SNR - Auto 30-2024090992947
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 30-2024090992947
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
Superintendencia de
Notariado y Registro OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE - AUTO NUMERO 130 16 de agosto de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915
EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL
CIRCULO DE MEDELLIN ZONA NORTE.
En Uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1579 de 2012, la Ley 1437 de 2011, el Decreto 2723 de 2014 del Ministerio de Justicia y del Derecho, procede a iniciar actuación administrativa tomando en cuenta los siguientes:
CONSIDERANDOS
ANTECEDENTES . e Con turno registral 1975-01045 del 03-04-1975, se registró la escritura pública Nro. 1055 del 20-03-1975 de la Notaria 06 de Medellín, mediante el cual el INSTITUTO DE CREDITO TERRITORIAL realizo DECLARACION RELOTEO, sobre el folio de matricula 01N-97027 surgiendo entre otros los inmueble con folio de matricula inmobilairia 01N-97031 y 01N-97032. Zondo, cuyos andoros son: por el frente con la: calle-90; por el
"fondo con zona vordo pública; por «un: costado. ton 01 lote No. S.y 4 ' por el otro costado. con ez loto. No. 5 do la misica ninzaha. ir H SA A dos; loto ”a rreguras con fronte. irregular y fondo de 3. 06 Hetros, tj A to cuyos linderos son+ Por el Íranto ¿on la calio 90; , por el fondo - | OA con zona vórdo, pública; por un costido: con “ol loto No. “4 y por el | La AR a TA Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 -07 - 2024
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OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 130 16 de agosto de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556 EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024, C2024-915 e Con turno registral 1984-62698 del 02-11-1984, se registró la escritura pública Nro. 1626 del 17-10-1984 de la Notaria 9 de Medellín, mediante el
cual invocando el título de compraventa, el INSTITUTO DE CREDITO TERRITORIAL trasnfiere el dominio del inmueble con folio de matricula inmobilairia 01N-97032 a la señora BLANCA ELIRIA OROZCO identificada con C.C 32.467.738. | ta compradora, «al derecho do: demtalo Y posaslón material Hue el INST iruroj | tono sobra el atauientó. inmuobloa a | - 1 : o o a es Z ná. E pes Urbanización Son Blas.a , debidamente de— Lraa. de: De cal CA o a | de EC AAS . [arado yy ta. casa en Él esificada,. trmueble cuyes lindoros, gerie rs ¡a ESPACIO] ENBLANCE———— Za . Con turno registral 1988-1946 del 25-01-1988, se registró la escritura pública Nro. 28658 del 09-11-1987 de la Notaria de Bello, mediante el cual invocando el título de compraventa, el INSTITUTO DE CREDITO TERRITORIAL trasnfiere el dominio del inmueble con folio de matricula inmobilairia 01N-97032 alos señores MANUEL SALVADOR CALDERON Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 - 07 - 2024
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OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE
AUTO NUMERO 130 16 de agosto de 2024 POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915 SIERRA Y MARIA EVA PALACIO DE C. Sin identificacion, aun cuando el inmueble no era del dominio del INURBE. AITUTO_ tiene sobre ol siguiento ipmueble, ALTRE o dentro de la nomenclaturk Urbba na ¿Con + 1 No» es 5M E ANT e0 A a E EE : 4 de, a Urbanización oo SAÑ BLAS... = =>o omo Ir Tn A= Z raneucaoa do la ctudad de mede11 z “del “20. Cde Mario” de ls 75 del le Agtarta loteo fue "protocól! zado con escritura Con turno registral 2009-9234 del 05-03-2009, se registró la escritura pública Nro. 1898 del 31-12-2008 de la Notaria 27 de Medellin, mediante el cual se ACTUALIZO LA NOMENCLATURA, EL AREA Y SE LIQUIDO SOCIEDAD CONYUGAL enel folio de matricula inmobilairia 01N-97032, adjudicandose a los señores MANUEL SALVADOR CALDERON SIERRA con C.C 8.292.212 Y MARIA EVA PALACIO DE C. Con C.C 32.530.016.
