SNR - Auto 48-2024062892041
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 48-2024062892041
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
SUPERINTENDENCIA
DE NOTARIADO
[ REGISTR2
La guended la ela Comunicación Nr.37 Oficio No. 0122024EE00263
Expediente: C2024-63
NOTICACION POR AVISO De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo segundo del Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), y en razón a que se desconoce la información para realizar la notificación personal de la señora NATALIA RUA BEDOYA, apoderada de la señora MAIRA ALEJANDRA RUA BEDOYA y al Representante Legal o quien haga sus veces de la COOPERATIVA FINANCIERA COTRAFA, esta oficina procede a surtir el trámite de notificación mediante aviso para dar a conocer la existencia de la Resolución Nro.091 del 15 de junio de 2023, expedida dentro del trámite de la corrección C2023-164, acto administrativo precitado que resolvió lo siguiente: “RESUELVE: Artículo 1?, Corregir la anotación número 03 del folio de matrícula inmobillaria 012-74301 tevando de forma correcia el nombre de los adjudicatarios, el número de la Sentencia y el código del acto, de modo que se lea así: Radicación 2022-8013, del 01-08-2022, Sentencia No. 037 de 01-068-2022, Juzgado Segundo de Familia de Oralidad; Código acto: 0109. ADJUDICACIÓN EN SUCESIÓN.
Valor del acto: $ 11.362.854
DE: 'OLGA BASTO PRADA C.C. 41.446.7365
Á: CARMEN CECILIA BASTO PRADA ($ 1.772.636,6315.60%) C.C. 41.471.631
A: MIGUEL BASTO PRADA ($4.755.108,69 —42.20%) C.C. 19.198.713
A: JORGE BASTO PRADA ($ 4.795.105,69 — 42.20%) C.C. 19.130.806
XXX Articulo 2. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo anterlor, se autorizan las correcciones, adiciones y modificaciones pertinentes en el folio de matrícula 012-74331, dejando las salvedades correspondientes en el campo destinado para ello en medio magnético. Artículo 3"”. Notifiquese esta Resolución a los señores CARMEN CECILIA BASTO PRADA, MIGUEL BASTO PRADA y JORGE BASTO PRADA, haciéndoles saber que la misma rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella proceden el recurso de Reposición, ante el mismo funcionario que emite esta Providencia (Registrador de Instrumentos Públicos Seccional Girardota); y el de Apelación, ante la Subdirección de Apoyo Jurídico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, los cuales deberán hacerse por escrito en la diligencia de notificactón personal, de los diez (19) dias siguientes a ella; o a la notificación por aviso; o al vencimiento del término de publicación según el caso. Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículo 4%. Enviese copla de esta resolución junto con la constancia de corrección, ala
Oflcina de Catastro Municipal de Copacabana, para su conocimiento y lo que considere pertinente. Página |1 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07 de Girardota — Antioquia Versión: 04
Dirección: Carrera 14 No.58-39 V Fecha: 30 — 04 - 2024 gºSUP%!RINT!ND [NCIA Artículo 5%. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos una vez se encuentre ejecutoriada.
Lo anterior, con el fin de que se surta la debida notificación de la señora CARMEN CECILIA BASTO PRADA, y señor MIGUEL BASTO PRADA, y ejerza los derechos que la ley les concede en defensa de sus intereses. Girardota, 27 de junio de 2024 < CA“
RAFAEL ENRIQ&E PÉREZ SALCEDO
Registrador de Instrumentos Públicos Seccional Girardota — Antioquia Página | 2 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07 de Girardota — Antioquia Versión: 04
Dirección: Carrera 14 No.5B-39 ' Fecha: 30 — 04 - 20724