SNR - Auto 6-20240924154634
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 6-20240924154634
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
I Superintendencia de Notariado y Registro GRIP G1RARDOT - 3072024EE00 C>\ Girardot, 23 de septiembre de 2024 i Senor CRISTIAN CAMILO BERNAL VILLARRAGA Correo: cbemalventas@gmail.com Asunto: NOTIFICACION RESOLUCION NUMERO 209 de septiembre 23 de 2024
RESUELVE RESTITUCION DE TURNO 2024-307-6-4388 FMI307-7910
Respetado senor: De manera atenta me permito notificarle la resolucion 209 de septiembre 23 de 2024 dentro de la actuacion de la referencia.
Se anexa copia de la resolucio: o. 209 de, #en 7 folic s.
Cordialmente, GA /GONZALEZ GUTIERREZ .egistrador Seccional Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Codigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
Girardot - Cundinamarca Versidn: 05
Direccion: Calle 18 No. 9-95 Fecha: 02 - 07 - 2024
ofiregisgirardot@supernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro RESOLUCION No. 209 (23 de septiembre de 2024) “POR LA CUAL SE RESUELVE SOLICITED RESTITUCION DE TURNO CONTRA LA NOTA DEVOLUTIVA DE JULIO 5 DE 2024 FMI 307-7910 TURNO 2024-307-6-4388”
EL REGISTRADOR SECCIONAL DE LA OFICINA DE REGISTRO DE II.PP.
DE GIRARDOT - CUNDINAMARCA
En uso de sus facultades legales y en especial de las coriferidas por la Ley 1579 de 2012 y Ley 1437 de 2011, CONSIDERANDO: Que mediante turno 2024-307-6-4388 se radico para su registro la escritura publica No. 371 DE 04.04.2024 notaria segunda de Girardot, contentiva de un acto de compra venta de derecho de cuota. Que esta oficina de registro genero nota devolutiva el 5 de julio de 2024 fundada en: No sde cito completa la tradicion en el entendido que adquirio dos derechos de cuota adicionales tal como se evidencia en las anotaciones 155 y 186. j Igualmente, conforme al objeto del contrato de compraventa se evidencia que el senor
CRISTIAN CAMILO BERNAL VILLARRAGA Ebi LA ACTUALIDAD NO ES
TITULAR DEL 11.6198% DEBIDO A QUE HA ENAJENADO CUOTAS PARTES.
Del escrito de restitucion Notificada la nota devolutiva el 19 de julio de 2024, con escrito radicado 3072024ER01135 de 9.9.2024, se depreco restitucion de turno por CRISTIAN CAMILO BERNAL VILLARAGA quien afirmo que la nota devolutiva contierje una falsa motivacion pues como se observa en la pagina 3 el derecho de cuota fue adquirido en su estado actual por compra que hizo segun escritura 86 de 31 de enero de 2022 yi por ser de tracto sucesivo seria imposible determinar los actos pues se pueden ejercer negocios de compraventa de derechos, por tanto, se hizo dentro del denominado titulo antecedente.