« Con el turno registral 2010-11291 del 24-03-2010, los señores MANUEL SALVADOR CALDERON SIERRA con C.C 8.292.212 Y MARIA EVA PALACIO DE C. Con C.C 32.530.016 mediante escritura pública Nro. 15517 del 31-12-2009 de la Notaria 15 de Medellín, constituyo régimen de propiedad horizontal en el inmueble identificado con folio 01N-97032, Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 — 07 - 2024
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POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915 generándose los folios 01N-5303553 a la 01N-5303556, los cuales pertenecen a: . ' FOLIO:.DE MATRICULA: - -|+ TIFULAR DE DOMINIO
01N-5303553 ADRIAN —- FELIPE CALDERON
PALACIO, C.C 8.358.140
01N-5303554 SANDRA ROSANA CALDERON
PALACIO C.C 43.609.025
01N-5303555 FRANCA LIGIA URREGO DE URIBE €.C 43.052.980
01N-5303556 FRANCA LIGIA URREGO DE URIBE C.C 43,052,980 . La liciencia urbanistica C4-3619 de 2009 de la curaduria 04 de Medellin, autorizo el reglamento de propiedad en el inmueble 01N-97032, aun con la inconsistencia en la descripcion fisica y juridica en el dominio.
CELE: «que son propietarios del siguiente bien inmueble: Inmueble distinguido dentro de la nomenclatura urbana con el No.
38-64 de la calle 89A, lote 4 de la manzana 8 de la Urbanización San Blas, de la ciudad de Medellín, lote que tiene un área de 386 metros cuadrados, y la casa en el edificada, inmueble cuyos linderos generales son: Por el frente, con la calle 89A; por el fondo con zona verde pública; por un costado, con el lote No. 5; y por el otros costado, con la carrera 3er - .- -- MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 001:-97032. naÉ Da daros rr "o -. - - - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 - 07 - 2024
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POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N- ] 5303556
EXPEDIENTE Nro, 77. A.Á 54 de 2024,
C2024-915 L CURADURÍA CUARTA Iiesolución. , C43619 40 2009 | MUNICIPI-ODE MEDELLÍN "o - l ConsecutivZZoIZ _ - 10 de Octubre RESCLUCIM E4-3875 DEC 107 107 2009 Tramito 05001 A-09-231 2 POR MEDIO DÁ ML OA DIC FU IA CL ACS IE ÓNE XP Y ID 32E 3€ AL PIC RE UN EC BI AA N DE P LC AO NR OS ST R PU AC RC AI Ó RN OE DN ALA Mi HORDA. AMPnIAción Y
EE 1l 0 S 5C 3 u ra = d Lso rr n U BSr 2 b ea yp n ea 6d 6o 4C ! u a dar t ot so 2 0c 0d oo 8n f aM r ye id d dao oal s mó án a, p ors do otg coó s r n o tL ooD ze y a ae rc r oo gt 3 lo 8 n 2 o d mo ed neM to a1r r9m on 0 sb 7 r o Gr y um oi o an lt so uo mP L o d2 i0 f01 l90 u.0 k 0 a no , a00 o T to on n D o o: a pea cu y n: Dp ta lo ds e
SCONSIDERAMDO
21 . PG eu re a sm le pd ri oa dn it ae uF bA in cd ai dc oad o ue nn 03 C0 a9 ñ o 1- '064 N00 40 l am - Nr2 r v. 2 12 3. 9 -5ddM .2 a 8r t ma 7 Evo Palocio yrd e C e. n con LAc ód yu t pa l and oe s c pi au rd aa dania N >93 2 p. or6 na3 sre0 n. t0 m1 l6 . 3
5 a Poe rial Con a mpeontas sl sobcitanite pp la dos pr] para dar trármilo a au A55 7 . O QQQQ uu u uuee e eo ea acc l t oa nno I iccn n noord mm lli uu áóe é o n á bbd mt ile o p ao p r a rt p lo a o o d sno e etr a cot o o a rb d ml f a ooe l sc i pdoi a o f t no d i de n a e rn i L eo lo t o 2l r a0 i la c gr u ut Ul lri a oc eu nl n to m e ob2 al4 l i mid ee do srl o nda i d " a o nc M tr o oó .t ;o a l a r N6 dN0 o 4 2o 7r ,3 o 0s 0" a2 0 0 00 m8 2 o 2 22 2 a 2 0m 0u 0r 0i 1ó l 0a 1 3c 1o 3r r Ecucid,: ma tos voci na .- Auro pC aL rA aM G i S A y/o robE] J r S 4a ,l 0 Ez 0o Ada T A 1] LSL £I rN iC dA énR AIENT = O ÍJ S Zonmno: 8 .0v 0o rde J| 5To .t 0a 5l 1] AnejoF r ma el n
Dbisnrvocionos: Otros roticom mngin aora RESUELVE A moR dT iÍ iC cU aL cO i ónP yR I pHM aE nR oO a. p. a rD ái or pg ro or p iaa dodM ho or ri ia z onE tov fa , P pa al ra ac i ofE l prodii of co un bci ia c add oe c oo r ns Ct ar l la 6 B OA PJ, E 3a 56y -62/G4-1a 8d de cido ” ARTÍCULO SEGUNDO. El proy pr P loo mig 3 car ME Puena= puapiier ss 5 pos PS E ) = a e En virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 1579 de 2012, el folio
