🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SNR - Auto 48-20240429134958

Superintendencia de Notariado y Registro

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SNR - Auto 48-20240429134958
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

COLOMBIA SUPERINTENDENCIA

(<(. POTENCIA DE LA SNH 25'¿'&'_,3;300

Vl D A Lo guarda delo la público Página 1 de 3 Comunicación No.030 Oficio No 0122024EE00162

Expediente: 012-AA-2023-24

NOTICACION POR AVISO De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo segundo del Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), y en razón a que se desconoce la información para realizar la notificación personal a la señora GLORIA PATRICIA HENAO PUERTA, esta oficina procede a surtir el trámite de notificación mediante aviso para dar a conocer la existencia del Auto de 02 de agosto de 2023 "Por la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula 012-71804” Expediente 012-AA-2023-24, auto en la cual se dispuso lo siguiente: “CONSIDERANDO QUE: Mediante solicitud de corrección C2020-41, la señora GLORIA PATRICIA HENAO PUERTA, solicita establecer la realidad jurídica del predio con matrícula 012-71804, toda vez que del estudio de la tradición del mismo, se evidencia que se trata de una falsa tradición. Verificada la tradición de la matrícula 012-71804, los libros del viejo sistema y las carpetas que contienen cada uno de los documentos y sus soportes correspondientes a la tradición jurídica del inmueble, se constató que, la tradición del predio, se trata de una

falsa tradición. Es de anotar que mediante la Escritura Pública No.85 de 07 de abril de 1939 de la Notaria de Barbosa, registrada en el día 07 de junio de 1939, en el Libro 1, folio 41 +342, la señora MARGARITA AGUDELO, transfirió al señor JOSE IGNACIO PUERTA, el predio identificado hoy con la matrícula 012-71804. Menciona la Escritura Pública No.85 de 07 de abril de 1939 de la Notaria de Barbosa, que la señora MARGARITA AGUDELO, adquirió el predio que transfiere “como cuota de gananciales que le toco en la sucesión de su finado esposo Alejandro Álvarez” (falsa tradición), haciendo la salvedad que en la citada escritura no cita mediante que título adquirió el predio que se transfiere. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -22 de Girardota - Antioquia Versión:03

Dirección: Carrera 14 No.58-39 Fecha: 20 - 06 - 2023

Teléfono: (4)2 89-51-14

E-mail: ofiregisgirardotaGQsupemotariado.gov.co

www.supernotariado.gov.co _

SUPERINTENDENCIA

COLOMBIA DE NOTARIADO POTENCIA DE LA £ REGISTRO . v| D B La guarded lao le pública Página 2 de 3 Asfí las cosas, lo transferido hace referencia a una falsa tradición, conforme al tenor literal de la escritura antes mencionada, y que hace referencia a la COMPRAVENTA DE

GANANCIALES.

Los anteriores hechos indican la necesidad de iniciar una actuación administrativa regida por El Estatuto Registral, Ley 1579 de 2012, y por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011, con el objeto de establecer la real situación jurídica del inmueble con matrícula 012-1048. Si de la actuación administrativa se desprende que hay terceros que puedan estar interesados o resultar afectados con la determinación que se tome, deberá comunicárseles el inicio de esta actuación para que puedan hacerse parte y ejercer su derecho. En mérito de lo expuesto, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Instrumentos Públicos Seccional Girardota, Antioquia, RESUELVE: Artículo 1”. Iniciar Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación Jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 012-71804. Artículo 2. Conformar el expediente, como lo dispone el Artículo 36 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 3% Practíquese las pruebas que se consideren necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 ibídem. Artículo 4. Citar para notificar personalmente el contenido del presente Auto a los señores JOSE IGNACIO PUERTA y GLORIA PATRICIA HENAO PUERTA. De no ser posible la notificación personal, esta se surtirá por aviso, tal como lo disponen los Artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).

Artículo 5. Cítense a todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir en la actuación, para lo cual se publicará este auto en un Diario de Circulación Nacional y/o en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co (Arts.37 de la Ley 1437 de 2011). Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR -22 r de Girardota = Antioquia

Dirección: Carrera 14 No.58-39 F hyº;zló"'ºa

Teléfono: (4)2 89-51-14 echa: 20 — 06 - 2023

E-mail: ofiregisgirardolaQsupernotariado.gov.co

www.supernotariado.gov.co COLOMBIA sun SDEU PENROINTTAERNDIEANDCIOA Página 3 de 3 Artículo 6%. Bloquéese el folio de matrícula inmobiliaria 012-71804, objeto de la prgsenle actuación (Circular 139 de 09 de julio de 2010 de la Superintendencia de Notariado y Registro). Artículo 7”. Contra esta providencia no procede recurso alguno y rige a partir de la fecha de su expedición (Artículo 75, Ley 1437 de 2011).” Lo anterior, con el fin de que se surta la debida notificación de la señora GLORIA PATRICIA HENAO PUERTA. y ejerza los derechos que la ley les concede en defensa de sus intereses. Girardota, 29 de abril de 2024 e

RAFAEL ENRÁSE PEREZ SALCEDO

Registrador de Instrumentos Públicos Seccional Girardota — Antioquia

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 -FR-22 de Glrardota - Antioquía Versión:03

D Ti er le éc fc oi nó on : : (C 4)a 2r re 8r 9a - 511 -4 14N o.58-39 Fecha: s 2006 - 2023

E-mail: ofiregisQ gsuiperrnoatarridadoo.gtova.c o

www.supernotariado.gov.co

Consultar sobre este documento ...