Caso concrete: 1
Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Codigo: MR - CNEA - PO - 02 - FR - 23
Girardot - Cundinamarca Version: 05
Direccion: Calle 18 No. 9-95 Fecha: 02 - 07 - 2024
ofiregisgirardot@supernotariado.gov.co < mm lil Superintendencia de Notariado y Registro Para resolver se precisa: El eslatuto de registro de instrumentos publico se encuentra regulado en la ley 1579 de 2012, normatividad que establece: “Arttculo 30. Restitution de turnos. Cuando el documento ha sido devuelto por error de la oficina de registro procede la restitution del turno o numero de radicacion, previa resolution motivada del respective Registrador. En este caso conservard el numero de radicacion inicialmente asignado al solicitor por primera vez la inscription Del precepto citado, se infiere con absoluta claridad que: La denominada figura juridica de restitucion turno, procede cuando “e/ documento ha sido devuelto por error de la oficina de registro De otra parte, si el error proviene de la oficina de registro, el numero de turno o radicacion se conservara al inicialmente asignado. En el presente evento, no se evidencia error en el fundamento y causal de devolucibn, y por ende, no se reunen los presupuestos consagrados en el artfculo 30 precitado, por lo que seria del caso denegar la restitucion del turno y mantener incolume la nota devolutiva. En efecto, revisada la informacion del FMI 307-7910 se evidencia que el senor CRISTIAN CAMILO BERNAL VILLARRAGA adquirib el 11.6198% segiin la siguiente anotacion: □
Anotaci6n: N° 56 del Folio #307-7910 Radicacion |2022-307-6-746 Del |08/2/2022 (§>Doc |ESCRITURA 86 Del [31/1/2022 (g>Oficina de Origen [nOTARIA SEGUNDA De [girardot ©Valor [40,000,000 Estado [VALIDA © Especificacldn ICOMPRAVENTA Naturaleza Juridica 0307
DERECHOS DE CUOTA
I ©Modalidad (©Comentario [eQUIVALENTE AL 11.6198% __ Personas que Intervienen en el acto (La X indica a la persona que (© figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio Incompleto)
DE IBERNAL VALENCIA MILCIADES - CC 80440692 I Participaci6n|
A IBERNAL VILLARRAGA CRISTIAN CAMILO - CC 1069752036 [X Participaci6n
2 Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Cddigo: MR - CNEA - PO • 02 • FR - 23
Girardot - Cundinamarca Versidn: 05
Direccibn: Calle 18 No. 9-95 Fecha: 02 - 07 • 2024
ofiregisgirardot@supernotariado.gov.co m Superintendencia de Notariado y Registro De otra parte, adquirio derechos de cuota como se evidencia en las anotaciones: in Anotacidn: N° 155 del Folio #307-7910 (^Radicacibn |2023-307-6-11412 Del |l9/12/2023 Doc |eSCRITURA 2039 Del |l4/ll/2023 (^ORcina de Ongen |notaria segunda De |girardot
(=>Valor 112,000,000 Estado [VALIDA
COMPRAVENTA
(=>) Especificaci6n Naturaleza Jundica 0307
DERECHOS DE CUOTA
I I^^Modalidad \
EQUIVALENTE A UN
(^Comentario (0.0955%). Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que figura (=) como titular de derechos reales de dominlo, I-Titular de dominio incompleto) I DE INATURAL - NARANJO GONZALEZ EDWIN DANIEL - CC 1069752152 Particlpaci6n| I A IBERNAL VILLARRAGA CRISTIAN CAMILO - CC 1069752036 Participacion Anotacidn: N° 186 del Folio #307-7910 I^^Radicacion |2024-307-6-3219 Del ' |08/5/2024 <e>Doc |eSCRITURA 498 Del |24/4/2024 (gjoficina de Ongen |nOTARIA SEGUNDA De [girardot k (S^Valor 120,000,000 Estado [VALIDA
■COMPRAVENTA DERECHOS
(=^ Especiflcacidn Naturaleza Jundica |0307
IDE CUOTA
(S^Modalidad [
EQUIVALENTE AUN (0.1950%)
(^Comentario
DE UN (11.6198%).
Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incompleto) ; DE INATURAL - BERNAL VALENCIA IVAN DARIO - CC 80248091 Participacion | V
A [BERNAL VILLARRAGA CRISTIAN CAMILO - C(f 1069752036' Paricipacion
3
Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Cbdigo: MP • CNEA - PO - 02 - FR - 23 Girardot - Cundinamarca i •
Versibn: 05
Direccion: Calle 18 No. 9-95 Fecha: 02 - 07 - 2C24
ofiregisgirardot@supernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro f f Como se observa no se cito en forma completa la tradicion, en la medida en que se omitio las dos compraventas antes resenadas. De otra parte, es claro que el vendedor al suscribir la escritura de compraventa objeto de registro. no ostenta la calidad de propietario del 11.6198%: Observese: Del total de derecho de cuota
COMPRO CRISTIAN i1
ANOTACION PORCENTAJE
)■ ? 56 11,6198 155 0,0955 !■ 186 0,195
TOTAL 11,9103
Ha enajenado; NUMERO ANOTACION PORCENTAJE 1 82 0,0955 2 83 0,0955 3 88 0,0955 i4 91 0,0955 « 5 92 0,0955 6 98 0,0955 7 100 0,0955 8 101 0,0955 ! • 9 103 0,0955 i 10 105 0,0955 11 108 0,0955 12 109 0,0955 13 110 0,0955 4 Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Codigo: MR - CNEA - PO - 02 - FR - 23
Girardot - Cundinamarca Versidn: 05
Direccion: Calle 18 No. 9-95 Fecha: 02 - 07 - 2024
ofiregisgirardot@supernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro mmmt 14 112 0,0955 15 113 0,0955 16 115 0,0955 17 121 0,0955 18 122 0,0955 19 123 0,0955 20 126 0,0955 21 131 0,0955 22 132 0,0955 23 133 0,1949 24 134 0,0955 25 135 0,0955 26 136 0,0955 27 142 0,0955 28 148 0,0955 29 150 0,0955 30 154 0,0955 31 159 0,0955 32 160 0,0955 33 161 0,0955 34 162 0,0955 35 166 0,0955 36 172 0,0955 37 174 0,0955 38 175 0,0955 39 179 0,0955 40 181 0,19497 41 182 0,0955 42 183 0,0955 184 0,0955 43 44 185 0,0955 45 187 0,0955 46 189 0,0955 47 190 0,29246 5 Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Codigo: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 23
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ofiregisgirardot@supernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro 48 191 0,19497
49 192 0,0955
TOTAL 5,1748
Lo anterior permita inferir, sin duda aiguna que del porcentaje, esto es del 11.9103% adquirido por el senor CRISTIAN CAMILO BERNAL VILLARAGA, se han venido realizando venta sobre ese porcentaje, lo que implica que dicho porcentaje se reduce cada vez que se realiza una venta sobre el mismo. Por lo tanto, mal puede afirmarse, como se hizo en la escritura objeto de registro, que hoy se realiza una venta sobre el 11.6198% cuando en realidad no lo tiene, justamente por cuanto debe deducirse de este porcentaje, todos y cada uno de los que ha enajenado segun las anotaciones indicadas en el folio de matricula y que nos permite denegar la restitucion de tumo deprecada, al no evidenciar error en la calificacion ni el fundamento de la nota devolutiva. El control de legalidad no solo es del notario, calificador o registrador, lo es en cabeza del titular del derecho, en la medida que no es lo mismo tener un 100% cuando se ha realizado venta de derechos de i cuota, y justamente por ello, ha sido criterio de este despacho, que en tratandose de trasferencia de derechos de cuota, debera precisarse en el acto escritural el porcentaje que tiene el vendedor en los casos en que ya se ha enajenado parte del que se tiene en el respective inmueble, de conformidad con el principio de legalidad, criterio que se plasmo adecuadamente en la nota devolutiva. En merito de lo expuesto el Registrador de Instrumentos Publicos de Girardot Cundinamarca, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: No reponer lo decidido mediante nota devolutiva de 5 de julio
de2024 FMI307-7910 turno 2024-307-6-4388 escriturapublica 371 de 04.-04.2024 notaria segunda de Girardot, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decision.
ARTICULO SEGUNDO: Denegar la restitucion del tumo 2024-307-6-4388.
ARTICULO TERCERO: Dejese constancia de la radicacion del documento en el sistema.
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ofiregisgirardot@supernotariado.gov.co t I Superintendencia de Notariado y Registro ARTICULO CUARTO: Notiffquese la presente providencia contra la cual no precede recurso a: CRISTIAN CAMILO BERNAL VILLARRAGA Correo: cbemalventas@gmail.com
NOTIFIQUESE Y CUMpLAS
GABRIEL GONZALEZ GUTIERREZ.
Registrador Seccional / .» n Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Codigo: MR - CNEA - PO - 02 - FR - 23
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