01N-97032 perdió vigencia y solo subsiste para los efectos de la ley 675 de 2001. Artículo 52, Apertura de matrícula en Registro de Propiedad Horizontal. Al constituirse una propiedad por pisos, departamentos, propiedad horizontal o condominio, se mantendrán el registro catastral y el folio de matrícula correspondiente al edificio en general, con las debidas anotaciones, para lo relativo a los bienes de uso común. Para las unidades privadas de dominio pleno resultantes de la constitución de propiedad por pisos u horizontal, se Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - D2 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 - 07 - 2024
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POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—-97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915 abrirán los correspondientes registros catastrales y folios de matrículas independientes, segregadas del registro y del folio general, tanto para señalar - su procedencia, como para indicar la cuota que a cada propietario individual corresponde en los bienes comunes. En el registro catastral y en el folio de matrícula general, como en los registros y folios individuales, se sentarán recíprocas notas de referencia. Con claridad, encuentra esta instancia que la inscripcion de los actos posteriores a la adquisicion de la señora BLANCA ELIRÍIA OROZCO identificada con C.C 32.467.738 del dominio del inmueble con folio 01N-97032, desconoció las maximas jurídicas del derecho de dominio soportad-eon el articulo 669 del Codigo Civil, y de los parametros de constitucion del Reglamento de Propiedad Horizontal de la Ley 675 de 2001, teniendo ingerencia en otros aspectos catastrales y prediales, que se generaron con el asiento registral de un mismo inmueble para dos.personas distintas, en la cual se transfierio un inmueble de dominio ajeno,y se indujo en error
a la ORIP, para la inscripcion sucesiva de actos juridicos que no correspondian ' con la titularidad y la descripcion fisica de los folios 01N-97031 y 01N-97032, objetos del debate registral. El funcionario calificador cometió un error al dar publicidad de la la escritura pública Nro. 2866 del 09-11-1987 de la Notaria de Bello, y demas actos juridicos que se inscribieron a continuacion de la errada adquisicion de dominio por parte de los los
señores MANUEL SALVADOR CALDERON SIERRA con C.C 8.292.212 Y MARIA
EVA PALACIO DE C. Con C.C 32.530.016.
Por medio escrito con radicado 01N2018ER001101 del 23 de marzo de 2018, la señora BLANCA ELIRIA OROZCO identificada con C.C 32.467.738, solicito la - intervencion del Ministerior de Vivienda — Grupo de Titulacion y Saneamiento Predial ( Encargada de los asuntos del INURBE actualmente liquidado). Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medeltín Norte - Antioquia - Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 - 07 - 2024
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OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 130 16 de agosto de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL [INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915 Por medio escrito con radicado 01N2021ER001605 del 10 de junio de 2021,“del Ministerio de Vivienda — Grupo de Titulacion y Saneamiento Predial ( Encargada de los asuntos del INURBE actualemnte liquidado), se requirio a la ORIP MEDELLIN ZONA NORTE informacion del folio de matricula inmobiliaria 01N-97032 y orientacion para sanear la anomalia registral. Mediante requerimiento fechado el 08 de julio de 2024 radicado con Nro. Gi. 012024EE003101, la Oficina de registro exhorto al Ministerio de Vivienda — Grupo de Titulacion y Saneamiento Predial, para que subsanara a posteriori del surtimiento de la presnete actaucion amdnistrativa, la situacion del inmueble que se vendio a
los señores MANUEL SALVADOR CALDERON SIERRA con C.C 8,292,212 Y
