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SNR - Auto 45-20240829152954

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 45-20240829152954
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Superintendencia de Notariado y Registro

AUTO No. 012

POR MEDIO DEL CUAL SEINICIA EL TRAMITE DE UNA ACTUACION ADMINISTRATIVA TENDIENTE A ESTABLECER LA REAL SITUACION JURIDICA DE LA MATRICULA INMOBILIARIA NO. 017-7048 Y 0177049 Expediente No. 017-AA-2024-011 EL REGISTRADOR SECCIONAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DELCIRCULO REGISTRAL DE LA CEJAANTIOQUIA En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los articulos 8, 49 y 59 de la ley 1579 de 2012; y la Ley 1437 de 2011 (Cbdigo de Procedimiento Administrativo y de Io Contencioso Administrativo), y CONSIDERANDO: Que la senora MARIA INES PORRAS GARCIA identificada con c.c. 21.449.277, mediante derecho de peticibn radicado SNR2024ER017-036 del 24/06/2024, solicita entre otros, certificado especial donde conste propietarios actuales y coeficiente de copropiedad o cuota parte de cada uno. Rev sados los folios de matricula inmobiliaria 017-7048 y 017-7049, especificamente anotaciones 01 y 02, las cuales figuran actualmente con naturaleza juridica del acto codificacibn 0150 y especificacibn adjudicacibn en sucesibn de GARCIA DIONISIO en anotacibn 001 y, sucesibn doble e intestada de GARCIA DIONISIO y ROMAN ELENA en anotacibn 002. Que verificado el documento objeto de registro en anotacibn 001 de los mencionados folios

inmobiliarios, y que figura en el folio como Sentencia S/N del 20/02/1961 del Juzgado Civil del Circuito de la Ceja, se evidencia que este corresponde a diligencia de inventario y avaluo de bienes en la sucesibn de DIONISIO GARCIA, en el que se determinb el decreto de posesibn efectiva de la herencia en favor de los herederos alii relacionados, por Io que se evidencia un posible error juridico-registral. Al efecto, el Articulo 49 de la ley 1579 de 2012 dispone, que la matricula inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado juridico del respective bien y de los hechos expuestos, esta Oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente actuacibn administrativa (art. 34 C.P.A.C.A.), para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, asi como la verdadera y real situacion juridica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que sehala el Cbdigo de Procedimiento Administrativo y de Io Contencioso Administrative para las solicitudes particuiares. Pagina | 1 Oficina de Registro de la Ceja, Antioquia Cbdigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Direccion: Calle 21 N° 22-16 -Ed. Torre Verde Version: 05

Mail: ofiregislaceja@supernotariado.gov.co Fecha: 02 - 07 - 2024

Superintendencia de Notariado y Registro Por tai razon, es necesario adelantar una actuacidn administrativa en aras a verificar la real situacidn juridico-registral de los aludidos folios inmobiliarios 017-7048 y 017-7049.

Ademas, si de la actuacidn administrativa se desprende que hay terceros que puedan estar interesados o resultar afectados con la determinacidn que se tome, debera comunicarseles el inicio de esta actuacidn para que puedan hacerse parte y ejercer su derecho, esto conforme el articulo 37 de la Ley 1437 de 2011 y articulo 59 parrafo cuarto de la Ley 1579 de 2012. Por tai razon, se vincula a la presente actuacidn a los herederos determinados e indeterminados de DIONISIO GARCIA Y ELENA ROMAN. En merito de Io expuesto, La oficina de Registro de Instrumentos Publicos Seccional La CejaAntioquia, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Iniciar actuacidn administrative con el fin de determinar la real situacidn juridica del inmueble con matricula inmobiliaria 017-7048 y 017-7049.

ARTICULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido del presente auto a MARIA INES PORRAS GARCIA, y a los herederos determinados de DIONISIO GARCIA Y ELENA ROMAN; ademas, a los hereceros Indeterminados que puedan estar interesados o resultar afectados con la decision de la actuacidn, de conformidad con los articulos 65 y s.s. de la Ley 1437 de 2011

ARTICULO TERCERO: Para la comunicacidn de TERCEROS INDETERMINADOS, surtase ella medlante publicacidn de esta providencia en la pagina Web de la Superintendencia de Notariado y Registro,

www.supernotariado.qov.co, de conformidad con Io establecido en el articulo 37 de la Ley 1437 de 2011.

ARTICULO CUARTO: BLOQUEAR el Folio de Matricula Inmobiliaria No. 017-7048 y 017-7049, con el

fin de no expedir certificados o dar tramite al proceso registral de documentos, mientras no quede en firme la decision que de termino a la presente actuacidn.

ARTICULO QUINTO: FORMAR el expediente correspondiente debidamente foliado, segun Io establece el articulo 36 de la Ley 1437 de 2011.

ARTICULO SEXTO: Practiquese las pruebas que se consideren necesarias para el perfeccionamiento de la presenta actuacidn administrativa, de acuerdo con los establecido en el articulo 40 de la ley 1437 de 2011.

ARTICULO SEPTIMO: Contra el presente Auto no procede recurso.

Pagina | 2 Oficina de Registro de la Ceja, Antioquia Codigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Direction: Calle 21 N° 22-16 -Ed. Torre Verde Version: 05

Mail: ofiregislaceja@supernotariado.gov.co Fecha: 02 - 07 - 2024

Superintendencia de Notariado y Registro ansraxs ARTICULO OCTAVO: Esta providencia rige a partir de su expedicidn.

COMUNIQUESE, PUBUQUESE, CUMPLASE.

Dado en el municipio de la Ceja, el'27 de agosto de 2024 JUAN CARLOS M RegistradorjSecc onal Oficina de Registro II. PF de La Ceja - Antioquia J Pagina | 3 Oficiina de Registro de la Ceja, Antioquia Codigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Direccidn: Calle 21 N° 22-16 -Ed. Torre Verde Version: 05

Mail: ofiregislaceja@supernotariado.gov.co Fecha: 02 - 07 - 2024

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