SNR - Auto 6-20240911105316
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 6-20240911105316
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
Superintendencia de Notariado y Registro ORIP GIRARDOT - 3072024EE0 oé9 Z Girardot, septiembre 6 de 2024 Señores JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA Correo: ccto0Sbt(2) cendoj.ramajudicial.gov.co Asunto: NOTIFICACION AUTO 002 de septiembre 6 de 2024 A.A. 307-2024-018 FMI 307-17396 De manera atenta, me permito notificarles el asunto de la referencia en el presente asunto, conforme lo establece la ley 1579 de 2012 y ley 1437 de 2011 a efecto que ejerza su derecho de defensa y debido proceso administrativo. Se anexa copia de la mencionada resolución en 3 folios. Igualmente le solicito certificar: si en ese despacho judicial cursa el proceso ejecutivo hipotecario mixto No, 2024-12776 de ROA PIRAGAUTA HENRY contra RICARDO VARÓN Y CIA LITADA Y PEESONAS DETERMINADAS; Igualmente se en dicho proceso decretó medidas de emb l expidió el oficio 743 de 14 de mayo de 2024, Atentamente, / RIEL GONZALEZ GUTIERRE f Registrador Seccional / y ld Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de . Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23 Girardot — Cundinamarca Versión: 05
Dirección: Calle 18 No. 9-95 Fecha: 02 — 07 - 2024 ofiregisgirardotWsupernotariado.gov.co
> Superintendencia de Notariado y Registro
AUTO NUMERO 002
(septiembre 6 de 2024) (A.A. 307-2024-018) “Por el cual se inicia Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación Jurídica del folio de matrícula inmobiliaria FMI 307-17396 corrección 2024-307-31777”
EL REGISTRADOR SECCIONAL DE LA OFICINA DE REGISTRO DE IL.PP.
DE GIRARDOT - CUNDINAMARCA En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1579 de 2012 y Ley 1437 de 2011, CONSIDERANDO: Que el juzgado quinto civil del circuito de Bogotá, mediante 0673 de 27 de agosto de 2024 comunicó a esta oficina que el oficio 743 de 14 de mayo de 2024 que se encuentra como sustento de la inscripción en la anotación 12 del FMI 307-17396 no fue expedido por ese despacho judicial. Que revisada la información correspondiente a la inscripción en el FMI 307-17396, anotación 12: se evidencia: Anotación: N 12 del Folio H+307-17396 ” aj] O) Radicación [2024-307-6-3679 loe” lka/5/2024 | Doc loricio 743 Del 14/5/2024 | > ne . UZGADO 005 CIVIL DE Oficina de Origen Fresno De Ibocora, D.C. O) valor L lEstado " fivaLiDA |
Lo EMBARGO EJECUTIVO e
Especificación le: ACCION REAL Naturaleza Jurídica [os
(ES) modalidad l | E) Comentario ÍraD:2024-12776
¡Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que ES) figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incompleto) : DE EnaturaL - ROA PIRAGUA HENRY - CC 3080090 IN] Participación [[] A IBurIDICA - RICARDO VARON Y COMPAÑIA LIMITADA - NIT 8002071594, IKx] Participación [] A EvaturaL - PEROSONAS INDETERMINADAS - SE 1618794915 [E Participación 1 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23 Girardot — Cundinamarca Versión: 05
Dirección: Calle 18 No. 9-95 Fecha: 02 — 07 - 2024 ofiregisgirardotfWsupernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro El artículo 49 de la ley 1579 de 2012 dispone, que la matrícula inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado jurídico del respectivo bien y de los hechos expuestos, esta Oficina evidencia la necesidad de Iniciar la correspondiente actuación administrativa (art. 34 C.P.A.C.A.), para efectos de determinar la procedencia o improcedencia de la solicitud, así como la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares.
En virtud de lo expuesto este Despacho, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa con el fin de determinar la real situación jurídica
del inmueble con matrícula inmobiliaria 307-17396 anotación 12 cuya inscripción se soportó con el oficio 743 de 14 de mayo de 2024 juzgado quinto civil del circuito de Bogotá, presuntamente falso conforme a lo comunicado por el juzgado quinto civil del circuito de Bogotá, con oficio 0673 de 27 de agosto de 2024.- ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el contenido del presente auto a: JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA Correo: ccto05btíMcendoj.ramajudicial.gov.co y a los TERCEROS INDETERMINADOS que puedan estar interesados o resultar afectados con la decisión de la actuación, de conformidad con los artículos 65 y s.s. de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, siendo este el medio masivo de comunicación para los Autos de Inicio de las Actuaciones Administrativas, de conformidad al oficio del Coordinador del Grupo de Comunicaciones de dicha entidad, de 14-08-2019, con radicado N?
SNR2019EE049812.
ARTÍCULO CUARTO: BLOQUEAR el Foliode Matricula Inmobiliaria N? 307-17396 con el fin de no expedir certificados o dar trámite al proceso registral de documentos, mientras no quede en firme la decisión que dé término a la presente actuación.
ARTÍCULO QUINTO: FORMAR el expediente correspondiente debidamente foliado, según lo establece el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011. .
ARTICULO SEXTO: Contra el presente Auto no procede recurso. 2
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23 Girardot — Cundinamarca Versión: 05
Dirección: Calle 18 No. 9-95 : Fecha: 02 — 07 - 2024 ofiregisgirardotWsupernotariado.gov.co : Superintendencia de Notariado y Registro ARTICULO SEPTIMO: Solicítese al juzgado quinto civil del circuito de Bogotá, certifique si en ese despacho judicial cursa el proceso ejecutivo hipotecario mixto No. 2024-12776 de ROA PIRAGAUTA HENRY contra RICARDO VARON Y CIA LITADA Y PEESONAS DETERMINADAS; Igualmente se en dicho proceso decretó medidas de embargo y si expidió el oficio 743 de 14 de mayo de 2024.
ARTICULO OCTAVO: Una vez cumplido lo ordenado, ésta Oficina producirá la decisión correspondiente.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQU
EL GONZALEZ GUTIE
Registrador Seccional 3 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23 Girardot — Cundinamarca Versión: 05
Dirección: Calle 18 No. 9-95 " Fecha: 02 — 07 - 2024 ofiregisgirardot(Wsupernotariado.gov.co