SNR - Auto 57-20240912185947
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 57-20240912185947
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
Superintendencia de Notariado y Registro Medellin, 09 de septiembre de 2024 Comunicacion
Expediente: AA-2024-45
Referenda: Comunicacion a los senores: MARIA NINFA VELEZ DE BRAN, OLGA LUCIA VELEZ CANO, LIGIA DE JESUS VELEZ CANO, CARLOS ANDRES BOLIVAR ARANGO, LIA ESTELA VELEZ DE ACOSTA, LUIS FERNANDO VELEZ CANO, MARIA MARGARITA MARIN HENAO, a traves de su representante legal o quien haga sus veces y a los terceros indeterminados que puedan verse afectadas con las decisiones asumidas en este acto administrativo.
En aplicacion de lo dispuesto en el articulo 37 de la Ley 1437 de 2011 y al haberse advertido la posibilidad de afectar derechos de terceros indeterminados con la decision proferida con la Resolucion N° 646 del 05 de septiembre de 2024, expedido dentro del tramite radicado con numero AA-2024-45, en la cual funge como parte: MARIA NINFA VELEZ DE BRAN, OLGA LUCIA VELEZ CANO, LIGIA DE JESUS VELEZ CANO, CARLOS ANDRES BOLIVAR ARANGO, LIA ESTELA VELEZ DE ACOSTA, LUIS FERNANDO VELEZ CANO, MARIA MARGARITA MARIN HENAO; el Coordinador del Grupo de Gestion Juridica Medellin - Zona Sur, informa que en el acto administrativo precitado se resolvio lo siguiente: RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Dejar sin ningun efecto juridico registral y/o excluir (anular), las
anotaciones No. 18, 19, y 20 del folio de matricula inmobiliaria 001-739440, que hacen referencia a la escritura publica No. 593 del 28 de febrero de 2023 de la notaria Segunda de Envigado, la escritura publica No. 591 del 28 de febrero de 2023 de la notaria Segunda de Envigado, y la escritura publica No. 1566 del 28 de mayo de 2024 de la notaria Segunda de Envigado, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.
ARTICULO SEGUNDO: Dejar sin ningun efecto juridico registral y/o excluir (anular), la anotacion No. 12 del folio de matricula inmobiliaria 001-557, que hace referencia a la escritura publica No. 591 del 28 de febrero de 2023 de la notaria Segunda de Envigado, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.
ARTICULO TERCERO: Cambiar el estado de los documentos con radicado 2023-19738 del 23-03-2023, 2024-34687 del 12-06-2024 y 2024-34689 del 16-06-2024, al estado de “calificacion", para que el abogado calificador emita la nota de inadmision de conformidad con la presente resolucion.
Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de C6digo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 22 Medellin Zona Sur - Antioquia Versibn: 05 Carrera 52 No. 42-75-Alpujarra. Medellin-Antioquia Fecha: 02 - 07 - 2024
Email: ofiregismedellinsur@supernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro ARTICULO CUARTO: Dar por terminada la actuacion administrativa.
ARTICULO QUINTO: Citese para recibir notificacion personal, por aviso y/o publicacion en la pagina web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de la presente Resolucion a los senores Maria Ninfa Velez de Bran, identificada con cedula de ciudadania numero 32.326.920, Olga Lucia Velez Cano, identificada con cedula de ciudadania numero 32.333.414, Ligia de Jesus Velez Cano, identificada con cedula de ciudadania numero 42.869.257, Carlos Andres Bolivar Arango, identificado con cedula de ciudadania numero 336.597, Lia Estela Velez de Acosta, identificada con cedula de ciudadania numero 42.867.856, Luis Fernando Velez Cano, identificado con cedula de ciudadania numero 70.546.985, y Maria Margarita Marin Henao, identificada con cedula de ciudadania numero 42.899.155, en la forma establecida por la ley 1437 de 2011 y como indeterminados a todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir en el presente asunto.
ARTICULO SEXTO: En firme la presente resolucion enviar la documentacion necesaria a los funcionarios de correcciones para lo de su competencia y hacer las salvedades del caso.
ARTICULO SEPTIMO: Una vez ejecutoriada la presente resolucion, y cumplido lo ordenado, archivar copia de la misma en las carpetas respectivas.
ARTICULO OCTAVO: Contra la presente resolucion, proceden los recursos ordinaries de
Reposicion ante la Registradora Principal de Instrumentos Publicos Medellin Zona Sury de Apelacion ante la Subdireccion deApoyo Juridico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la notificacion del presente acto administrative, de conformidad con el Decreto 2723 del 29 de diciembre de 2014, articulo 21 y articulos 74, 76 y 77 de la ley 1437 de 2011.
ARTICULO NOVENO: Si no se interpone ningun recurso contra la presente resolucion, dese por terminada esta actuacion administrativa y archivense las diligencias.
Lo anterior, con el objeto de que se constituyan en parte en la presente actuacion y ejerzan los derechos que la ley les concede en defensa de sus intereses. II
ALAN GUSTAVO GOMEZ SUAREZ
Coordinador Grupo de Gestion Juridica Medellin - Zona Sur Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Cddigo: MR - CNEA - PO - 02 ■ FR ■ 22 Medellin Zona Sur - Antioquia Versi6n: 05 Carrera 52 No. 42-75-Alpujarra. Medellin-Antioquia Fecha: 02 - 07 - 2024
Email: ofiregismedellinsur@supernotariado.gov.co