción y autorización mediante acto administrativo

expedido por la Superintendencia Delegada para el Registro. A la solicitud de autorización deberá anexarse certificación expedida por el Registrador de Instrumentos Públicos, en el sentido de que dicha inscripción cumplió con todos los requisitos. De toda corrección que se efectúe en el folio de matrícula inmobiliaria, se debe dejar la correspondiente salvedad haciendo referencia a la anotación corregida, el tipo de corrección que se efectuó, el acto administrativo por el cual se ordenó, en el caso en que esta haya sido producto de una actuación administrativa. Parágrafo. La Superintendencia de Notariado y Registro expedirá la reglamentación correspondiente para el trámite de las actuaciones administrativas de conformidad con las leyes vigentes. Esta autoridad registral considera viable proceder a subsanarla anomalía registral en cuestión. No obstante, para realizar esta corrección, es necesario agotar el procedimiento administrativo correspon diente, dado que en el folio de matrícula inmobiliaria 01N-5238392 (Parqueadero No. 182, de la carrera 72B + 7/8B-85), con el tumo 2010-25275, se dejó de inscribiracto 4, contenido en la escritura pública No. 1187 del 04 de junio de 2010, de la notaria 26 de Medellín, correspondiente a la constitución de Hipoteca abierta sin límite en la cuantía, del señor Luis Eduardo Vahos Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía 71.795.158 a favor Cooperativa Especializada de ahorro y Crédito COOPANTEX, Nit. 890.904.843-1.

El registrador de instrumentos públicos, está facultado para hacer correcciones a las anotaciones (artículo 49 y 59 ley 1579/12), aun si estas en miendas cambian la situación jurídica del inmueble, o afectan inscripciones en firme, o que ya surtieron efectos entre las partes, a ante terceros; para efectos de determinarla procedencia o improcedencia de la solicitud, así como la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO. - 02 - FR - 23 Medellín Norte - Antioquía

Versión: 05

Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 —07 — 2024

E-mail: ofiregismedellinnorteMsup ernotariado.qov.co

YEn) Superintendencia de Notariado y Registro

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 120 24 de julio de 2024

POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-5238392, EXPEDIENTE Nro. 70 A.A 48 de 2024, C2024-1987 de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares. Que la finalidad del folio de matrícula es que "exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien al cual identifica", principio registral que aparentemente

se está vulnerando. Como quiera que terceras personas puedan resultar directamente afectadas por la decisión de la presente actuación administrativa, se les comunicará a las mismas la existencia de dicha actuación, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Así las cosas, este despacho en merito a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones legales.

DECIDE PRIMERO: INICIAR, actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble identificado registralmente con la matrícula inmobiliaria 01N-5238392, respecto a la omisión en la inscripción del acto 4, contenido en la escritura pública No. 1187 del 04 de junio de 2010, de la notaria 26 de Medellín, correspondiente a la constitución de Hipoteca abierta sin límite en la cuantía, del señor Luis Eduardo Vahos Hemández, identificado con la cédula de ciudadanía 71.795.158 a favor Cooperativa Especializada de ahorro y Crédito COOPANTEX, Nit, 890,904,843-1, no obstante a ello, se sentó el registro del EMBARGO EJECUTIVO CON ACCION PERSONAL, ordenado mediante oficio 2859 del 11/09/2019 del juzgado segundo civil municipal de oralidad, de Envigado, radicado del proceso 2019-00806-00, con el turno de 201947780 (anotación 11), en infracción de una de las reglas fundamentales de base al sistema registral, la consagrada el artículo 3. Literal c) como lo es el principio de principio de Prioridad o rango, de la ley 15789 de 2012.

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos 7 Código: MP -CNEA -PO -02 - FR - 23 Medeltín Norte « Anttoquia Versión: 05

Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 — 07 - 2024

E-mail: ofiregismedellinnorteWsup ernotariado.gov.co Superintendencia de

Notariado y Registro

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 120 24 de julio de 2024

POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N-5238392, EXPEDIENTE Nro, 70 A.A 48 de 2024, C2024-1987 Con el turno 2010-25275, quebrantando así el principio de Prioridad y Rango, Conforme a lo reglado en el literal c) del artículo 3 de la Ley 1579 de 2012, SEGUNDO: Bloquear por seguridad registral la matrícula inmobiliaria 01N-5238392 hasta la conclusión del presente procedimiento administrativo, conforme a lo dispuesto en la circular 139 del 9 de julio 2010 de la Superintendencia de Notariado y Registro, Por tal motivo todo tumoregistral radicado o que ingrese para calificación debe suspenderse su estudio.

TERCERO: Decretar la práctica de las siguientes pruebas. Documentos inscritos en las anotaciones 10 y 11 del inmueble con matricula 01N-5238392, teniendo en

cuenta que durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo se podrán allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición de parte, sin requisitos especiales, las pruebas que sean pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos.

CUARTO: Notifíquese personalmente esta decisión al señor Luis Eduardo Vahos vd Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía 71.795.158.

C Notifíquese personalmente representante legal-de la a Cooperativa Especializada de ahorro y Crédito COOPANTEX, Nit, 890.904.843-1. ys Notifíquese al juzgado segundo civil municipal de oralidad, de Envigado, radicado del proceso 2019-00806-00, Notifíquese al representante legal del CENTRO PSICOTECNICO COLEGIO CT FONTAN S.A.S, NIT.800.183.767-F, Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA -PO -02 - FR - 23 Medellín Norte - Antioqula Versión: 05

Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 - 07 -2024

E-mail: ofiregismedellinnorieAWsupernotariado.qov.co

1EN]D Superintendencia de Notariado y Registro

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 120 24 de julio de 2024

POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA

TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL

FOLIO 01N-5238392, EXPEDIENTE Nro. 70 A,A 48 de 2024,

C2024-1987

Parágrafo: De no ser posible su notificación procédase de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del C.P.A.C.A QUINTO: Publicar este acto administrativo en el sitio de internet de la superinten dencia de notariado y registro, a fin de vinculara terceros indetermin ados a esta actuación administrativa.

SEXTO: Este acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición, informándoles que contra el presente auto de tramite no proceden recursos en la vía qubernativa (art, 75 de la ley 1437 de 2011).

SEPTIMO: Fórmese el expediente según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Proyectó y Elaboró: VMA= Reviso: JGZM Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP -CNEA -PO -02 «FR + 23

Medellín Norte - Antioquia Versión: 05

Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02-07 - 2024

E-mail: ofiregismedellinnorteWsupernotariado.gov.co

Consultar sobre este documento ...