MARIA EVA PALACIO DE C. Con C.C 32.530.016
Mediante escrito del 24 de julio en curso con radicado 2024ER0108640, el Ministerio de Vivienda — Grupo de Titulacion y Saneamiento Predial, dio respuesta al requerimiento de la ORIP, coadyuvando el sanemiento del dominio de la señora
BLANCA ELIRIA OROZCO, y solictando a la oficina trasladar las anotaciones que se dejen sin efceto al inmueble 01N-97031, desconociendo la normativa del Decreto 2148 de 1983 modificado Decreto 1069 de 2015) para aclaraciones de escrituras publicas y la normativa de la ley 675 de 2001 y Decreto 1077 de 2015. Esta oficina tuvo conocimiento del error, mediante la corrección C2024-9105, generando que la circunstancia prevista y expuesta, habilite a esta dependencia registral proceder conforme lo manda la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: NIP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 — 07 — 2024
E-mail: ofiregismedellinnorte/Ssupernotariado.gov.co Superintendencia de
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OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 130 16 de agosto de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—-97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915
CONSIDERANDOS DE LA OFICINA
Revisado el folio 01N-52187, según nuestros archivos es CALLE 90 % 38B — 70 (DIRECCION CATASTRAL), Calle 89 A + 38-64 Hoy Casa con Edificacion y se describe por su cabida yl inderos, de ta siguiente manera:
LOTE 5 MANZANA 8 URBANIZACION SAN BLAS, DE ESTA CIUDAD
SITUADO EN LA CALLE 90 E 38-B-70 CON AREA DE 66.96 M2 LOTE IRREGULAR CON FRENTE A [| AR Y FONDO DE 8 MTS 1 QUE
LINDA: POR EL FRENTE CON LA CALLE 90 POR EL FONDO CON ZONA VERDE PUBLICA POR UN COSTADO CON EL LOTE 4 Y POR EL OTRO
COSTADO CON LA CARRERA 41.- Posee 10 anotaciones, de la cual es necesario verificar las anotaciónes 03,04,05,06,07,08,09,10 y 31 respectivamente, sobre el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-97032, toda vez que el dominio del inmueble ya no le pertenencia
INSTITUTO DE CREDITO TERRITORIAL.
Revisado el folio 01N-97031, según nuestros archivos es Calle 90 + 38B-64, y se describe por su cabida y linderos, de la siguiente manera:
LOTE 4 MANZANA 8 URBANIZACION SAN BLAS. DE ESTA CIUDAD
SITUADO EN LA CALLE 90 $ 38-B-64 CON AREA DE 60 M2 LOTE REGULAR CON 7.50 MTS DE FRENTE POR 8 MTS. DE FONDO QUE
LINDA: POR EL FRENTE CON LA CALLE 90; POR EL FONDO CON ZONA
VERDE PUBLICA; POR UN COSTADO CON EL LOTE 3 Y POR EL OTRO COSTADO CON EL LOTE 5 DE LA MISMA MANZANA Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 — 07 — 2024
E-mail: ofiregismedellinnorte(AWsupernotariado.qov.co Superintendencia de
Notariado y Registro E
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 130 16 de agosto de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 014N-—-97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915 Posee 01 anotacion. Revisado el folio 01N-5303553, según nuestros archivos es CALLE 89 A A 38 - 62 (DIRECCION CATASTRAL), y se describe por su cabida y linderos, de la siguiente manera: Contenidos en ESCRITURA Nro 15517 de fecha 31-12-2009 en NOTARTA [13 de MEDELLIN PRIMER PESO +4 38-62 con area de 42.95 M2 AREA CONSTRUIDA con coeficiente de 16.81% (ART.1I1
mu]: DECRETO 1711 DE JULIO 6/1984).
Posee 03 anotaciones, de la cual es necesario verificar las anotaciónes 01, 02, 03 respectivamente, sobre el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-5303553, toda vez que el Reglamento de propiedad con el que surgio a la vida juridica esta errado. Revisado el folio 01N-5303553, según nuestros archivos es CALLE 89 A Á 38 - 66 (DIRECCION CATASTRAL), y se describe por su cabida y linderos, de la siguiente manera: Contenidos en ESCRITURA Nrg 15517 de fecha 31-12-2009 en NOTARIA 15 de MEDELLIN PRIMER PISO $ 38-66 con «rea de 24.00 M2 AREA CONSTRUIDA con coeficiente de 14.43% (ART.i1
[BE DECRETO 1/11 DE JULIO 6/1984).
