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SNR - Auto 48-2024090273048

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 48-2024090273048
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

Página 1 de 3 053 Comunicación No. Oficio No 0122024EE00358

Expediente: 012-AA-2024-12

NOTICACION POR AVISO De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo segundo del Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), y en razón a que se desconoce la información para realizar la notificación personal del señor JESUS ANTONIO AGUDELO ECHEVERRI, esta oficina procede a surtir el trámite de notificación mediante aviso para dar a conocer la existencia del Auto de 29 de agosto de 2024 “Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria 012-6751 y 01267530” Expediente No.012-AA-2024-12, auto en el cual se dispuso lo siguiente: “CONSIDERANDO QUE: Mediante solicitud de corrección CI2024-101, la funcionaria del viejo sistema, solicita establecer la realidad jurídica de los predios con matrícula 012-6751 y 012-67530, toda vez que revisada la tradición de los mismo se evidencia una duplicidad de folios. Revisados los antecedentes de los folios de matrícula 012-6751 y 012-67530, las carpetas que contienen cada uno de los documentos, los libros del viejo sistema y sus soportes correspondientes a la tradición jurídica de los inmuebles, se observa que existe duplicidad de folios para el inmueble adquirido por el señor JESUS ANTONIO AGUDELO

ECHEVERRI, mediante la Escritura Pública No.629 de 05 de abril de 1973 de la Notaria Séptima de Medellín. Igualmente, verificada la descripción, cabida y linderos de ambos folios de matrícula, se evidencia que ambos corresponden al mismo bien inmueble. Así las cosas, se presenta duplicidad de matrículas entre los folios 012-6751 y 01267530, siendo la tradición más completa la contenida en el folio de matrícula inmobiliaria 012-6751. Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 de Girardota – Antioquia

Versión: 05

Dirección: Carrera 14 No.5B-39

Teléfono: (4)2 89-51-14 Fecha: 02 – 07 - 2024

E-mail: ofiregisgirardota@supernotariado.gov.co

www.supernotariado.gov.co Página 2 de 3 Los anteriores hechos indican la necesidad de iniciar una actuación administrativa regida por El Estatuto Registral, Ley 1579 de 2012, y por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011, con el objeto de establecer la real situación jurídica del inmueble. Si de la actuación administrativa se desprende que hay terceros que puedan estar interesados o resultar afectados con la determinación que se tome, deberá comunicárseles el inicio de esta actuación para que puedan hacerse parte y ejercer su derecho. En mérito de lo expuesto, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de

Instrumentos Públicos Seccional Girardota, Antioquia, RESUELVE: Artículo 1°. Iniciar Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación Jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria 012-6751 y 012-67530. Artículo 2°. Conformar el expediente, como lo dispone el Artículo 36 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 3°. Practíquese las pruebas que se consideren necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 ibídem. Artículo 4°. Citar para notificar personalmente el contenido del presente Auto a los señores JESUS ANTONIO AGUDELO ECHEVERRI y JOSE ANTONIO AGUDELO PINEDA. De no ser posible la notificación personal, esta se surtirá por aviso, tal como lo disponen los Artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). Artículo 5°. Cítense a todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir en la actuación, para lo cual se publicará este auto en un Diario de Circulación Nacional y/o en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov.co (Arts.37 de la Ley 1437 de 2011). Artículo 6°. Bloquéese los folios de matrícula inmobiliaria 012-6751 y 012-67530, objeto de la presente actuación (Circular 139 de 09 de julio de 2010 de la Superintendencia de Notariado y Registro). Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22

de Girardota – Antioquia

Versión: 05

Dirección: Carrera 14 No.5B-39

Teléfono: (4)2 89-51-14 Fecha: 02 – 07 - 2024

E-mail: ofiregisgirardota@supernotariado.gov.co

www.supernotariado.gov.co Página 3 de 3 Artículo 7°. Contra esta providencia no procede recurso alguno y rige a partir de la fecha de su expedición (Artículo 75, Ley 1437 de 2011).” Lo anterior, con el fin de que se surta la debida notificación del señor JESUS ANTONIO AGUDELO ECHEVERRI y ejerza los derechos que la ley les concede en defensa de sus intereses. Girardota, 29 de agosto de 2024

LUISA FERNANDA VELÁSQUEZ ORTIZ

Registradora de Instrumentos Públicos (E) Seccional Girardota – Antioquia Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 de Girardota – Antioquia

Versión: 05

Dirección: Carrera 14 No.5B-39

Teléfono: (4)2 89-51-14 Fecha: 02 – 07 - 2024

E-mail: ofiregisgirardota@supernotariado.gov.co

www.supernotariado.gov.co

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