Posee 03 anotaciones, de la cual es necesario verificar las anotaciónes 01, 02, 03 respectivamente, sobre el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-5303553, toda vez que el Reglamento de propiedad con el que surgio a la vida juridica esta errado. Revisado el folio 01N-5303555, según nuestros archivos es CALLE 89 A $ 38 - 64 int 201 (DIRECCION CATASTRAL), y se describe por su cabida y linderos, de la siguiente manera: Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 - 07 -- 2024
E-mail: ofiregismedellinnorieAsupernotariado.qov,co Superintendencia de
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OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 130 16 de agosto de 2024
POR EL. CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915 vsontenidos en ESCRITURA Nro 15517 de fecha 31-12-2009 en NOTARIA 15 de MEDELLIN SEGUNDO PISO (201) con area de 89,82 M2 AREA CONSTRUIDA con coeficiente de 54.19% (ART.11 [m]3
DECRETO 1711 DE JULIO 6/1984).
Posee 04 anotaciones, de la cual es necesario verificar las anotaciónes 01, 02, 03, 04 respectivamente, sobre el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-5303554, toda vez que el Reglamento de propiedad con el que surgio a la vida juridica esta errado. Revisado el folio 01N-5303556, según nuestros archivos es CALLE 89 A $ 38 - 64 int 301 (DIRECCION CATASTRAL), y se describe por su cabida y linderos, de la siguiente manera: Montenidos en ESCRITURA IN TAI
NOTARIA 15 de MEDELLIN TERCER PISO (301) con area de 39.04 AREA CONSTRUIDA con coeficiente de 14.57% (ART.11
DECRETO 1711 DE JULIO 6/1984).
Posee 03 anotaciones, de la cual es necesario verificar las anotaciónes 01, 02, 03 respectivamente, sobre el inmueble con matricula inmobiliaria 01N-5303553, toda vez que el Reglamento de propiedad con el que surgio a la vida juridica esta errado. La situación controvertida se genera por que conforme la ruta de turnos radicados e inscritos, en el folio de matrícula inmobiliaria 01N-97032, y que componen la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 — 07 - 2024
E-mail: ofiregismedellinnorteAsupernotariado.gov.co Superintendencia de
Notariado y Registro
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS MEDELLÍN NORTE AUTO NUMERO 130 16 de agosto de 2024
POR EL CUAL SE DISPONE EL [NICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915 tradición jurídica del mismo, arrojan que al haberse inscrito el acto que trasnfirio el dominio en favor de los señores MANUEL SALVADOR CALDERON SIERRA con C.C 8.292.212 Y MARIA EVA PALACIO DE €. Con C.C 32.530.016, se desconocio el dominio de la primer adquirente, generando que los actos de limitacion y trasnferencia que realizaron los adquierentes de la escritura Nro. 2866, carecen de legalidad registral, conforme los prinicpios de legalidad y tracto sucesivo. Como se evidencia, la escriturapública Nro. 1626 del 17-10-1984. de la Notaria 9 de Medellín, no cumple con los requisito del Codigo Civil, La ley 1579 de 2012 y afecta de forma directa la constitucion del Rgelamento de propiedad horizontal inscrito mediante la escritura pública Nro. 15517 del 31-12-2009 de la Notaria 15 de Medellín. El Artículo 49 establece. Finalidad del folío de matrícula. El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien. Parágrafo. En aquellos casos en que el predio de que se trate se encuentre II ubicado en dos o más círculos registrales, será competente para abrir y mantener el folio de matrícula que lo identifique, la oficina de registro donde se encuentre localizada la mayor parte del terreno y cuando el área del inmueble se encuentre en proporciones iguales, será el titular del derecho de
dominio quien decida la Oficina de Registro, que mantendrá la matrícula inmobiliaria. Artículo 59. Procedimiento para corregir errores. Los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o inscripción, se corregirán de la siguiente manera: Los errores aritméticos, ortográficos, de digitación o mecanográficos que se deduzcan de los antecedentes y que no afecten la naturaleza jurídica del acto, Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
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POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE.UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro. 77. A.A 54 de 2024.
C2024-915 o el contenido esencial del mismo, podrán corregirse en cualquier tiempo sustituyendo la información errada por la correcta, o enmendando o borrando lo escrito y anotando lo correcto. Los errores en que se haya incurrido al momento de la calificación y que se
detecten antes de ser notificado el acto registral correspondiente, se corregirán en la forma indicada en el inciso anterior. Los errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre las partes o ante terceros, solo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o de la norma que lo adicione o modifique y en esta ley. Las constancias de inscripción que no hubieren sido suscritas, serán firmadas por quien desempeñe en la actualidad el cargo de Registrador, previa atestación de que se surtió correcta y completamente el proceso de trámite del documento o título que dío origen a aquella inscripción y autorización mediante acto administrativo expedido porl a Superintendencia Delegada para el Registro. A la solicitud de autorización deberá anexarse certificación expedida por el Registrador de Instrumentos Públicos, en el sentido de que dicha inscripción cumplió con todos los requisitos. De toda corrección que se efectúe en el folio de matrícula inmobiliaria, se debe dejar la correspondiente salvedad haciendo referencia a la anotación corregida, el tipo de corrección que se efectuó, el acto administrativo por el cual se ordenó, en el caso en que esta haya sido producto de una actuación administrativa. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
Dirección: Carrera 47 No 52-122 Int 201 Fecha: 02 - 07 - 2024
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POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
EXPEDIENTE Nro, 77, A.A 54 de 2024,
C2024-915 Parágrafo. La Superintendencia de Notaríado y Registro expedirá la reglamentación correspondiente para el trámite de las actuaciones administrativas de conformidad con las leyes vigentes. Esta autoridad registral observa que es viable proceder a subsanar la anomalía registral en cuestión, pero para hacer esta corrección, se requiere agotar el procedimiento de una actuación administrativa, en razón de que el acto de TRANSFERENCIA DE DOMINIO ( Escritura Nro. 2866) no fue otorgado por el titular del inmueble 01N-97032, generando que REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL rogado en el predio, soslaye los requisitos del pleno dominio, contrariando la inscripción los principios registrales de debido proceso, legalidad , legitimación y tracto sucesivo (artículo 3 ley 1579 de 2012). El registrador de instrumentos públicos, está facultado para hacer correcciones a las anotaciones (artículo 59 y 60 ley 1579/12), aun si estas enmiendas cambian la
situación jurídica del inmueble, o “afectan inscripciones en firme, o que ya surtieron efectos entre las partes, a ante terceros; para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, así como la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares. Que la finalidad del folio de matrícula es que "exhiba en todo momento. el estado jurídico del respectivo bien al cual identifica”, principio registral que aparentemente se está vulnerando. Como quiera que terceras personas puedan resultar directamente afectadas por la decisión de la presente actuación administrativa, se les comunicará a las mismas la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellín Norte - Antioquia Versión: 05
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POR EL CUAL SE DISPONE EL INICIO DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA
TENDIENTE A ESTABLECER LA VERDADERA Y REAL SITUACION JURIDICA DEL.
FOLIO 01N—97031, 01N-97032 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N5303556
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C2024-915 existencia de dicha actuación, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Así las cosas, este despacho en merito a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones legales.
DECIDE PRIMERO: INICIAR, actuación administrativa tendiente a establecer la situación jurídica del inmueble identificado registralmente con la matrícula inmobiliaria 01N— 97032, 01N-97031 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N-5303556, en lo que tiene que ver con la inscripción de la escritura pública Nro. 2866 del 09-111987 de la Notaria de Bello, la escritura pública Nro. 15517 del 31-12-2009 de la Notaria 15 de Medellín y actos derivados: con ocasion del registro de los precitados instrumentos publicos, impulsada mediante solicitud de corrección
C2024-915.
SEGUNDO: Bloquear por seguridad registral las matrículas inmobiliarias 01N— 97032, 01N-97031 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N-5303556, hasta la conclusión del presente procedimiento administrativo, conforme a lo dispuesto en la circular 139 del 9 de julio 2010 de ta Superintendencia de Notariado y Registro. Por tal motivo todo turno registral radicado o que ingrese para calificación debe suspenderse su estudio.
TERCERO: Decretar la práctica de las siguientes pruebas. Documentos inscritos en las anotaciones de los inmuebles con matrículas inmobiliarias 01N—-97032,
01N-97031 y 01N-5303553, 01N-5303554, 01N-530355, 01N-5303556, teniendo en cuenta que durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo se podrán allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición de parte, sin Oficina de Registro de Instrumentos Públi
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